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RESOLUCIÓN 2241 DE 2022

(noviembre 22)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE-SENA

Por la cual se efectúa una delegación especial para el trámite de solicitud de
patente ante la Superintendencia de Industria y Comercio

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas mediante el artículo 211 de la Constitución Política de Colombia, los artículos 9 y siguientes de la Ley 489 de 1998, los numerales 2, 4 del artículo 4 del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, Ia delegación y la desconcentración de funciones.

Que el artículo 211 de la Constitución Política, dispone que la Ley señalará las funciones que el presidente de la República podrá delegar en los ministros, directores de Departamentos Administrativos, Representantes Legales de Entidades Descentralizadas, Superintendentes, Gobernadores, alcaldes- y Agencias del Estado que la misma ley determine. Igualmente, fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades; señala el mismo artículo que la delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, cuyos actos o resoluciones podrá siempre reformar o revocar aquel, resumiendo la responsabilidad consiguiente.

Que la Ley 489 de 1998 en su artículo 9, al referirse a la figura de la delegación, le concede a los Ministros, Directores de Departamento Administrativo, Superintendentes, Representantes Legales de organismos y entidades que. Posean una estructura independiente y autonomía administrativa, la posibilidad de mediante acto de delegación, transferir la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la misma ley.

Que el Decreto 249 de 2004, por el cual se modificó la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, atribuyó en el artículo 4 a la Dirección General la facultad de "2. Ejercerla representación legal de la entidad (...) 4. Dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas, (...) con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes (...)”

Que de conformidad con lo dispuesto en artículo 27 del Decreto 249 de 2004, relacionado con funciones de los Subdirectores de Centros, es necesario el otorgamiento de la delegación para actuar en nombre del Director General del SENA, para el trámite de solicitud de patente ante la superintendencia industria y Comercio {SIC), de la invención denominada " BANCO DE PRUEBAS ELECTROMECÁNICAS CONTROLADAS DE MONTAJE DE ELEMENTOS DE TRANSMISIÓN DE POTENCIA", ya que no está contemplada como una función atribuida por la normatividad existente.

Que de acuerdo con lo establecido en la ley 119 de 1994, la misión fundamental del SENA es invertir en el desarrollo social y técnico de los trabajadores colombianos, ofreciendo y ejecutando la formación profesional integral, para la incorporación y el desarrollo de las personas en actividades productivas que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico del país. La entidad tiene el reto de investigar y crear, es así como cuenta con el programa de investigación, Desarrollo tecnológico e innovación SENNOVA, que busca contribuir al desarrollo tecnológico, la competitividad de las empresas del país, así como al fomento de la gestión de la investigación, innovación y el conocimiento, a través dé diferentes acciones que incentiven el desarrollo de proyectos y/o estrategias que generen. Resultados cuantificables y verificables en el sector productivo, la formación profesional integral y la formación para el trabajo. (Acuerdo N° 0016 de 2012, SENA).

Que la importancia de proteger las creaciones del SENA resulta de gran transcendencia, ya que permiten, por una parte, ser una institución más competitiva en la generación de empleos con impacto social y económico a nivel regional o nacional, fortaleciendo así la imagen institucional; y por otro lado, promueve la generación de recursos con el objetivo de contribuirá la sustentabilidad financiera de la entidad y por supuesto, sus centros de formación.

En la Actualidad, la creación de un nuevo producto, servicio, proceso o sistema implica un esfuerzo intelectual que merece ser reconocido a favor del inventor o promotor de dicha creación, así mismo se debe considerar la importancia de las patentes al ser desarrollos tecnológicos, avances de la ciencia que han generado soluciones técnicas a problemas o necesidades de la sociedad, por ello, la importancia de proteger la titularidad de las invenciones o patentes del SENA, obedece a raíz de la inversión de fondos que una patente implica, así como la relevancia de aprovechar, de manera eficiente, el conocimiento que la institución produce y el impacto que ellas puedan desarrollar para promover emprendimiento de base tecnológica.

Que de conformidad al Concepto técnico remitido por el Subdirector del Centro Metalmecánico de la Regional Distrito Capital, sobre la patentabilidad de la invención, "¿o invención se relaciona con bancos de pruebas electromecánicas controladas en elementos de transmisión de potencia mecánica que permite realizar pruebas controladas de montaje de elementos de transmisión de potencia mecánica y medición de los parámetros de funcionamiento, con el propósito de hacer corrección de fallas y averías en tiempo real, en condiciones seguras que no afectan el proceso productivo. A su vez, permite reducir el impacto ambiental en términos de reducción dé ruidos, generación de desperdicios, gasto energético y reducción de contaminantes."

Así mismo, el Subdirector del Centro Metalmecánico de la Regional Distrito Capital, manifiesta que los recursos para el trámite de protección de la invención titulada BANCO DE PRUEBAS ELECTROMECÁNICAS CONTROLADAS DE MONTAJE DE ELEMENTOS DE TRANSMISIÓN DE POTENCIA, se encuentran asignados por medio del proyecto BPIN 2022- CDP SIIF 3422 del 17 de febrero de 2022 - IMPLANTACION DE PROGRAMAS PARA LA INNOVACION Y EL DESARROLLO TECNOLOGICO A NIVEL NACIONAL.

Que ARMANDO SALGADO OTALORA identificado con cédula de ciudadanía 79.738.946 expedida en Bogotá D.C, mediante contrato de cesión de derechos patrimoniales de autor, suscrito el 20 de Octubre de 2022, en calidad de inventor de la creación denominada "BANCO DE PRUEBAS ELECTROMECÁNICAS CONTROLADAS DE MONTAJE DE ELEMENTOS DE TRANSMISIÓN DE POTENCIA", cedió al SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA, la totalidad de los derechos patrimoniales que le corresponden al CEDENTE como inventor, derivados o que se deriven de la explotación comercial y económica de la invención denominada BANCO DE PRUEBAS ELECTROMECÁNICAS CONTROLADAS DE MONTAJE DE ELEMENTOS DE TRANSMISIÓN DE POTENCIA.

Que a través del contrato de cesión mencionado, se estableció que de manera voluntaria el inventor realizó la cesión total y sin limitación alguna a favor del CESIONARIO de los derechos patrimoniales que a él le corresponden sobre la invención denominada "BANCO DE PRUEBAS ELECTROMECÁNICAS CONTROLADAS DE MONTAJE DE ELEMENTOS DE TRANSMISIÓN DE POTENCIA" y se pactó que como único titular de los derechos patrimoniales, el cedente acepta que responderá por cualquier reclamo que en materia de derechos de propiedad intelectual se puedan presentar, exonerando de cualquier responsabilidad al CESIONARIO.

Que mediante radicado No.9-2022-072214 del 18-10-2022, Nancy Briceño Moreno, Coordinadora del Grupo Sen nova, remite el visto bueno para avanzar con el trámite de la presente delegación.

Que mediante radicados Nos. 9-2022-049895 del 28 de septiembre de 2022 y 9-2022-055450 del 28 de octubre de 2022, ALVARO ALBERTO CASTELLANOS AYA en calidad de subdirector del Centro Metalmecánico de la Regional Distrito Capital, solicitó delegación para representar al Director General del SENA en el trámite y registro de patente ante la Superintendencia de Industria y Comercio SIC, para la invención cuyo título es "BANCO DE PRUEBAS ELECTROMECÁNICAS CONTROLADAS DE MONTAJE DE ELEMENTOS DE TRANSMISIÓN DE POTENCIA".

Que, de conformidad con lo anterior, se hace necesario la delegación ai Subdirector del Centro Metalmecánico de la Regional Distrito Capital, para adelantar los trámites del registro de la patente de invención nacional titulada "BANCO DE PRUEBAS ELECTROMECÁNICAS CONTROLADAS DE MONTAJE DE ELEMENTOS DE TRANSMISIÓN DE POTENCIA" ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º. Delegar en el Subdirector del Centro Metalmecánico de la Regional Distrito Capital, la función de representar al Director General del SENA, para realizar todas las gestiones y/o acciones que sean necesarias para el registro de la patente de invención nacional BANCO DE PRUEBAS ELECTROMECÁNICAS CONTROLADAS DE MONTAJE DE ELEMENTOS DE TRANSMISIÓN DE POTENCIA, a favor del Servicio Nacional de Aprendizaje Sena ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).

ARTÍCULO 2º. La presente delegación quedará sin efectos una vez se haya surtido el trámite, en su totalidad ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), previa comunicación del delegado a la Dirección General.

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ARTÍCULO 3º. Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Formación Profesional y al Subdirector del Centro Metalmecánico de la Regional Distrito Capital.

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ARTÍCULO 4º. Contra esta resolución no proceden recursos en vía administrativa y queda en firme desde el día siguiente al de la notificación indicada en el artículo anterior; para los efectos del artículo de la Ley 1437 de 2011, publíquese en [a página web del SENA.

COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los  22  NOV 2022

JORGE EDUARDO LONDOÑO ULLOA

Director General

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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