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CIRCULAR 225 DE 2022
(diciembre 12)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
Bogotá D.C.
PARA: | Secretaria general, directores en dirección general, jefes de area, directores regionales, subdirectores de centro de formacion profesional y coordinadores grupos de apoyo administrativo. |
ASUNTO: | Lineamientos para el pago de honorarios a Contratistas de Servicios Personales mes de diciembre 2022 |
Mediante el presente documento se establece los siguientes lineamientos para el pago de los honorarios del mes de diciembre a los contratistas de prestación de servicios personales del SENA:
1. En concordancia con las circulares No. 01-3-2020-000054 - No. 01-3-2020000065 de 2020, expedidas por parte de la Dirección Administrativa y Financiera, y con las obligaciones contractuales adquiridas por parte del contratista con la entidad y con el fin de registrar de forma adecuada y oportuna las solicitudes para el trámite del último pago, por concepto de honorarios de los contratos por prestación de servicios personales, se recuerda que adicional a los documentos requeridos todos los meses, para el último pago será necesario anexar el formato: “GTH-F-074 entrega de bienes e información de gestión contractual” por parte del contratista. Las cuentas que no anexen este formato no podrán ser registradas por el Grupo de contabilidad y por ende no será tramitado su pago, hasta tanto no se surta el cumplimiento de dicho requisito.
En este mismo sentido, para el pago de los honorarios de diciembre de 2022, los contratistas deben estar a paz y salvo con la Entidad por todo concepto. Los supervisores de los contratos deben garantizar el cumplimiento de dicho requisito para la aprobación del pago.
2. El plazo máximo para legalizar los gastos de viaje de los contratistas es el 20 diciembre de 2022. En caso de que no se realice la legalización administrativa por parte del contratista en los tiempos indicados en la resolución 2384 de 2017 (dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha final del desplazamiento), se solicita de manera atenta a los supervisores de contratos de esta naturaleza activar las cláusulas pecuniarias o en su defecto las pólizas de cumplimiento.
Nota: Se recuerda que para el caso de los funcionarios las legalizaciones de viáticos se deberán efectuar en los términos establecidos en la resolución 2838 de 2016 su pena de constituirse como falta disciplinaria.
3. La fecha para el pago de los honorarios es el 22 de diciembre del presente año.
4. A los contratistas que por necesidad del servicio los ordenadores del gasto les aprueben realizar comisiones en fechas posteriores al 20 de diciembre de 2022, el plazo máximo para el pago de los honorarios será el 27 de diciembre de 2022 previa legalización de los gastos de viaje, en caso contrario dichos gastos se registrarán como Cuentas por Pagar para pago en la última semana del mes de enero del 2023 si corresponden a recursos propios o en el mes de febrero de 2023 para recursos Nación, luego de la aprobación del PAC por parte del Ministerio de Hacienda.
Cordial saludo,
CARLOS ALFONSO MAYORGA PRIETO (E)
Director Administrativo y Financiero