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RESOLUCIÓN 62 DE 2009

(enero 20)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 22 de la Resolución 2838 de 26 de diciembre de 2016>

Por la cual se modifica parcialmente el artículo Décimo Quinto de la Resolución 0574 de 1995

Resumen de Notas de Vigencia

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE – SENA

En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias, especialmente las conferidas por el numeral 4 del artículo 4 del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución No. 0574 del 31 de marzo de 1995, esta Entidad reglamentó en el SENA “las comisiones de servicio, pago de viáticos, gastos de trasporte y se dictaron otras disposiciones”.

Que el CAPITULO III de la mencionada Resolución señala los lineamientos para el reconocimiento de GASTOS DE TRANSPORTE, disponiendo en su Artículo Décimo Quinto, numeral 2, lo siguiente:

“ARTÍCULO DECIMO QUINTO. - OTROS GASTOS DE TRASPORTE: El SENA reconocerá por concepto de otros gastos de transporte, los siguientes valores:

2. Desempeño de funciones específicas.

Se reconocerán catorce mil ciento sesenta ($14.160) mensuales a los funcionarios que desempeñen los siguientes cargos:

- En las Regionales: A quienes cumplan funciones específicas de: Abogado, mensajero, promotor de aportes, asesor de empresas, asesor de planeación, promotor de aprendices; inspector de inventarios, instructor, supervisor y profesional, vinculados a programas o proyectos cuyas acciones de formación profesional se desarrollan permanentemente en el área urbana pero fuera de los centros.

- En la Dirección General; Abogado de la Oficina jurídica; profesional de la División de Recursos Humanos (actividades sociales, culturales y deportivas); técnico de recreación de la División de Recursos Humanos; técnico grado 06 de la División de Capacitación y Desarrollo Personal, auxiliar con funciones específicas de mensajero o que haga sus veces.

Para el pago de este concepto, mensualmente cada jefe inmediato remitirá a la División de Recursos Humanos o a quien haga sus veces en las Regionales, certificación sobre el cumplimiento de la actividad externa en el mes anterior, con excepción de quienes cumplan funciones específicas de mensajero, dada la naturaleza propia de éstas.

Que teniendo en cuenta que la Resolución No. 0574 fue expedida el 31 de marzo de 1995 y los nombres de varias dependencias y cargos a los que hace mención la norma trascrita han cambiado, es necesario modificar parcialmente este artículo.

En mérito de lo expuesto, este Despacho,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Artículo derogado por el artículo 22 de la Resolución 2838 de 26 de diciembre de 2016> Modificar el segundo ítem y el cuarto inciso del numeral 2 del Artículo Décimo Quinto de la Resolución 0574 del 1995, así:

2. Desempeño de funciones específicas:

- En la Dirección General: Abogado de la Dirección Jurídica, servidor público de la Secretaria General o de su(s) Grupo(s) de trabajo(s) que tenga a cargo la organización y desarrollo de actividades culturales, deportivas o recreativas; auxiliar con funciones específicas de mensajero o quien haga sus veces; profesional del Grupo de Pensiones o su Coordinador, que atienda o tramite procesos judiciales o administrativos.

Para el pago de este concepto, cada jefe inmediato remitiré mensualmente al Grupo de Relaciones Laborales de la Dirección General o al Grupo de Apoyo Administrativo de la Regional al cual se encuentre adscrito el Despacho de la Dirección Regional, o a las dependencias que hagan sus veces, certificación sobre el cumplimiento de la actividad externa en el mes anterior, con excepción de quienes cumplan funciones específicas de mensajero, dada la naturaleza propia de éstas.

Notas de Vigencia
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ARTÍCULO 2o. <Artículo derogado por el artículo 22 de la Resolución 2838 de 26 de diciembre de 2016> La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición y modifica en lo pertinente la Resolución 0574 de 1995.

Notas de Vigencia

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, a los 20 ENE. 2009

DARÍO MONTOYA MEJÍA

Director General

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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