Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCIÓN 1090 DE 2015

(marzo 9)

Diario Oficial No. 49.456 de 17 de marzo de 2015

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS

DIRECCIÓN GENERAL

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 3820 de 2017>

Por la cual se modifica el Lineamiento Técnico del Programa de Promoción y Prevención para la Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes “Generaciones con Bienestar”.

Resumen de Notas de Vigencia

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS,

en uso de las facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en el artículo 28 de la Ley 7ª de 1979 y 78 de la Ley 489 de 1998, y la Ley 1098 de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 44 de la Constitución Política señala como derechos fundamentales de los niños, la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado, el amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión, así como los demás derechos consagrados en la Constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia.

Que el Código de Infancia y la Adolescencia, Ley 1098 de 2006, establece en su artículo 11, parágrafo único, que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, como ente rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, mantendrá todas las funciones que hoy tiene (Ley 75/68 y Ley 7ª/79) y definirá los lineamientos técnicos que las entidades deben cumplir para garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes y para asegurar su restablecimiento.

Que de conformidad con los numerales 2 y 6 del artículo 31 del decreto 987 de 2012, corresponde a la Dirección de Niñez y Adolescencia del ICBF definir los lineamientos que se deben seguir a nivel nacional y regional para llevar a cabo la detección de necesidades asociadas a la niñez y adolescencia en los programas del Instituto, dentro del marco de las normas vigentes y las políticas del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación y definir los lineamientos y políticas generales que deben ser tenidos en cuenta en la implementación de los programas y proyectos de niñez y adolescencia.

Que en cumplimiento de lo anteriormente expuesto, el ICBF mediante la resolución número 9222 del 5 de noviembre de 2013, aprobó el Lineamiento Técnico del Programa de Promoción y Prevención para la Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes “Generaciones con Bienestar”, con el cual se adelanta la selección de los operadores y se ejecuta el programa.

Que con el propósito de garantizar un mayor grado de eficiencia y eficacia en la prestación de servicios a cargo del ICBF, para la vigencia 2015, se hace necesario modificar el Lineamiento Técnico del Programa de Promoción y Prevención para la Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes “Generaciones con Bienestar”, con el fin de:

(i) Definir la atención para los niños, niñas y adolescentes identificados como víctimas del conflicto en cada una de sus modalidades de atención, así: Generaciones Tradicionales con Bienestar para población víctima, Generaciones Rurales con Bienestar para población víctima, Generaciones Étnicas con Bienestar para población víctima.

(ii) Facilitar la articulación con otros programas y sectores para la atención integral de la niñez, la adolescencia y el fortalecimiento de la corresponsabilidad de las familias, aumentando los criterios de focalización de la población, específicamente con programas de Primera Infancia, del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes y de Familia y Comunidades.

(iii) Ajustar la metodología del Programa, pasando de la pedagogía experiencial a una propuesta metodológica más flexible, que responda a los intereses de los niños, niñas y adolescentes y que facilite el desarrollo de actividades más prácticas desde donde se aborden los conceptos formativos para la promoción de derechos y la prevención de vulnerabilidades para la protección integral, evitando el desarrollo de cátedras magistrales que generan poco interés en los participantes.

(iv) Incluir en el modelo operativo, una etapa de planeación en la cual en conjunto con la Dirección del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y las Regionales, se adelanten acciones de gestión interinstitucional con las diferentes autoridades locales con el fin de lograr acuerdos y compromisos que permitan encontrar alternativas y disponer de los sitios y lugares idóneos para la realización de los encuentros vivenciales.

(v) Facilitar la vinculación de la comunidad al desarrollo del programa y flexibilizar los perfiles requeridos para su ejecución.

(vi) Actualizar el componente alimentario, dadas las características socioeconómicas de las familias vinculadas al Programa de Promoción de Derechos y Prevención de Vulnerabilidades para la Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia “Generaciones con Bienestar”.

(vii) Flexibilizar el modelo operativo de la prestación del servicio del programa con el fin de fortalecer el proceso de articulación y gestión interinstitucional, el cual podrá ser adaptado a estrategias acordadas con diferentes entidades públicas o privadas, siempre que se garantice el desarrollo de cada uno de los componentes del programa y condiciones de atención.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 3820 de 2017> Adicionar los literales e), f), g), h), al numeral 2.1.2 “Criterios de focalización de la población”, del Capítulo 2 “Esquema de Atención”, del Lineamiento Técnico del Programa Generaciones con Bienestar, el cual quedará así:

2.1.2. Criterios de focalización de la población

El programa tiene como población titular a los niños, niñas y adolescentes entre los 6 y menores de 18 años, que se encuentran en alguna de las siguientes condiciones, descritas sin orden de prioridad:

a) Niños, niñas y adolescentes víctimas del conflicto armado.

b) Niños, niñas y adolescentes pertenecientes a familias en situación de pobreza (identificados por los puntos de corte establecidos por el ICBF en la metodología Sisbén III) o pobreza extrema de la Red Unidos, y/o pertenecientes al Programa Más Familias en Acción.

c) Niños, niñas y adolescentes que se encuentren en un Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos-PARD, excepto aquellos niños, niñas y adolescentes que presentan las problemáticas concomitantes como discapacidad severa, violencia sexual, consumo de sustancias psicoactivas o que han sido desvinculados de algún grupo armado ilegal y se encuentran en las modalidades externado, intervención de apoyo y hogar sustituto.

d) Niños, niñas y adolescentes que ya terminaron su Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos (PARD) y fueron reintegrados a sus familias.

e) Niños y niñas mayores de 6 años que hayan participado en el año inmediatamente anterior en alguna de las modalidades de atención integral a la primera infancia, de la Dirección de Primera Infancia del ICBF.

f) Niños, niñas y adolescentes que co-residen, o que hagan parte del núcleo familiar de adolescentes que estén cumpliendo su sanción en el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes.

g) Niños, niñas y adolescentes cuyos padres o cuidadores hagan parte de los Programas de la Dirección de Familia y Comunidades del ICBF.

h) Niños, niñas y adolescentes que han participado en el Programa “Generaciones con Bienestar” en vigencias anteriores y son menores de 18 años.

Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 3820 de 2017> Modificar el numeral 2.3 “Operación del Programa”, del Capítulo 2 “Esquema de Atención”, del Lineamiento Técnico del Programa Generaciones con Bienestar, el cual quedará así:

2.3 Operación del Programa

El Programa se ha desarrollado a partir de una perspectiva de derechos humanos, que reconoce a los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos[1], y como personas que ejercen sus derechos de manera responsable. Este reconocimiento conlleva a la participación de los niños, niñas y adolescentes en el diseño, puesta en marcha y seguimiento del programa, de tal manera que sus intereses, iniciativas, procesos en marcha y sus sueños, se constituyan en la columna vertebral de la acción de cada grupo de trabajo.

Teniendo en cuenta que la normativa y los principios referentes para la atención de la niñez y la adolescencia consagran que se incluya una perspectiva diferencial para la promoción y garantía de los derechos, se definen tres formas de atención diferencial en modalidad víctima y no víctima, bajo la premisa de que cada una mantiene la característica principal de desarrollar espacios para el aprovechamiento del tiempo libre mediante la posibilidad de múltiples expresiones vocacionales.

Para ello se define la atención de Generaciones con Bienestar para los niños, niñas y adolescentes identificados como víctimas del conflicto en cada una de sus modalidades de atención. Las tres modalidades de atención diferencial son las siguientes:

-- Generaciones Tradicionales con Bienestar

-- Generaciones Tradicionales con Bienestar para población víctima.

-- Generaciones Rurales con Bienestar

-- Generaciones Rurales con Bienestar para población víctima.

-- Generaciones Étnicas con Bienestar

-- Generaciones Étnicas con Bienestar para población víctima

La modalidad de atención tradicional se implementa principalmente en áreas urbanas y cabeceras municipales. En esta modalidad se desarrollan espacios que facilitan múltiples expresiones de tipo vocacional como actividades culturales, deportivas, artísticas, participativas o tecnológicas, o cualquier otra expresión de tipo vocacional identificada.

La modalidad de atención rural tiene la finalidad de reconocer las particularidades y necesidades específicas de los niños, niñas y adolescentes que habitan en el sector rural, para de esta manera dar continuidad a las acciones desarrolladas por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) garantizando un enfoque diferencial por ubicación geográfica. Se implementa en áreas rurales o de dispersión geográfica. La identificación de los intereses vocacionales, debe reconocer las particularidades del territorio, pero privilegiando la vocación agrícola y el fortalecimiento de las capacidades del autoconsumo y la soberanía alimentaria.

La modalidad de atención étnica asume el enfoque diferencial en el diseño y aplicación de la política pública para la prevención y protección integral a la niñez, tomando como punto de partida las características particulares de la población indígena, afrocolombiana, raizal y Rom, que los diferencian del resto de los nacionales. La identificación de los intereses vocacionales, en consecuencia, debe reconocer los usos y costumbres de las comunidades en donde se implementa la forma de atención, que se ejecuta por medio de los encuentros vivenciales. Estos encuentros son los espacios en los cuales se abordan los contenidos de cada componente y se realizan las actividades planteadas en la propuesta metodológica presentada por el socio estratégico, de acuerdo a la vocación de cada grupo y a los riesgos identificados en el territorio.

Con el fin de fortalecer el proceso de articulación y gestión interinstitucional, se propone que el modelo operativo de Generaciones con Bienestar podrá ser adaptado a estrategias acordadas con diferentes entidades públicas o privadas, siempre que se garantice el desarrollo de cada uno de los componentes del programa y condiciones de atención. Para ello, como mínimo se debe cumplir con el número de horas de encuentros vivenciales programado por mes, respondiendo a un cronograma aprobado por el ICBF y donde las estrategias y actividades propuestas permitan evidenciar el abordaje de las problemáticas identificadas en el territorio y el logro de los objetivos del programa.

Metodología

Recuperando las observaciones y propuestas de las regionales del ICBF y a partir de los resultados de las visitas de seguimiento, monitoreo y control, se propone el paso de la pedagogía experiencial a la presentación de una propuesta metodológica más flexible, que responda a los intereses de los niños, niñas y adolescentes y que facilite el desarrollo de actividades más prácticas, donde se aborden los conceptos formativos para la promoción de derechos y la prevención de vulnerabilidades, evitando el desarrollo de cátedras magistrales que generan poco interés en los participantes.

Esta propuesta metodológica debe cumplir con las siguientes condiciones:

-- La expresión de tipo vocacional seleccionada por el socio estratégico como escenarios para el desarrollo de actividades culturales, deportivas, artísticas, participativas, tecnológicas o cualquier otra expresión vocacional identificada, con el fin de fortalecer los procesos de empoderamiento y desarrollo de competencias ciudadanas, considerando las condiciones socioculturales, étnicas, de género, de procedencia geográfica y del ciclo vital (desarrollo cognitivo y emocional) y discapacidad de los y las participantes y sus familias.

-- Los contenidos de cada componente con tiempos establecidos.

-- El desarrollo de cada encuentro vivencial con las actividades planteadas de acuerdo a la vocación de cada grupo, a los riesgos identificados y las problemáticas que afectan el territorio y a los niños, niñas y adolescentes con el fin de fortalecer la prevención frente a estas amenazas y vulneraciones.

La propuesta metodológica, debe ser construida a partir de la identificación de las problemáticas que afectan a la niñez en el territorio y sus intereses, de manera que se haga énfasis en el aprovechamiento del tiempo libre y el desarrollo de actividades de tipo vocacional. Estas actividades surgen de la participación e interacción de los propios niños, niñas y adolescentes, orientándose al objetivo de promoción de derechos y prevención de vulnerabilidades, a partir del desarrollo de espacios de formación, de habilidades y competencias para su proyecto de vida, a través de múltiples expresiones de tipo vocacional, como por ejemplo escenarios culturales, deportivos, artísticos, participativos, o tecnológicos entre otros.

Se propende por una metodología flexible de acuerdo a los intereses de los niños, niñas y adolescentes, que favorezca el desarrollo de actividades prácticas desde donde se aborden los conceptos formativos para la promoción de derechos y la prevención de vulnerabilidades.

El programa se desarrolla mediante la implementación de los siguientes tres componentes: (…)

Ir al inicio

ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 3820 de 2017> Eliminar el Anexo No. 1. “Pedagogía vivencial” del Lineamiento Técnico del Programa de Promoción y Prevención para la protección integral de niños, niñas y adolescentes “Generaciones con Bienestar”.

Ir al inicio

ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 3820 de 2017> Adicionar al módulo 4, del numeral 2.3.1. “Componente 1: Formación y Participación” del Capítulo 2 “Esquema de Atención”, del Lineamiento Técnico del Programa Generaciones con Bienestar, con el texto que se describe a continuación:

“…Sobre el ejercicio de Participación, se incluye la estrategia que busca la participación significativa, apuntando a la meta de la creación de las mesas municipales y departamentales de participación de los niños, niñas y adolescentes en cada uno de estos entes territoriales, el fomento de la participación y el ejercicio del control social en el desarrollo del mismo programa “Generaciones con Bienestar”.

El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, entiende el derecho a la participación como la oportunidad que tienen los ciudadanos de influir en la construcción y transformación del bienestar individual y colectivo.

La garantía de este derecho permite, de manera individual y colectiva, a niños, niñas y adolescentes sentirse parte de una sociedad que los respeta, escucha y se interesa por ellos, entendiendo su obligación de manera corresponsable por su bienestar y protección, y de manera colectiva, el Estado al comprometerse con políticas públicas territoriales que incorporan en todo su ciclo la participación significativa.

De este modo, el Estado debe de manera continua revisar, evaluar y ajustar los mecanismos e instrumentos que promuevan y garanticen la participación de todos los ciudadanos, particularmente la de niños, niñas y adolescentes.

En este sentido y teniendo en cuenta que la promoción y garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes es un imperativo de todos en el marco de la corresponsabilidad, el Programa Generaciones con Bienestar en articulación y apoyo con otros agentes del SNBF debe generar espacios donde el derecho a la participación permita que todos los actores sociales sean tenidos en cuenta en diferentes escenarios e instancias colectivas locales para fomentar, sugerir, visibilizar, cualificar y evaluar el Programa “Generaciones con Bienestar”.

La Constitución Política y las leyes 850 de 2003 y 1098 de 2006 consagran el control social como una forma de participar en la construcción de la sociedad, ejerciendo el derecho a decidir lo que es conveniente o inconveniente para la comunidad.

Para garantizar estas acciones, se implementará el control social en el Programa “Generaciones con Bienestar”, entendiendo el control social como:

“Un derecho y un deber que tiene todo ciudadano para participar individual o colectivamente en la prevención, racionalización, evaluación y control de la gestión pública a partir del diálogo y la adecuada información, de tal manera que le permita discutir, proponer e incidir en la prestación de los servicios públicos suministrados por el Estado y los particulares, garantizando la gestión al servicio de la comunidad y la vigilancia de los recursos del Estado” (cartilla Rendición de cuentas: por una cultura y consolidación del proceso de rendición de cuentas en el ICBF, 2013).

Para la ejecución de estos ejercicios se promoverá la participación de los niños, niñas y adolescentes en los espacios definidos por la ley y de acuerdo a las orientaciones y lineamientos dados ICBF, tales como las mesas públicas para la promoción del control social, Mesas de Infancia, Adolescencia y Familia u otros espacios que faciliten el diálogo con los niños, niñas y adolescentes y la ciudadanía en general.

Los ejercicios participativos de control social se realizarán con miembros de la comunidad definidos previamente en el marco del escenario existente en cada municipio y departamento, para lo cual el ICBF como ente coordinador y articulador del SNBF solicitará un espacio en la agenda de la sesión programada para incluir el tema al menos dos veces durante la vigencia del programa.

Estos ejercicios deberán ser programados y desarrollados a través de acciones articuladas y esfuerzos conjuntos entre los referentes regionales de niñez y adolescencia, del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, y el operador que ejecuta el programa en el territorio.

El ICBF y la entidad contratista, son corresponsables de la sensibilización, promoción, organización y capacitación de los usuarios en el programa y en la conformación de comités de control y vigilancia, y formarlos acerca de los objetivos, componentes y operacionalización del programa, con el fin de brindar elementos fundamentados para ejercer el control y la vigilancia.

Los comités de control y vigilancia son organismos creados como mecanismo para ejercer el control social a los programas del ICBF y ejercerán específicamente la vigilancia de:

-- La cobertura efectiva de los beneficiarios y su focalización.

-- La calidad del servicio.

-- La garantía de derechos de los niños y las niñas.

-- Las condiciones definidas para la prestación del servicio.

Una vez sean conformados dichos comités, serán sus delegados quienes asistan, participen, presenten las recomendaciones y sugerencias y realicen seguimiento y evaluación para la cualificación del programa en los escenarios enunciados para tal fin.

Ir al inicio

ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 3820 de 2017> Adicionar el numeral 2.4 “Modelo Operativo de la Prestación del Servicio”, del Capítulo 2 “Esquema de Atención”, del Lineamiento Técnico del Programa Generaciones con Bienestar, el cual quedará así:

2.4. Modelo Operativo de la Prestación del Servicio:

El promotor de derechos tendrá a cargo 100 niños, niñas y adolescentes, conformados en grupos de 25 participantes en la zona urbana, veredas y/o corregimientos. Las acciones de planeación, ejecución y evaluación de los encuentros vivenciales serán lideradas por el promotor de derechos, bajo la supervisión y aprobación del coordinador metodológico.

Etapa de planeación. Con el fin de fortalecer el reconocimiento y presencia del programa en los territorios que opera, y facilitar el acompañamiento de los entes territoriales para el desarrollo de estrategias articuladas y la asignación de lugares en donde se desarrollen las actividades programadas en los encuentros vivenciales, se define una etapa de planeación en donde se articule con las regionales ICBF, entes territoriales y demás instituciones relacionadas en el desarrollo del programa y la protección integral de la niñez y la adolescencia, la focalización, ubicación de espacios para los encuentros vivenciales, articulación de oferta institucional, firma de convenios, etc.

Durante el desarrollo de esta etapa la Dirección de Niñez y Adolescencia y las Direcciones Regionales del ICBF, en apoyo con la Dirección del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, adelantarán acciones de gestión interinstitucional con las diferentes autoridades locales con el fin de lograr acuerdos y compromisos que permitan identificar estrategias de gestión articuladas y disponer de los sitios y lugares idóneos para la realización de los encuentros vivenciales.

Se aplicarán en esta etapa los criterios de focalización territorial por parte de la Dirección de niñez y adolescencia, lo que implica la distribución presupuestal de acuerdo con población y recursos para la ejecución.

La respectiva Dirección Regional realizará el ejercicio de identificar su población titular de niños, niñas y adolescentes participantes de acuerdo con los criterios de priorización, las bases de datos suministradas y la realidad del territorio, las necesidades y la existencia de fenómenos que ponen en riesgo los derechos fundamentales de la niñez y la adolescencia descritas en el presente documento, con el fin de garantizar una correcta focalización. Se sugiere realizar un mapa territorial identificando oportunidades y oferta de atención para la niñez y la adolescencia, que facilite identificar las oportunidades y la oferta de servicios, dando respuesta a las problemáticas identificadas.

Para el cierre de esta etapa se debe realizar un comité con el supervisor del contrato, el equipo de apoyo y el socio estratégico, con el objetivo de socializar y hacer la entrega formal de los posibles lugares para la realización de los encuentros vivenciales y de la población titular, de manera que sea factible iniciar el proceso de vinculación.

Ir al inicio

ARTÍCULO 6o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 3820 de 2017> Modificar el cuadro número 6, del numeral 2.5 “Recursos Requeridos para la Operación del Programa” del Lineamiento Técnico del Programa Generaciones con Bienestar, el cual quedará así:

CargoEstudios realizadosTiempo de experienciaExperiencia requeridaActividades
COORDINADOR METODOLÓGICOProfesional en Ciencias Sociales y/o Humanas 1 añoExperiencia general en Programas sociales, o experiencia específica en procesos de capacitación y/o educación para niños, niñas y adolescentes o formación de formadores.

Capacidades y conocimientos en lúdica y/o, arte y/o deporte y/o recreación.
1. Brindar línea técnica para el desarrollo de los módulos a los promotores de derechos. 2. Coordinar la implementación de los módulos del programa, según los lineamientos técnico-administrativos e instrucciones impartidas por la coordinación general del Programa en el ICBF. 3. Liderar, supervisar, hacer seguimiento y evaluación al proceso de formación impartida a los participantes 4. Participar en la elaboración de informes y entrega de productos requeridos de acuerdo a las obligaciones contractuales. 5. Apoyar la creación, dinamización y promoción de redes virtuales y físicas. 6. Contar con disponibilidad de permanencia en las zonas priorizadas para la ejecución del programa. 7. Contar con disponibilidad de viajar a las diferentes zonas donde se ejecuta el Programa. 8. Atender las necesidades y eventualidades reportadas por los promotores de derechos de manera oportuna. 9. Generar los reportes que permitan observar la dinámica de las actividades y tomar las medidas de mejoramiento para el cumplimiento del objetivo del Programa. 10. Coordinar, supervisar y activar las rutas de gestión interinstitucional y social para la garantía y el restablecimiento de derechos de los niños, niñas y adolescentes. 11. Asistir a todas las instancias convocadas por el ICBF. 12. Supervisar y garantizar que los promotores de derechos y los niños, niñas y adolescentes cuenten con todos los recursos establecidos en el lineamiento para la adecuada implementación de los encuentros vivenciales (chalecos, materiales, refrigerios, transporte, plan de comunicaciones, internet, etc.).

PROMOTOR DE DERECHOSProfesional universitario 3 meses*Experiencia como educadores, formadores y/o agentes educativos, o experiencia en actividades culturales, lúdicas, deportivas, musicales y/o aquellas relacionadas con programas sociales, principalmente la experiencia debe estar relacionada con niños, niñas y adolescentes.

La experiencia debe estar enfocada a un área o áreas que le permita al promotor de derecho fomentar en los encuentros vocaciones para cada grupo.
1. Desarrollar los encuentros vivenciales. 2. Realizar la búsqueda activa de los potenciales participantes del programa. 3. Registrar la información de los participantes en cada uno de los formatos establecidos en los lineamientos técnico-administrativos, y actualizar permanente esta información. 4. Contar con disponibilidad de permanencia en la zona donde opera el programa. 5. Gestionar, articular y activar la oferta interinstitucional del territorio, para la garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. 6. Diligenciar los diferentes anexos establecidos en el Programa. 7. Activar las rutas de gestión interinstitucional y social para la garantía y el restablecimiento de derechos de los niños, niñas y adolescentes. 8. Dinamizar las redes físicas y virtuales. 9. Asistir a todas las instancias convocadas por el ICBF. 10. Hacer la entrega de refrigerios a cada uno de los participantes de la modalidad en cada uno de los encuentros vivenciales. 11. Realizar la visita de seguimiento a los hogares de los niños, niñas y adolescentes que dejen de asistir a más de 4 encuentros vivenciales, antes de egresarlos del programa.

Educación no formal enfocada en recreación, deporte, música, danza, teatro, etc.1 año 
Estudiantes de las áreas sociales, con mínimo 6 semestres aprobados.1 año 
Técnico de las áreas sociales y humanas.

Técnico de las áreas artísticas y gestión cultural
1 año y medio 
Tecnólogo de las áreas sociales y humanas.

Tecnólogo de las áreas artísticas y gestión cultural.
1 año 
Tecnólogo y técnico en cualquier área.2 años 
Estudiante de Tecnología 2 años 
Bachiller normalista3 años 
Bachiller3 añosExperiencia en trabajo con comunidades. Preferiblemente beneficiario de modalidades de atención de la Dirección de Familia y Comunidades del Bienestar Familiar.

Principalmente la experiencia debe estar relacionada con niños, niñas y adolescentes.

La experiencia debe estar enfocada a un área o áreas que le permita al promotor de derecho fomentar en los encuentros vocaciones para cada grupo.
Ir al inicio

ARTÍCULO 7o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 3820 de 2017> Modificar el Capítulo 3 “Componente alimentario del programa” del Lineamiento Técnico del Programa Generaciones con Bienestar, el cual quedará así:

3. Componente alimentario del programa

3.1. Componente de alimentación y nutrición

3.1.1 Dadas las características socioeconómicas de las familias vinculadas al Programa Promoción de Derechos y Prevención de Vulnerabilidades para la Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia “Generaciones con Bienestar”, los niños, niñas y adolescentes deben recibir un (1) refrigerio en cada uno de los encuentros vivenciales a los que asistan, el cual debe cumplir con los parámetros establecidos en la propuesta de refrigerio entregada por el operador al ICBF-Regional. Esta propuesta se debe realizar basándose en la minuta patrón establecida por la Dirección de Nutrición del ICBF y las siguientes condiciones:

3.2 Complementación alimentaria

Servicio de alimentos. El lugar de producción de alimentos deberá dar cumplimiento a los requisitos mínimos de infraestructura (áreas, instalaciones sanitarias), equipo y menaje, recurso humano, transporte de alimentos, plan de saneamiento y conceptos sanitarios, definidos en la “Línea Técnica del Componente de Alimentación y Nutrición para las modalidades ICBF”, disponible en la página web: http://www.icbf.gov.co/portal/page/portal/IntranetICBF/macro_procesos/MP_misionales/G_nutricion/GuiasInstructivosProtocolos/G6%20MPM4%20Guia%20Tecnica%20del%20Componente%20de%20Alimentacion%20y%20Nutricion%20%20v1.pdf.

Suministro de alimentos. Los complementos alimentarios deben ser entregados en el lugar donde se desarrolla el encuentro o en un lugar cercano dispuesto para tal fin, para consumo inmediato, garantizando la existencia de condiciones de infraestructura y calidad en los procesos de compra, almacenamiento, producción y distribución de los alimentos.

La especificación del desarrollo de estas actividades está contenida en la “Línea Técnica del Componente de Alimentación y Nutrición para las modalidades ICBF”.

Complemento a entregar por tipo de preparación. El tipo de preparación se refiere al procesamiento que tienen los alimentos a suministrar.

Ración Preparada: son aquellas preparaciones de alimentos que se elaboran y se sirven en el menor tiempo posible luego de preparados, en espacios adecuados (propios del socio estratégico o concertados) que cuenten con las condiciones locativas y de dotación requeridos para el almacenamiento, preparación y distribución de la alimentación. Este tipo de preparación se caracteriza por contribuir con los buenos hábitos alimentarios, el fomento al consumo de alimentos autóctonos y la conservación del medio ambiente.

Se debe seleccionar esta opción si existe:

-- Disponibilidad de agua potable.

-- Disponibilidad de espacios para almacenamiento, preparación y distribución higiénica de alimentos.

-- Disponibilidad de equipo y menaje.

-- Disponibilidad de recurso humano capacitado para la manipulación de alimentos.

Para la implementación de la Ración Preparada se debe:

-- Cumplir con lo dispuesto en el Decreto 3075 de 1997 y a partir del 22 de junio de 2014, con la Resolución 2674 de 2013 del Ministerio de Salud y Protección Social.

-- Cumplir con el ciclo de menús aprobado, porciones, variedad de alimentos y aporte nutricional.

Ración industrializada: son aquellos alimentos procesados por empresas productoras de alimentos, dotadas de medios de producción técnicos y tecnológicos adecuados, los cuales se entregan listos para ser consumidos por los beneficiarios. En estas empresas, los productos se fabrican bajo formulaciones normalizadas (fichas técnicas de productos estandarizados) y se ponen en práctica estrictas normas y controles de calidad que garantizan el suministro de un producto homogéneo, inocuo y acorde a las necesidades de la población beneficiaria.

Se debe seleccionar esta opción cuando no existe:

-- Disponibilidad de agua potable.

-- Disponibilidad de espacios para almacenamiento, preparación y distribución higiénica de alimentos.

-- Disponibilidad de equipo y menaje.

-- Disponibilidad de recurso humano capacitado para la manipulación de alimentos.

Para la implementación de la Ración Industrializada se debe:

-- Cumplir con el Decreto 3075 de 1997 y a partir del 22 de junio de 2014, con la Resolución 2674 de 2013 del Ministerio de Salud y Protección Social.

-- Cumplir con el ciclo de menús aprobado, porciones, variedad de alimentos y aporte nutricional.

-- Cumplir con las fichas técnicas de alimentos y normas vigentes de etiquetado y rotulado.

-- Empaques individuales para la entrega de los alimentos a los beneficiarios.

El tipo de ración suministrada dependerá de la disponibilidad de infraestructura, servicios públicos, equipo y menaje y recurso humano para la manipulación y preparación de los alimentos con los que cuente el socio estratégico, así como de la ubicación del lugar de atención y las dificultades que presente para el acceso de la población beneficiaria.

Aporte nutricional. Las recomendaciones de energía y nutrientes para la población beneficiaria fueron definidas de acuerdo con las Recomendaciones diarias de calorías y nutrientes para la población colombiana, elaboradas por el ICBF[2], así:

Tabla No. 1. Necesidades de energía y nutrientes para los grupos poblacionales beneficiados

RECOMENDACIONES PROMEDIOKcalProteínaLípidosCHOCalcioHierroZinc
 gggmgmgmg
6 - 12 años 11 meses195668.565.2273.8766.714.76.2
13 - 17 años 11 meses 255689.585.2357.8900.021.77.7

Fuente: Dirección de Nutrición. Recomendaciones Calculadas con base en las Recomendaciones de Calorías y Nutrientes para la Población Colombiana (ICBF) - 1988.

Para el caso del refrigerio se debe cubrir mínimo el 10% de las recomendaciones diarias de energía y nutrientes según grupo de edad. Independiente del tipo de preparación seleccionado para el suministro del complemento alimentario, se debe cumplir con el cubrimiento de las necesidades de energía y nutrientes establecido para cada tiempo de consumo de alimentos.

La distribución del valor calórico total o rango aceptable de distribución de macronutrientes, se define así:

-- Proteínas 14%

-- Grasa 30%

-- Carbohidratos 56%

Ciclos de menús o minutas[3].Teniendo en cuenta la disponibilidad de alimentos regionales, los alimentos de cosecha, los hábitos y costumbres alimentarias y los costos establecidos para la alimentación, el socio estratégico de acuerdo con el tipo de ración seleccionada, deberá elaborar un ciclo de menú mensual –en los formatos establecidos por el ICBF–, con el fin de asegurar variedad en la oferta, dando cumplimiento a los tamaños de porción y frecuencias definidas en la minuta patrón.

La conformación del ciclo de menú se define de acuerdo con la modalidad a atender y el número de encuentros vivenciales, así:

Tabla No. 2. Conformación del Ciclo de Menús

MODALIDADENCUENTROS VIVENCIALESNÚMERO DE MENÚS QUE CONFORMAN EL CICLO
Generaciones Tradicionales con Bienestar2 encuentros vivenciales a la semana8 Menús mensuales (dos menús por semana)
Generaciones Rurales con Bienestar 3 encuentros vivenciales a la semana12 Menús mensuales (tres menús por semana)
Generaciones

Étnicas con Bienestar
3 encuentros vivenciales a la semana12 Menús mensuales (tres menús por semana)

Los nutricionistas de la Regional o Centro Zonal ICBF, según sea el caso, deben revisar y aprobar el ciclo de menús para el Programa Promoción de Derechos y Prevención de Vulnerabilidades para la Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia “Generaciones con Bienestar”. Se debe presentar un ciclo de menús departamental cuando las características o disponibilidad de alimentos, hábitos y costumbres alimentarias de la población permiten el diseño de un único ciclo de refrigerios. De lo contrario, se debe presentar un ciclo de menús por Centro Zonal cuando las características de disponibilidad de alimentos, hábitos y costumbres alimentarias de la población obligan al diseño de varios. El ciclo de menús es de estricto cumplimiento, debe desarrollarse en los formatos definidos para tal fin por la Dirección de Nutrición y deben reposar, debidamente diligenciados y aprobados, en la Regional, los Centros Zonales y el lugar de suministro.

En el caso de atención a grupos étnicos[4] se deberán realizar los procesos de concertación y ajuste de la alimentación ofrecida, acorde con los hábitos y costumbres alimentarias del beneficiario, la alimentación a suministrar se debe basar en el documento “Minutas con Enfoque Diferencial”, ubicado en la página web del ICBF[5], el cual orienta el proceso de investigación, diseño y concertación de los ciclos con las autoridades étnicas. En los servicios en los cuales toda la población de beneficiarios pertenecen a comunidades de grupos étnicos, el horario de comida se definirá de acuerdo a las particularidades culturales y hábitos de subsistencia de los beneficiarios de la forma de atención, teniendo en cuenta un proceso previo de concertación con las autoridades tradicionales de los pueblos indígenas y la Subcomisión de Salud y Protección Social de la Consultiva Nacional para las comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palanqueras.

Para la elaboración de los ciclos de menús, deben tenerse en cuenta las siguientes consideraciones:

-- Garantizar la variedad del ciclo de menús.

-- Conocer las características de la producción y comercialización de los alimentos (sus ciclos de producción, las épocas de cosecha y su precio en el mercado), ya que permiten identificar la mejor época para la utilización de los diferentes productos en el menú. Es importante establecer aquellos con mayor disponibilidad y mejores costos a lo largo del año, con el fin de incluirlos.

Características de calidad y compra de los alimentos. Los alimentos que integran las raciones, tanto preparadas en sitio como industrializadas deben cumplir con condiciones de calidad e inocuidad para lograr el aporte de energía y nutrientes definidos y prevenir las enfermedades transmitidas por ellos. Estas condiciones deben acompañar a los alimentos hasta su consumo final, para lo cual es necesario acompañar el ciclo de menús con las fichas técnicas de los alimentos a suministrar, los cuales deben cumplir con la normatividad vigente[6].

Adicional a las minutas patrón y ciclos de menús, como ejercicio interno del socio estratégico, se debe elaborar la programación de alimentos que es la determinación de las necesidades de alimentos para un periodo de tiempo, con el objetivo de cumplir con la alimentación planeada.

La programación debe estar basada en la minuta patrón y ciclo de menús, en el número de beneficiarios del Programa, la disponibilidad de productos de cosecha y en las mejores condiciones de negociación por compra mayorista o de volúmenes de alimentos, luego de la verificación de existencias en el área de almacenamiento y fechas de vencimiento. Sumado a esto, la compra de alimentos debe estar dirigida a potencializar la producción de alimentos a nivel local.

Todo lugar o establecimiento en el que se almacenen, preparen o distribuyan alimentos para el consumo humano debe dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto 3075 de 2009 y a partir del 22 de junio de 2014, a la Resolución 2674 de 2013 del Ministerio de Salud y Protección Social.

La especificación de requisitos de mínimo cumplimiento del Programa Promoción de Derechos y Prevención de Vulnerabilidades para la Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia “Generaciones con Bienestar” se encuentra contenida en la “Línea Técnica del Componente de Alimentación y Nutrición para las modalidades ICBF”.

Programa de Selección y Evaluación de Proveedores. Para la adecuada definición, seguimiento, control de calidad o modificación de los alimentos para el suministro de alimentación, la Entidad Administradora de Servicios deberá diseñar e implementar un Programa de Selección y Evaluación estableciendo criterios estratégicos, técnicos y comerciales claros. El socio estratégico deberá estimular y reforzar los mercados locales promoviendo la compra de los alimentos a productores de la región. De esta manera puede mejorar la nutrición, la salud y las relaciones sociales de la población local y regional, a la vez que estimula las economías locales. La especificación del desarrollo de estas actividades está contenida en la “Línea Técnica del Componente de Alimentación y Nutrición para las modalidades ICBF”.

Aporte de micronutrientes. Con el fin de contribuir al mejoramiento de los déficits de vitaminas y minerales en la población beneficiaria del Programa Promoción de Derechos y Prevención de Vulnerabilidades para la Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia “Generaciones con Bienestar”, el socio estratégico debe tener en cuenta en la planeación de los ciclos de menús, lo siguiente:

-- Variedad en los alimentos y preparaciones que conforman la ración a entregar, lo que permite el adecuado aporte de micronutrientes a partir de la alimentación.

-- Inclusión de alimentos fuente de Vitamina A, Hierro (Hem), Calcio, Zinc, Ácido Fólico, Fibra y Vitamina B12 diariamente, como es el caso de frutas, verduras, leche y productos lácteos, huevos y carnes.

-- Inclusión de alimentos fortificados, lo que permite mejorar el aporte de micronutrientes. Es importante recordar que en el mercado se encuentran productos fortificados por norma (Harina de trigo y sal) y productos fortificados voluntariamente por la industria. Es necesario que los operadores, en la planificación de la compra de alimentos, incluyan estos alimentos fortificados.

Adicionalmente se debe promover el consumo de alimentos fuentes de vitaminas y minerales en la dieta diaria del beneficiario, al interior del hogar.

Apoyo a las acciones en salud. El socio estratégico debe cumplir con lo establecido en la Ley 1098 de 2006 respecto a la verificación de afiliación y acceso de los beneficiarios al Sistema General de Seguridad Social en Salud. La atención en salud se refiere a la promoción de la vinculación de la población al Sistema de Seguridad Social en Salud.

El sector salud tiene la función de proveer de manera integral las acciones de salud, individuales y colectivas, con la participación responsable de todos los sectores de la sociedad a fin de mejorar las condiciones de salud de la población[7]. Lo anterior, de acuerdo a lo definido por el Código de la Infancia y la Adolescencia respecto de la corresponsabilidad de la familia, la sociedad y el Estado es esencial para garantizar el ejercicio de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes. Por ende, se debe realizar la verificación a los niños, niñas y adolescentes respecto al acceso al sistema general de seguridad social en salud, por lo cual el socio estratégico debe solicitar el documento de acceso al SGSSS así como promover su asistencia al control médico y odontológico. En el caso de las adolescentes gestantes se requiere su asistencia al programa de atención prenatal, lo que permite el seguimiento a la condición de salud y el aporte de micronutrientes, el cuidado y atención durante el parto, así como la consejería en lactancia materna y educación en alimentación y nutrición adecuados entre otros por parte de los organismos de salud. De la misma manera debe promover en los beneficiarios la asistencia a los controles de crecimiento y desarrollo, vacunación, control prenatal, desparasitación, micronutrientes (cuando aplica por el sector salud) y controles médico-odontológicos, entre otros.

Hábitos y estilos de vida saludable. La educación en este aspecto está orientada a promover y establecer estilos de vida saludables. Debe abordar los condicionantes, considerar la cultura y los aspectos de desarrollo social y económico de un territorio como elementos esenciales para organizar las estrategias de educación que logren impacto en la población. El socio estratégico debe incluir en la propuesta metodológica las actividades de educación alimentaria y nutricional a los niños, niñas y sus familias, específicamente las relacionadas con el tema hábitos y estilos de vida saludable, para lo cual tiene a su disposición la información institucional y el material educativo diseñado por los Ministerios o las Entidades Territoriales que le permiten diseñar actividades relacionadas con los temas de alimentación, nutrición, salud y actividad física, dirigidas al beneficiario y sus familias, así:

-- Educación en alimentación y nutrición. Encaminada a lograr que los niños, niñas y adolescentes incorporen a su vida hábitos de alimentación equilibrada y saludable, que contribuyan al mantenimiento y mejoramiento de la salud, para lo cual se deben desarrollar temas como el conocimiento y aplicación de las guías alimentarias para la población colombiana, la selección de alimentos y hábitos alimentarios saludables, las prácticas higiénicas (haciendo énfasis en el lavado de manos), mantenimiento del peso corporal, adecuado consumo de frutas y verduras y otros contenidos que se considere necesario abordar dependiendo de las necesidades específicas de la comunidad. La Ley número 1355[8] del 14 de octubre de 2009, en su primer artículo declara la obesidad como “una enfermedad crónica de Salud Pública, la cual es causa directa de enfermedades cardiacas, circulatorias, colesterol alto, estrés, depresión, hipertensión, cáncer, diabetes, artritis, colon, entre otras; todos ellos aumentando considerablemente la tasa de mortalidad de los colombianos”. Por esta razón, se deben implementar estrategias en los programas de atención a población vulnerable, para promover una alimentación saludable, dentro de las cuales están: disponer de frutas y verduras, ofrecer diversidad de alimentos que cubran las necesidades nutricionales de la comunidad, velando por la calidad de los alimentos que se ofrecen; adoptar un programa de educación alimentaria para promover una alimentación balanceada y saludable, de acuerdo con las características culturales de las diferentes regiones de Colombia, con el fin de permitir a los beneficiarios y a sus familias adoptar decisiones adecuadas en sus hábitos de vida, en los cuales se resalte la actividad física, la recreación y el deporte y se adviertan los riesgos del sedentarismo y las adicciones.

-- Educación en actividad física. La participación en diversos deportes y actividades físicas a edad temprana es importante para fomentar la adopción de un estilo de vida activa y mantenerlo en la vida posterior, desarrollar músculos y huesos fuertes, un peso corporal normal y un funcionamiento eficiente del corazón y los pulmones, así como la perfección en las aptitudes de movimiento. La práctica del juego y de los deportes brinda oportunidades a los niños, niñas y adolescentes para la autoexpresión natural, el alivio de la tensión, el éxito, la interacción, la integración social, así como para aprender el espíritu y las reglas del juego limpio en las relaciones humanas.

-- Prácticas de la UNICEF para la Atención Primaria en Salud.

-- Enfermedades asociadas al agua y al saneamiento básico y agua potable, prevención de enfermedades propias de los escolares y adolescentes, vivienda saludable, control de plagas y vectores y lavado adecuado de manos.

-- Educación para la promoción de la agricultura familiar y compras locales. El socio estratégico debe promover la seguridad alimentaria y nutricional mediante acciones de articulación intersectorial, específicamente con la entidad territorial y el sector agropecuario a fin de coordinar el apoyo técnico y financiero requerido para el desarrollo de capacitación a los niños, niñas y adolescentes en las distintas alternativas de agricultura familiar para autoconsumo (huertas familiares, comunitarias). De esta manera se pretende promover el autoconsumo de frutas y/o verduras y otros proyectos que mejoren la seguridad alimentaria y nutricional de los niños, niñas y adolescentes beneficiarios del Programa y sus familias.

3.3 Minuta Patrón.

OPCIÓN RACIÓN PREPARADA.

MINUTA PATRÓN PARA NIÑOS Y NIÑAS DE 6 A 11 AÑOS 11 MESES

Grupo AlimentoFrecuenciaCantidadUnidad Casera de Servido (aprox.)
Lácteos P. Bruto 
Leche en polvo o2 veces/semana13 gr100 cc 3 ½ onzas de leche

(para preparaciones ½ agua - ½ leche)
Leche entera pasteurizada  
Cereal - Acompañante   
Producto tipo galletasTodos los días30 gr30 gr1 paquete comercial o 1 unidad mediana
Producto tipo pan relleno de dulce (ej. roscón con bocadillo)50 g50 g1 unidad mediana
Producto tipo torta (ej. mantecada)50 g50 g1 unidad mediana
Producto tipo torta de dulce con cobertura (ej. brownie cubierto con chocolate)50 g50 g1 unidad mediana
Producto tipo hojaldre relleno de dulce (ej. pasabocas)50 g50 g1 unidad mediana
Producto tipo pan (ej. Mogolla, calentano)50 g50 g1 unidad mediana

Fruta

En jugo1 vez/semana48 - 89 gr200 cc6 ½ onzas

Azúcares

Azúcar oTodos los días12 gr12 gr1 cuchara
Panela o13 gr13 gr1 cuchara
Chocolate12 gr12 gr1 cuchara

APORTE NUTRICIONAL PROMEDIO SEMANAL MINUTA PATRÓN

KcalProteínaLípidosCHOCalcioHierro
 grgrgrMgrmgr
TOTAL PROMEDIO MINUTA PATRÓN300,15,57,353,2118,22,0
RECOMENDACIONES DIARIAS (6 - 12 AÑOS 11 MESES)195668,565,2273,8766,714,7
% ADECUACIÓN15,3%8,1%11,2%19,4%15,4%13,7%

MINUTA PATRÓN PARA JÓVENES DE 12 A 17 AÑOS 11 MESES

Grupo AlimentoFrecuenciaCantidadUnidad Casera de Servido (aprox.)
 P. Bruto 
Leche en polvo o2 veces/semana13 gr100 cc 3 ½ onzas de leche (para preparaciones ½ agua - ½ leche)
Leche entera pasteurizada100 cc  
Cereal - Acompañante  
Producto tipo GalletasTodos los días60 gr60 gr2 paquetes comerciales o 2 unidades medianas
Producto tipo Pan relleno de dulce (ej. roscón con bocadillo)70 g70 g1 unidad grande
Producto tipo Torta (ej. mantecada)70 g70 g1 unidad grande
Producto tipo Torta de dulce con cobertura (ej. brownie cubierto con chocolate)70 g70 g1 unidad grande
Producto tipo Hojaldre relleno de dulce (ej. pasabocas)70 g70 g1 unidad grande
Producto tipo Pan (ej. Mogolla, calentano)70 g70 g1 unidad grande

Fruta

En Jugo1 vez/semana48 - 89 gr200 cc6 ½ onzas

Azúcares

Azúcar oTodos los días12 gr12 gr1 cuchara
Panela o13 gr13 gr1 cuchara
Chocolate12 gr12 gr1 cuchara

APORTE NUTRICIONAL PROMEDIO SEMANAL MINUTA PATRÓN

KcalProteínaLípidosCHOCalcioHierro
grgrgrMgrmgr
TOTAL PROMEDIO MINUTA PATRÓN394,36,89,670,4130,12,6
RECOMENDACIONES DIARIAS (13 - 17 AÑOS 11 MESES)255689,585,2357,8900,022,0
% ADECUACIÓN15,4%7,6%11,2%19,7%14,5%11,9%

OPCIÓN RACIÓN INDUSTRIALIZADA.

Minuta Patrón para Niños y Niñas de 6 a 11 Años 11 Meses

Grupo AlimentoFrecuenciaCantidadUnidad Casera de Servido (aprox.)
 P. BrutoP. Servido

Lácteos

Leche entera pasteurizada de vacaTodos los días200 cc200 cc1 caja UHT o 1 bolsa porción individual (en caso de contar con cadena de frío)
Avena preparada200 cc200 cc
Kumis200 cc200 cc
Yogurt200 cc200 cc

Cereal - Acompañante

Producto tipo GalletasTodos los días30 gr30 gr1 paquete comercial o 1 unidad mediana
Producto tipo Pan relleno de dulce (ej. roscón con bocadillo)50 g50 g1 unidad mediana
Producto tipo Torta (ej. mantecada)50 g50 g1 unidad mediana
Producto tipo Torta de dulce con cobertura (ej. brownie cubierto con chocolate)50 g50 g1 unidad mediana
Producto tipo Hojaldre relleno de dulce (ej. pasabocas)50 g50 g1 unidad mediana
Producto tipo Pan (ej. Mogolla, calentano)50 g50 g1 unidad mediana

Fruta

Entera1 vez/semana100 gr100 g1 unidad mediana

APORTE NUTRICIONAL PROMEDIO SEMANAL MINUTA PATRÓN

KcalProteínaLípidosCHOCalcioHierro
 grgrgrmgrmgr
TOTAL PROMEDIO MINUTA PATRÓN337,78,68,857,8202,32,1
RECOMENDACIONES DIARIAS (6 - 12 AÑOS 11 MESES)195668,565,2273,8766,714,7
% ADECUACIÓN17,3%12,6%13,4%21,1%26,4%14,1%

MINUTA PATRÓN PARA ADOLESCENTES DE 12 A 17 AÑOS 11 MESES

Grupo AlimentoFrecuenciaCantidadUnidad Casera de Servido (aprox.)
 P. BrutoP. Servido

Lácteos

Leche entera pasteurizada de vacaTodos los días200 cc200 cc1 caja UHT o 1 bolsa porción individual (en caso de contar con cadena de frío)
Avena preparada200 cc200 cc
Kumis200 cc200 cc
Yogurt200 cc200 cc

Cereal - Acompañante

Producto tipo GalletasTodos los días60 gr60 gr2 paquetes comerciales o 2 unidades medianas
Producto tipo Pan relleno de dulce (ej. roscón con bocadillo)70 g70 g1 unidad grande
Producto tipo Torta (ej. mantecada)70 g70 g1 unidad grande
Producto tipo Torta de dulce con cobertura (ej. brownie cubierto con chocolate)70 g70 g1 unidad grande
Producto tipo Hojaldre relleno de dulce (ej. pasabocas)70 g70 g1 unidad grande
Producto tipo Pan (ej. Mogolla, calentano)70 g70 g1 unidad grande

Fruta

Entera1 vez/semana100 gr100 g1 unidad mediana

APORTE NUTRICIONAL PROMEDIO SEMANAL MINUTA PATRÓN

KcalProteínaLípidosCHOCalcioHierro
 grgrgrmgrmgr
TOTAL PROMEDIO MINUTA PATRÓN431,99,911,075,1214,12,7
RECOMENDACIONES DIARIAS (13 - 17 AÑOS 11 MESES)255689,585,2357,8900,022,0
% ADECUACIÓN16,9%11,1%12,9%21,0%23,8%12,2%
Ir al inicio

ARTÍCULO 8o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 3820 de 2017> La presente resolución rige a partir de su expedición y modifica en lo pertinente el Lineamiento Técnico del Programa de Promoción y Prevención para la Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes “Generaciones con Bienestar”, aprobado mediante Resolución número 9222 de 2013.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 9 de marzo de 2015.

La Directora General,

CRISTINA PLAZAS MICHELSEN.

* * *

1. La perspectiva de derechos es un marco ético para orientar los programas y políticas públicas y sociales en favor de la niñez y la juventud, asumiendo una posición proactiva que supere la simple referencia a un consenso universal de carácter normativo. Trabajar con un enfoque de derechos significa reconocer y aumentar las capacidades de las personas, fortalecerlos para potenciar su ciudadanía, abrir oportunidades sin ningún tipo de discriminación. La formación ética de los niños y las niñas, desde la perspectiva de derechos implica una comprensión de doble vía: los derechos y deberes correlativos, Planeación con Perspectiva de Derechos: Un Derecho de la Infancia y de la Juventud. Ortiz, P. Unicef-Colombia.

2. Estos valores son susceptibles de modificaciones de acuerdo con actualización en curso de las recomendaciones diarias de energía y nutrientes, documento de referencia esencial para la planificación de la alimentación.

3. Ciclo de Menús o Minutas: conjunto de menús diarios, derivados de una minuta patrón, que se establece para un número determinado de días y que se repite a lo largo de un periodo.

4. Son grupos étnicos los indígenas, afrodescendientes, raizales y ROM (Gitanos).

5. Documento ubicado en

http://www.icbf.gov.co/portal/page/portal/PortalICBF/Bienestar/Beneficiarios/Nutricion-SeguridadAlimentaria/Minutas/MINUTASCONENFOQUEDIFERENCIAL-ICBFetnicos.pdf

6. La ficha técnica de alimentos comerciales debe incluir copia del Registro Sanitario. El Registro sanitario es el documento expedido por el Invima mediante el cual se autoriza a una persona natural o jurídica para fabricar, envasar e importar un alimento con destino al consumo humano. Todo alimento que se expenda directamente al consumidor bajo marca de fábrica y con nombres determinados, deberá obtener registro sanitario.

7. Ministerio de la Protección Social, Plan Nacional de Salud Pública, 2007-2010.

8. “Por medio de la cual se define la obesidad y las enfermedades crónicas no transmisibles asociadas a esta como una prioridad de salud pública y se adoptan medidas para su control, atención y prevención”.

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la
compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores
jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones
similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación,
reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por
la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la
competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de
los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono
617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas
de uso de la información aquí contenida.