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RESOLUCIÓN 502 DE 2022

(julio 26)

Diario Oficial No. 52.116 de 4 de agosto de 2022

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Por medio de la cual se delegan unas funciones en la Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Inírida.

LA DIRECTORA SECCIONAL, EL JEFE (A.) DE DIVISIÓN DE SERVICIO AL CIUDADANO Y EL JEFE (A.) DE DIVISIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA DE LA DIRECCIÓN SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE VILLAVICENCIO,

de conformidad con el Decreto 1742 del 22 de diciembre de 2020, la Resolución 00069 de 9 de agosto de 2021, artículo 27 de la Resolución número 000082 del 26 de agosto de 2021 y en uso de las facultades establecidas en el artículo 2° de la Resolución 0066 de 9 de agosto de 2021 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 4° del Decreto 1742 de 2020 estableció que la estructura de la DIAN desarrolla sus funciones en tres niveles; Nivel central, Nivel local y Nivel delegado.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 7° del Decreto 1742 de 2020 se dispuso que para garantizar la prestación del servicio tributario, aduanero y cambiario, en los lugares que por su actividad económica o ubicación estratégica lo amerite, el Director General de la DIAN, mediante resolución, podrá autorizar, previa disponibilidad presupuestal, el funcionamiento permanente o transitorio, de Direcciones Seccionales Delegadas de Impuestos y Aduanas, indicando su jurisdicción y determinando los Grupos Internos de Trabajo que deban integrar la respectiva Dirección Seccional Delegada.

Que mediante la Resolución 00066 de 9 de agosto de 2021 el Director General de la DIAN autorizó el funcionamiento de las Direcciones Seccionales Delegadas de Impuestos y Aduanas de la Unidad Administrativa Especial - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales UAE-DIAN y se determinó la competencia funcional y territorial.

Que el artículo 1° de la Resolución 00066 de 9 de agosto de 2021, autorizó el funcionamiento permanente de la Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Inírida como delegada de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Villavicencio.

Que el artículo 2° de la Resolución 00066 de 9 de agosto de 2021, delegó a los Directores Seccionales de Impuestos, de Aduanas, de Impuestos y Aduanas Nacionales y Jefes de División de las Direcciones Seccionales Delegantes, para expedir las respectivas resoluciones de delegación, de acuerdo con sus competencias, de las cuales se remitirá copia a la Dirección de Gestión Corporativa o quien haga sus veces.

Que la Resolución 00069 de 9 de agosto de 2021 distribuyó las Divisiones y sus funciones y se crearon los Grupos Internos de Trabajo con sus funciones, en las Direcciones Seccionales de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Que el numeral 2.1 de la Resolución 00069 de 9 de agosto de 2021 distribuyó las funciones de la División Administrativa y Financiera de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Villavicencio.

Que el numeral 2.4 de la Resolución 00069 de 9 de agosto de 2021 dispuso que la División de Servicio al Ciudadano operara con funciones en materia tributaria en la Dirección Seccional de Villavicencio y el Parágrafo 2 del mismo artículo señaló que las Direcciones Seccionales Delegadas podían ejercer la competencia nacional de Gestión de Servicio al Ciudadano, previa delegación de funciones por la Dirección Seccional competente.

Que el numeral 2.4.2 de la Resolución 00069 de 9 de agosto de 2021 creo el Grupo Interno de Trabajo de Servicio al Ciudadano en la Dirección Seccional de Villavicencio.

Que según el artículo 27 de la Resolución 00082 de 26 de agosto de 2021 se designó a la servidora pública Madeleine Manchola Baracaldo, como Directora Seccional de Impuestos y Aduanas de Villavicencio, y mediante Resolución número 0088 de 31 de agosto se asignó como Jefe de División de Servicio al Ciudadano a Ricardo Gutiérrez Pachón y se asignó a Juan Dermeyer Martínez Estrada como Jefe de División de Administrativa y Financiera de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Villavicencio.

En mérito de lo expuesto, la Directora Seccional, el Jefe (a.) de División de Servicio al Ciudadano y el Jefe (a.) de División de Administrativa y Financiera de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Villavicencio,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. Delegar en el Director Seccional Delegado de Impuestos y Aduanas de Inírida y en los servidores públicos ubicados en el área, las siguientes funciones de la División de Servicio al Ciudadano.

1. Ejecutar los procedimientos de inscripción, actualización, solicitudes de actualización sujetas a verificación, cancelación y demás actuaciones del Registro Único Tributario (RUT), a través de los canales de atención establecidos y realizar las acciones de gestión inmediata a que haya lugar sobre las obligaciones formales tributarias, aduaneras y cambiarias de los ciudadanos - clientes observando los requisitos de ley.

2. Proponer ajustes al Registro Único Tributario (RUT) de acuerdo con las necesidades identificadas, que permitan la optimización de la información que se administra en el mismo y facilite a los ciudadanos - clientes los trámites asociados al mismo.

3. Adelantar de conformidad con las instrucciones de la Subdirección de Administración del Registro Único Tributario (RUT), el análisis documental de la información que disponga la entidad, así como realizar las verificaciones previas al trámite de las solicitudes de actualización sujetas a verificación que se presenten referentes a la responsabilidad en IVA, Impuesto Nacional al Consumo de restaurantes y bares, o solicitud de cancelación del registro y proyectar el acto administrativo que defina la solicitud del contribuyente y soporte la actualización del Registro.

4. Ejecutar las actuaciones de oficio en el Registro Único Tributario (RUT), conforme con las disposiciones normativas o las solicitudes presentadas por las diferentes áreas de la entidad.

5. Adelantar las actividades de control, verificación y depuración de la calidad de la información del Registro Único Tributario (RUT).

6. Adelantar las labores que garanticen el acompañamiento a los ciudadanos - clientes obligados a inscribirse en el Registro Único Tributario (RUT), con el fin de mejorar los niveles de recaudo y el cumplimiento voluntario de obligaciones fiscales, dentro de la gestión persuasiva propia de la dependencia.

7. Asistir a los ciudadanos - clientes en el uso de los sistemas de información que la entidad ponga a disposición, para el cumplimiento de sus obligaciones formales.

8. Ejecutar las acciones y procedimientos establecidos para gestionar el servicio de peticiones, quejas, sugerencias, reclamos, denuncias y felicitaciones en general, en adelante Servicio de PQSRD.

9. Hacer seguimiento a la respuesta oportuna de las peticiones, quejas, sugerencias, reclamos y denuncias y demás solicitudes que se ingresen y atiendan a través del Servicio de PQSRD, en las dependencias de la Dirección Seccional de Impuestos o de Impuestos y Aduanas Nacionales de su jurisdicción.

10. Realizar la recepción de las peticiones verbales, en concordancia con lo previsto en el Decreto 1069 de 2015, adicionado por el Decreto 1166 de 2016 o la norma que lo modifique, sustituya o adicione.

11. Analizar y resolver las no competencias que se generen en la asignación de las peticiones, quejas, sugerencias, reclamos y denuncias que se reciban en el Servicio de PQSRD, dentro de las dependencias de la Dirección Seccional.

12. Ejecutar los programas encaminados a promover la cultura del servicio interno y externo, definidos conforme a las políticas y procedimientos reglamentados en la entidad.

13. Coordinar, garantizar y controlar el proceso de atención y asistencia al ciudadano cliente en los Grupos Internos de Trabajo de servicio al ciudadano para facilitar y promover el cumplimiento voluntario de sus obligaciones.

14. Definir, monitorear y actualizar la agenda de citas para la atención de trámites y servicios.

15. Tramitar las solicitudes del registro de libros de contabilidad que presenten los ciudadanos - clientes ante la entidad.

16. Atender las solicitudes de orientación, que no requieran interpretación normativa, que realicen los contribuyentes y usuarios aduaneros, en relación con conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria emitidos por la Dirección de Gestión Jurídica y la Subdirección de Normativa y Doctrina.

17. Ejecutar las acciones orientadas a promover la Cultura de la Contribución, en concordancia con el procedimiento, plan operativo y demás, que adopte la entidad sobre la materia.

18. Atender las solicitudes de información sobre datos incorporados en el Registro Único Tributario (RUT)y que realicen las autoridades de su jurisdicción, en particular las Contralorías, Procuradurías, Superintendencias y en general, las demás entidades del Estado legalmente autorizadas, acorde a sus funciones específicas.

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ARTÍCULO 2°. Delegar en el Director Seccional Delegado de Impuestos y Aduanas de Inírida y en los servidores públicos ubicados en el área, las siguientes funciones de la División Administrativa y Financiera:

1. Administrar el proceso de numeración y notificación de los actos administrativos proferidos por las dependencias de la Dirección Seccional delegada.

2. Administrar y prestar los servicios inherentes al manejo de los documentos físicos y/o electrónicos, objeto de la correspondencia general de la Dirección Seccional delegada, conforme a los procedimientos que establezca el Nivel central.

3. Expedir copias, certificaciones y autenticaciones conforme a la ley, de los documentos que reposan en el archivo de la Dirección Seccional delegada.

4. Garantizar la integridad, autenticidad, veracidad y fidelidad de la información de los documentos de archivo y responder por su organización, conservación y custodia, así como por la prestación de los servicios archivísticos.

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ARTÍCULO 3°. Los servidores públicos en quienes se delegan las funciones señaladas en la presente resolución, responderán por la oportunidad, diligencia, eficacia y cuidado en la expedición de sus actuaciones en los términos previstos en el artículo 211 de la Constitución Política.

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ARTÍCULO 4°. Las facultades delegadas en la presente resolución se ejercerán sin perjuicio de las funciones que le competen al Director Seccional, quien en todo momento conserva la facultad de reasumir estas funciones, pudiendo ejercerlas de manera concurrente con los delegatarios.

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ARTÍCULO 5°. El ejercicio de la función delegada en la presente resolución, será ejercido con plena observancia de las leyes, ordenes e instrucciones impartidas por el Nivel central y la Seccional.

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ARTÍCULO 6°. Publicar la presente resolución en lugar visible al público de la Dirección Seccional y en la página web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) de conformidad con el inciso 3 del artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

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ARTÍCULO 7°. Comunicar el contenido de la presente resolución a los funcionarios en quienes se delega y enviar copia de la misma, a la Dirección de Gestión Corporativa para lo de su competencia.

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ARTÍCULO 8°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las resoluciones anteriores.

Comuníquese y cúmplase.

La Directora Seccional,

Madeleine Manchola Baracaldo.

El Jefe de la División de Servicio al Ciudadano (a),

Ricardo Gutiérrez Pachón.

El Jefe de la División Administrativa y Financiera (a),

Juan Dermeyer Martínez Estrada.

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Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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