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RESOLUCION 2103 DE 2017
(noviembre 23)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
<Esta norma no incluye análisis de vigencia>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
Por la cual se aprueban y actualizan programas de Formación Profesional Integral
EL DIRECTOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA
En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial las conferidas en la Resolución No, 00790 de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 249 de 2004 “Por el cual se modifica la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena”, le asigna al Director General la función de: Revisar periódicamente y aprobar la oferta de los programas de formación profesional integral, según las necesidades detectadas en el sector externo y aprobar la modificación de los programas en sus contenidos, duración y tipo de certificación, conforme lo señala el artículo 4o numeral 12.
Que el 26 de marzo de 2009 el Director General mediante resolución No. 00790, delega en el Director de Formación Profesional el Sena, “la facultad pata expedirlos actos administrativos de aprobación de la oferta de programas profesional integral, y revisados según las necesidades detectadas en el sector externo y aprobar la modificación de los mismos en sus contenidos, duración y tipo de certificación, conforme lo señala el artículo primero".
Que conforme al Artículo 11 del Decreto 249 de 2004, son fundones de la Dirección Formación Profesional:
2. Asistir a la Dirección General en el diseño de políticas, planes y programas de carácter general, para la formación profesional integral de los diferentes usuarios y la prestación de los servicios de la entidad en los diferentes sectores económicos y cadenas productivas, promoviendo la gestión de la calidad en los procesos y programas de formación profesional.
8. impulsar la actualización y ajuste permanente do los diseños curriculares de los programas de formación existentes y la formulación de nuevos programas bajo el enfoque de competencias laborales, estrategias pedagógicas, así como los sistemas de evaluación y certificación del desempeño laboral de los trabajadores, en articulación con la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo.
9. Orientar, asesorar y evaluar los programas de formación profesional integral, así como los programas y servicios de carácter tecnológico que desarrollen los Centres de Formación Profesional, mediante la ejecución de programas de formación profesional integral y asesoría dirigidos al mejoramiento de la competitividad y la gestión de las empresas a través de los Ceñiros de Formación o mediante alianzas y convenios.
Por la cual se aprueban y actualizan programas de Formación Profesional Integral
17. Establecer mecanismos de interacción directa y permanente con los gremios, las empresas, las instituciones gubernamentales y no gubernamentales y las instituciones educativas del país para la formulación y actualización de los programas de formación...”
Que el Sena oferta programas de formación profesional integral a los trabajadores de todas las actividades económicas, y a quienes sin serlo, requieran dicha formación, para aumentar por ese medio la productividad nacional y promover la expansión y el desarrollo económico y social armónico del país.
Que en artículo primero de la Resolución No. 0472 del marzo 12 de 2014, se aprobaron en el anexo 1, los siguientes programas de formación:
No. | Denominación del Programa | Nivel | Duración meses |
114 | Cocina | Técnico | 12 |
294 | Tecnología en Comunicación Comercial | Tecnólogo | 24 |
297 | Tecnología en Contabilidad y Finanzas | Tecnólogo | 24 |
329 | Tecnología en Formulación de Proyectos | Tecnólogo | 24 |
406 | Tecnología en Salud Ocupacional | Tecnólogo | 24 |
Que en el marco de las Redes de Conocimiento, creadas con la Resolución No. 335 de 2012 el grupo interno de trabajo de Producción Curricular de la Dirección de Formación, identificó las necesidades de formación del talento humano en diferentes sectores productivos y las regiones, considerando la dinámica ocupacional, acorde a las políticas de generación de empleo, competitividad y formación establecidas en el Plan Nacional do Desarrollo, los Planes Regionales de Competitividad, la demanda de contrato de aprendizaje por parte del sector productivo, la vinculación laboral y las tendencias ocupacionales.
Que conforme lo anterior se identificó la necesidad de crear y actualizar los siguientes programas de Formación Profesional Integral del Nivel Auxiliar, Operario y Técnico, así:
No. | Denominación del Programa | Nivel | Duración (horas o meses) | Observación |
1. | Servicio de Alimentos y Bebidas | Auxiliar | 1026 | Nuevo |
2. | Preparación Física de Minerales y Rocas | Operario | 1026 | Nuevo |
3. | Cocina | Técnico | 2200 | Actualización |
4. | Asistencia en la Función Pública | Técnico | 2200 | Nuevo |
5 | Operación Turística Local | Técnico | 2200 | Nuevo |
6 | Servicios de Barismo | Técnico | 2200 | Nuevo |
7 | Mantenimiento de Equipo Pesado para Infraestructura, Minera y Transporte | Técnico | 2200 | Nuevo |
Que así mismo los análisis realizados a los requerimientos de formación por parte del sector productivo y las Redes de Conocimiento identifican la necesidad de actualizar la denominación de los programas de formación del nivel tecnológico, con el fin de renovar el registro calificado, para lo cual se propone modificar la denominación de los siguientes programas aprobados mediante Resolución No. No. 0472 del marzo 12 de 2014 así:
No. | Nombre Actual Del Programa según Resolución Registro Calificado | Nueva Denominación del Programa de Formación |
294 | Tecnología en Contabilidad y 1 analizas | Tecnología en Gestión Contable y Financiera |
297 | Tecnología en formulación de Proyectos | Tecnología en Gestión de Proyectos de Desarrollo económico y Social |
329 | Tecnología en Salud Ocupacional | Tecnología en Gestión Seguridad y Salud en el Trabajo |
40G | Tecnología en Comunicación Comercial | Tecnología en Gestión de la Comunicación Comercial |
Que mediante sesión virtual realizada por el Comité Nacional de Formación del día 27 de Octubre de 2017, recomiendan al Director de Formación Profesional, modificar la denominación de los programas del Nivel Tecnólogo y a su vez la inclusión de nuevos programas de formación del Nivel Auxiliar, Operario y Técnico como se describieron en el considerando sexto, del presente documento, o anterior de conformidad con lo establecido en el numeral 2o del Acuerdo 08 de 2014.
Que en mérito de lo anteriormente expuesto, este despacho.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Aprobar los siguientes programas de Formación Profesional Integral del nivel Auxiliar, Operario y Técnico.
No. | Denominación del Programa | Nivel | Duración (horas) |
1. | Servicio de Alimentos y Bebidas | Auxiliar | 1026 |
2. | Preparación Física de Minerales y Rocas | Operario | 1026 |
3. | Cocina | Técnico | 2200 |
4. | Asistencia en la Función Pública | Técnico | 2200 |
5. | Operación Turística Local | Técnico | 2200 |
6. | Servicios de Barismo | Técnico | 2200 |
7. | Mantenimiento de Equipo Pesado pato Infraestructura, Minera y Transporte | Técnico | 2200 |
ARTICULO SEGUNDO. Modificar las denominaciones de los siguientes programas de formación aprobados en la Resolución 0472 de marzo 12 de 2014; lo anterior debido a normatividad expresa y requerida por el sector productivo, a su vez para la renovación del Registro calificado ante el Ministerio de Educación Nacional.
Nombre Actual Del Programa según Resolución Registro Calificado | Nueva Denominación del Programa de Formación |
Tecnología en Contabilidad y Finanzas | Tecnología en Gestión Contable y Financiera |
Tecnología en Formulación de Proyectos | Tecnología en Gestión de Proyectos de Desarrollo Económico y Social |
Tecnología en Salud Ocupacional | Tecnología en Gestión Seguridad y Salud en el Trabajo |
Tecnología en Comunicación Comercial | Tecnología en Gestión de Comunicación Comercial |
ARTÍCULO TERCERO. Comunicar y enviar copia de la presente resolución a la Secretaría General, Directores de Área, Jefes de Oficina, Directores Regionales y Subdirectores de Centros de Formación Profesional.
ARTÍCULO CUARTO. La presente resolución deroga los numerales 114, del programa Técnico en Cocina, y actualiza la denominación los siguientes programas de los numerales 294, Tecnología en Comunicación Comercial, 297 Tecnología en Contabilidad y Finanzas, 329 Tecnología en Formulación de Proyectos, 406 Tecnología en Salud Ocupacional.
La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Bogotá, D.C. a los 23 NOV 2017
JOSÉ DARIO CASTRO URIBE
Director de Formación Profesional
<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/RESOLUCION_SENA_2103_2017.pdf>