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ACUERDO 4 DE 2021

(septiembre 20)

Diario Oficial No. 51.814 de 1 de octubre de 2021

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Por la cual se adopta el Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG- en el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA y se dictan otras disposiciones.

EL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL

En uso de las facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 489 de 1998 artículo 76 y los numerales 1 y 22 del artículo 3 del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política en los artículos 209 y 269 de la Constitución Política dispone que las Entidades públicas tendrá un control interno para el correcto ejercicio de la función administrativa que le es propia.

Que la Ley 489 de 1998, en el artículo 76 señala que los Consejos Directivos de los establecimientos públicos deben “a) Formular a propuesta del representante legal, la política general del organismo, los planes y programas que, conforme a la Ley Orgánica de Planeación y a la Ley Orgánica del Presupuesto deben proponerse para su incorporación a los planes sectoriales y a través de éstos, al Plan Nacional de Desarrollo; b) Formular a propuesta del representante legal, la política de mejoramiento continuo de la entidad, así como los programas orientados a garantizar el desarrollo administrativo;(...)f) Las demás que les señalen la ley, el acto de creación y los estatutos internos.”

Que la Ley 119 de 1994 en su artículo 10 le asigna al Consejo Directivo del SENA las funciones de “1. definir y formular la política general y los planes y programas de la entidad, y 7. Orientar el funcionamiento general de la entidad, verificar su conformidad con la política adoptada y crear los mecanismos necesarios para el logro de su misión.”

Que el artículo 28 de la Ley 119 de 1994, señala que el SENA mantendrá un sistema de control interno y diseñará métodos y procedimientos necesarios para garantizar que todas las actividades de la entidad, así como el ejercicio de las funciones a cargo de sus servidores se realice de conformidad con las normas constitucionales y legales y con sujeción a estrictos criterios de moralidad, eficacia, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.

Que el Decreto 249 de 2004 en el artículo 3 le asigna al Consejo Directivo las funciones de “1. Definir y aprobar la política general de la entidad y velar por su cumplimiento (...).22.

Aprobar la política nacional de calidad de la entidad, en el marco del Sistema de Gestión de Calidad institucional.”

Que el Consejo Directivo del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA mediante el Acuerdo 07 de 2016 aprobó las políticas y objetivos de los Subsistemas de Gestión que conforman el Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol (SIGA) identificados con los siguientes códigos y versiones: Subsistema de Gestión de la Calidad - DE-PSGC V.01 y DE-OSGC V.01; Subsistema de Gestión Ambiental - DE-PSGA V.01 y DE-OSGA V.01; Subsistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo - DE-PSGSST V.01 y DE-OSGSST V.01; Subsistema de Gestión de Seguridad de la Información - DE-PSGSI V.01 y DE-OSGSI V.01 y Modelo Estándar de Control Interno - DE-PMECI V.01 y OMECI V.01.

Que el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015 integró en un solo Sistema de Gestión los siguientes sistemas: Sistema de Gestión de la Calidad señalado en la Ley 872 de 2003 y el Sistema de Desarrollo Administrativo previsto en la Ley 489 de 1998. El Sistema de Gestión se articula con los Sistemas Nacional e Institucional de Control Interno para el fortalecimiento de los mecanismos, métodos y procedimientos de control al interior de los organismos y entidades del Estado y determinó que una vez se reglamente y entre en aplicación el nuevo Modelo de Gestión, los artículos 15 al 23 de la Ley 489 de 1998 y la Ley 872 de 2003 perderán vigencia.

Que el Decreto 1499 de 2017 en el artículo 2.2.22.1.1. señala que el Sistema de Gestión, creado en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015 es el conjunto de entidades y organismos del Estado, políticas, normas, recursos e información, cuyo objeto es dirigir la gestión pública al mejor desempeño institucional y a la consecución de resultados para la satisfacción de las necesidades y el goce efectivo de los derechos de los ciudadanos, en el marco de la legalidad y la integridad; y en el artículo 2.2.22.1.5 señala que el Sistema de Gestión se complementa y articula, entre otros, con los Sistemas Nacional de Servicio al Ciudadano, de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, de Gestión Ambiental y de Seguridad de la Información, precisando que el Sistema de Gestión será compatible con los modelos de acreditación específicos establecidos para los sectores de Educación y Salud, entre otros.

Que el Decreto 1499 de 2017, artículo 2.2.22.2.1. dispone que las políticas de Desarrollo Administrativo de la Ley 489 de 1998 se denominarán políticas de Gestión y Desempeño Institucional y comprenderá, entre otras, las siguientes: 1. Planeación Institucional, 2. Gestión presupuestal y eficiencia del gasto público, 3. Talento humano, 4. Integridad, 5. Transparencia, acceso a la información pública y lucha contra la corrupción, 6. Fortalecimiento organizacional y simplificación de procesos, 7. Servicio al ciudadano, 8. Participación ciudadana en la gestión pública, 9. Racionalización de trámites, 10. Gestión documental, 11. Gobierno Digital, antes Gobierno en Línea, 12. Seguridad Digital, 13. Defensa jurídica, 14. Gestión del conocimiento y la innovación, 15. Control Interno,16. Seguimiento y evaluación del desempeño institucional, 17. Mejora Normativa (adicionado por el artículo 2 del Decreto 1299 de 2018) y 18. Gestión de la Información Estadística (adicionado por el artículo 1 del Decreto 454 de 2020.) 19. Compras y Contratación Pública (adicionado por el artículo 1 del Decreto 742 de 2021) Estas Políticas de Gestión y Desempeño Institucional se regirán por las normas que las regulan o reglamentan y se implementarán a través de planes, programas, proyectos, metodologías y estrategias.

Que el Decreto 1499 de 2017 adopta la versión actualizada del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) para el funcionamiento del Sistema de Gestión y su articulación con el Sistema de Control Interno, y en el artículo 2.2.22.3.2. define el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG como un marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y organismos públicos, con el fin de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad en el servicio.

Que el Decreto 1499 de 2017 en el artículo 2.2.22.3.4. dispone que el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) se adoptará por los organismos y entidades de los órdenes nacional y territorial de la Rama Ejecutiva del Poder Público. En el caso de las entidades descentralizadas con capital público y privado, el Modelo aplicará en aquellas en que el Estado posea el 90% o más del capital social.

Que el Decreto 648 de 2017 en el artículo 8 señala que el Sistema Institucional de Control Interno estará integrado por el esquema de controles de la organización, la gestión de riesgos, la administración de la información y de los recursos y por el conjunto de planes, métodos, principios, normas, procedimientos, y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por la entidad, dentro de las políticas trazadas por la dirección y en atención a las metas, resultados u objetivos de la entidad.

Que Decreto 1499 de 2017 en el artículo 2o señala que el Sistema de Control Interno previsto en la Ley 87 de 1993 y en la Ley 489 de 1998, se articulará al Sistema de Gestión en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), a través de los mecanismos de control y verificación que permiten el cumplimiento de los objetivos y el logro de resultados de las entidades. El Control Interno es transversal a la gestión y desempeño de las entidades y se implementa a través del Modelo Estándar de Control Interno (MECI).

Que el artículo 4 del Decreto 648 de 2017 señala que las entidades que hacen parte del ámbito de aplicación de la Ley 87 de 1993 deberán establecer un Comité Institucional de Coordinación de Control Interno como órgano asesor e instancia decisoria en los asuntos del control interno.

Que el Comité Directivo del SENA y el Comité de Gestión y Desempeño Institucional, mediante acta del 16 de julio de 2020, aprobó la actualización de las políticas y objetivos de los Sistemas de Gestión que conforman el Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol - SIGA y la promesa de valor que los integra y articula. Teniendo en cuenta la necesidad de modificar los mismo para alinearlos al Plan Nacional de Desarrollo, la estrategia institucional y la integración de los sistemas de gestión

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

CAPÍTULO 1.

MODELO INTEGRADO DE PLANEACIÓN Y GESTIÓN MIPG.

ARTÍCULO 1. ADOPTAR EL MODELO INTEGRADO DE PLANEACIÓN Y GESTIÓN MIPG. Adóptese en el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, la versión actualizada del Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG, anexo al presente acuerdo, y como marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de la entidad, con el fin de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y el cumplimiento de la Misión Institucional.

El modelo Integrado de Planeación y Gestión se constituye como el mecanismo que contiene, integra y articula con los demás sistemas de gestión adoptados por el SENA para la mejora del desempeño institucional (Marco General del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, versión 4, página 16)

La actualización del Modelo Estándar de Control Interno para el Estado colombiano (MECI), se efectuará a través del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), el cual será de obligatorio cumplimiento y aplicación en la entidad.

ARTÍCULO 2. OBJETIVOS DEL MODELO INTEGRADO. El Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG-, desarrollará los objetivos establecidos en el artículo 2.2.22.3.3 del Decreto 1499 de 2017.

1. Fortalecer el liderazgo y el talento humano bajo los principios de integridad y legalidad, como motores de la generación de resultados de las entidades públicas

2. Agilizar, simplificar y flexibilizar la operación de las entidades para la generación de bienes y servicios que resuelvan efectivamente las necesidades de los ciudadanos.

3. Desarrollar una cultura organizacional fundamentada en la información, el control y la evaluación, para la toma de decisiones y la mejora continua.

4. Facilitar y promover la efectiva participación ciudadana en la planeación, gestión y evaluación de las entidades públicas.

5. Promover la coordinación entre entidades públicas para mejorar su gestión y desempeño.

CAPÍTULO 2.

MODELO INTEGRADO DE PLANEACIÓN Y GESTIÓN (MIPG) - SISTEMAS DE GESTIÓN.

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ARTÍCULO 3. SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Y AUTOCONTROL. El Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol (en adelante SIGA) del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA se constituye como el modelo de operación, que bajo los lineamientos del Modelo Integrado de Planeación y Gestión articula los sistemas de gestión implementados en la Entidad (Calidad, Ambiental, Eficiencia Energética, Seguridad y Salud en el Trabajo y Seguridad de la Información) con el Sistema de Control Interno, y transversalmente opera con las dimensiones y Políticas del Modelo Integrado de Planeación y Gestión.

Doctrina Concordante

a. Sistema de Gestión Ambiental: busca un mayor compromiso con la protección del medio ambiente, y la disminución de impactos que puedan generar contaminación ambiental. La norma ISO 14001, es la base para la implementación de este Sistema.

b. Sistema Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo: busca un mayor compromiso con el tratamiento de peligros y riesgos que pueden afectar a los colaboradores que desarrollan sus actividades en la Entidad, así mismo, a los Clientes - Usuarios y demás grupos de valor y grupos de interés que puedan estar expuestas a peligros asociados. El Decreto 1072 de 2015, es la base para la implementación de este sistema.

c. Sistema de Gestión de Seguridad de la Información: busca incrementar los mecanismos y controles para asegurar la confidencialidad, integridad y disponibilidad, de la información institucional. Este Sistema se implementa con la aplicación de la norma ISO 27001

d. Sistema de Gestión Energético: busca mejorar el desempeño energético de los centros de formación, optimizando el consumo de energía, implementando planes de acción y generando ahorros económicos y disminución de emisiones de CO2. La norma ISO 50001, es la base para la implementación de este Sistema.

e. Sistema de Gestión de la Calidad: Es la herramienta de gestión sistemática y transparente que permite dirigir y evaluar el desempeño institucional, en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios a cargo de las entidades públicas. La norma ISO 90001, es la base para la implementación de este Sistema.

PARÁGRAFO 1. El Modelo Integrado de Planeación y Gestión- MIPG se constituye en el marco de referencia estructural y normativa del SIGA a través del desarrollo de las dimensiones y las políticas de gestión y desempeño

PARÁGRAFO 2. En la medida que el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA implemente otros sistemas o modelos que establezcan lineamientos y directrices en materia de gestión y desempeño, estos serán articulados dentro del respectivo Modelo de Operación, cuyos lineamientos se generan desde el MIPG y se articulan en el SIGA.

PARÁGRAFO 3. El (la) director (a) de Planeación y Direccionamiento Corporativo en su calidad de Representante de la Alta Dirección para el Modelo de Operación, bajo los lineamientos del MIPG, de acuerdo con su autoridad y responsabilidad, determinará los lineamientos para la implementación de los elementos estructurales del SIGA.

CAPÍTULO 3.

SISTEMA DE CONTROL INTERNO.

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ARTÍCULO 4. MODELO ESTÁNDAR DE CONTROL INTERNO Y SU ACTUALIZACIÓN. El Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano -MECI- es una herramienta gerencial que facilita el desarrollo e implementación del Sistema de Control Interno y proporciona una estructura para el control a la estrategia, la gestión y la evaluación en la Entidad orientándolo hacia el cumplimiento de sus objetivos institucionales y la contribución de estos a los fines esenciales del Estado para mejorar el desempeño institucional. Su actualización se efectuará a través del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG-.

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ARTÍCULO 5. LÍNEAS DE DEFENSA. El desarrollo del Modelo Estándar de Control Interno -MECI- como herramienta de implementación del Sistema de Control Interno en el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, define la responsabilidad y autoridad frente al control a través del esquema de líneas de defensa que será definido por la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo en coordinación con los responsables de las dimensiones y sus correspondientes políticas y de las áreas que ejecutan la misionalidad del SENA.

PARÁGRAFO 1. El Jefe de Control Interno a través de la auditoría independiente y como tercera línea defensa, evalúa que las Dimensiones y Políticas de MIPG cumplan su propósito.

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ARTÍCULO 6. COMPONENTE. Serán componente para la implementación del sistema de control los siguientes: Ambiente de Control, Evaluación del riesgo, Actividades de control, Información y Comunicación y Actividades de Monitoreo.

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ARTÍCULO 7. INSTRUMENTOS PARA LA ACTIVIDAD DE LA AUDITORÍA INTERNA. De conformidad con el Artículo 2.2.21.4.8 del Decreto 648 de 2017, los Instrumentos para la actividad de la Auditoría Interna, del Sistema de Control Interno del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, se ejecutarán y presentarán ante el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno, creado mediante resolución 2303 de 2017.

PARÁGRAFO 1 Los instrumentos mencionados serán aprobados por el Comité Institucional de Coordinación de Control interno, por el jefe de Control Interno o quien haga sus veces.

CAPÍTULO 4.

OPERACIÓN DEL MODELO INTEGRADO DE PLANEACIÓN Y GESTIÓN - MIPG.

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ARTÍCULO 8. OPERACIÓN DE LAS POLÍTICAS DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO DE MIPG. El Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG- opera a través de un conjunto de 7 dimensiones operativas que agrupan políticas, prácticas, herramientas o instrumentos de gestión. Las dimensiones operativas son las siguientes:

1. Dimensión 1. Talento Humano

2. Dimensión 2. Direccionamiento Estratégico y Planeación

3. Dimensión 3. Gestión con Valores para Resultados

4. Dimensión 4. Evaluación de resultados

5. Dimensión 5. Información y Comunicación

6. Dimensión 6. Gestión del conocimiento y la innovación

7. Dimensión 7. Control Interno

Cada dimensión se desarrolla a través de una o varias políticas de gestión y desempeño, las cuales son:

1. Planeación Institucional

2. Gestión presupuestal y eficiencia del gasto público

3. Política de Compras y Contratación Pública

4. Talento humano 5.Integridad

6. Transparencia, acceso a la información pública y lucha contra la corrupción

7. Fortalecimiento organizacional y simplificación de procesos 8.Servicio al ciudadano

9. Participación ciudadana en la gestión pública

10. Racionalización de trámites

11. Gobierno digital 12.Seguridad digital

13. Defensa jurídica

14. Mejora normativa

15. Gestión del conocimiento y la innovación

16. Gestión documental

17. Gestión de la información estadística 18.Seguimiento y evaluación del desempeño institucional 19. Control interno.

PARÁGRAFO 1. Las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional se regirán por las normas que las regulan o reglamentan y se implementarán a través de planes, programas, proyectos, metodologías y estrategias, gestionadas por el líder de cada política.

PARÁGRAFO 2. El listado enunciado contiene las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional vigentes a la fecha de expedición del presente Acuerdo, sin perjuicio de que en adelante se incorporen nuevas políticas en la materia según los lineamientos que establezca el Manual Operativo de MIPG emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública.

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ARTÍCULO 9. IMPLEMENTACIÓN DE LAS POLÍTICAS DEL MODELO. Los responsables en el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA de liderar, orientar y promover el desarrollo de las acciones planeadas para la implementación de las políticas de gestión y desempeño del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, con la participación de las demás áreas involucradas en la ejecución de cada uno de los requerimientos de la política, son:

Líderes Responsables de Implementar las Políticas de MIPG
DimensionesPolíticas de Gestión y DesempeñoDependencia Responsable de Implementación de la política MIPGResponsable de la Política
1Dimensión Talento Humano1. Gestión Estratégica del Talento HumanoSecretaria GeneralSecretaria General
 2. IntegridadSecretaria GeneralSecretaria General
2Dimensión Direccionamiento Estratégico y Planeación3. Planeación institucionalDirección de Planeación y Direccionamiento CorporativoDirector de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo
 4. Gestión presupuestal y eficiencia del gasto públicoDirección Administrativa y FinancieraDirector dé la Dirección Administrativa y Financiera
 Dirección de Planeación y Direccionamiento CorporativoDirector de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo
 5. Política de Compras y Contratación PúblicaDirección Jurídica y Dirección Administrativa y FinancieraColombia Compra Eficiente
 6. Fortalecimiento organizacional y simplificación de procesosDirección de Planeación y Direccionamiento CorporativoDirector de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo
3Dimensión Gestión con Valores para el Resultado4. Gestión Presupuestal y eficiencia del Gasto públicoDirección Administrativa y FinancieraDirector déla Dirección Administrativa y Financiera
 Dirección de Planeación y Direccionamiento CorporativoDirector de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo
 7. Gobierno digital - EstadoOficina de SistemasJefe de la Oficina de Sistemas
 8. Seguridad digitalDirección de Planeación y Direccionamiento CorporativoDirector de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo
 9. Defensa jurídicaDirección JurídicaDirector de la Dirección Jurídica
 10. Mejora normativaDirección JurídicaDirector de la Dirección Jurídica
 11. Racionalización de trámitesDirección de Planeación y Direccionamiento CorporativoDirector de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo
 12. Participación ciudadana en la gestión pública - Rendición de cuentasDirección de Planeación y Direccionamiento CorporativoDirector de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo
 13. Servicio al ciudadanoDirección de Promoción y Relaciones CorporativasDirector de la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas
 7. Gobierno digital - SociedadOficina de SistemasJefe de la Oficina de Sistemas
4Dimensión Evaluación para el Resultado14. Seguimiento y evaluación del desempeño InstitucionalDirección de Planeación y Direccionamiento CorporativoDirector de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo
5Dimensión Información y Comunicación15. Gestión DocumentalSecretaria GeneralSecretaria General
 16.Transparencia, acceso a la Información pública y lucha contra la corrupciónDirección de Planeación y Direccionamiento CorporativoDirector de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo
 Oficina de ComunicacionesJefe de la Oficina de
Comunicaciones
 17. Política de Gestión de la
Información Estadística
Dirección de Planeación y Direccionamiento CorporativoDirector de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo
6Dimensión Gestión del Conocimiento y la Innovación18. Gestión del conocimiento y la innovaciónDirección de Planeación y Direccionamiento CorporativoDirector de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo
7Dimensión Control Interno19. Control internoDirección de Planeación y Direccionamiento CorporativoDirector de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo

PARÁGRAFO 1. Los responsables de las políticas de MIPG en la Dirección General del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, serán los encargados de liderar la implementación nacional. Las Regionales, Centros de Formación, y demás dependencias a nivel general serán los encargados de implementar los lineamientos definidos por cada responsable.

Doctrina Concordante
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ARTÍCULO 10. RESPONSABILIDADES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS POLÍTICAS DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO INSTITUCIONAL DEL MIPG. Los Directores de Área y/o Jefes de Oficina encargados de la implementación de las Políticas de Gestión y Desempeño asumirán las siguientes responsabilidades:

1. Implementar la Política de Gestión y Desempeño Institucional asignada, mediante la formulación de estrategias, planes, programas, proyectos, metodologías y guías, coordinando su respectiva articulación y gestión, con las demás áreas para su cumplimiento y apropiación al interior de todo el SENA.

2. Desarrollar acciones de promoción, divulgación y socialización de lineamientos que apoyen la implementación de las políticas de gestión y desempeño institucional a su cargo.

3. Definir el plan de cierre de brechas correspondiente al resultado de los autodiagnósticos y resultados de los reportes de avances de la gestión a que se refiere el Formulario Único de Reporte y Avances de la Gestión - FURAG, para la adecuada implementación, sostenibilidad y mejora de las políticas de gestión y desempeño institucional.

4. Realizar el respectivo seguimiento al grado de avance de la implementación de las políticas de gestión y desempeño institucional de acuerdo con el Plan de Cierre de Brechas, realizando los respectivos reportes de los avances en el módulo MIPG de la plataforma en el Sistema de Información definido por la Entidad en CompromISO, asegurando que se cuente con las evidencias y soportes necesarios de su ejecución.

5. Presentar los informes al que sean requeridos por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño y/o la Secretaria Técnica del Comité sobre la gestión de la política.

6. Presentar los informes cada tres (3) meses al Comité Institucional de Gestión y Desempeño y/o la Secretaria Técnica del Comité sobre la gestión de las políticas.

PARÁGRAFO. Los responsables de cada política podrán articularse con otras dependencias para la debida implementación del MIPG y así propiciar la mejora continua.

CAPÍTULO 5.

MEDICIÓN DEL MODELO.

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ARTÍCULO 11. MEDICIÓN DEL DESEMPEÑO INSTITUCIONAL. La información sobre implementación de las políticas de gestión y desempeño de MIPG y el estado de avance y efectividad del Sistema de Control Interno será recopilada anualmente a través del Formulario Único de Reporte y Avance de Gestión (FURAG) o mediante la metodología o herramienta definidas por el Departamento Administrativo de la Función Pública o la entidad del gobierno competente.

La información recopilada será consolidada estadísticamente y servirá como base para calcular el Índice de Desempeño Institucional establecido por el Departamento Administrativo de la Función Pública y generar eventuales conclusiones encaminadas a fortalecer la toma de decisiones y ajustar las medidas de gestión, desempeño y planeación institucional.

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ARTÍCULO 12. AUTODIAGNÓSTICO. Los autodiagnósticos son instrumentos diseñados para que todas las entidades públicas puedan determinar en cualquier momento su estado de desarrollo frente a temas puntuales de su gestión y con base en ello establecer medidas y acciones de planeación para su mejoramiento continuo. Su aplicación será conforme a lo establecido por la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo - DPDC.

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ARTÍCULO 13. REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE LOS ELEMENTOS ESTRUCTURALES DEL SIGA. Los elementos estructurales del SIGA serán revisados anualmente o antes, en el caso que amerite su modificación por la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, la Dirección Administrativa y Financiera y la Secretaria General y serán revisados y aprobado por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA.

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ARTÍCULO 14. APROBACIÓN DE ELEMENTOS ESTRUCTURALES. El Consejo Directivo Nacional delega en Comité Institucional de Gestión y Desempeño bajo los lineamientos del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, la aprobación de los elementos estructurales del Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol - SIGA, entiéndase como Políticas, Programas, Planes, Objetivos y Promesa de Valor.

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ARTÍCULO 15. ÁMBITO DE APLICACIÓN. El presente Acuerdo se aplicará en todos los procesos de las dependencias del SENA siendo de obligatorio cumplimiento las disposiciones establecidas para su implementación, seguimiento y evaluación.

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ARTÍCULO 16. COMUNICACIÓN. Comuníquese el presente Acuerdo a los Directores de Área y Jefes de Oficinas de la Dirección General, Directores Regionales y Subdirectores de Centros de Formación Profesional del SENA.

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ARTÍCULO 17. VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y deroga integralmente el Acuerdo 0007 de 2016 y demás disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., el 20 SEP 2021

ANDRES FELIPE URIBE MEDINA

Presidente del Consejo Directivo Nacional del SENA

Viceministro de Empleo y Pensiones

VERÓNICA PONCE VALLEJO

Secretaria del Consejo Directivo Nacional del SENA

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/A_SENA_0004_2021.pdf>

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Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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