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RESOLUCION 2371 DE 2004

(noviembre 3)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 38 de la Resolución 3588 e 2010>

Por la cual se modifica parcialmente la Resolución No. 1585 del 14 de diciembre de 2001

Resumen de Notas de Vigencia

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

En uso de las facultades legales que le confiere la Ley 443 de 1998 y sus decretos Reglamentarios 1567, 1572 de 1998, y Decreto 2504 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el 28 de enero de 2004, el Gobierno nacional expidió los Decretos de rediseño Institucional Nos. 248 "Por el cual se modifica el Decreto 1426 de 1998 y el Decreto 3539 de 2003", 249 "Por el cual se modifica la estructura del Servicio ' Nacional de Aprendizaje, SENA" y 250 "Por el cual se adopta la planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA".

Que la Resolución 01585 del 14 de diciembre del 2001, suscrita por esta Dirección General, reglamenta "... el Sistema General de Estímulos para los Empleados del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA", señalando la integración de sus órganos operativos.

Que resulta necesario modificar la Resolución 01585 del 14 de diciembre del 2001, para adecuar la composición de los órganos operativos del Sistema General de Estímulos, a la nueva estructura y planta de personal de la entidad adoptada por los Decretos de rediseño institucional números 00249 y 00250 del 28 de enero de 2004, respectivamente.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 38 de la Resolución 3588 de 2010> Modificar el artículo 19 de la Resolución 01585 del 14 de diciembre de 2001, así:

"CONFORMACIÓN DEL JURADO CALIFICADOR NACIONAL. El jurado calificador nacional de los proyectos estará conformado en la Dirección General del SENA por:

  • El Director del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo o su delegado El Director de Planeación y Direccionamiento Corporativo o su delegado.
  • El Director de Formación Profesional o su delegado, quien ejercerá la secretaría Técnica del Jurado.
  • Los dos representantes (principal y suplente) de los empleados ante la Comisión Nacional de Personal.
  • Notas de Vigencia

    ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 38 de la Resolución 3588 de 2010> Modificar el artículo 21 de la Resolución 01585 del 14 de diciembre de 2001, así:

    "CONFORMACIÓN DE LOS JURADOS CALIFICADORES EN LAS REGIONALES. En cada Regional habrá un jurado calificador conformado por:

    • El Coordinador del Grupo de Formación Profesional Integral, Empleo y Sistema Nacional de Formación para el Trabajo, o su delegado, quien ejercerá la Secretaría Técnica del Jurado.
    • El Coordinador del Grupo de Promoción y Relaciones Corporativas, o su delegado.
    • Los dos representantes (principal y suplente) de los empleados ante la Comisión de Personal de la Regional.
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      ARTÍCULO 3o.<Resolución derogada por el artículo 38 de la Resolución 3588 de 2010. Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 2461 de 2005. Ver modificaciones directamente en la Resolución 1585 de 2001>

       Modificar el artículo 29 de la Resolución 01585 del 14 de diciembre de 2001, así:

      "INTEGRACIÓN: 'El Comité Nacional de Incentivos estará integrado en la Dirección General por:

      • La Secretaria General como delegada del Director General
      • El Director de Planeación y Direccionamiento Corporativo
      • El Coordinador del Grupo de Gestión Humana
      • Los dos representantes de los empleados, principal y suplente, ante la Comisión Nacional de Personal.

      El Coordinador del Grupo de Capacitación y Bienestar de la Dirección General, o en su ausencia el empleado de mayor jerarquía del mismo, actuará como Secretario Técnico del Comité.

      ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 38 de la Resolución 3588 de 2010> Modificar el artículo 34 de la Resolución 01585 del 14 de diciembre de 2001, así:

      "INTEGRACIÓN: El Comité Regional de Incentivos estará integrado así:

      • El Director Regional o su delegado
      • El empleado que ejecute en el Despacho de la Dirección Regional los procesos de planeación
      • El empleado que ejecute en el Despacho de la Dirección Regional los procesos de Gestión Humana
      • Los dos representantes de los empleados, principal y suplente, ante la Comisión Regional de Personal.

      Actuará como Secretario Técnico del Comité Regional el empleado público que designe el Director Regional.

      ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 38 de la Resolución 3588 de 2010>  La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

      PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

      Dada en Bogotá, D.C. a los

      DARÍO MONTOYA MEJÍA

      Director General

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      Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
      "Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
      ISSN [2463-0586 (En linea)]
      Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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