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RESOLUCION 1518 DE 2020

(noviembre 20)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Por la cual se efectúa una delegación especial

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA

En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las que le confieren los artículos 209, 211 de la Constitución Política, el artículo 9o y siguientes de la Ley 489 de 1998 y el numeral 4 del artículo 4 del Decreto 249 de 2004

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

Que el artículo 211 de la Constitución Política, dispone que la ley señalará las funciones que el Presidente de la República podrá delegar en los Ministros, Directores de Departamentos Administrativos, Representantes Legales de entidades descentralizadas, Superintendentes, Gobernadores, Alcaldes y Agencias del Estado que la misma ley determine. Igualmente, fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades. Señala el mismo artículo que la delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, cuyos actos o resoluciones podrá siempre reformar o revocar aquel, reasumiendo la responsabilidad consiguiente.

Que el Decreto 249 de 2004, en el artículo 4, numeral 1 le atribuyó a la Dirección General la facultad de dirigir, coordinar, vigilar y controlar la ejecución de las funciones o programas de la entidad y de su personal y en el numeral 4o la facultad de dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y dictar los actos administrativos con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes.

Que la Ley 489 de 1998, en su artículo 9o, al referirse a la figura de la delegación, le concede a los Ministros, Directores de Departamento Administrativo, Superintendentes, Representantes Legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa, la posibilidad de mediante acto de delegación, transferir la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por ia ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la misma ley.

Que el Decreto 1162 de 2010 organizó el Sistema Administrativo Nacional de Propiedad Intelectual y creó la Comisión Intersectorial de Propiedad Intelectual con el objetivo de coordinar y orientar las políticas comunes en materia de propiedad intelectual y de su ejecución.

Que el Decreto 1162 de 2010 en el parágrafo 1 del artículo 5 señala que harán parte de la Comisión Intersectorial de Propiedad Intelectual con voz y sin voto:.) El Director General del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, o su delegado''^ en el artículo 7 ibídem, determina que “la CIPI sesionará ordinariamente una vez al año previa convocatoria de la Secretaría Técnica, y de manera extraordinaria, cuando así sea convocada por la Secretaría Técnica por requerimiento de al menos dos de sus miembros con voz y voto. ”

Que mediante correo electrónico del 3 de noviembre de 2020, el Departamento Nacional de Planeación, DNP, en calidad de Secretarlo Técnico de la Comisión Intersectorial de Propiedad Intelectual, convocó a sesión ordinaria de la CIPI que se llevará a cabo el día jueves 26 de noviembre de 2020 de 9:00 a.m. a 11:00 a.m. de manera virtual a través de la plataforma Teams, en donde se trataran diferentes temas relacionados con el CONPES de Propiedad Intelectual, la Presidencia Pro témpore de Colombia en la CAN, la modernización y

reglamentación de las Subcomisiones de la CIPI y la importancia de los temas tratados en esta Comisión en la productividad nacional.

Que conforme a lo anterior, se hace necesario delegar al funcionario Hernán Darío Fuentes Saldarriaga, identificado con la cédula de ciudadanía número 3.349.902 de Medellín, Director de la Dirección de Empleo y Trabajo de la Dirección General del SENA, para que en nombre del Director General del SENA represente y participe con voz y sin voto en la sesión ordinaria de la Comisión Intersectorial de Propiedad Intelectual,CIPI, que se llevará a cabo el día jueves 26 de noviembre de 2020 de 9:00 a.m. a 11:00 a.m. de manera virtual a través de la plataforma Teams.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. Delegar al funcionario Hernán Darío Fuentes Saldarriaga, identificado con la cédula de ciudadanía número 3.349.902 de Medellín, Director de la Dirección de Empleo y Trabajo de la Dirección General del SENA, para que en nombre del Director General del SENA represente y participe con voz y sin voto en la sesión ordinaria de la Comisión Intersectorial de Propiedad Intelectual,CIPI, que se llevará a cabo el día jueves 26 de noviembre de 2020 de 9:00 a.m. a 11:00 a.m. de manera virtual a través de la plataforma Teams.

ARTÍCULO 2. Comunicar y enviar copia de la presente resolución al funcionario. Hernán Darío Fuentes Saldarriaga, Director de la Dirección de Empleo y Trabajo de la Dirección General del SENA,

ARTÍCULO 3. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá, D. C.,

CARLOS MARIO ESTRADA MOLINA

Director General

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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