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RESOLUCIÓN 2780 DE 2006

(27 diciembre)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Por el cual se efectúa una delegación especial

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE – SENA


En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por los artículos 37 del Decreto Ley 2150 de 1995, y 9 y subsiguientes de la Ley 489 de 1998.

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Ley 2150 de 1995 en el artículo 37 establece: "Los jefes y los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para la realización de licitaciones o concursos o para la celebración de contratos, sin consideración a la naturaleza o cuantía de los mismos, en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes."

La Ley 489 de 1998 en el artículo 9 concede esta facultad mas ampliamente ya que no hace distinción alguna permitiendo transferir el ejercicio de las funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.

Que el artículo 211 de la Constitución Política en su inciso segundo establece: delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, cuyos actos o resoluciones podrá siempre reformar o revocar aquel, reasumiendo la responsabilidad consiguienten.

Que la Dirección de Empleo y Trabajo ha solicitado la realización de un convenio de gerencia de proyectos con el Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo – FONADE para la ejecución de dos proyectos del Programa Jóvenes en Acción cuyos recursos provienen del mismo.

En mérito de lo expuesto:

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Delegar en la Directora de Empleo y Trabajo de la Dirección General del SENA:

1. Sin consideración a la cuantía, celebrar el convenio interadministrativo de gerencia de proyectos con FONADE para la ejecución conjunta de los proyectos Jóvenes en Acción – Ibagué y Jóvenes en Acción – Población en condición de desplazamiento – Población SISBEN 1, 2 y 3.del Programa Jóvenes en Acción, teniendo en cuenta el origen de los recursos.

2. Suscribir la suspensión, adición, prórroga, terminación, liquidación y los recursos y actos que adopten soluciones a las controversias contractuales para el convenio a suscribir con FONADE.

3. Imponer sanciones, declarar la ocurrencia del siniestro cuando haya lugar a ello y hacer efectivas las garantías constituidas para el convenio a suscribir con FONADE.

ARTÍCULO 2o. La delegación especial conferida por la presente Resolución, incluye la evaluación de la conveniencia de la celebración de convenios derivados y la elaboración, estudio, evaluación y análisis de los componentes técnicos del convenio, así como la ejecución del mismo de acuerdo con el Plan Operativo del Convenio y sus modificaciones.

El Grupo de Convenios de la Dirección Administrativa, asesorará a la Directora de Empleo y Trabajo, para el cumplimiento cabal de la presente delegación.

ARTÍCULO 3o. La Directora de Empleo y Trabajo, deberá presentar un informe trimestral al Director General, sobre el desarrollo de la delegación que se realiza por el presente acto.

ARTÍCULO 4o. Comunicar y enviar copia de la presente resolución a la Directora de Empleo y Trabajo de la Dirección General del SENA.

ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá a los

DARIO MONTOYA MEJIA

Director General

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Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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