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DECRETO 4591 DE 2011

(diciembre 5)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

<Esta norma no incluye análisis de vigencia>

Por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 250 de 2004, se adoptó la planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA.

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 del Decreto 249 de 2004 mediante el cual se modificó la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, el Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, expidió el acuerdo número 00012 de 2006, estableciendo los criterios para la creación de Centros de Formación.

Que de acuerdo con las facultades conferidas en el artículo 25 del Decreto 249 de 2004, el Director General del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, mediante Resolución número 02230 de 2010, creó el Complejo Tecnológico, Turístico y Agroindustrial del Occidente Antioqueño, adscrito a la Regional Antioquia, con sede fija en el municipio de Santafé de Antioquia.

Que el Consejo Directivo del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, en sesión del 29 de julio de 2010, decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la modificación de su planta de personal como consta en el acta número 1418 de la misma fecha

Que el Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, presentó al departamento Administrativo de la Función Pública, DAFP, el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar su planta de personal el cual obtuvo concepto técnico favorable de ese Departamento Administrativo

Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó viabilidad presupuestal para la modificación de la planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA

Que en virtud de lo anterior

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Apruébase la modificación de la planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA- creándose el siguiente cargo:  

NÚMERO DE CARGOS DENOMINACIÓN GRADO

PLANTA GLOBAL

1 (UNO) Subdirector de Centro 2

ARTÍCULO 2o. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 250 de 2004, y las demás disposiciones que le sean contrarias

Publíquese y cúmplase

Dado en Bogotá, D. C., a 5 de diciembre de 2011

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

JUAN CARLOS ECHEVERRY GARZÓN.

El Ministro del Trabajo,

RAFAEL PARDO RUEDA.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

ELIZABETH RODRÍGUEZ TAYLOR.

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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