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CIRCULAR 119 DE 2018

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<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

PARA:DIRECTORES REGIONALES, COORDINADORES DEL GRUPO ADMINISTRATIVO MIXTO, COORDINADORES DEL GRUPO DE RELACIONES CORPORATIVAS E INTERNACIONALES, SECRETARIOS DE COBRO COACTIVO DE LAS REGIONALES Y PERSONAL DE APOYO A LA GESTION DE COBRO COACTIVO.
Asunto:Seguimiento a la estrategia de Depuración y/o Recuperación de cartera, por concepto de multas remitidas por el Ministerio del Trabajo.

Teniendo en cuenta que conforme a la información remitida por las Regionales, en el marco de la estrategia implementada a través de la Circular 3-2018-000056 del 23 de marzo de 2018, se logró la depuración de $879.379.447,00 correspondiente al 3,7% del valor total de $23.769720.912,00 por concepto de multas impuestas por el Ministerio del Trabajo, con fecha de ejecutoria del año 2012 hacía atrás, es necesario continuar con las actividades tendientes a la evaluación de estas obligaciones, identificando su estado actual en aras de analizar la procedencia de su depuración y/o recaudo de las mismas.

En este sentido, la Dirección General establece las siguientes actividades para las Direcciones Regionales:

1. Del listado consolidado de las obligaciones publicado en el enlace ftp:/1172.16.2.69/ en la carpeta MULTAS DEL MINISTERIO, las Regionales deberán confirmar si la instancia de cobro señalada en la columna "H" de la hoja Excel, coincide o corresponde con la instancia real de cobro en la cual se encuentran en la actualidad cada una de las obligaciones; en caso que no coincida o no corresponda, se deberá reclasificar e indicar la instancia actual y/o el área que se encuentra a cargo de la obligación, así como su estado actual.

Para este efecto, a más tardar el 10 de agosto de 2018 y en el mismo archivo de "LISTADO DE MULTAS DEL MINISTERIO POR REGIONAL.xls" (en la hoja Excel correspondiente a cada regional), se deberá diligenciar dos columnas adicionales: una primera columna "Z" en donde se señale la instancia real y actual de cobro de la obligación (cobro persuasivo-relaciones corporativas, cobro coactivo, liquidación forzosa, proceso judicial, otro: especificar), otra segunda columna "AA" en donde se indique su estado actual (depurada, proceso terminado, pagada, en cobro o vigente, suspendida, en reconstrucción del expediente, devuelta al Ministerio del Trabajo, trasladada a otra Regional, otro: especificar)

En este punto, es importante reiterar que las Regionales, a través de sus abogados externos, deberán realizar una revisión de los procesos judiciales ¡nielados con ocasión a las multas impuestas del Ministerio del Trabajo y, si es del caso, solicitar el desarchivo de los procesos ejecutivos que en la jurisdicción (ordinaria o contenciosa administrativa) el SENA actúe como demandante y en los cuales se ejecuten obligaciones a favor de la entidad, que estén registrados en el listado consolidado por Regional.

2. De otro lado y conforme con el cronograma establecido en la Circular No. 3-2018-000056 del 23/03/2018, para aquellas obligaciones cuyo análisis para la procedencia de su depuración ya fue realizado y/o recomendada a través de los Comités Nacional y Regionales de Normalización de Cartera, los Directores Regionales deberán gestionar la expedición de los actos administrativos de depuración de cartera y librar las comunicaciones respectivas a las áreas de Contabilidad y Recaudo y Cartera, antes de celebrarse o llevarse a cabo el próximo Comité Nacional y/o Regional de Normalización de Cartera. Las Regionales deberán remitir estos actos administrativos de depuración de cartera al enlace ftp://172.16.2.69/ en la carpeta MULTAS DEL MINISTERIO y al correo aqomezt@sena.edu.co

3. Para aquellas obligaciones que son susceptibles de depuración y que no alcanzaron a ser sometidas a la recomendación de los Comités Nacional y Regionales de Normalización de Cartera, deberán ser objeto de análisis en las sesiones de los Comités Nacional y Regionales de Normalización de Cartera en las fechas previstas en el cronograma anexo. Asimismo, a más tardar el martes siguiente de realizar los Comités Regionales de Normalización de Cartera, las regionales deben remitir la Acta respectiva del Comité, la(s) fichas(s) técnlca(s) y lo(s) Acto(s) Administrativo(s) correspondientes a la depuración, al enlace ftp://172.16-2.69/ en la carpeta MULTAS DEL MINISTERIO y al correo aqomezt@sena.edu.co

4. Las Regionales categoría C deberán remitir al Secretario Técnico del Comité Nacional de Normalización de Cartera, el día 10 de Julio de 2018, las fichas técnicas con los soportes correspondientes de las obligaciones a depurar, conforme con las causales establecidas en el Decreto 445 de 2017, Resolución 1532 de 2017 expedida por el SENA y los Manuales de Depuración de Cartera y de insolvencia Empresarial.

5. Finalizadas las sesiones de los Comités Regionales de Normalización de Cartera, según el cronograma referido, se deberá enviar la certificación anexa: “ESTADO DE OBLIGACIONES DE MULTAS DEL MINISTERIO DE TRABAJO" la cual debe ser remitida por el Director Regional, el Coordinador de Relaciones Corporativas y el Secretario de Cobro Coactivo, a más tardar hasta el día 10 de agosto de 2018, al enlace: ftp://172.16.2.69/ en la carpeta MULTAS DEL MINISTERIO y al email institucional aqomezt@sena.edu.co

6. Para aquellas obligaciones que no fueron objeto de depuración, igualmente se deberá Identificar la instancia de cobro o dependencia dentro de la Regional que está a cargo de cada una de estas obligaciones, contenidas en el listado consolidado por Regional publicado en el enlace ftp://172.16.2.69/ en la carpeta MULTAS DEL MINISTERIO, así como su estado actual y exponer la(s) razón(es) por las cuales no se ha obtenido su recaudo en la columna “AB" de dicho listado (Hoja Excel correspondiente a cada Regional), a más tardar el 10 de agosto de 2018

7. Asimismo, cada Regional deberá elaborar un Plan de Trabajo con proyección hasta el 15 de diciembre de 2018, el cual deberá ser remitido al enlace: ftp://172.16.2-69/ en la carpeta MULTAS DEL MINISTERIO y/o al email institucional agomezt@sena.edu.co a más tardar el día 10 de Agosto de 2018, con el fin de diseñar el trabajo a realizar frente al recaudo efectivo, conciliación v/o la procedencia de la depuración de las Multas del Ministerio del Trabajo publicadas en el enlace: ftp://172.16-2.69/ MULTAS DEL MINISTERIO.

8. Es importante recordar que se deben implementar estrategias que garanticen el cumplimiento de la meta de recaudo de las diferentes instancias de cobro de cartera establecida para cada regional para el año 2018.

Por último, se debe tener en cuenta las normas establecidas y los lineamientos que se han dado desde la Dirección Administrativa y Financiera, la Dirección Jurídica y la Dirección General, entre las cuales se destacan las Circulares Nos.3-2018-000056 del 23/03/2018,3-2017-000222 del 07/12/2017 y los Manuales de Depuración de Cartera y de insolvencia Empresarial.

Atentamente,

José Antonio Lirazo Sarmiento

Director General

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/CIRCULAR_SENA_0119_2018.pdf>

CERTIFICACION

ESTADO DE OBLIGACIONES DE
MULTAS DEL MINISTERIO DE TRABAJO

REGIONAL XXXXXX

Los suscritos (nombre completo de: Director Regional, Coordinador de Relaciones Corporativas y Secretario de Cobro Coactivo), certificamos que una vez realizados los Comités Regionales de Normalización de Cartera correspondientes a multas del Ministerio del Trabajo (listado de las obligaciones registradas en el informe detallado a nivel nacional de la cartera misional con fecha de ejecutoria de 2012 hacia atrás), fue analizada, evaluada, recuperada, conciliada y depurada en cumplimiento de las funciones establecidas en la Resolución No.1532 de 2017.

Para constancia se firma en la ciudad de______________, el de Agosto del 2018.

Atentamente,

_____________________________

(Nombre y firma del Director de Regional)

_______________________________________

(Nombre y firma Coordinador de Relaciones Corporativas)

_________________________________

(Nombre y firma Secretario de Cobro Coactivo)

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

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Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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