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RESOLUCIÓN 2453 DE 2005

(28 noviembre)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 19 de la Resolución   25 de 2007>

Por la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo Permanente de la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas de la Dirección General, se asignan las funciones de coordinación de los mismos y se crean los Grupos de Promoción y Relaciones Corporativas en las Regionales del SENA

Resumen de Notas de Vigencia

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA,

En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las contenidas en el numeral 23 del artículo 4 y el artículo 32 del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO QUE:

Mediante Decreto 249 del 28 de enero de 2004 se modificó la estructura del SENA y se reorganizaron las funciones de sus dependencias.

Por medio del Decreto 250 de 2004 se modificó la planta de personal de la entidad.

El artículo 115 de la ley 489 de 1998 determinó que: "El Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo caso el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas. // Con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. // En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento."

El numeral 23 del artículo 4 y el artículo 32 del Decreto 249 de 2004 determinó como función del Director General del SENA: "Crear Comités, Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y funciones."

El artículo 13 del Decreto 249 de 2004 estableció las funciones de la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas del SENA.

Para atender de manera eficaz y eficiente las necesidades, objetivos, políticas y programas de la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas del SENA se hace necesario crear los Grupos Internos de Trabajo Permanente denominados "Contrato de Aprendizaje", "Fiscalización", "Internacionalización" y "Relaciones Corporativas".

El artículo 4 del Decreto 248 de 2004 determinó que: "Los empleados públicos del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, en donde no exista el empleo de Jefe de División, que tengan a su cargo la coordinación o supervisión de grupos internos de trabajo, creados mediante resolución del Director General del SENA, percibirán mensualmente un veinte por ciento (20%) adicional al valor de la asignación básica mensual del empleo del cual sean titulares, durante el tiempo en que ejerzan tales funciones. Dicho valor no constituye factor salarial para ningún efecto legal."

Con base en los procesos y responsabilidades asignadas a las Direcciones Regionales y el Distrito Capital, en el artículo 24 del Decreto 249 del 2004, se hace necesaria la creación del Grupo Interno de Trabajo Permanente de "Promoción y Relaciones CorporatIvas Regional" para cumplir con eficiencia y eficacia los objetivos y políticas institucionales, sobre esta materia. La existencia de recursos para el reconocimiento de las primas de Coordinación en los Grupos de la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas que se crean por la presente Resolución, se encuentra amparada por el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 829 deI 10 de junio de 2005.

El Director General tiene competencia para asignar, mediante resolución, las funciones de Coordinación a uno de los servidores que conformen los Grupos Internos de Trabajo, así como para delegar esta facultad en los Directores Regionales.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

CAPITULO I.

CREACIÓN Y CONFORMACIÓN DE LOS GRUPOS INTERNOS DE TRABAJO PERMANENTE DE LA DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN Y RELACIONES CORPORATIVAS DEL SENA DE LA DIRECCION GENERAL.

ARTÍCULO 1o. CREACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 19 de la Resolución  25 de 2007> Crear los Grupos Internos de Trabajo Permanente denominados "Contrato de Aprendizaje", "Fiscalización", "Internacionalización" y "Relaciones Corporativas" de la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 2o. CONFORMACIÓN DE LOS GRUPOS INTERNOS DE TRABAJO PERMANENTE DE LA DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN Y RELACIONES CORPORATIVAS. <Resolución derogada por el artículo 19 de la Resolución  25 de 2007> Los Grupos Internos de Trabajo Permanente de Contrato de Aprendizaje, Fiscalización, Internacionalización y Relaciones Corporativas, estarán conformados por el personal de planta de la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas, asignado mediante Resolución No. 0647 del 22 de abril de 2004 de la siguiente manera:

GRUPOPLANTA ASIGNADA
Contrato de AprendizajeProfesional 13
Profesional 01
Técnico 07
FiscalizaciónProfesional 13
Profesional 12
Técnico 07
InternacionalizaciónAsesor 10
Profesional 14
Profesional 06
Relaciones CorporativasProfesional 14
Profesional 13
Profesional 10
Técnico 01
Profesional 12
Notas de Vigencia

ARTÍCULO 3o. FUNCIONES DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO PERMANENTE DE CONTRATO DE APRENDIZAJE. <Resolución derogada por el artículo 19 de la Resolución  25 de 2007> El Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado "Contrato de Aprendizaje", tendrá las siguientes funciones:

1. Proponer directrices para la implementación y operación del contrato de aprendizaje

2. Diseñar estrategias para la regulación y seguimiento al cumplimiento del contrato de aprendizaje.

3. Realizar seguimiento a las variaciones de empresas y cuotas reguladas, así como de alumnos con contrato de aprendizaje de las regionales.

4. Diseñar los mecanismos necesarios para facilitar las actividades de regulación de cuota y patrocinio de aprendices.

5. Consolidar y analizar los informes de empresas y cuotas reguladas por regiones y por sectores económicos, así como la situación de los alumnos con contrato de aprendizaje del SENA y otras instituciones educativas, con base en la información que reporten las recciones Regionales.

6. Poponer metodologías y herramientas para la ampliación de la cobertura del contrato de aprendizaje.

7. Realizar los estudios sobre el impacto del contrato de aprendizaje dentro del contexto general de empleo del país.

8. Consolidar y elaborar los reportes mensuales sobre el comportamiento del contrato de aprendizaje, monetización de la cuota y cobertura.

9. Mantener una óptima y eficaz comunicación con los empleadores con el fin de estar actualizando los cambios presentados en la contratación de aprendices.

10. Actualizar la base de datos de empleadores responsables del contrato de aprendizaje.

11. Proponer estrategias para el direccionamiento y control de los procesos de recaudo y / fiscalización del cumplimiento de las obligaciones económicas del contrato de aprendizaje, de las empresas y empleadores del sector público y privado obligados dentro del marco de lo establecido legalmente.

12. Coordinar con la Dirección de Empleo y Trabajo la implementación y actualización del Registro de Aprendices y cuotas de aprendizaje en el Sérvicio Público de Empleo.

13. Determinar con la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, la formulación y aplicación de indicadores de gestión en los procesos del Grupo y responder por las metas y los indicadores de gestión contemplados en los planes indicativos y operativos, programas.y proyectos de la Dirección y Relaciones Corporativas.

14. Elaborar los informes que solicite la Dirección General, la Dirección de Promoción y elaciones Corporativas y los diferentes entes de control.

15. Las demás que le sean asignadas por la Dirección de Promoción y Relaciones corporativas.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 4o. FUNCIONES DEL COORDINADOR DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO PERMANENTE DE CONTRATO DE APRENDIZAJE. <Resolución derogada por el artículo 19 de la Resolución  25 de 2007> El Coordinador del Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado "Contrato de Aprendizaje" tendrá las siguientes funciones:

1. Orientar y asignar a los servidores públicos vinculados a la planta de personal del Grupo Interno de Trabajo Permanente de "Contrato de Aprendizaje", las tareas necesarias para el cumplimiento de las funciones del mismo.

2. Coordinar las acciones que deban adoptarse para el logro de los objetivos y las metas propuestas en el Plan Estratégico de la Entidad, en cuanto al control y seguimiento al contrato de aprendizaje.

3. Coordinar el seguimiento y evaluación de los programas de control y seguimiento al contrato de aprendizaje.

4. Coordinar la elaboración e implementación de indicadores de gestión y resultados de de control y seguimiento al contrato de aprendizaje.

5. Asistir a los diferentes eventos delegados por parte del director de Promoción y Relaciones Corporativas.

6. Coordinar la elaboración de los informes que solicite el Director de Promoción y Relaciones Corporativas.

7. Diseñar y divulgar oportunamente los manuales y formatos que considere pertinentes para la mejora de los procesos de seguimiento y control al contrato de aprendizaje.  

8. Participar en la concertación de objetivos con los servidores públicos asignados al área y realizar las respectivas evaluaciones de desempeño.

9. Evaluar el desempeño de los servidores públicos a signados al grupo de trabajo y proponer los cambios que se consideren pertinentes.

10. Respoder por las funciones asignadas al grupo mediante la presente resolución.

11. Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de los procesos de la dependencia.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 5o. FUNCIONES DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO PERMANENTE DE FISCALIZACIÓN.  <Resolución derogada por el artículo 19 de la Resolución  25 de 2007> El Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado "Fiscalización" tendrá las siguientes funciones:

1. Establecer las directrices normativas necesarias para la implementación y operación de las políticas de fiscalización.

2. Diseñar estrategias para la regulación y seguimiento al cumplimiento de todas las obligaciones de los empleadores, respecto al pago de aportes al Servicio Nacional de Aprendizaje - Sena, Fondo de la Industria de la Construcción - FIC, cuota de monetización y fiscalización a Cajas de Compensación Familiar.

3. Realizar seguimiento a las variaciones de empresas fiscalizadas frente a las responsabilidades de fiscalización.

4. Diseñar los mecanismos necesarios para facilitar la regulación de la fiscalización.

5. Consolidar y analizar los informes de empresas fiscalizadas por regiones y por sectores económicos, con base en la información que reporten las Direcciones Regionales y todas las responsabilidades de fiscalización.

6. Proponer metodologías y herramientas para la ampliación de la cobertura de todas las responsabilidades de fiscalización.

7. Realizar los estudios sobre el impacto de todos los procedimientos de fiscalización.

8. Consolidar y elaborar los reportes mensuales sobre el comportamiento del aporte parafiscal al SENA, contrato de aprendizaje, monetización de la cuota de aprendizaje, aportes FIC y Cajas de Compensación Familiar.

9. Mantener una óptima y eficaz comunicación con los empleadores con el fin de estar actualizando los cambios presentados en aportes parafiscales.

10. Determinar con la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, la formulación y aplicación de indicadores de gestión en los procesos del Grupo y responder por las metas y los indicadores de gestión contemplados en los planes indicativos y ol>ativos, programas y proyectos de la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas.

11. Elaborar los informes que solicite la Dirección General, Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas y los diferentes entes de control.

12. Dirigir y controlar los procesos de recaudo y fiscalización del cumplimiento de las obligaciones económicas y del contrato de aprendizaje de las empresas y empleadores del sector público y privádo obligado en el marco de lo establecido legalmente.

13. Celebrar convenios y coordinar con las demás entidades administradoras de impuestos o de contribuciones parafiscales planes y programas de fiscalización, con el fin de optimizar el uso de los recursos disponibles para adelantar los procesos de fiscalización.

14. Diseñar las estrategias y procedimientos necesarios para implementar las políticas de fiscalización a nivel nacional previa párticipación y consenso de los Grupos de Promoción y Relaciones Corporativas de las Regioriales y Centros de Formación Profesional conocedoras de su región y de las necesidades frente a la lucha-contra la evasión, elusión y morosidad de aportes al SENA, regulación de la cuota de aprendizaje y monetización, aportes FIC y fiscalizáción a Cajás de Compensación Familiar.

15. Establecer los diagramas de procesos y los manuales de auditoria para cada programa de fiscalización, que permita a los fiscalizadores la ejecución de las visitas de una manera clara, ágil, oportuna y con unidad de criterio procedirnental.

16. Potenciar él proceso de fiscalización mediante la generación de estudios económicos sectorizados sobre evasión y multiplicar las experiencias exitosas obtenidas en auditorias o ínvestigaciones de los diferentes programas ejecutados en las regionales del SENA en todo el país.

17. Orientar a los fiscalizadores haciá programas integrales dirigidos atacar la evasión, elusión y morosidad.

18. Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de los procesos de la dependencia.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 6o. FUNCIONES DEL COORDINADOR DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO PERMANENTE DE FISCALIZACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 19 de la Resolución  25 de 2007> El Coordinador del Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado "Fiscalización" realizará las siguientes funciones:

1. Asignar a los servidores públicos vinculados al Grupo las tareas necesarias para el cumplimiento de las funciones mencionadas en el artículo 5 de la presente resolución.

2. Coordinar las acciones que deban adoptarse para el logro de los objetivos y las metas propuestas en el Plan Estratégico de la Entidad, en cuanto a la Fiscalización de aportes al SENA, regulación de la cuota de aprendizaje y monetización, aportes FIC y Cajas de Compensación Familiar.

3. Coordinar el seguimiento y evaluación de los programas y planes de fiscalización de las Direcciones Regionales.

4. Coordinar la elaboración e implementación de indicadores de gestión y resultados de la fiscalización.

5. Asistir a los diferentes eventos, cuando sean delegados por el director de Promoción y Relaciones Corporativas.

6. relaciones Corporativas.sistir a los diferentes eventos, cuando sean delegados por el director de Promoción y Relaciones Corporativas.

7. Diseñar y divulgar oportunamente los manuales y formatos que considere pertinentes para la mejora de los procesos seguimiento y control a la fiscalización.

8. Participar en la concertación de objetivos con los servidores públicos asignados al área y realizar las respectivas evaluaciones de desempeño.

9. Evaluar el desempeño de los servidores públicos asignados al grupo de trabajo y proponer los cambios que se considere pertinentes.

10. Responder por las funciones asignadas al grupo mediante la presente resolución.

11. Las demás que le sean asignadas la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 7o. FUNCIONES DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO PERMANENTE DE INTERNACIONALIZACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 19 de la Resolución  25 de 2007> El Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado "Internacionalización", realizará las siguientes funciones:

1. Proponer y ejecutar políticas, estrategias y acciones para fibmentar las relaciones internacionales del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA.

2. Proponer proyectos de cooperación internacional y apoyar en la negociación y trámite de convenios, acuerdos, contratos, protocolos y documentos de intención que suscriba la entidad con organismos internacionales, en desarrollo de su política de cooperación y de alianzas estratégicas internacionales.

3. Coordinar, orientar, hacer seguimiento y evaluar las acciones e interacciones de los Centros de Formación Profesional del SENA con instituciones y organismos homólogos del orden internacional, para la oferta de servicios de asistencia técnica y consultorías especializadas, así como para el establecimiento de la red de apoyo e intercambio de información y conocimiento.

4. Actualizar la base de datos de la red de organizaciones especializadas, centros de desarrollo tecnológico, agencias de cooperación, organismos multilaterales que realizan actividades afines a la formación profesional, el empresarismo, la innovación y el desarrollo tecnológico.

5. Dirigir la realización y la participación del SENA en foros, seminarios, talleres y demás eventos de carácter internacional, en articulación con la Oficina de Comunicaciones de la Dirección General.

6. Proponer políticas, estrategias, acciones y procedimientos para la negociación y transferencia internacional de ciencia, tecnología y conocimiento que ofrezca o demande la entidad, en coordinación con la Dirección de Formación Profesional y la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo.

7. Coordinar la definición de términos de referencia en los procesos de negociación y transferencia de ciencia, tecnología y conocimiento que establezca la Entidad con organizaciones especializadas a nivel internacional, en cumplimiento de sus objetivos misionales.

8. Diseñar, implementar, mantener y actualizar el sistema de información de programas y proyectos de transferencia internacional de conocimiento, ciencia y tecnología, en coordinación con la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo y lá Oficina de Sistemas de la Dirección General.

9. Divulgar la 'información sobre transferencia internacional de conocimiento, ciencia y tecnología en las Direcciones Regionales y Centros de Formación Profesional del SENA.  

10. Coordinar las acciones requeridas para el desplazamiento, instalación e inducción de  expertos internacionales en la sede de los proyectos de cooperación y transferencia tecnológica que maneje el SENA en el país, así como gestionar los apoyos y recursos pactados en los convenios.

11. Coordinar las acciones y programas especiales de formación de estudiantes extranjeros en el SENA, así como los programas de formación y entrenamiento en el exterior para personal de planta y alumnos del SENA, en articulación con la Secretaría General y la Dirección de Formación Profesional.

12. Gestionar oportunidades y definir requisitos para la asignación de comisiones de estudio y de servicios en el exterior para funcionários de la Entidad, en articulación con la Secretaría General.

13. Realizar el seguimiento y la evaluación de los programas, proyectos y acciones de operación técnica y transferencia tecnológica; así mismo, de las comisiones de estudio y de servicios en el exterior de funcionarios del SprA y velar porque la Entidad aproveche de manera adecuada el talento humano con formación en el extranjero.

14. Determinar con la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, la formulación y de indicadores de gestión en los procesos del Grupo y responder por las metas y los indicadores de gestión contemplados en los planes indicativos y operativos, programas y proyectos de la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas.

15. Implementar y mantener los procesos definidos en el Sistema de Gestión de Calidad y velar por la mejora continua de los mismos en el Grupo.

16. Elaborar los informes que solicite la Dirección General y la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas.

17. Desarrollar la estructuración de la oferta y la demanda exportable por Centro de Formación.  

18. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de los procesos de la dependencia.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 8o. FUNCIONES DEL COORDINADOR DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO PERMANENTE DE INTERNACIONALIZACIÓN.<Resolución derogada por el artículo 19 de la Resolución  25 de 2007> El Coordinador del Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado "Internacionalización", realizará las siguientes funciones:

1. Asignar a los servidores públicos vinculados al Grupo las tareas necesarias para el c triplimiento de las funciones mencionadas en el artículo 7 de la presente resolución.

2. Orientar las acciones tendientes al logro de objetivos y metas definidas en el Plan estratégico de la Entidad en cuanto a internacionalización.

3. Dirigir el seguimiento y la evaluación de los programas, proyectos y acciones de cooperación técnica y transferencia tecnológica; así mismo, de las comisiones de estudios y de servicios en el exterior de funcionarios del SENA y velar porque la Entidad aproveche de mianera adecuada el talento humano con formación en el extranjero.

4. Coordinar la formulación y aplicación de indicadores de gestión en los procesos del Grupo y responder por las metas y los indicadores de gestión contemplados en los planes indicativos y operativos, programas y proyectos de la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas, contando con la asesoría de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo.

5. Asistir a eventos por delegación del Director de Promoción y Relaciones Corporativas.

6. Presentar los informes que solicite la Dirección General y la Dirección de Promoción y laciones Corporativas.

7. Participar en la concertación de objetivos con los servidores públicos asignados al grupo.

8. Evaluar el desempeño de los servidores públicos asignados al grupo de trabajo y proponer los cambios que se consideren pertinentes.

9. Garantizar y responder por la articulación permanente con los demás grupos de trabajo de la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas y con las otras instancias de la Entidad con las cuales se debe retroalimentar el cumplimiento de las funciones y la misión intitucional.

10. Responder por las funciones asignadas al grupo mediante la presente resolución.

11. Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de los procesos de la dependencia.

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ARTÍCULO 9o. FUNCIONES DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO PERMANENTE DE RELACIONES CORPORATIVAS. <Resolución derogada por el artículo 19 de la Resolución  25 de 2007> El Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado "Relaciones Corporativas" realizará las siguientes funciones:

1. Proponer, en coordinación con la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, políticas estrategías y acciones de promoción, mercadeo, comunicaciones y posicionamiento del SENA con el fin de garantizar una adecuada atención a los usuarios y aportantes.

2. Diseñar, desarrollar y recomendar acciones para el logro de los objetivos y las metas propuestas en el Plan Estratégico de la Entidad en cuanto a relacionamiento corporativo.

3. Proponer el portafolio de servicios institucional nacional e internacional en articulación con la Dirección de Formación Profesional, Dirección de Empleo y Trabajo, Dirección del Sistema Nacional de Formación Profesional para el Trabajo, las Direcciones Regionales y la Oficina de Comunicaciones de la Dirección General.

4. Diseñar, aplicar y evaluar recursos y metodologías de trabajo para generar nuevos productos y servicios o efectuar modificaciones de los ya existentes, para el mejoramiento X de la calidad en la prestación y ofrecimiento de los servicios del SENA.

5. Presentar propuestas de segmentación de los clientes internos y externos de la institución con el fin de formular y ejecutar estrategias de acuerdo con, las características de los mismos.

6. Promover y consolidar la generación de acuerdos, alianzas estratégicas, convenios interadministrativos y demás estrategias que contribuyán a la prestación oportuna y eficaz de los servicios ofrecidos por el SENA.

7. Coordinar la organización y participación del SENA en ferias, seminarios, foros, congresos y demás eventos de carátter nacional en los que se requiera la promoción de los serviciol institucionales, en articulación con las otras Direcciones de Área, Direcciones Regionales y Oficina de Comunicaciones de la Dirección General.

8. Mantener una óptima y eficaz comunicación con los empleadores para identificar necesidades y expéctativas relacionadas con los servicios del SENA con el fin de implementar medidas efectivas que las atiendan.

9. Coordinar y controlar la recepción y oportuna respuesta de reclamos, quejas, sugerencias y peticiones que presenten ciudadanos, usuarios y clientes de los servicios de la Entidad.

10. Efectuar el seguimiento y evaluar los resultados de las visitas realizadas por los asesores corporativos en cada una de las Regionales.

11. Establecer mecanismos de respuesta para el sector productivo, en articulación con la Dirección de Formacióri Profesiona Ia Dirección de Empleo trabajo y demás áreas misionales del SENA.

12. Coordinar con la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo la recopilación sistemática de la información de Imercado a partir de los clientes e instituciones afines al SENA y proveer información a las demás dependencias, para la formulación de planes, ramas, proyectos y servicios.

13. onsolidar y evaluar la información recolectada a través de los medios utilizados para el establecimiento de relaciones corporativas en la entidad.

14. Consolidar las estadísticas de convenios y acuerdos establecidos por las Regionales y los Centros de Formación Profesional.

15. Establecer los resultados e impacto de los convenios y alianzas estratégicas suscritas por el SENA.

16. Realizar evaluaciones y determinar el grado de satisfacción de los usuarios del SENA, siguiendo las metodologías establecidas por la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo.

17. Coordinar con la oficina de Comunicaciones el diseño, producción y distribución de periódicos, bolétines, medios audiovisuales y medios impresos con fines de información y divulgación institucional; así como el mantenimiento de sistemas y mecanismos de información a los funcionarios, alumnos, usuarios y al público en general, sobre los servicios y actividades del SENA.

18. Organizar en coordinación con la Oficina de Comunicaciones la divulgación masiva de los servicios de la entidad a la ciudadanía, de acuerdo con los objetivos trazados por la Dirección General.

19. Coordinar con la Secretaría General la realización de programas de capacitación y sensibilización de los servidores públicos del SENA, con el propósito de mejorar el servicio a los usuarios, trabajadores, alumnos, empresarios y la sociedad en general.

20. Reslizar estudios sobre proceso de formación desarrollados por entidades homólogas o afines al SENA para fomentar la actualización técnico-pedagógica, en coordinación con la Dirección de Formación Profesional.

21. Preparar y presentar informes relacionados con los resultados del seguimiento y el avance del proceso de promoción de servicios, en la periodicidad y términos solicitados por la Dirección General y la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas.

22. Coordinar con la Dirección Jurídica el desarrollo de procesos de divulgación dirigidos a los,"Incionarios de la entidad, para garantizar el respeto de los derechos y garantías constitucionales y legales de los ciudadanos usuarios de los servicios del SENA.

23. Determinar con la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, la formulación y la aplicación de indicadores de gestión en los procesos del Grupo y responder por las metas y f.1 los indicadores de gestión contemplados en los planes indicativos y operativos, programas y proyectos de la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas.  

24. Implementar y mantener los procesos definidos en el Sistema de Gestión de Calidad y velar por la mejora continua de los mismos en el Grupo.

25. Adelantar investigaciones de mercados que orienten las actividades que debe perfeccionar la institución en cumplimiento de su misión institucional.

26. Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de los procesos de la dependencia.

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ARTÍCULO 10. FUNCIONES DEL COORDINADOR DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO PERMANENTE DE RELACIONES CORPORATIVAS. <Resolución derogada por el artículo 19 de la Resolución  25 de 2007> El Coordinador del Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado "Relaciones Corporativas" cumplirá las siguientes funciones:

1. Asignar a los servidores públicos vinculados al Grupo las tareas necesarias para el cumplimiento de las funciones mencionadas en el artículo 11 de la presente resolución.

2. Orientar las acciones teniendo el logro de objetivos y metas definidas en el Plan estratégico de la Entidad en cuanto a relaciones corporativas.

3. Dirigir el desarrollo de acciones de promoción y mercadeo que conlleven a la divulgación del portafolio de servicios de la entidad.  

4. Aplicar y evaluar recursos y metodologías de trabajo para generar nuevos productos y servicios de la entidad.

5. Coordinar la formulación y aplicación de indicadores de gestión en los procesos del Grupo y responder por las metas y los indicadores de gestión contemplados en los planes indicativos y operativos, programas y proyectos de la Dirección de Promoción y Relaciones  Corporativas, contando con la asesoría de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo.

6. Asitir a eventos por delegación del Director de Promoción y Relaciones Corporativas.

7. Presentar los informes que solicite la Dirección General y la Dirección de Promoción Relaciones Corporativas.

8. Participa en la concentración de objetivos con los servidores públicos asignados al grupo.

9. Evaluar el desempeño de los servidores públicos asignados al grupo de trabajo y proponer los cambios que se consideren pertinentes.

10. Garantizar y responder por la articulación permanente con los demás grupos de trabajo de la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas y con las otras instancias de la Entidad con las cuales se debe retroalimentar el cumplimiento de las funciones y la misión institucional.

11. Responder por las funciones asignadas al grupo mediante la presente resolución.

12. Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de los procesos de la dependencia.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 11. DESIGNACIÓN DE COORDINADORES. <Resolución derogada por el artículo 19 de la Resolución  25 de 2007> Designar a la doctora Marcela Uribe Higuera, Técnico Grado 07 (e) de la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas del SENA Dirección General, para que ejerza las funciones de coordinación del Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado "Contrato de Aprendizaje", previstas en el Artículo 4 de la presente Resolución, con derecho al reconocimiento y pago de prima de coordinación.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 12. <Resolución derogada por el artículo 19 de la Resolución  25 de 2007> Designar al doctor Alexander Cuellar Agudelo, Técnico 07 de la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas del SENA Dirección General, para que ejerza las funciones de coordinación del Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado "Fiscalización", previstas en el Artículo 6 de la presente Resolución, con derecho al reconocimiento y pago de prima de coordinación.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 13. <Resolución derogada por el artículo 19 de la Resolución  25 de 2007> Designar a la doctora Elsa Aurora Bohórquez Vargas, Profesional Grado 14 de la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas del SENA Dirección General, para que ejerza las funciones de coordinación del Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado "Relaciones Corporativas", previstas en el Artículo 10 de la presente Resolución, con derecho al reconocimiento y pago de prima de coordinación.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 14. <Resolución derogada por el artículo 19 de la Resolución  25 de 2007> Designar a la doctora Margarita Giraldo Correa, Asesor 10 (e) de la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas del SENA Dirección General, para que ejerza las funciones de coordinación del Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado "Internacionalización", previstas en el Artículo 8 de la presente Resolución, sin derecho a prima de coordinación.

Notas de Vigencia

CAPITULO II.
CREACIÓN Y CONFORMACIÓN DEL GRUPO DE PROMOCIÓN Y RELACIONES CORPORATIVAS EN LAS REGIONALES Y DISTRITO CAPITAL DEL SENA.

ARTÍCULO 15. CREACIÓN DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO PERMANENTE DENOMINADO "PROMOCIÓN Y RELACIONES CORPORATIVAS" EN LAS REGIONALES Y DISTRITO CAPITAL DEL SENA. <Resolución derogada por el artículo 19 de la Resolución  25 de 2007> Créase el Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado "Promoción y Ralaciones Corporativas" en las Regionales del Servicio Nacional de Aprendizaje

-SENA, para el desarrollo de las actdes del área de Promoción y Relaciones Corporativas en las Regionales.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 16. CONFORMACIÓN DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO PERMANENTE DE PROMOCIÓN Y RELACIONES CORPORATIVAS EN LAS REGIONALES Y DISTRITO CAPITAL DEL SENA. <Resolución derogada por el artículo 19 de la Resolución  25 de 2007> El Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado "Promoción y Relaciones Corporativas" de cada Regional estará conformado con el personal de planta asignado a cada una de ellas, mediante Resolución 647 del 22 de abril de 2004. Para tal fin, delégase a los Directores Regionales y del Distrito Capital, para establecer los funcionarios que conformarán el Grupo.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 17. FUNCIONES DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO PERMANENTE DE PROMOCIÓN Y RELACIONES CORPORATIVAS EN LAS REGIONALES Y DISTRITO CAPITAL DEL SENA. <Resolución derogada por el artículo 19 de la Resolución  25 de 2007> Son funciones del Grupo Interno de Trabajo Permanente de "Promoción y Relaciones Corporativas" de las Regionales del SENA las siguientes:

1. Garantizar el cumplimiento de las políticas y estrategias formuladas por la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas, relacionadas con contrato de aprendizaje, fiscalización de aportes al SENA, el relacionamiento corporativo e internacionalización.

2. Formular y elaborar, planes, programas y proyectos de promoción y relacionarniento corporativo, contrato de aprendizaje, fiscalización e internacionalización, en el marco de la metodología de evaluación de proyectos definida por la Dirección General.

3. Coordinar la estructuración de la oferta exportable y la demanda de transferencia de tecnología y conocimiento de cada uno de los Centros de Formación de la Región, a nivel internacional.

4. Coordinar y gestionar el relacionamiento directo con los empresarios, gremios, alumnos, la comunidad, usuarios internos y externos del SENA, con el propósito de lograr un acercamiento y asocio con el medio interno y externo para la ampliación de cobertura de nuestros servicios.

5. Promover la articulación, las alianzas estratégicas y coordinación con las Regionales que compartan características similares desde el punto de vista geográfico, demográfico, cultural y social.

6. Organizar y participar en eventos en asocio con alcaldías locales, juntas de acción comunal, colegios, bibliotecas públicas, universidades, Secretarías de Educación y ppqueños empleadores.

7. Promover los espacios de concertación y alianzas estratégicas con los entes territoriales de la Regional.

8. Programar y realizar visitas al sector productivo dando respuesta a los requerimientos solicitados por éstos, articulando con los diferentes Centros de Formación.

9. Generar informes mensuales de las visitas efectuadas por los asesores corporativos a los empleadores y de los convenios y demás acuerdos promovidos por el grupo de Promoción  y Relaciones Corporativas de la Regional con el sector productivo.

10. Divulgar por todos los medios disponibles la oferta educativa de la Región y el portafolio de icios institucional.

11. Remítir la oferta educativa y el portafolio de servicios regional, para ser consolidado y divulgado a través de los diferentes medios que tenga dispuesta la Dirección General.

12. Direccionar las solicitudes, sugerencias, quejas y demás comunicados que correspondan a ntes internos y externos de la región a través del sistema de quejas y reclamos establecido por la Dirección de promoción y Relaciones Corporativas.

13. Regular las cuotas de aprendizaje de los empleadores con domicilio principal en la región, en los términos previstos por la ley 789 de 2002.

14. Realizar seguimiento al cumplimiento del contrato de aprendizaje por parte de los empleadores obligados, con domicilio principal en la región.

15. Imponer las sanciones en los términos previstos por las normas legales vigentes, en el caso de presentarse incumplimiento en la relación de aprendizaje por parte de los empleadores obligados.

16. Garantizar el registro oportuno y confiable de la información en el Sistema de Información por la gestión del.contrato de aprendizaje.

17. Colaborar en la sustanciación de los recursos de vía gubernativa que sean interpuestos por los pleadores en relación con la regulación de la cuota de aprendices e imposición de sanciones.

18. Prornover mecanismos de concertación, tales como alianzas y acuerdos, que propendan por a ampliación de la cobertura del contrato de aprendizaje.

19. Elaborar el cronograma de fiscalización a los empleadores responsables de los aportes parafiscales, recursos FIC y relación de aprendizaje.

20. Efectuar y monitorear la fiscalización tanto informática como a través de visitas a los empleadores responsables de los aportes parafiscales, recursos, FIC y relación de aprendizaje.

21. Realizar el seguimiento y evaluar la efectividad de los procesos de fiscalización, en términos de liquidaciones y recaudo efectivo; incorporando los correctivos que sean necesarios.

22. Identificar y promover espacios de cooperación internacional y coordinar con la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas la concreción de convenios, alianzas estratégicas o acuerdos de cooperación, con el propósito de garantizar el posicionamiento de la entidad a nivel internacional.

23. Gestionar las solicitudes y Proyectos de Transferencia Internacional de Conocimientos y enologías formulados por los Centros con la Dirección General.

24. Expedir las certificaciones del cumplimiento de todas las obligaciones a nivel nacional de los empleadores responsables de los aportes parafiscales, FIC y contrato de aprendizaje. Consolidar y enviar los informes, con la periodicidad solicitada por la Dirección de Pro oción y Relaciones Corporativas.

25. Participar en la formulación de los objetivos y metas relacionados con los procesos a cargo del área de Promoción y relaciones corporativas, garantizando el cumplimiento de las mismas y de los indicadores de gestión diseñados para su monitoreo permanente.

26. Coordinar y monitorear las labores realizadas por los funcionarios encargados de Promoción y Relaciones Corporativas de los Centros de Formación.

27. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de los procesos de la Dirección Regional.

Notas de Vigencia
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ARTÍCULO 18. FUNCIONES DEL COORDINADOR DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO PERMANENTE DE PROMOCIÓN Y RELACIONES CORPORATIVAS DE LAS REGIONALES Y DISTRITO CAPITAL DEL SENA. <Resolución derogada por el artículo 19 de la Resolución  25 de 2007> El Coordinador del Grupo Interno de Trabajo Permanente de Promoción y Relaciones Corporativas, ejercerá las siguientes funciones bajo la dirección del Director Regidnal correspondiente:

1. Coordinar el cumplimiento de las políticas y estrategias formuladas por la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas, relacionadas con la relación de aprendizaje, el relacionamiento corporativo, internacionalización y fiscalización de aportes y contrato de aprendizaje.

2. Coordinar la formulación y elaboración de los planes, programas proyectos de Promoción, Relacionamiento Corporativo, Contrato de Aprendizaje, Fiscalización e Internacionalización en el marco de la metodología de evaluación de proyectos definida por la Dirección General.

3. Coodinar la estructura de la oferta exportable y la demanda de transferencia de tecnología y conocimiento de cada uno de los Centros de Formación de la Región, a nivel internacional.

4. Coordinar y gestionar el relacionamiento directo con los empresarios, gremios, alumnos, la comunidad, usuarios internos y externos del SENA, con el propósito de lograr un acercamiento y asocio con el medio interno y externo para la ampliación de cobertura de ny,stros servicios.

5. Promover la articulación, las alianzas estratégicas y coordinación con las Regionales que compartan características similares desde el punto de vista geográfico, demográfico, cult ral y social.

6. Cordinar la organización y participación en eventos en asocio con alcaldías locales, juntas de pcción comunal, colegios, bibliotecas públicas, universidades, Secretarias de Educación y pequeños empleadores.

7. Coordinar la promoción de espacios de concertación y alianzas estratégicas con los entes territoriales de la Regional.

8. Coordinar la programación y realización de visitas al sector productivo dando respuesta a los requerimientos soiicitados por éstos, articulando con los diferentes centros de formación.

9. Generar informes mensuales de las visitas efectuadas por los asesores corporativos a los empleadores de los convenios y demás acuerdos promovidos por el grupo de Promoción y Relaciones Corporativas de la Regional con el sector productivo.

10. Coordinar la divulgación por todos los medios disponibles la oferta educativa de la Región y el ortafolio de servicios institucionales.

11. Remitir la oferta educativa y el portafolio de servicios Regional, para ser consolidado y divulgado a través de los diferentes medios que tenga dispuesta la Dirección General.

12. Direccionar las solicitudes, sugerencias, quejas y demás comunicados que correspondan clientes internos y externos de la región a través del sistema de quejas y reclamos establecido por la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas.

13. Regular las cuotas de aprendizaje de los empleadores con domicilio principal en la Regional, en los términos previstos por la Ley 789 de 2002.

14. Realizar seguimiento al cumplimiento del Contrato de Aprendizaje por parte de los empleadores obligados.

15. Proyectar la imposición de las sanciones en los términos previstos por las normas legales vigentes, en el caso de presentarse incumplimiento en la relación de aprendizaje por parte de los empleadores obligados.

16 . Coordinar el registro oportuno y confiable de la información en el Sistema de Información para la gestión del contrato de aprendizaje.

17. Coordinar la sustanciación de los recursos de vía gubernativa que sean interpuestos por empleadores en relación con la regulación de la cuota de aprendices e imposición de sanciones.

18. Coordinar la promoción de mecanismos de concertación, tales como alianzas acuerdos que propendan por la ampliación de la cobertura del contrato de aprendizaje.  

19. Coordinar la elaboración del cronograma de fiscalización a los empleadores responsables de los aportes parafiscales recursos FIC y relación de aprendizaje.

20. Coordinar y monitorear la fiscalizacIón tanto informática como a través de visitas a los pleadores responsables de los aportes parafiscales, recursos FIC y relación de aprendizaje.

21. Coordinar el seguimiento y evaluar la efectividad de los procesos de fiscalización, en érminos de liquidaciones y recaudo efectivo; incorporando los correctivos que sean necesarios.  

22. Coordinar la identificación y promoción de espacios de cooperación internacional y coordinar con la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas la concreción de convenios, alianzas estratégicas o acuerdos de cooperación, con el propósito de garantizar el posicionamiento de la entidad a nivel internacional.

23. Coordinar la gestión de las solicitudes y Proyectos de Transferencia Internacional de Conocimientos y tecnología formulados por los Centros con la Dirección General.

24. Expedir las certificaciones del cumplimiento de todas las obligaciones a nivel nacional de os empleadores responsables de los aportes parafiscales, FIC y contrato de aprendizaje. Consolidar y dar informes, con la periodicidad solicitada por la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas.

25. Participar en la formulación de los objetivos y metas relacionados con los procesos a argo del área de promoción y relaciones corporativas, garantizando el cumplimiento de las mismas y de los indicadores de gestión diseñados para su monitoreo permanente.

26. Las demás que le sean asignadas y que corresponden a la naturaleza de los procesos de la Dirección Regional.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 19. <Resolución derogada por el artículo 19 de la Resolución  25 de 2007> Delegar en los Directores Regionales la facultad de asignar, mediante resolución, las funciones de Coordinación de Grupo a uno de los servidores del nivel asesor, profesional o técnico que conformen'los Grupos Internos de Trabajo Permanente de que trata la presente resolución, previa expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal que garantice la existencia de recursos para el pago de la prima de coordinación a que se refiere el Artículo 4 de Decreto 248 de 2004. Este reconocimiento se efectuará siempre y cuando el empleado no pertenezca a los niveles directivo, asesor o ejecutivo.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 20.  <Resolución derogada por el artículo 19 de la Resolución  25 de 2007> El Coordinador de cada Grupo Interno de Trabajo Permanente de la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas de ia Dirección General y de Promoción y Relaciones Corporativas de las Regionáles y Distrito Capital réspectivamente, firmará los documentos necesarios para el curnplimientb de sus funciones.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 21. <Resolución derogada por el artículo 19 de la Resolución  25 de 2007> Comunicar la presente Resolución a la Secretaría General, a la Directora de Promoción y Relaciones Corporativas, al Coordinador del Grupo de Gestión Humana de la Dirección General, a los Directores Regionales, Subdirectores de Centro y a los doctores Marcela Uribe Higuera, Elsa Aurora Bohórquez Vargas, Alexander Cuellar Agudelo y Margarita Giraldo Correa.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 22.  <Resolución derogada por el artículo 19 de la Resolución  25 de 2007> Derogar la Resolución No. 01934 de 2004, por medio de ia cual se asignaron las funciones de Coordinación en los Grupos Internos de Trabajo Permanente de la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas, de la Dirección General.

Notas de Vigencia
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ARTÍCULO 23. <Resolución derogada por el artículo 19 de la Resolución  25 de 2007> Derogar las Resoluciones números 01825, 01827, 01829 y 02570 de 2004 y de la Resolución No. 01427 de 2004, derogar parcialmente el Artículo 1, en lo relacionado con la creación del Grupo de Promoción y Relacionamiento Corporativo, y los Artículos 5, 6 y 7 de la misma Resolución 1427 de 2004.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 24. <Resolución derogada por el artículo 19 de la Resolución  25 de 2007> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Notas de Vigencia

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá a los

DARÍO MONTOYA MEJÍA

Director General

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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