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RESOLUCION 136 DE 2004
(febrero 9)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Por la cual se efectúa una delegación especial
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA,
En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por el articulo 9o de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que la Directora Seccional Chocó, solicitó al Director General adelantar las gestiones necesarias ante el Ministro de Minas y Energía en procura de obtener en comodato el inmueble ubicado en la carrera 25 No. 218-991105, zona minera de Quibdo, Barrio el Jardín, de la ciudad de Quibdó (Chocó).
Que el inmueble se requiere por parte de la Seccional Chocó para adelantar las acciones de formación, ubicación de talleres para los programas de formación, incluido un programa para el sector minero, y la utilización de sus áreas, en beneficio de los alumnos, brindando así mayor bienestar en un ambiente pedagógico apropiado.
Que con el recibo en comodato del inmueble antes mencionado, estamos dando cumplimiento a la misión, objetivos y funciones dei SENA previstos en la ley 119 de 1994.
Que las acciones a desarrollar son de carácter regional, y por ende se hace necesario, para el cumplimiento de las obligaciones que se adquieran a través del perfeccionamiento de tales acuerdos, que la Directora del SENA Seccional. Chocó, asuma de manera general los trámites necesarios y suscriba los actos administrativos requeridos para la legalización del comodato, así como los aspectos que se deriven de su ejecución, hasta la entrega del mismo.
Que el articulo 211 de la Constitución Política en su inciso segundo establece: "la delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, cuyos actos o resoluciones podrá siempre reformar o revocar aquel, reasumiendo la responsabilidad consiguiente".
Por lo expresado el Director General,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Delegar especialmente en la Directora del SENA de la seccional del Chocó, la suscripción, el control y seguimiento, el reconocimiento de las obligaciones derivadas, prórrogas, recibo y entrega del inmueble en comodato que el SENA celebrará con el Ministerio de Minas y Energía, para desarrollar el objeto descrito en la parte motiva de la presente resolución, en el evento que el Ministerio de Minas atienda favorablemente la solicitud que se le ha elaborado.
ARTÍCULO SEGUNDO. Con la presente delegación, la Directora de la Seccional Chocó, asume toda la responsabilidad propia de la función delegada.
ARTÍCULO TERCERO. En virtud del inciso segundo del artículo 10 de la ley 489 de 1998, la Directora del SENA de la Seccional Chocó, deberá enviar al Director General, informes trimestrales sobre el desarrollo de la presente delegación.
ARTÍCULO CUARTO. Le presente resolución deroga en su totalidad la No. 01200 del 12 de septiembre de 2003 y rige a partir de la fecha de expedición.
COMUNÍQUESE Y CUMPLASE
Dada en Bogotá., a los 9 dias del mes de Febrero de 2004
DARIO MONTOYA MEJIA
Director General