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RESOLUCION 834 DE 2020

(julio 30)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Por la cual se establece la conformación del Grupo Interno de Trabajo Coordinación Nacional de Servicio a la Empresa y Contrato de Aprendizaje de la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas de la Dirección General del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas en el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, numerales 4 y 23 del artículo 4 y artículo 32 del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia consagra: "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. //Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley".

Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 establece que: “El Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo caso el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas. // Con el fin de atender necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. //En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento".

Que mediante el Decreto 249 de 2004 se modificó la estructura interna del SENA y se reorganizaron las funciones de sus dependencias.

Que mediante el Decreto 250 de 2004, el Gobierno Nacional adoptó la actual planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.

Que el numeral 4 del artículo 4o del Decreto 249 de 2004, le atribuyó al Despacho del Director General, la facultad de dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y dictar los actos administrativos con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes.

Que el numeral 23 del artículo 4o y el artículo 32 del Decreto 249 de 2004 señalan como función de la Dirección General del SENA crear Comités, Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y sus funciones.

Que el Decreto 2489 de 2006 "Por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos públicos de las instituciones pertenecientes a la Rama Ejecutiva y demás organismos y entidades públicas del orden nacional y se dictan otras disposiciones", en su artículo 8 establece:

"Grupos Internos de trabajo. Cuando de conformidad con el artículo 115 de la Ley 489 de 1998. los organismos y entidades a quienes se les aplica el presente Decreto creen grupos internos de trabajo, la integración de los mismos no podrá ser inferior a (4) empleados, destinados a cumplir las funciones que determine el acto de creación, los cuales estarán relacionadas con el área de la cual dependen jerárquicamente”.

Que a través de la Resolución No. 1- 1550 de 2019, se crean grupos internos de trabajo, se establece la conformación y funciones de los grupos de trabajo de la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas de la Dirección General del SENA.

Que debido a los movimientos de la planta global de personal, se hace necesario establecer la conformación del Grupo Coordinación Nacional de Servicio a la Empresa y Contrato de Aprendizaje de la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas de la Dirección General

del SENA, para garantizar el adecuado logro de sus funciones en el marco de los principios contemplados en el artículo 209 de la Constitución Política, especialmente los relacionados con la eficacia, la economía y la celeridad, encaminados a la innovación en la gestión para el mejoramiento de los procesos y resultados.

En mérito de lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. El Grupo Coordinación Nacional de Servicio a la Empresa y Contrato de Aprendizaje estará conformado por los siguientes cargos:

Denominación del CargoIDPServidor público que lo ocupa actualmente
Profesional G074Luis Ernesto Duran Roa
Asesor G048223Vacante
Técnico G03367Sandra Johanna Cubillos Pulido
Secretaria G03262Vacante

ARTÍCULO 2o. Comunicar la presente resolución al Director de Promoción y Relaciones Corporativas y a los funcionarios que ocupan los cargos mencionados en la presente Resolución.

ARTÍCULO 3o. Las funciones de Coordinación del Grupo de Trabajo, continuarán siendo desempeñadas por quien fue designado mediante acto administrativo y las funciones del grupo de trabajo, deben ser cumplidas de conformidad con lo establecido en el acto administrativo de su creación, señalado en la parte motiva.

ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga el artículo 5 de la resolución No. 1-1550 de 2019.

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C.

Carlos Mario Estrada Molina

Director General

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/R_SENA_0834_2020.pdf>

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
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Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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