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RESOLUCIÓN 2195 DE 2021

(noviembre 30)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo  de la Resolución 570 de 2023>

Por la cual se establece la conformación de los Grupos de trabajo en la Dirección Jurídica del SENA y se dictan otras disposiciones

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE, SENA

En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las contenidas en los artículos 115 dela Ley 489 de 1998, los numerales 4 y 23 del artículo 4 del Decreto 249 de 2004, así como el artículo 32 del mismo Decreto, y

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de Colombia en el artículo 209 consagra:

“La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. (...) Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley”.

Que la Ley 489 de 1998 en el artículo 115 establece:

“Planta global y grupos internos de trabajo. El Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo caso el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas. (.) Con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. // En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento”.

Que mediante el Decreto 249 de 2004 se modificó la estructura interna del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA y se reorganizaron las funciones de sus dependencias, y en el artículo 11 se establecieron las funciones de la Dirección de Formación Profesional de la Dirección General del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA.

Que por medio del Decreto 250 de 2004 y sus modificaciones, el Gobierno Nacional adoptó la actual planta global de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA.

Que el Decreto 249 de 2004, en el artículo 4 numeral 4, le atribuyó al Director General, la facultad de dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y dictar los actos administrativos con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes.

Que el Decreto 249 de 2004, en el artículo 4 numeral 23 y en el artículo 32, señala como función de la Dirección General del SENA crear Comités, Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y sus funciones.

Que el Decreto 2489 de 2006, “Por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos públicos de las instituciones pertenecientes a la Rama Ejecutiva y demás organismos y entidades públicas del orden nacional y se dictan otras disposiciones”, en su artículo 8 establece:

“Grupos Internos de trabajo. Cuando de conformidad con el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los organismos y entidades a quienes se les aplica el presente Decreto creen grupos internos de trabajo, la integración de los mismos no podrá ser inferior a (4) empleados, destinados a cumplir las funciones que determine el acto de creación, los cuales estarán relacionadas con el área de la cual dependen jerárquicamente”.

Que en el Artículo 16 del Decreto 249 del 28 de enero de 2004, se establecen las funciones de la Dirección Jurídica de la Dirección General del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.

Que mediante la Resolución 3205 de 2008 se adscribió a la Dirección Jurídica el Grupo Interno de Trabajo denominado "Convenios y Contratos" y en el artículo 2 se estableció su conformación.

Que por medio de la Resolución 1381 de 2013 se creó el grupo de trabajo de la Dirección Jurídica denominado, “Conceptos Jurídicos y Producción Normativa”.

Que por medio de la Resolución 1381 de 2013 se establecieron las funciones a cargo de los Grupos Internos de Trabajo de la Dirección Jurídica, dispuso: “Artículo 4. El Grupo permanente de trabajo denominado “convenios y contratos Derivados”. Se denominará en adelante "Gestión de convenios", adscrito a la Dirección Jurídica del SENA”, modificada por la Resolución 1456 de 2014, respecto a las funciones del Grupo Gestión de Convenios de la Dirección Jurídica.

Que mediante Resolución 773 de 2015 el Grupo Integrado de Gestión Contractual se adscribió a la Dirección Jurídica de la Dirección General del SENA.

Que mediante Resolución 1918 de 2015 modifica el artículo 4 de la Resolución 773 de 2015 que establecen las funciones del Grupo Interno de Trabajo “Grupo Integrado de Gestión Contractual”.

Que mediante Resolución 393 de 2017 se estableció la integración de los grupos de trabajo en la Dirección Jurídica del SENA, se crearon los grupos interno de trabajo permanentes denominados “Procesos Judiciales y Conciliaciones” y

“Recursos y Peticiones”, sus coordinaciones, las funciones de cada grupo, se derogó el artículo 2 de la Resolución 01381 de 2013 y las Resoluciones 861 de 2015, 1922 de 2015, 2384 de 2015,113 de 2016.

Que por medio de la Resolución 2006 de 2017 “Por la cual se modifica la integración de los Grupos de trabajo en la Dirección Jurídica del SENA y se dictan otras disposiciones", derogó la Resolución 1836 de 2017 y los artículos 8, 10, 11, 12, 16, 17 y 18 de la Resolución 393 de 2017.

Que a través de la Resolución No. 0242 de 2018, se modifica el artículo 10 de la Resolución 2006 de 2017, en cuanto a la conformación del Grupo denominado Gestión de Cobro Coactivo y se dictaron otras disposiciones.

Que debido a los movimientos de la planta global de personal, se hace necesario modificar la conformación de los Grupos pertenecientes a la Dirección Jurídica del SENA, para garantizar el adecuado logro de sus funciones en el marco de los principios contemplados en el artículo 209 de la Constitución Política, especialmente los relacionados con la eficacia, la economía y la celeridad, encaminados a la innovación en la gestión para el mejoramiento de los procesos y resultados.

Que en mérito de lo expuesto este Despacho,

RESUELVE

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo  de la Resolución 570 de 2023> El Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado “Procesos Judiciales y Conciliaciones” creado mediante Resolución 393 de 2017, estará conformado por los siguientes cargos:

DENOMINACIÓN Y GRADOIDPServidor público que lo ocupa actualmente
Profesional G017793Vacante temporal
Técnico G02182Laura Marcela Suárez Ortega
Profesional G018176Andrea Cristina Martínez Álvarez
Profesional G028166Rosa María Sastoque Mesa

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo  de la Resolución 570 de 2023> El Grupo de Trabajo Permanente denominado “Gestión de convenios”, creado mediante Resolución 1381 de 2013 estará conformado por los siguientes cargos:

DENOMINACIÓN Y GRADOIDPServidor público que lo ocupa actualmente
Profesional G0714Martha Bibiana Lozano Medina
Técnico G038162Maria Cristina Rozo
Profesional G0319Gloria Acosta Contreras
Profesional G058173Vacante Temporal

ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo  de la Resolución 570 de 2023> El Grupo de Trabajo Permanente denominado “Grupo integrado de Gestión Contractual” creado mediante Resolución 773 de 2015, estará conformado por los siguientes cargos:

DENOMINACIÓN Y GRADOIDPServidor público que lo ocupa actualmente
Profesional G021693Juan Sebastián Forero Córdoba
Profesional G028168Vacante Temporal
Profesional G028167Jenny Angélica Algarra Caballero
Profesional G021917Adriana Carolina Baracaldo Lozano

ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo  de la Resolución 570 de 2023> El Grupo de Trabajo Permanente denominado “Recursos y Peticiones” creado mediante la Resolución 393 de 2017, estará conformado por los siguientes cargos:

DENOMINACIÓN Y GRADOIDPServidor público que lo ocupa actualmente
Profesional G038192Ricardo Alexander López Rodríguez
Técnico G038163María Adelaida Laverde Pedraza
Profesional G018175Ramiro Egas Córdoba
Profesional G0517Mónica Elizabeth Bolaños Montero

ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo  de la Resolución 570 de 2023> El Grupo de Trabajo Permanente denominado “Gestión de Cobro Coactivo” creado mediante la Resolución 1381 de 2013, estará conformado por los siguientes cargos:

DENOMINACIÓN Y GRADOIDPServidor público que lo ocupa actualmente
Profesional G07283Pedro Orlando Mora Lopez
Profesional G031670Diego Botero Zuluaga
Técnico G034276Vacante temporal
Profesional G028181Vacante Temporal

ARTÍCULO 6o. <Resolución derogada por el artículo  de la Resolución 570 de 2023> El Grupo de Trabajo Permanente denominado “Conceptos Jurídicos y Producción Normativa” creado mediante Resolución 1381 de 2013, estará conformado por los siguientes cargos:

DENOMINACIÓN Y GRADOIDPServidor público que lo ocupa actualmente
Profesional G08230Vacante temporal
Profesional G038170Mónica Rosalba Burbano Romo
Profesional G028169Mariela Díaz Torres
Secretaria G0320Vacante temporal

ARTÍCULO 7o. <Resolución derogada por el artículo  de la Resolución 570 de 2023> Los cargos vacantes relacionados en este acto administrativo continuarán en proceso de provisión definitiva o temporal mediante encargo o nombramiento provisional.

ARTÍCULO 8o. <Resolución derogada por el artículo  de la Resolución 570 de 2023> Las funciones de Coordinación de los Grupos de Trabajo, continuarán siendo desempeñadas por quienes fueron designados mediante acto administrativo y las funciones de los grupos de trabajo, deben ser cumplidas de

conformidad con lo establecido en los actos administrativos señalados enla parte motiva.

ARTÍCULO 9o. <Resolución derogada por el artículo  de la Resolución 570 de 2023> Los Grupos de Trabajo deben dar cumplimiento a las funciones asignadas en las Resoluciones 1381 de 2013, 1456 de 2014 y las asignadas en los artículos 3, 5, 7, 9 y 20 de la Resolución 393 de 2017; el Grupo Integrado de Gestión Contractual las asignadas en el artículo 4 de la Resolución 773 de 2015, y las que modifiquen o adicionen las anteriores.

ARTÍCULO 10o. <Resolución derogada por el artículo  de la Resolución 570 de 2023> Comunicar la presente Resolución a la Dirección Jurídica y a los funcionarios designados en esta Resolución.

ARTÍCULO 11o. <Resolución derogada por el artículo  de la Resolución 570 de 2023> Vigencia: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., el 30 NOV 2021

CARLOS MARIO ESTRADA MOLINA

Director General

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com R_SENA_2195_2021.pdf>

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Compilación Jurídica del SENA
ISBN : 978-958-15-0868-6 En línea
Última actualización: 
Servicio Nacional de Aprendizaje SENA - DRA © 2018 a 2024
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