Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción
RESOLUCIÓN 2172 DE 2010
(julio 16)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Por la cual se establece la integración de los grupos de trabajo de la Secretaría General del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA.
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA,
En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las contenidas en los artículos 115 de la ley 489 de 1998, el artículo 4o - numerales 4 y 23 del Decreto 249 de 2004 y el artículo 32 del mismo Decreto, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 establece que: “El Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo caso el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas.// Con el fin de atender necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. // En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento.” (El resaltado es nuestro).
Que mediante el Decreto 249 del 28 de enero de 2004 se modificó la estructura interna del SENA y se reorganizaron las funciones de sus dependencias.
Que mediante el Decreto 250 del 28 de enero de 2004, el Gobierno Nacional adoptó la actual planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.
Que el numeral 23 del artículo 4o y el artículo 32 del Decreto 249 de 2004 señalan como función de la Dirección General del SENA crear Comités, Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y sus funciones.
Que el numeral 4 del artículo 4o del Decreto 249 del 28 de enero de 2004, le atribuyo al Despacho del Director General, la facultad de dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y dictar los actos administrativos con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes.
Que el artículo 14 del Decreto 249 de 2004, señala las funciones de la Dirección de Empleo y Trabajo de la Dirección General.
Que el artículo 8o del Decreto 2489 del 25 de julio de 2006 señala que: "Cuando de conformidad con el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los organismos y entidades a quienes se les aplica el presente Decreto creen grupos internos de trabajo, la integración de los mismos no podrá ser inferior a (4) empleados, destinados a cumplir las funciones que determine el acto de creación, las cuales estarán relacionadas con el área de la cual dependen jerárquicamente.” (Negrilla fuera de texto).
Que mediante la Resolución No. 1863 del 13 de agosto de 2004, se creó el Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado “Administración de Documentos”, adscrito a la Secretaría General.
Que mediante la Resolución No. 2510 del 27 de noviembre de 2006, se creó el Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado “Pensiones", adscrito a la Secretaría General.
Que mediante la Resolución No. 2511 del 27 de noviembre de 2006, se creó el Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado “Relaciones Laborales”, adscrito a la Secretaría General.
Que mediante la Resolución No. 0351 del 27 de febrero de 2010, se creó el Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado “Formación y Desarrollo del Talento Humano”, adscrito a la Secretaría General.
Que mediante la Resolución No. 1305 del 9 de julio de 2007, se creó el Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado “Vivienda”, adscrito a la Secretaría General.
Que mediante la Resolución No. 0910 del 4 de marzo de 2010, se creó el Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado “Servicio Médico Asistencial y Salud Ocupacional”, adscrito a la Secretaría General.
Que debido a los movimientos de la planta global de personal, se hace necesario modificar la conformación de estos Grupos, para garantizar el adecuado logro de sus funciones.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. El Grupo Interno de Trabajo denominado “Administración de Documentos", estará conformado por los siguientes servidores públicos que ocupan actualmente los cargos indicados de la Secretaría General:
Denominación | Grado | Funcionario |
Profesional | 14 | Nohra Patricia Vela Otálora |
Profesional | 10 | Oscar Armando Velásquez Castro |
Técnico | 3 | Diana Eugenia Sarmiento Soto |
Técnico | 1 | Julio Cesar Cruz Cruz |
Oficinista | 6 | Héctor Ángel Chala Díaz |
Oficinista | 6 | Ornar Alveiro Rodríguez Rodríguez |
Oficinista | 4 | Armando Trejos Vega |
Secretaria | 2 | Gladys Alvarado Cáceres |
Auxiliar | 1 | Uriel Garzón |
ARTÍCULO 2o. El Grupo Interno de Trabajo denominado “Pensiones", estará conformado por los siguientes servidores públicos que ocupan actualmente los cargos indicados de la Secretaría General:
Denominación | Grado | Funcionario |
Profesional | 6 | Tulia Regina Anaya Fortich |
Profesional | 8 | Melba Ortiz Pérez |
Profesional | 8 | Paola Inés Vergara González |
Profesional | 1 | Edna Catalina Moreno Garzón |
Técnico | 1 | Yesenia Margarita Salas Zúñiga |
Oficinista | 4 | María Victoria Suarez Suárez |
ARTÍCULO 3o. El Grupo Interno de Trabajo denominado “Relaciones Laborales”, estará conformado por los siguientes servidores públicos que ocupan actualmente los cargos indicados de la Secretaría General:
Denominación | Grado | Funcionario |
Profesional | 14 | María Clemencia Angulo González |
Profesional | 12 | Edna Mariana Linares Patiño |
Profesional | 12 | Orlando Páez Galindo |
Profesional | 8 | Marieta Roncando Ruiz |
Profesional | 8 | Gilma Patricia Ramírez Rodríguez |
Profesional | 6 | Lilia Esther Joya Acosta |
Profesional | 6 | Jorge Enrique Jiménez Pizarra |
Profesional | 1 | Dora Alicia Quijano Camargo |
Técnico | 7 | Alicia Hernández Piraquive |
Técnico | 7 | Andrea Paola López Aguas |
Técnico | 7 | María Nelsy Alonso Castañeda |
Técnico | 1 | Iván Darío Mena Muñoz |
Técnico | 1 | Raimundo Blanco Núñez |
Secretaria | 6 | Rosalba Carrillo Martínez |
Secretaria | 4 | Diana Milena Martínez Zapata |
Auxiliar | 3 | Rodolfo Largo Garcés |
Auxiliar | 1 | Mónica Andrea Veloza Flautero |
Auxiliar | 1 | Daysy Yurani Martínez Franco |
ARTÍCULO 4o. El Grupo Interno de Trabajo denominado “Formación y Desarrollo del Talento Humano” estará conformado por los siguientes servidores públicos que ocupan actualmente los cargos indicados de la Secretaría General:
Denominación | Grado | Funcionario |
Asesor | 7 | Claudia Yazmín Cañas Beltrán |
Asesor | 7 | José Joaquín Reyes Farak |
Profesional | 6 | Alexandra Milena Palacios Fuentes |
Profesional | 6 | Sandro Alberto Osorio Nemocón |
Oficinista | 6 | Myriam García |
Profesional | 13 | Floriceny Silva Páez |
Asesor | 7 | Claudia Yazmin Cañas Beltrán |
ARTÍCULO 5o. El Grupo Interno de Trabajo denominado “Vivienda” estará conformado por los siguientes servidores públicos que ocupan actualmente los cargos indicados de la Secretaría General:
Denominación | Grado | Funcionario |
Profesional | 8 | Yudi Lorena Castillo Torres |
Técnico | 7 | Martha Isabel García Ramírez |
Técnico | 1 | Paula Andrea Pinzón Ospina |
Oficinista | 4 | Helbert Cubides Quitian |
ARTÍCULO 6o. El Grupo Interno de Trabajo denominado “Servicio Médico Asistencial y Salud Ocupacional”, estará conformado por los siguientes servidores públicos que ocupan actualmente los cargos indicados de la Secretaría General:
Denominación | Grado | Funcionario |
Profesional | 8 | Cesar Augusto Flórez Galvis |
Profesional | 12 | Victoria Consuelo Ramírez González |
Secretaria | 6 | Ruby Cristina Guerrero Cortes |
Secretaria | 6 | Alba Nelly Duque Camelo |
Oficinista | 6 | Carlos Alfonso Rincón Téllez |
ARTÍCULO 7o. La coordinación de los Grupos de la Secretaría General continuará siendo ejercida, por quienes hasta la fecha han sido designados mediante Resolución.
ARTÍCULO 8o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente los actos administrativos que le sean contrarios.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 16 JUL. 2010
DARÍO MONTOYA MEJÍA
Director General