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CIRCULAR 163 DE 2024

(julio 16)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Bogotá D. C.

Para:Directores Regionales y Subdirectores de Centro
Asunto:Planeación, Oferta e Ingreso, IV Convocatoria Abierta 2024 en las modalidades Presencial y A Distancia de programas de formación laboral y tecnológica del SENA.

En consideración a lo establecido en la Resolución 1-01581 de 2024 “Por la cual se establece el calendario académico y de labores de los Centros de Formación Profesional del SENA para el año 2024 y deroga la Resolución 1-0507 de 2024”, la Dirección de Formación Profesional presenta los siguientes lineamientos para realizar la cuarta IV Convocatoria Abierta 2024 en las modalidades Presencial y A Distancia de programas de formación laboral y tecnológica del SENA.

Los Centros de Formación Profesional tendrán la capacidad de iniciar procesos de formación en el mes de septiembre de 2024, para lo cual deberán de planear la oferta de esta convocatoria de formación correspondiente a los programas de los niveles Laboral y Tecnológico en las Modalidades Presencial y A Distancia de 2024, teniendo en cuenta los lineamientos y pautas que a continuación se establecen para el estudio, presentación y aprobación de dicha oferta.

La Circular No. 3-2023-000048 del 16 de marzo de 2023, establece los “Lineamientos técnicos, pedagógicos y operativos dela Dirección de Formación Profesional, la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo y la Dirección de Empleo y Trabajo para la implementación de las estrategias alineadas con las bases del Plan Nacional de Desarrollo 2023-2026.”, la cual define la estrategia CampeSENA, economías populares, transición energética y fortalecimiento en programas TICS, por consiguiente para esta convocatoria abierta “no” se deben caracterizar y ofertar los programas de formación en el marco de las estrategias CampeSENA, y Economía Popular, las cuales tendrán lineamientos específicos.

El Acuerdo 006 del 2023, por el cual se adopta el reingreso especial para las personas que se desvincularon de la entidad por retiro voluntario o cancelación de matrícula de los programas de formación laboral y tecnológica del SENA. Bajo este acuerdo quedan cobijadas las personas que iniciaron su programa de formación laboral y tecnológica del SENA a partir del año 2018.

Así mismo, se emitió la Circular 3-2023-000145 del 09 de agosto de 2023 “De la articulación con la media a la formación Tecnológica SENA”, a través de la cual se comparten los estudios de homologación de 14 programas de formación del nivel técnico con programas del nivel tecnológico, para promover la cadena de formación.

La Dirección de Formación Profesional solicita, que los Centros de formación se encarguen de divulgar e implementar el Acuerdo 006 de 2023 así como el acuerdo 002 de 2024 por el cual se modifica el artículo 3 del acuerdo 006 de 2023, con fin de promover el trámite de reingreso especial para las personas que se desvincularon de la entidad por retiro voluntario o cancelación de matrícula, de los programas de formación laboral y tecnológica del SENA.

Para la aprobación de la oferta se debe tener en cuenta lo establecido en la Resolución 201 de 2024” por la cual se deroga la resolución 790 de 2009 y se efectúa una delegación en el (la) Director (a) de Formación Profesional y en los (las) Directores (as) Regionales”.

De acuerdo con los lineamientos establecidos en la circular 3-2024-000140 “Plan de contingencia proceso de migración” los centros de Formación deberán cumplir a cabalidad el desarrollo del plan de contingencia establecido para cada una de las actividades.

Con el fin de realizar la programación correspondiente a la IV oferta los centros de Formación deberán seguir los lineamientos de lo dispuesto en la circular No. 3-2024-000040 del 09 de febrero 2024, con asunto: “Lineamientos para la solicitud y aprobación de la oferta, en la vigencia 2024.”

1. Planeación de la Oferta de Formación

Los directores regionales como garantes de la pertinencia y cumplimiento de las condiciones que determinan el o los programas a ofertar, en coordinación con los subdirectores de Centro, son los principales responsables dela definición de la oferta y por ende del cumplimiento de las metas. Por consiguiente es su deber institucional liderar el estudio, presentación y aprobación de la oferta de Formación Laboral y Tecnológica, teniendo en cuenta los criterios de calidad tales como: diseño curricular vigente, que las fechas de inicio y finalización de cada sugerencia coincidan con la duración establecida en el diseño curricular de cada programa, que para el nivel de formación tecnológica cuenten con resolución de registro calificado vigente verificando los lugares de oferta en la plataforma SNIES los cuales se pueden consultar en el siguiente enlace https://hecaa.mineducacion.gov.co/consultaspublicas/programas recursos de infraestructura, económicos, humanos, materiales de formación disponibles que aseguren el cumplimiento de la formación. De igual manera la caracterización de las fichas para la formación presencial o a distancia, debe tener asignado el CUPO real del grupo, y cumplir con lo establecido en el ítem parámetros para la planeación y costeo de metas de formación vigencia 2024 del Plan de Acción 2024.

La planeación de la oferta de formación se orientará para dar respuesta a las necesidades regionales, y para cumplir con las metas de las propuestas estratégicas institucionales y del país.

Esta labor se debe realizar teniendo en cuenta las siguientes pautas:

a. Para la Planeación de la Oferta de Formación Laboral y Tecnológica de demanda social o abierta con inicio en el mes de septiembre de 2024, se debe tener en cuenta el Procedimiento “Planeación y Publicación de la Oferta Educativa” Código: GFPI-P-003 que se encuentra publicado en CompromISO.

b. Los Centros de Formación Profesional tienen la responsabilidad de formular el Plan de Oferta de Formación 2024, para ello se recomienda se apoyen en los profesionales de diseño y producción curricular y profesionales de calidad para la construcción de una propuesta que incorpore la visión del sector externo sectorial y regional. Lo anterior por ser quienes conocen los detalles del diseño curricular y cumplimiento del registro calificado conforme el Decreto 1330 de 2019.

c. Los Centros de Formación Profesional y Regionales analizarán la pertinencia de la oferta incluyendo los programas de formación que le apunten al desarrollo de la transición energética, los programas de fortalecimiento en TICs, mencionados en el Plan Nacional de Desarrollo 2022- 2026 Colombia, potencia mundial de la vida, los planes y apuestas estratégicas regionales, departamentales y municipales; estudios de diferentes sectores y ramas, en particular los aportados por las mesas sectoriales; análisis ocupacionales, en especial, los productos suministrados por el Observatorio Laboral, según las condiciones particulares del territorio y el sector productivo.

d. En el análisis se debe tener en cuenta el comportamiento de los programas de formación con respecto a los niveles de deserción, permanencia, y certificación para el Centro de Formación y la región; la capacidad instalada del Centro Formación en sus ambientes de formación, así como la disponibilidad de recursos (Instructores, materiales de formación, entre otros) que se requieren para la ejecución de los programas que se planean ofertar.

e. Es necesario tener en cuenta el comportamiento de las inscripciones de vigencias anteriores buscando el cumplimiento de las metas de formación para este año y en particular, los nuevos cupos proyectados por los Centros de Formación que iniciaran en el mes de septiembre del 2024, teniendo en cuenta los siguientes parámetros: los porcentajes de trimestralización, compromisos de atención a población vulnerable, programas especiales y convenios de inclusión social, establecidos en el plan de acción Sena- 2024.

f. Los programas que se deben ofertar serán los que corresponden a las versiones vigentes que se encuentren publicadas en el catálogo.

g. Para revisar el comportamiento de los programas a ofertar, la Dirección de Formación pone a disposición los paneles del Sistema de Vigilancia de programas – SVP[1], en donde podrá consultar la información histórica desde el año 2019, de los programas de formación titulada, relacionada con inscritos, matriculados, ejecución de la formación y certificados por cada centro de Formación.

2. Registros calificados

a. Para los programas del nivel tecnológico que se proyecten ofertar, indispensable dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto 1330 del 2019, artículo 2.5.3.2.2.1. “El registro calificado es un requisito obligatorio y habilitante para que una institución de Educación Superior, legalmente reconocida por el Ministerio de Educación Nacional, y aquellas habilitadas por la ley, pueda ofrecer y desarrollar programas académicos de educación superior en el territorio Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 1 de la Ley 1188 de 2008”. Así mismo, si el registro calificado del programa se encuentra en proceso de renovación y no existe concepto final del Ministerio de Educación Nacional - MEN se concluye que el programa está vigente y se puede ofertar, siempre y cuando se tenga el código SNIES vigente.

b. Los registros calificados son otorgados por el Ministerio de Educación Nacional para los programas de nivel de educación superior que cumplen las condiciones de calidad en los lugares de desarrollo donde serán ofertados. El SENA es notificado mediante Resolución y sólo los podrán ofertar con el código de SNIES que asigna el MEN, no es suficiente la Resolución. Sí el Centro de Formación tiene dos sedes y el registro calificado fue otorgado solo a una de ellas, por ningún motivo podrá ejecutar el programa en la sede que no está habilitada en el registro.

c. De conformidad con el Decreto 1174 del 12 de julio de 2023, “El cual sustituye la sección 12 del capítulo 2 del título 3 de la parte 5 del libro 2 del Decreto 1075 del 2015-Único Reglamentario del Sector Educación-, a efectos de establecer medidas transitorias en materia de registro calificado”, los Centros de Formación Profesional deberán verificar los programas del nivel tecnológico del SENA que se encuentran vigentes para la presente oferta de formación Presencial y a Distancia, de acuerdo con las medidas establecidas en el ARTÍCULO TRANSITORIO 2.5.3.2.12.1. Vigencia de los registros calificados, del mencionado decreto, el cual se puede consultar en el siguiente enlace: https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=213950

3. Validación y aprobación de la oferta

a. Los Centros de Formación Profesional deben verificar la pertinencia de la oferta en la región y emitirán el Acta con la oferta de formación la cual deberá incluirlo siguiente: nivel del programa de formación, nombre del programa, municipio, cupo de la ficha, código y versión del programa en estado “En ejecución” en SOFIA Plus, el cual debe coincidir con la información registrada en la planeación indicativa anual (en caso de modificación, debe señalarse que el programa o los cupos fue(ron) ajustado(s), adicionado o lo que corresponda y justificar dicho ajuste), número de registro asignado al momento de diligenciar la planeación indicativa anual (ID Indicativa); para los programas de nivel tecnológico, fecha de resolución de registro calificado y número de código SNIES que avala el lugar autorizado para impartir la formación. En la siguiente tabla se indica la información requerida por cada programa de formación que debe ser registrada en el Acta:

CÓDIGO DEL CENTRO(espacio para diligenciar)
NOMBRE DEL CENTRO DE FORMACIÓN(espacio para diligenciar)
1. Denominación De La Formación(espacio para diligenciar)
2. Código(espacio para diligenciar)
3. Versión(espacio para diligenciar)
4. Número, Fecha De Resolución Y Código SNIES (Para Programas Con Registro Calificado Aprobado)(espacio para diligenciar)
5. Justificación de La Oferta Educativa(espacio para diligenciar)
6. Grupos(espacio para diligenciar)
7. Cupos(espacio para diligenciar)
8. Duración Del Programa(espacio para diligenciar)
9. Municipio(espacio para diligenciar)
10. Sede(espacio para diligenciar)
11. Código Indicativa(espacio para diligenciar)

Ver anexo 2: Ayuda diligenciamiento de acta.

La regional y los centros de formación son los responsables de que se oferte lo registrado en la planeación indicativa anual.

b. El Centro de Formación envía el acta con la oferta de formación para aprobación del Director Regional a excepción de los casos en que el Subdirector de Centro ejerza funciones de Director Regional (Regionales Amazonas, Arauca, Guainía, Guaviare, Putumayo, Vaupés y Vichada) que debe ser enviada a la Dirección de Formación Profesional al correo dir formacionpro@sena.edu.co, para ser aprobada.

c. El director regional aprobará la oferta académica con criterios de calidad y pertinencia una vez concertada con los subdirectores de Centro de Formación y la consignará en un Acta regional como evidencia de la aprobación de esta.

d. Una vez aprobada el Acta de la oferta de programas de formación por el Director Regional o por la Dirección de Formación Profesional (oferta de programas de formación correspondientes a las regionales Amazonas, Arauca, Guainía, Guaviare, Putumayo, Vaupés y Vichada), el centro de formación creará en SOFIA Plus la “sugerencia del programai”, de acuerdo con el cronograma establecido en la Resolución 1581 d e 2024.

e. Para la aprobación de las “sugerencias del programa” registradas por los centros en SOFIA Plus, el Coordinador de Formación de la regional validará contra el acta de aprobación de la oferta emitida por el Director Regional, a excepción de los casos en que el Subdirector de Centro ejerza funciones de Director Regional, labor que será realizada por la Dirección de Formación Profesional.

f. La fecha de terminación de una ficha debe ser un día antes que se cumplan el número de meses establecido en el diseño curricular con respecto a la fecha de inicio (ej. Programa de 15 meses: inicio 03/08/2022, fecha correcta fin: 02/11/2023).

g. Una vez aprobadas las “sugerencia del programa” el centro de formación procederá con la creación y caracterización de las fichas.

h. En la caracterización de las fichas de formación la fecha fin debe ser programada en el marco del calendario académico, se debe tener en cuenta el periodo de vacaciones, contratación y semana de confraternidad al inicio de la vigencia.

i. Semanas de alistamiento de cada trimestre definido en el Resolución de Calendario Académico, no hacen parte delas horas dedicadas a la formación.

4. Programación, Alistamiento de la Oferta de Formación, Inscripción, Selección y Matricula.

Los directores regionales como conocedores y garantes de la pertinencia y las necesidades regionales deben liderar la programación correspondiente a la oferta que iniciará en el mes de septiembre de 2024, teniendo en cuenta el marco general mencionado en el anterior numeral y los siguientes lineamientos:

Es importante, mencionar que la guía de ingreso está en proceso de actualización, por lo anterior para los programas de nivel operario, auxiliar y técnicos, los requisitos de ingreso relacionados con la edad de los aspirantes corresponde a la que exige el sector que regula la ocupación.

Para los programas que no pertenecen a la educación del nivel tecnológico, los aprendices se podrán matricular sin requisitos de entrega de diplomas o certificados de la educación formal.

El centro de formación deberá informar a los aprendices de nivel técnico que deseen continuar con la cadena de formación, que deben cumplir con los requisitos de títulos para los programas de formación tecnológica.

No.ActividadActor(es)ObservacionesFechas Año 2024
1Planeación de la oferta educativa de la convocatoria teniendo en cuenta la planeación indicativa anualCoordinadores académicos de Formación Profesional y Subdirector de centro.Validación de la oferta de acuerdo con la planeación indicativa, necesidades del sector y/o región.Generación del acta de comité del centro de formación.11 al 17 de julio
2Aprobación de la Oferta de formaciónDirectores Regionales o Dirección de Formación ProfesionalActa de aprobación de la oferta educativa por parte de la Dirección Regional o de la Dirección de Formación Profesional (regionales Amazonas, Arauca, Guainía, Guaviare, Putumayo, Vaupés y Vichada).18 al 30 de julio
3Creación desugerencias por parte de los centros de formación en SOFIA Plus (Estas se encuentran en el marco de las necesidades regionales contempladas en el acta de aprobación de la oferta)Coordinadores académicos de cada Centro de Formación ProfesionalTener presente la fecha de inicio de la formación el 30 de septiembre de 2024.Las sugerencias de programas deben coincidir con lo consignado en el acta de aprobación de la oferta.31 de julio al 02de agosto
4Verificación y aprobación de los programas de formación sugeridos aofertar en SOFIA PLUSCoordinador de Formación de la regional o Dirección de Formación Profesional.Validar y aprobar en SOFIA Plus que los programas a ofertar correspondan al Acta de aprobación de la oferta educativa por parte de la regional. (Rol- Administración Educativa Regional) La Dirección de Formación Profesional solo verificará y aprobará en los casos en que el subdirector de Centro ejerza funciones de Director Regional, para las regionales Amazonas, Arauca, Guainía, Guaviare, Putumayo, Vaupés y Vichada.05 al 08 deagosto
5Crear y caracterizar las fichas las cuales deberán quedar en estado personalizadas en el aplicativo SOFIA PlusCentros de Formación ProfesionalLas fichas creadas y personalizadas después del plazo definido en el calendario académico y de labores no se verificarán ni se publicarán. La caracterización de las fichas de programas FIC se debe hacer de manera adecuada indicando el convenio FIC de tal forma que al cumplir requisitos los aprendices puedan ser beneficiaros del apoyo de sostenimiento, teniendo en cuenta lo establecido en la Circular 3-2024000136 del año 2024: Actualización de Catálogo de Programas relacionados con el Fondo Nacional para la Industria de la Construcción FIC.09 al 13 deagosto
6Diligenciar formulario charlas informativasCentros de Formación ProfesionalEnlace:https://forms.office.com/r/c51KDGAzQA Corresponde al formato GFPI- PL- 002 Planilla Calendario Charlas informativas, donde se relacionarán la programación de las charlas informativas, de acuerdo con la estrategia que el Centro tenga implementada.14 de agosto
7Verificar y publicarlas fichas en estado personalizadasCoordinador de Formación de la regional o Grupo Interno de gestión de la Oferta, la ejecución y Certificación de la formación.Después de publicada la oferta institucional en la página web no se modificará; cabe mencionar que el subdirector del Centro de Formación Profesional es el responsable de la calidad final de la información publicada.El Grupo Interno de gestión de la Oferta, la ejecución y Certificación de la formación solo verificara y publicará en SOFIA Plus las ofertas en los casos en que el Subdirector de Centro ejerza funciones de Director Regional. (Amazonas, Arauca, Guainía, Guaviare, Putumayo, Vaupés y Vichada).14 al 15 deagosto
8Solicitar autorización de pruebas offlineSe autoriza prioritariamente a los Centros que tienen dificultad de conectividad o cuya tecnología medular es del sector agropecuario.11 de julio al 15de agosto
9Inscripción alta demandaAspirantesA través del portal de SOFIA Plus http://oferta.senasofiaplus.edu.co/sofia- oferta/Del 16 al 22 deagosto
10Inscripción baja demandaAspirantesQuedarán activas las fichas de baja demanda, es decir, aquellas que no superan tres (3) veces el cupo, permitiendo que se realicen más inscripcionesDel 23 al 25 de agosto
11Inscribir y aplicar las pruebas offline de selecciónCentros que el Grupo Interno de Gestión de la oferta, la ejecución, y certificación de la formación de la Dirección de Formación Profesional apruebe la aplicación de pruebas offlineA los centros autorizados por el Grupo Interno de Gestión de la oferta, la ejecución, y certificación de la formación, quienes enviarán los instructivos e instaladores requeridos para poder realizarlas pruebas.26 al 29 de agosto
12Aplicar la prueba webAspirantes Centros de Formación ProfesionalDocumentos que terminan en 0, 1, 2, 3,4. A partir de 00:01 horas hasta las 23:59horas26 de agosto
13Aplicar la prueba webAspirantes Centros de formación ProfesionalDocumentos que terminan en 5, 6, 7, 8,9.A partir de 00:01 horas hasta las 23:59horas27 de agosto
14Reprogramar la prueba webAspirantes Centros de Formación ProfesionalDocumentos que terminan en 0, 1, 2, 3,4.A partir de 00:01 horas hasta las 17:00horas.28 de agosto
15Reprogramar la prueba webAspirantes Centros de Formación ProfesionalDocumentos que terminan en 5, 6, 7, 8,9.A partir de 00:01 horas hasta las 17:00horas.29 de agosto
16Atender y responder quejas y reclamos relacionados con la aplicación de pruebaCentros de Formación ProfesionalAtender y responder quejas y reclamos de los aspirantes que realizaron la inscripción en la oferta académica. Antes de las 5 p.m. (17:00 p.m.)28 y 29 de agosto
17Cargar en SOFIAPlus, las pruebas Offline aplicadas.Centros de formación ProfesionalVerificar los mensajes que arroja la aplicación durante el respectivo cargue, y para mayor seguridad descargar el reporte de resultados de pruebas.28 y 29 de agosto
18Selección prueba Fase II (Prueba web controlada /o taller)Centros de formación Profesional que deciden adelantar la FASE IIDefinir opción de prueba, caracterizar las fichas, planear y programar recursos.02 al 03 de septiembre
19Citar aspirantesFase IICentros de Formación que deciden adelantar la FASE IIEl Centro debe definir estrategias de comunicación para que los aspirantes conozcan el estado de su proceso de selección.Citación a la prueba a través del sistema académico y administrativo SOFIAPLUS.04 al 05 de septiembre
20Aplicar PruebasFase IICentros de Formación que deciden adelantar la FASE IIEl registro de los resultados del taller y/o prueba, se realice dentro del plazo definido para su desarrollo. Se debe verificar la asistencia y registrar oportuna y correctamente los resultados de todos los participantes. Si el Centro de Formación Profesional realiza Fase II empleando como instrumento el Taller Actitudinal, debe planear y ejecutar la actividad según lo establecido en el documento GFPI-G- 017 Guía Creación Talleres para pruebas, que se encuentra en CompromISO.06 al 12 de septiembre
21Garantizar que se carguen, gestionen y publiquen los resultados de la fase II en SOFIAPlusResponsable en el centro de formación profesional que deciden adelantar la FASE IIHasta el 12 de septiembre06 al 12 de septiembre
22Consultar resultadosAspirantesPortal www.senasofiaplus.edu.coen la opción “Consultar Resultados de prueba”.13 de septiembre
23Convocar y asentar matrículaCentros de Formación ProfesionalRealizar la verificación de requisitos. El sistema permitirá convocar los suplentes a matrícula hasta un (1) mes después de inicio de la formación, pero cambiándole el estado al aspirante.El no asentar la matrícula en las fechas establecidas genera la cancelación de la ficha aún con los aspirantes convocados, esto ocurre cuando el sistema realiza el cambio de estado de las fichas de“matrícula” a “ejecución”.Del 13 al 27 de septiembre
24Crear cuentas de correo electrónico.Oficina de sistemasAl finalizarla matricula
25Expedir carné institucional correspondienteCentros de Formación ProfesionalAl finalizar la matricula
26Inicio de la formaciónCentros de Formación ProfesionalInicio de formación para la IV oferta académica presencial 30 de septiembre del 202430 deseptiembre de 2024
27Finalizar el proceso de Matricula de suplentes en el aplicativo SOFIA Plus.Encargado de Ingreso Centro deformaciónMáximo Un (1)Mes después de inicio delaformación

Observaciones Generales

- Para garantizar que se realice un óptimo proceso de ingreso a los programas de formación laboral y tecnológica que se publicarán para la oferta abierta del 30 de septiembre de 2024, se establecen los lineamientos registrados en la GUÍA PROCEDIMIENTO INGRESO GFPI-G-025, publicada en el aplicativo CompromISO.

- Los programas que se ofertarán en esta convocatoria serán únicamente en modalidad Presencial y a Distancia.

- Los aspirantes a programas de formación deberán registrar previamente su documento de identidad vigente en el repositorio de información académica de SOFIA Plus como requisito para el proceso de registro e inscripción. El archivo a cargarse debe contener escáner del documento original por ambos lados y en una misma hoja, contener ambas caras ampliadas del documento y encontrarse en óptimas condiciones de legibilidad.

- Para la proyección de los cupos nuevos de la presente oferta, los Centros de Formación Profesional deben tener en cuenta que al sumar los cupos que pasan de 2023 a 2024, incluyendo aquellos de nivelación y los matriculados correspondientes a la primera, segunda y tercera oferta de 2024, no pueden superar el 100% de la m eta 2024 por cada nivel de formación; toda vez que, de presentarse una mayor oferta de cupos, traerá como consecuencia la desfinanciación del Centro de Formación Profesional, en el rubro de contratación de instructores y materiales deformación.

- Tamaños de grupo: El parámetro general para la formación titulada presencial no debe ser inferior a 30 ni mayor a 45 aprendices por grupo. El parámetro general para la formación titulada a distancia no debe ser inferior a 50 aprendices por grupo, y para los tecnólogos de acuerdo con lo estipulado en el registro calificado. En la modalidad presencial, los Centros pertenecientes a las Regionales denominados territorios nacionales (Amazonas, Arauca, Caquetá, Guaviare, Putumayo, Casanare, Chocó, Guainía, Sucre, Vaupés, Vichada y San Andrés) el parámetro no debe ser inferior a 25 aprendices. Para el caso de los Centros Agropecuarios el parámetro no debe ser inferior a 25 aprendices. (tomado de Plan de Acción 2024 - parámetros para la planeación y costeo de metas de formación vigencia 2024).

- Selección: Las fechas de aplicación y reprogramación están definidas en la Resolución Sena 1581 de 2024 Calendario académico y de labores vigente.

- Los Centros de Formación Profesional deberán atender las inquietudes, solicitudes, peticiones que los aspirantes presenten durante todo el proceso de ingreso.

- Teniendo en cuenta la normatividad vigente sobre protección y tratamiento de datos, no se deben compartir los datos de los funcionarios de la Dirección General sin previo consentimiento, ni publicarlos en los diferentes medios de comunicación o difusión manejados.

Atentamente,

CLAUDIA PATRICIA FORERO LONDOÑO

Directora de Formación Profesional Dirección General

ANEXO 1.

https:/portal.senasofiaplus.edu.co/images/documentos/DISCAPACIDAD_V4.pdf

ANEXO 2.

AYUDA DILIGENCIAMIENTO DE ACTA REGIONAL.

DENOMINACIÓN DE LA FORMACIÓN: Nombre del programa tomado del Sistema de Gestión Académico Administrativo que se encuentre en estado en ejecución.

CÓDIGO: Código del programa de formación tomado del Sistema de Gestión Académico Administrativo que debe estar en estado en ejecución.

VERSIÓN: Tomada del Sistema de Gestión Académico Administrativo que debe estar en estado en ejecución.

NÚMERO Y FECHA DE RESOLUCIÓN EXPEDIDA POR EL MEN Y CÓDIGO SNIES: Número de resolución vigente emitida por el Ministerio de Educación Nacional al cual ya se le han aplicado y cumplido todos los términos para la expedición de esta, debe contener el código SNIES consultado de la página del Ministerio de Educación, ambos datos deben de ser coherentes y deben de existir obligatoriamente ambos en la página del MEN. Para programas diferentes a los niveles Tecnólogo o Especialización Tecnológica, colocar No aplica.

JUSTIFICACIÓN: Redacción corta y referenciada soportada en los componentes de la GUÍA ANALISISDE ELEMENTOS DE ENTRADA, GFPI-G-037 por red de conocimiento donde se explique el motivo de la oferta del programa de formación

GRUPOS: Número de grupos a ofertar, en el caso de la presencialidad y a distancia debe de ser un renglón por programa así sean varios grupos del mismo programa de formación.

CUPOS: Número de aprendices que ingresarán al programa de formación, en presencialidad deben ser de 30, salvo aquellas especialidades que por ley o norma requieran un número diferente de aprendices, con aprobación previa por parte del área de planeación o de la Dirección Regional. En programas de formación con modalidad a distancia deben ser grupos de 50 multiplicados por el número de grupos. “Guía para la formulación de Metas de Formación Profesional” GFPI-G-030 V.3.

DURACIÓN DEL PROGRAMA: Debe contener la información que aparece en la resolución de aprobación del registro calificado del programa para los niveles Tecnólogo y Especialización Tecnológica, para los niveles Profundización Técnica, Técnico Laboral, Operario o Auxiliar, consultar la resolución de aprobación del programa expedida por la Dirección de Formación Profesional.

MUNICIPIO: Debe diligenciarse la información que se extrae de la resolución de aprobación del programa por parte del Ministerio de Educación Nacional para niveles Tecnólogo o Especialización Tecnológica, para los niveles Profundización Técnica, Técnico Laboral, Operario o auxiliar debe colocarse el nombre del municipio donde va a ser ofertado el programa de formación.

SEDE: Debe registrarse la ubicación exacta del lugar donde se va a ofertar el programa de formación de nivel Tecnólogo o Especialización tecnológica, la cual debe estar dentro del alcance de la resolución de registro calificado expedida por el Ministerio de Educación Nacional y que esté vigente. Para los programas Profundización Técnica, Técnico Laboral, Operario o Auxiliar se escriben los datos completos de la sede donde será ofertado y garantizar que cuenta con la infraestructura requerida para dictar la formación.

CÓDIGO PLANEACIÓN INDICATIVA: Información extraída del reporte de la indicativa en la primera columna donde aparece un código único que permite la ubicación del programa de formación ofertado. Este dato enlaza el acta con el aplicativo de la indicativa que es donde los centros registran la oferta de los programas en cada vigencia. Si se trata de un programa que no estaba registrado en la planeación indicativa, en este campo se escribe N/A.

<NOTA DE PIE DE PÁGINA>

1. https://app.powerbi.com/view?r=eyJrIjoiODNmYjFjOGYtYTI5NS00OWY4LWIyODItMzU0MDZkMDEwYTBiIiwidCI6ImNiYzJjMzgxLTJmMmUtNGQ5My05MWQxLTUwNmM5MzE2YWNlNyIsImMiOjR9

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Compilación Jurídica del SENA
ISBN : 978-958-15-0868-6 En línea
Última actualización: 
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