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RESOLUCIÓN 2711 DE 2005

(21 diciembre)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024>

Por la cual se reorganizan los Grupos Internos de Trabajo Permanente en la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, se adoptan otras disposiciones y se derogan las Resoluciones 02256 y 02325 de 2004, y 0296, 01139, 01105 y 1140 de 2005.

Resumen de Notas de Vigencia

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA,

en uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las contempladas en los Artículos 4, 23 y 32 del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 249 del 28 de enero de 2004 se modificó la estructura del SENA y se reorganizaron las funciones de sus dependencias.

Que mediante Decreto 250 de 2004, se modificó la planta de personal de la Entidad.

Que el Artículo 115 de la Ley 489 de 1998 determinó que: "El Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo caso el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas. // Con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. // En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento." (Negrillas y Cursivas fuera del texto original)

Que el numeral 23 deI artículo 4 del Decreto 249 de 2004, determina como función del Director General del SENA: "Crear Comités, Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios y definir stuomposición, su coordinación y funciones."

Que el Artículo 4 del Decreto 248 de 2004, determinó que: "Los empleados públicos del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, en donde no exista el empleo de Jefe de División, que tengan a su cargo la coordinación o supervisión de grupos internos de trabajo, creados mediante resolución del Director General del SENA, percibirán mensualmente un veinte por ciento (20%) adicional al valor de la asignación básica mensual del empleo del cual sean titulares, durante el tiempo en que ejerzan tales funciones. Dicho valor no constituye factor salarial para ningún efecto legal."

Que en el marco de los principios contemplados en el artículo 209 de la norma superior, especialmente los relacionados con la eficacia, la economía y la celeridad encaminados a la innovación en la gestión para el mejoramiento de los procesos y resultados, se hace necesario derogar las Resoluciones 02256 de 2004, 02325 de 2004, 000296 de 2005, 001139 de 2005, 001105 de 2005 y 001140 de 2005.

Que es inherente a la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo el desarrollo de proyectos comunes a las áreas, como el sistema de gestión de calidad, los planes de mejoramiento y la formulación del plan institucional de capacitación, entre otros.

Que la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo cuenta con los recursos suficientes para atender las primas de coordinación asignadas a cada grupo.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> Crear en forma permante los siguientes Grupos Internos de Trabajo en la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo:

1. Gestión de la Información y Evaluación de Resultados;

2. Planeación Presupuestal;

3. Inteligencia Corporativa y Gestión del Conocimiento; y

4. Gestión de Proyectos Comunes a las Áreas.

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ARTÍCULO 2o. FUNCIONES DE LOS GRUPOS. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024>

1. Funciones del Grupo de Gestión de la Información y Evaluación de Resultados: De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 249 de 2004, serán funciones del Grupo Gestión de la Información y Evaluación de Resultados las siguientes:

a. Dirigir y gestionar el Banco de Proyectos de la entidad.

b. Evaluar en forma permanente los modelos de operación de todas las áreas de la entidad y proponer al Director General esquemas de mejoramiento de los mismos, en coordinación con las diferentes dependencias.

c. Coordinar la implementación de los sistemas de información de planeación, gestión de proyectos, indicadores de gestión y evaluación de resultados del SENA y diseñar e implementar el modelo de información para la toma de decisiones de carácter estratégico.

d. Diseñar las metodologías y poner en funcionamiento el Sistema de Información Estadístico del SENA.

e. Dirigir y gestionar el Sistema de Evaluación de Gestión, resultados e impacto de la entidad, en artkulación con el Sistema de Evaluación de la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con todas las áreas del SENA y de manera particular con la Oficina de Control Interno.

f. Consolidar los informes de cumplimiento de las políticas, planes, programas y proyectos de la entidad.

g. Definir y liderar el almacenamiento, custodia, seguridad y disponibilidad de la información en medios electrónicos en el SENA.

h. Determinar con las demás áreas la formulación y aplicación de indicadores de gestión para los procesos de cada dependencia.

2. Funciones del Grupo de Planeación Presupuestal: De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 249 de 2004 serán funciones del Grupo Planeación Presupuestal las siguientes:

a. Realizar, de acuerdo con los lineamientos del Gobierno Nacional, la evaluación previa de los proyectos de inversión del SENA que deban ser inscritos en el Banco de Proyectos de Inversión del Departamento Nacional de Planeación, presentarlos ante las instancias competentes y gestionar su inclusión en el mismo.

b. Elaborar el anteproyecto de presupuesto de la entidad para cada vigencia y los proyectos de modificación presupuestal, para presentarlos a consideración del Director General y del Consejo Directivo Nacional y tramitarlos ante las autoridades competentes.

c. Diseñar el modelo de costos y de presupuestación del SENA en el marco de las políticas de vigilancia de la gestión fiscal y asesorar la implementación del sistema de costos de la formación profesional, en coordinación con la Dirección Administrativa y Financiera de la entidad.

d. En coordinación con la Secretaria General, participar en los procesos de elaboración del plan de compras y el plan de contratación del SENA para cada vigencia fiscal.

3. Funciones del Grupo Inteliciencia Coorporativa y Gestión del Conocimiento: De conformidad con lo establecido en el articulo 10 del Decreto 249 de 2004 serán funciones del Grupo Planeación Presupuestal las siguientes:

a. Asesorar y asistir a todas las dependencias de la entidad, en la formulación, diseño y determinación de las políticas, orientaciones estratégicas, planes, programas y proyectos de la entidad, promoviendo y apoyando la implementación en el SENA de una cultura de la gestión orientada por resultados.

b. Implementar el modelo de inteligencia corporativa del SENA.

c. Asistir y asesorar a todas las áreas para que a partir de la información de inteligencia corporativa y de mercado se garantice la pertinencia de la oferta de formación profesional para anticiparse a las necesidades de formación de los sectores económicos.

d. Concertar y proponer líneas de política y objetivos de los programas de Innovación y Desarrollo Tecnológico de manera articulada con las áreas competentes del SENA, con el Sistema Nacional de Innovación, Ciencia y Tecnología y con el Sistema Nacional de Normalización, Certificación y Metrología.

e. Coordinar con la Dirección de Formación profesional, la obtención y análisis de información relacionada con la dinámica sectorial, los programas de formación profesional, los programas de innovación y desarrollo tecnológico y los de asesoría empresarial.

4. Funciones del Grulgo Gestión de Proyectos Comunes a las Áreas: <Numeral modificado por el artículo 1 de la Resolución 753 de 2006. El nuevo texto es el siguiente:>

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Legislación Anterior
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ARTÍCULO TERCERO. COMPOSICIÓN DE LOS GRUPOS. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024. Artículo modificado por el artículo 2 de la Resolución 753 de 2006. El nuevo texto es el siguiente:> Los Grupos de Gestión de la Información y Evaluación de Resultados, de Planeación Presupuestal, de Inteligencia Coorporativa y Gestión del Conocimiento y de Gestión de Proyectos Comunes a las Áreas, estarán conformados cada uno, por la siguiente planta de personal:

GRUPONOMBRECARGO
1. Grupo de Gestión de la Información y Evaluación de ResultadosNohora I. Peña ClavijoProfesional 18 (e)
Sonia Moyano Escobarrofesional Grado 13
Jorge Eliecer Lara Palaciosrofesional Grado 10

Ximena SerranoProfesional Grado 06

María Elena BetancourtProfesional Grado 06 (e)

Cesar TriviñoTécinico Grado 07

Grupo de Evaluación  Presupuestal
María Nancy Pérez LizararzoProfesional Gradol3

Marilyn Figuredo CubidesProfesional Grado 06
Gustavo VargasAsesor Grado 10
Grupo de Inteligencia
Corporativa y Gestión del Conocimiento
Ana María Andrade Blanco
Profesional Grado 14

Oscar Castro MendozaProfesional 13

Alvaro Muñoz RojasProfesional Grado 13

Dydia Lucía ArevaloProfesional Grado 10 (e)
Martha Luz GutierrezProfesional Grado 06 ©

Mariluz Nova LaverdeTécnico Grado 03 ©
Rosa Helena ValleTécnico Gradao 01
Grupo de Gestión de
Proyectos Comunes a Todas las Areas
Sandra Lozano UsecheAsesor Grado 10
María Cristina Alvarez
Jaramillo
Profesional Grado 14
Fabiola Cadena DíazProfesional Grado 13
Briyith EncisoPorfesional Grado 06 (e)
Rosa JimenezTécnico Grado 03
Notas de Vigencia
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ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> Trasladar permanentemente a la planta de personal de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, los siguientes cargos pertenecientes a la planta de las dependencias que se enuncian:

- Un (1) profesional grado 13, de la planta asignada a la Secretaría General

- Un (1) técnico grado 3, de la planta asignada a la Secretaría General

- Un (1) técnico grado 1, de la planta asignada a la Oficina de Comunicaciones

ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> Designar como coordinadores de los Grupos de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo a los siguientes funcionarios:

1. En Gestión de la Información y Evaluación de Resultados, a Sonia Moyano Escobar;

2. En Planeación Presupuestal, a Magda Lucla Castañeda Giraldo; Nancy Pérez Lizarazo, profesional grado 13 de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo.<Numeral modificado por el artículo 3 de la Resolución 753 de 2006>

3. En Inteligencia Corporativa y Gestión del Conocimiento, a Oscar Yesid Castro Mendoza; y

4. En Gestión de Proyectos Comunes a las Áreas, a María Cristina Alvarez Jaramillo.

Notas de Vigencia
Legislación Anterior

ARTÍCULO 6o. FUNCIONES DE LOS COORDINADORES DE LOS GRUPOS. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> Los coordinadores de grupo deberán:

1. Cumplir con los objetivos y funciones previstos para cada uno de los grupos;

2. Liderar en forma permanente y continua el trabajo en equipo del recurso humano con que cuenta cada uno de los grupos de trabajo;

3. Rendir los informes que le sean solicitados por el (la) Director(a) de área;

4. Firmar la correspondencia que implique gestión y trámites a cargo del grupo.

5. Las demás que se desprendan de la naturaleza de la coordinación y las que por su índole y naturaleza le sean propias.

ARTÍCULO 7o. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> Modificar la Resolución 000174 de 2005, por la cual se reglamentó el Sistema Nacional de Video conferencia, en el sentido de asignar permanentemente las funciones, responsabilidades y atribuciones que allí se adjudicaron al Grupo de Capacitación y Bienestar de la Dirección General, al Grupo de Inteligencia Corporativa y Gestión del Conocimiento creado en la presente resolución.

ARTÍCULO 8o. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> Comunicar la presente Resolución a: Secretaría General, Direcciones de Área y demás dependencias de la Dirección General, Directores Regionales, Subdirectores de Centro y a los Funcionarios de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo para su conocimiento y fines pertinentes, al Grupo de Gestión Humana para que a través suyo se hagan las comunicaciones y notificaciones del caso y demás fines que estime necesarios y conducentes.

ARTÍCULO 9o. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición, modifica en lo anotado la resolución 0174 de 2005 y deroga en su integridad las Resoluciones 02256 y 02325 de 2004 y 0296, 01139, 01105 y 01140 de 2005.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D. C. a los,

DARIO MONTOYA MEJIA

Director General

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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