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CIRCULAR 177 DE 2021

(septiembre 22)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

PARA:Directores Regionales, Subdirectores de Centro de Formación, Coordinadores de Formación, Coordinadores Académicos y Profesionales de apoyo FIC de los Centros de Formación.
ASUNTO: Formalización Catálogo programas de formación Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción del SENA FIC
Concordancias

Dando cumplimiento a la Resolución 1449 de 2012, por medio de la cual se regula el funcionamiento del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción del SENA FIC, la Resolución 1-2000 de 2019, se regulan aspectos relacionados con el funcionamiento del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción del SENA - FIC, donde se modifican los artículos 11, 12, 13 y 14 de la Resolución 1449 de 2012, y se derogan las Resoluciones No. 621 de 2013 de 2013 y Resolución 360 de 2014, se emiten los siguientes lineamientos:

El Subdirector de Centro de Formación será el responsable del proceso de priorización, validación, adjudicación, seguimiento y desembolso de los apoyos para programas FIC en el centro de formación, quien podrá designar un responsable para la gestión del proceso, de acuerdo con el artículo 4o de la Resolución 1-2000 de 2019, así mismo que los beneficiarios del apoyo para los programas FIC deberán de cumplir con los requisitos exigidos por la entidad, en el caso de que se evidencie inexactitud o inconsistencia en la información que dio origen al beneficio, será causal de pérdida del apoyo para programas FIC, conforme a lo establecido en el Artículo 3o de la Resolución 1-2000 de 2019.

El centro de formación deberá realizar la identificación de las fichas de los programas asociados a apoyo para programas FIC en el aplicativo Sofia Plus indicando la marcación de alternativa Curso FIC, y correspondiente a los aprendices de formación de la industria de la construcción, de lo contrario los aprendices no aparecerán en el reporte de posibles beneficiarios y no podrán ser adjudicados con el apoyo para programas FIC, (Artículo 5o Resolución 1-2000 de 2019)

El Artículo 11 de la Resolución 1-2000 de 2019, establece los lineamientos para la distribución, asignación y destinación de los recursos FIC para las apoyos a los aprendices, contratación de instructores y materiales de formación con base en programas de formación titulada relacionados con los oficios y ocupaciones de la Industria de la Construcción, propendiendo por su calidad y pertinencia, así como por la ampliación de la cobertura y los servicios.

Con base en lo anterior, se adjunta archivo donde se relacionan y formaliza el catálogo de programas del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción del SENA - FIC, los cuales deberán ser seleccionados para la caracterización de las fichas que van a ser ofertadas por los centros de formación para la vigencia 2022. Es importante aclarar que puede presentarse inclusión de nuevos programas bien sea por actualización o nuevos diseños.

Es importante que el Centro de Formación verifique el estado de los programas de este catálogo en Sofia Plus, previo a la programación de la oferta, teniendo en cuenta que durante la vigencia se efectúan modificaciones al estado de los programas en razón a la ejecución de posibles actualizaciones o depuración de la base de datos, así mismo, con relación a los programas tecnológicos es importante verificar que posean registro calificado y el respectivo código SNIES para la respectiva oferta.

Nidia Gómez Pérez

Directora de Formación Profesional Dirección General

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/C_SENA_0177_2021.pdf>

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