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RESOLUCIÓN 2852 DE 2010

(octubre 1)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 52 de 2012>

Por la cual se fusionan los Grupos Internos de Trabajo "Observatorio Laboral y Ocupacional Colombiano" y "Servicio Nacional de Empleo" que en adelanta <sic> se denomina "Grupo Servicio Nacional de Empleo y Observatorio Laboral" adscrito a la Dirección de Empleo y Trabajo del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA.

Resumen de Notas de Vigencia

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA,

En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las contenidas en los artículos 115 de la ley 489 de 1998, el artículo 4o - numerales 4 y 23 del Decreto 249 de 2004 y el artículo 32 del mismo Decreto, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 determina que: "El Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo caso el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas. // Con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. // En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento.” (El resaltado es nuestro)

Que mediante el Decreto 249 del 28 de enero de 2004 se modificó la estructura interna del SENA y se reorganizaron las funciones de sus dependencias.

Que mediante el Decreto 250 del 28 de enero de 2004, el Gobierno Nacional adoptó la actual planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.

Que el numeral 23 del artículo 4o y el artículo 32 del Decreto 249 de 2004 señalan como función de la Dirección General del SENA crear Comités, Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y sus funciones.

Que el numeral 4 del artículo 4o del Decreto 249 del 28 de enero de 2004, le atribuyo al Despacho del Director General, la facultad de dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y dictar los actos administrativos con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes.

Que el artículo 14 del Decreto 249 de 2004, señala las funciones de la Dirección de Empleo y Trabajo de la Dirección General.

Que el artículo 8o del Decreto 2489 del 25 de julio de 2006 señala que: “Cuando de conformidad con el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los organismos y entidades a quienes se les aplica el presente Decreto creen grupos internos de trabajo, la integración de los mismos no podrá ser inferior a (4) empleados, destinados a cumplir las funciones que determine el acto de creación, las cuales estarán relacionadas con el área de la cual dependen jerárquicamente”. (Negrilla fuera de texto).

Que mediante la Resolución No. 1938 del 25 de agosto de 2004, modificada mediante la Resolución No. 0404 del 19 de febrero de 2009 y 0668 del 12 de febrero de 2010, se crearon en la Dirección de Empleo y Trabajo de la Dirección General los Grupos Internos de Trabajo “Observatorio Laboral y Ocupacional Colombiano” y “Servicio Nacional de Empleo”.

Que mediante la Resolución No. 2050 del 8 de julio de 2010 se definió la integración de los Grupos de Empleo y Trabajo de la Dirección General del SENA.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 52 de 2012> Fusionar los Grupos Internos de Trabajo “Observatorio Laboral y Ocupacional Colombiano'' y “Servicio Nacional de Empleo” de la Dirección de Empleo y Trabajo, que en adelanta se denomina “Grupo Servicio Nacional de Empleo y Observatorio Laboral”

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ARTÍCULO 2o.  <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 52 de 2012> El Grupo “Servicio Nacional de Empleo y Observatorio Laboral" y su coordinador tendrán las funciones establecidas en los artículos 2, 6 y 7 de la Resolución No. 1938 del 5 de agosto de 2004.

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ARTÍCULO 3o.  <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 52 de 2012> El Grupo Interno de Trabajo denominado “Servicio Nacional de Empleo y Observatorio Laboral”, estará conformado por los siguientes servidores públicos que ocupan actualmente los cargos indicados de la Dirección de Empleo y Trabajo:

DenominaciónGradoFuncionario
Profesional14Pedro Moisés Monroy Becerra
Profesional14Elsa Aurora Bohórquez Vargas
Profesional10Nayda Lucy Vásquez Vanegas
Profesional6Dora María Ocampo Castaño
Profesional6Eishnover Sánchez
Profesional1Sandra Carolina Leguizamón Cruz
Técnico7Luz Marina Pedraza León
Técnico7Lina Andrea Lozano Madero
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ARTÍCULO 4o.  <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 52 de 2012> Asignar las funciones de coordinación del Grupo Interno de Trabajo “Servicio Nacional de Empleo y Observatorio Laboral” al Doctor Pedro Moisés Monroy Becerra, identificado con la C. de C. No. 6.772.893, quien actualmente desempeña el cargo de Profesional Grado 14 en esa Dirección; el Doctor Monroy Becerra percibirá el pago establecido en el artículo 4 del Decreto 248 de 2004 durante el tiempo que ejerza tales funciones.

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ARTÍCULO 5o.  <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 52 de 2012> La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición y modifica en lo pertinente los actos administrativos que le sean contrarios.

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COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 1 OCT. 2010

DARÍO MONTOYA MEJÍA

Director General

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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