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CIRCULAR 434 DE 2011
(diciembre 15)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Bogotá, D.C.
Para: | Directores Regionales y Subdirectores de Centro. |
Asunto: | Aclaración Circular 3-2011-00281. |
Mediante la circular anotada en el asunto esta Dirección, en cumplimiento a lo dispuesto en el Estatuto Anticorrupción, impartió orientaciones para los supervisores de los contratos de instructores de formación profesional, entre ellas la verificación de la planilla de pago de aportes a la seguridad social y el registro de las acciones de formación en el aplicativo Sofía Plus.
Teniendo en cuenta que en la actualidad la página del Sistema Integrado de la Información de la Protección Social - Aporte Planilla Integrada de Liquidación de Aportes PILA, no permite realizar la consulta para verificar el pago de la misma, de acuerdo con lo establecido en la Ley 1266 de 2008 “Habeas Data”, se recomienda entonces acudir a una revisión de !a planilla única de liquidación de aportes - pila, donde deberá verificar el nombre de la persona, la cédula de ciudadanía, la fecha de pago, si hay mora que los números de las planillas coincidan, los valores a cancelar deben coincidir con la planilla interna de cancelación de la mensualidad.
De otra parte, en cuanto a las acciones de formación realizadas por los instructores deben ser registradas en el aplicativo Sofía Plus, para ello se crearon dos instancias, la primera para el reporte de las horas impartidas por los instructores y la segunda para ser diligenciadas por los coordinadores:
1. Generación de reporte (Académicas, Administrativas) en el paquete gestión de tiempos, con las horas reportadas en los eventos de formación reportados por los instructores, que se diferencian de los eventos programados por el coordinador académico.
2. La creación de eventos de resultado de aprendizaje asociado al instructor, mediante el cual se realiza el seguimiento de eventos de relacionados con el desarrollo de las actividades de aprendizaje definidas en el diseño curricular. Estos eventos son gestionados por los coordinadores académicos en los centros de formación. (Mediante el ROL Gestión de Desarrollo Curricular).
Las demás condiciones, se deben continuar cumpliendo las indicaciones señaladas en la circular 3-2011-00281.
Cordial Saludo,
JAVIER ALONSO ARANGO PARDO
Director de Formación Profesional