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RESOLUCIÓN 3820 DE 2017

(mayo 30)

Diario Oficial No. 50.251 de 1 de junio de 2017

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS

DIRECCIÓN GENERAL

Por la cual se adiciona y modifica el Lineamiento Técnico del Programa de Promoción y Prevención para la Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes “Generaciones con Bienestar”.

Resumen de Notas de Vigencia

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS,

en uso de las facultades legales, estatutarias y, en especial, las conferidas en el artículo 28 de la Ley 7ª de 1979 y 78 de la Ley 489 de 1998, y la Ley 1098 de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 44 de la Constitución Política señala como derechos fundamentales de los niños, la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado, el amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión, así como los demás derechos consagrados en la Constitución, en las leyes y en los Tratados Internacionales ratificados por Colombia.

Que el Código de Infancia y la Adolescencia, Ley 1098 de 2006, establece en su artículo 11, parágrafo único, que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, como ente rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, mantendrá todas las funciones que hoy tiene (Ley 75/68 y Ley 7ª/79) y definirá los lineamientos técnicos que las entidades deben cumplir para garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes y para asegurar su restablecimiento.

Que de conformidad con los numerales 2 y 6 del artículo 31 del Decreto 987 de 2012, corresponde a la Dirección de Niñez y Adolescencia del ICBF definir los lineamientos que se deben seguir a nivel nacional y regional para llevar a cabo la detección de necesidades asociadas a la niñez y adolescencia en los programas del Instituto, dentro del marco de las normas vigentes y las políticas del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación y definir los lineamientos y políticas generales que deben ser tenidos en cuenta en la implementación de los programas y proyectos de niñez y adolescencia.

Que en cumplimiento de lo anteriormente expuesto, el ICBF mediante la Resolución número 9222 del 5 de noviembre de 2013, aprobó el Lineamiento Técnico del Programa de Promoción y Prevención para la Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes “Generaciones con Bienestar”, con el cual se adelanta la selección de los operadores y se ejecuta el Programa.

Que el ICBF mediante Resoluciones números 1090 del nueve (9) de marzo y 8000 del siete (7) de octubre, expedidas en la vigencia 2015, modificó el Lineamiento Técnico del Programa de Promoción y Prevención para la Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes “Generaciones con Bienestar”, con el fin de garantizar un mayor grado de eficiencia y eficacia en la prestación del servicio a cargo del ICBF.

Que con el fin de responder a las necesidades de los niños, las niñas y adolescentes a partir del fortalecimiento de su participación, garantizando que las actividades propuestas correspondan con sus intereses y el objetivo de promover sus derechos y desarrollar acciones de prevención frente a diferentes riesgos de su vulneración, se hace necesario ajustar el Lineamiento Técnico del Programa de Promoción y Prevención para la Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes “Generaciones con Bienestar”.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Entiéndase que modifica la Resolución 9222 de 2013> Adicionar los literales e), f), g), h), al numeral 2.1.2 “Criterios de focalización de la población”, del Capítulo 2 “Esquema de Atención”, del Lineamiento Técnico del Programa Generaciones con Bienestar, el cual quedará de la siguiente manera:

2.1.2. Criterios de focalización de la población

El Programa tiene como población titular a los niños, niñas y adolescentes entre los 6 y menores de 18 años, que se encuentran en alguna de las siguientes condiciones, descritas sin orden de prioridad:

a) Niños, niñas y adolescentes víctimas del conflicto armado.

b) Niños, niñas y adolescentes pertenecientes a familias en situación de pobreza (identificados por los puntos de corte establecidos por el ICBF en la metodología Sisbén III) o pobreza extrema de la Red Unidos, y/o pertenecientes al Programa Más Familias en Acción.

c) Niños, niñas y adolescentes que se encuentren en un Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos (PARD), excepto aquellos niños, niñas y adolescentes que presentan las problemáticas concomitantes como discapacidad severa, violencia sexual, consumo de sustancias psicoactivas o que han sido desvinculados de algún grupo armado ilegal y se encuentran en las modalidades externado, intervención de apoyo y hogar sustituto.

d) Niños, niñas y adolescentes que ya terminaron su Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos (PARD), y fueron reintegrados a sus familias.

e) Niños y niñas mayores de 6 años que hayan participado en el año inmediatamente anterior en alguna de las modalidades de atención integral a la primera infancia, de la Dirección de Primera Infancia del ICBF.

f) Niños, niñas y adolescentes que corresiden, o que hagan parte del núcleo familiar de adolescentes que estén cumpliendo su sanción en el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes.

g) Niños, niñas y adolescentes cuyos padres o cuidadores hagan parte de los Programas de la Dirección de Familia y Comunidades del ICBF.

h) Niños, niñas y adolescentes que han participado en el Programa “Generaciones con Bienestar”, en vigencias anteriores y son menores de 18 años.

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ARTÍCULO 2o. <Entiéndase que modifica la Resolución 9222 de 2013> Modificar el numeral 2.3 “Operación del Programa”, del Capítulo 2 “Esquema de Atención”, del Lineamiento Técnico del Programa Generaciones con Bienestar, el cual quedará así:

2.3 Operación del Programa

El Programa se ha desarrollado a partir de una perspectiva de derechos humanos, que reconoce a los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos[1], y como personas que ejercen sus derechos de manera responsable. Este reconocimiento conlleva a la participación de los niños, niñas y adolescentes en el diseño, puesta en marcha y seguimiento del Programa, de tal manera que sus intereses, iniciativas, procesos en marcha y sus sueños, orienten el objetivo de las acciones en cada grupo de trabajo de Generaciones con Bienestar.

Teniendo en cuenta que la normativa y los principios referentes para la atención de la niñez y la adolescencia consagran que se incluya una perspectiva diferencial para la promoción y garantía de los derechos, se definen tres formas de atención diferencial en modalidad víctima y no víctima.

Para ello se define la atención de Generaciones con Bienestar para los niños, niñas y adolescentes, identificados como víctimas del conflicto en cada una de sus modalidades de atención. Las tres modalidades de atención diferencial son las siguientes:

- Generaciones Tradicionales con Bienestar.

- Generaciones Tradicionales con Bienestar para población víctima.

- Generaciones Rurales con Bienestar.

- Generaciones Rurales con Bienestar para población víctima.

- Generaciones Étnicas con Bienestar.

- Generaciones Étnicas con Bienestar para población víctima.

La modalidad de atención tradicional se implementa principalmente en áreas urbanas y cabeceras municipales. En esta modalidad se desarrollan espacios que promueven múltiples expresiones de tipo vocacional como actividades culturales, deportivas, artísticas, participativas o tecnológicas, o cualquier otra expresión de tipo vocacional que surja a partir de los ejercicios participativos con los niños, las niñas y adolescentes focalizados.

La modalidad de atención rural tiene la finalidad de reconocer las particularidades y necesidades específicas de los niños, niñas y adolescentes que habitan en el sector rural, para de esta manera garantizar un enfoque diferencial por ubicación geográfica. Se implementa en áreas rurales o de dispersión geográfica. La identificación de los intereses vocacionales, debe reconocer las particularidades del territorio, privilegiando la vocación agrícola, el fortalecimiento de las capacidades de autoconsumo, soberanía alimentaria, economías solidarias, cuidado y protección del medio ambiente y el agua.

La modalidad de atención étnica asume el enfoque diferencial en el diseño y aplicación de la política pública para la prevención y protección integral a la niñez, tomando como punto de partida las características particulares de la población indígena, afrocolombiana, raizal y Rom, que los diferencian del resto de los nacionales. La identificación de los intereses vocacionales, en consecuencia, debe reconocer los usos y costumbres de las comunidades en donde se implementa la forma de atención, que se ejecuta por medio de los encuentros vivenciales. Estos encuentros son los espacios en los cuales se abordan los contenidos de cada componente y se realizan las actividades planteadas en la propuesta metodológica presentada por el operador/contratista, de acuerdo a la vocación de cada grupo y a los riesgos identificados en el territorio.

Metodología

El Programa propone la realización de un proceso pedagógico y participativo, no formal, que considera las condiciones socioculturales, étnicas, raciales, de género, de procedencia geográfica, del ciclo vital (desarrollo cognitivo y emocional), y de discapacidad de los participantes y sus familias.

Los contenidos formativos del programa se deben desarrollar a partir de metodologías flexibles, que tomen en cuenta los intereses de los niños, las niñas y adolescentes y respondan a las condiciones y riesgos para la niñez y la adolescencia presentes en el territorio, por medio de actividades lúdicas prácticas y vivenciales, desde donde se aborden los diferentes módulos del componente de formación y participación.

Esta propuesta metodológica debe cumplir con las siguientes condiciones básicas:

- La expresión de tipo vocacional identificada por el operador a partir de la participación de los niños, las niñas y adolescentes focalizados, mediante actividades culturales, deportivas, artísticas, participativas, tecnológicas o cualquier otra expresión vocacional que surja de sus propuestas e intereses, con el fin de fortalecer los procesos de empoderamiento y desarrollo de competencias ciudadanas, considerando las condiciones socioculturales, étnicas, de género, de procedencia geográfica y del ciclo vital (desarrollo cognitivo y emocional), y discapacidad de los participantes y sus familias.

- Los contenidos de cada componente con acciones específicas y tiempos establecidos para su desarrollo.

- El desarrollo de cada encuentro vivencial con las actividades planteadas de acuerdo a la vocación de cada grupo, a los riesgos identificados y énfasis que darán respuesta a las situaciones que afectan a los niños, niñas y adolescentes en el territorio con el fin de contar con acciones de prevención específica frente a los riesgos de estas amenazas y vulneraciones de derechos.

La propuesta metodológica debe ser construida a partir de un diagnóstico que identifique riesgos y oportunidades para la niñez en el territorio, haciendo énfasis en el aprovechamiento del tiempo libre a partir de actividades vocacionales. Estas actividades deben estar orientadas al objetivo de promoción de derechos y prevención de vulnerabilidades, promoviendo el desarrollo de habilidades y competencias para la construcción de su proyecto de vida.

El Programa se desarrolla mediante la implementación de los siguientes tres componentes: (…)

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ARTÍCULO 3o. <Entiéndase que modifica la Resolución 9222 de 2013> Adicionar al módulo 4, del numeral 2.3.1. “Componente 1: Formación y Participación” del Capítulo 2 “Esquema de Atención”, del Lineamiento Técnico del Programa Generaciones con Bienestar, con el texto que se describe a continuación:

…Sobre el ejercicio de Participación, se incluye la estrategia que busca la participación significativa, apuntando a la meta de la creación de las mesas municipales y departamentales de participación de los niños, niñas y adolescentes en cada uno de estos entes territoriales, el fomento de la participación y el ejercicio del control social en el desarrollo del mismo programa “Generaciones con Bienestar”.

El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, entiende el derecho a la participación como la oportunidad que tienen los ciudadanos de influir en la construcción y transformación del bienestar individual y colectivo.

La garantía de este derecho permite, de manera individual y colectiva, a niños, niñas y adolescentes sentirse parte de una sociedad que los respeta, escucha y se interesa por ellos, entendiendo su obligación de manera corresponsable por su bienestar y protección, y de manera colectiva, el Estado al comprometerse con políticas públicas territoriales que incorporan en todo su ciclo la participación significativa.

De este modo, el Estado debe de manera continua revisar, evaluar y ajustar los mecanismos e instrumentos que promuevan y garanticen la participación de todos los ciudadanos, particularmente la de niños, niñas y adolescentes.

En este sentido y teniendo en cuenta que la promoción y garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes es un imperativo de todos en el marco de la corresponsabilidad, la modalidad Generaciones con Bienestar en articulación y apoyo con otros agentes del SNBF debe generar espacios donde el derecho a la participación permita que todos los actores sociales sean tenidos en cuenta en diferentes escenarios e instancias colectivas locales para fomentar, sugerir, visibilizar, cualificar y evaluar la modalidad.

La Constitución Política y las Leyes 850 de 2003 y 1098 de 2006 consagran el control social como una forma de participar en la construcción de la sociedad, ejerciendo el derecho a decidir lo que es conveniente o inconveniente para la comunidad.

Para garantizar estas acciones, se implementará el control social en la modalidad Generaciones con Bienestar, entendiendo el control social como:

Un derecho y un deber que tiene todo ciudadano para participar individual o colectivamente en la prevención, racionalización, evaluación y control de la gestión pública a partir del diálogo y la adecuada información, de tal manera que le permita discutir, proponer e incidir en la prestación de los servicios públicos suministrados por el Estado y los particulares, garantizando la gestión al servicio de la comunidad y la vigilancia de los recursos del Estado” (cartilla Rendición de cuentas: por una cultura y consolidación del proceso de rendición de cuentas en el ICBF, 2013).

Para la ejecución de estos ejercicios, se promoverá la participación de los niños, niñas y adolescentes en los espacios definidos por la ley y de acuerdo a las orientaciones y lineamientos dados por el ICBF, tales como las mesas públicas para la promoción del control social, mesas de infancia, adolescencia y familia u otros espacios que faciliten el diálogo con los niños, niñas y adolescentes y la ciudadanía en general.

Los ejercicios participativos de control social se realizarán con miembros de la comunidad definidos previamente en el marco del escenario existente en cada municipio y departamento, para lo cual el ICBF como ente coordinador y articulador del SNBF solicitará un espacio en la agenda de la sesión programada para incluir el tema al menos dos veces durante la vigencia de la modalidad.

Estos ejercicios deberán ser programados y desarrollados a través de acciones articuladas y esfuerzos conjuntos entre los referentes regionales y zonales del SNBF, los enlaces regionales y zonales de Generaciones con Bienestar y el operador de la modalidad que ejecuta el programa en el territorio.

El ICBF y la entidad contratista, son corresponsables de la sensibilización, promoción, organización y capacitación de los usuarios en la modalidad y en la conformación de comités de control y vigilancia, y formarlos acerca de los objetivos, componentes y operacionalización de su modalidad, con el fin de brindar elementos fundamentados para ejercer el control y la vigilancia.

Los comités de control y vigilancia son organismos creados como mecanismo para ejercer el control social a las modalidades del ICBF y ejercerán específicamente la vigilancia de:

- La cobertura efectiva de los beneficiarios y su focalización.

- La calidad del servicio.

- La garantía de derechos de los niños y las niñas.

- Las condiciones definidas para la prestación del servicio.

Una vez sean conformados dichos comités, serán sus delegados quienes asistan, participen, presenten las recomendaciones y sugerencias y realicen seguimiento y evaluación para la cualificación de la modalidad en los escenarios enunciados para tal fin.

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ARTÍCULO 4o. <Entiéndase que modifica la Resolución 9222 de 2013> Modificar el numeral 2.4 “Modelo Operativo de la Prestación del Servicio”, del Capítulo 2 “Esquema de Atención”, del Lineamiento Técnico del Programa Generaciones con Bienestar, el cual quedará así:

2.4. Modelo Operativo de la Prestación del Servicio

El promotor de derechos tendrá a cargo 100 niños, niñas y adolescentes, conformados en grupos de 25 participantes en la zona urbana, veredas y/o corregimientos. Las acciones de planeación, ejecución y evaluación de los encuentros vivenciales serán lideradas por el promotor de derechos, bajo la supervisión y aprobación del coordinador metodológico.

Etapa de planeación. Con el fin de fortalecer el reconocimiento y presencia del Programa en los territorios que opera, y facilitar el acompañamiento de los entes territoriales para el desarrollo de estrategias articuladas y la asignación de lugares en donde se desarrollen las actividades programadas en los encuentros vivenciales, se define una etapa de planeación en donde se articule con las Regionales ICBF, entes territoriales y demás instituciones relacionadas en el desarrollo del Programa y la protección integral de la niñez y la adolescencia, la focalización, ubicación de espacios para los encuentros vivenciales, articulación de oferta institucional, firma de convenios, etc…

Durante el desarrollo de esta etapa, la Dirección de Niñez y Adolescencia y las Direcciones Regionales del ICBF, en apoyo con la Dirección del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, adelantarán acciones de gestión interinstitucional con las diferentes autoridades locales con el fin de lograr acuerdos y compromisos que permitan identificar estrategias de gestión articuladas y disponer de los sitios y lugares idóneos para la realización de los encuentros vivenciales.

Se aplicarán en esta etapa los criterios de focalización territorial por parte de la Dirección de niñez y adolescencia, lo que implica la distribución presupuestal de acuerdo con población y recursos para la ejecución.

La respectiva Dirección Regional realizará el ejercicio de identificar su población titular de niños, niñas y adolescentes participantes de acuerdo con los criterios de priorización, las bases de datos suministradas, la realidad del territorio, y las necesidades y la existencia de fenómenos que ponen en riesgo los derechos fundamentales de la niñez y la adolescencia descritas en el presente documento, con el fin de garantizar una correcta focalización. Se sugiere realizar un mapa territorial identificando oportunidades y oferta de atención para la niñez y la adolescencia, que facilite identificar las oportunidades y la oferta de servicios, dando respuesta a las problemáticas identificadas.

Para el cierre de esta etapa se debe realizar un comité con el supervisor del contrato, el equipo de apoyo y el operador/contratista, con el objetivo de socializar y hacer la entrega formal de los posibles lugares para la realización de los encuentros vivenciales y de la población titular, de manera que sea factible iniciar el proceso de vinculación.

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ARTÍCULO 5o. <Entiéndase que modifica la Resolución 9222 de 2013> Modificar el numeral 2.4.2.1 “Encuentros vivenciales”, del Lineamiento Técnico del Programa Generaciones con Bienestar, el cual quedará así:

2.4.2.1. Encuentros vivenciales

El promotor de derechos deberá realizar la preparación de cada uno de los encuentros vivenciales siguiendo las indicaciones del coordinador metodológico y la propuesta metodológica aprobada por el supervisor. Así mismo, como escenario de contextualización del entorno en el que habitan los niños, las niñas y los adolescentes, el promotor de derechos podrá hacer uso de herramientas pedagógicas que permitan conocer factores de riesgo que potencian las amenazas y vulneraciones de derechos de los niños, niñas y adolescentes en el municipio, con la finalidad de fortalecer la prevención frente a estas amenazas y vulneraciones en los encuentros vivenciales.

Para el correcto desarrollo del Programa es necesario que el lugar en el que se desarrollan los encuentros vivenciales sea cercano a las viviendas de los niños, niñas y adolescentes y sus familias. Estos pueden ser espacios comunitarios tales como salones de instituciones educativas, espacios comunales, salones parroquiales, salones de Organizaciones No Gubernamentales, parques, canchas deportivas, entre otros lugares que deben ser gestionados por el operador y definidos en concertación con la misma comunidad o con los profesionales del ICBF, a nivel territorial.

Para cada grupo atendido en la modalidad Generaciones con Bienestar Tradicional se programará el desarrollo de mínimo ocho (8) encuentros vivenciales por mes, a razón de mínimo dos (2) encuentros vivenciales a la semana con una duración de dos (2) horas cada uno. Para la modalidad de Generaciones Rurales con Bienestar y Generaciones Étnicas con Bienestar, se programará el desarrollo de mínimo doce (12) encuentros vivenciales por mes, a razón de mínimo tres (3) encuentros vivenciales a la semana con una duración de dos (2) horas cada uno. Los encuentros vivenciales deberán realizarse desarrollando los contenidos de los cuatro módulos del componente número 1 de Formación y participación del Programa. Para la realización de un número mayor o menor de encuentros vivenciales, así como la modificación al número de horas de los encuentros vivenciales definidas en los presentes lineamientos, se deberá contar con el concepto escrito favorable del comité técnico y del supervisor, previa validación de metas sociales y del lineamiento por parte de la Subdirección de Operación de la Atención a la Niñez y a la Adolescencia. Estos cambios deben corresponder a necesidades particulares identificadas en los procesos de alistamiento u operación del programa que faciliten y promuevan la participación de los niños, niñas y adolescentes.

En cumplimiento al enfoque diferencial territorial y al enfoque diferencial étnico se desarrollan los anexos para la modalidad “Generaciones Étnicas con Bienestar” y “Generaciones Rurales con Bienestar”, en los cuales se establece las particularidades y énfasis con las que cuentan dichas modalidades. Estos dos anexos hacen parte integral del presente Lineamiento Técnico.

Nota: Los encuentros vivenciales deben desarrollarse preferiblemente en jornada contraria a la escolar.

En caso de que el tiempo de ejecución contratado no corresponda a meses completos, el número de encuentros vivenciales deberá ser proporcional al total de los encuentros programados que se realizan en un mes de ejecución. Por ejemplo, en la modalidad tradicional si el mes incompleto tiene una duración de dos semanas, el número de horas para encuentros vivenciales en este mes será de ocho (8) y los encuentros vivenciales a realizarse serán cuatro (4) para cada grupo de niños, niñas y adolescentes y así respectivamente para las demás modalidades.

El promotor de derechos deberá realizar la preparación de cada uno de los encuentros vivenciales a partir de las directrices establecidas por el coordinador metodológico. Adicionalmente, todos los participantes deberán registrar su asistencia a los encuentros vivenciales en medio físico. Todos los encuentros vivenciales deben ser registrados por el promotor de derechos, o quien designe el operador, en los mecanismos de gestión de la información provistos por ICBF. Dicho registro especificará el módulo o tipo de actividad, contenido y duración del encuentro vivencial. De igual manera, deberá registrar los niños, niñas y adolescentes asistentes a cada encuentro vivencial realizado.

El operador en los últimos cinco (5) días del mes deberá hacer entrega del cronograma de encuentros vivenciales del siguiente mes, de acuerdo al formato establecido por la Dirección de Niñez y Adolescencia. En los casos en que se presenten cambios en la programación de los encuentros vivenciales, el operador deberá notificarles con mínimo 48 horas de anterioridad a los participantes, al Centro Zonal y a la Dirección Regional del ICBF. Así mismo, el operador deberá hacer entrega del cronograma de visitas del coordinador metodológico a los promotores de derechos del siguiente mes en los últimos cinco días del mes inmediatamente anterior.

Durante el desarrollo de los encuentros vivenciales el promotor de derechos deberá trabajar con los niños, niñas y adolescentes la construcción del proyecto de vida; de manera que al final del Programa, cada participante pueda expresarlo mediante algún producto diseñado (cuento, poema, dibujo, baile, entre otros).

Para finalizar el Programa en el territorio durante la vigencia, el operador deberá realizar un encuentro vivencial de cierre con los niños, niñas, adolescentes, familias y comunidad, en el cual los protagonistas sean los niños, las niñas y sus familias y en el que se presente un producto del Programa realizado por sus participantes.

En el desarrollo de los encuentros vivenciales, los niños, niñas y adolescentes recibirán un refrigerio, el cual debe cumplir con los parámetros establecidos en el numeral 3 del presente lineamiento.

De igual manera, toda la información asociada al desarrollo de los Encuentros Vivenciales como listado de asistencia, entrega de refrigerios y el detalle de las actividades realizadas y su duración, deberán se reportados en los instrumentos y mecanismos que el ICBF establezca para tal fin.

Nota: Las horas adicionales en los encuentros vivenciales que ofrezca el operador se considerarán aportes voluntarios y NO serán pagadas por el ICBF.

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ARTÍCULO 6o. <Entiéndase que modifica la Resolución 9222 de 2013> Modificar el numeral 2.4.2.4. Articulación con otros programas e iniciativas, del Capítulo 2 “Esquema de Atención”, del Lineamiento Técnico del Programa Generaciones con Bienestar, el cual quedará así:

2.4.2.4. Articulación con otros programas e iniciativas.

Para la atención de los niños, niñas y adolescentes y reconociendo la importancia que reviste para estos el contar con oportunidades que permitan continuar con la construcción de su proyecto de vida, el Programa promoverá la articulación con otros programas e iniciativas que brinden oportunidades que aporten a su proceso de empoderamiento, tales como: acciones o estrategias de asesoría vocacional, hábitos y estilos de vida saludable, vinculación a actividades culturales y deportivas, a través de la oferta pública o privada existente. Esto contando con la gestión y articulación con entidades del Sistema Nacional de Bienestar Familiar (SNBF). Para esto, el operador deberá seguir las directrices de articulación con otros programas que se establezcan desde la Dirección de Niñez y Adolescencia y desde las regionales del ICBF.

Con el fin de fortalecer el proceso de articulación y gestión interinstitucional, el modelo operativo de Generaciones con Bienestar podrá ser adaptado a estrategias acordadas con diferentes entidades públicas o privadas, siempre que se garantice el desarrollo de cada uno de los componentes del programa y condiciones de atención. Para ello, como mínimo se debe cumplir con el número de horas de encuentros vivenciales programado por mes, respondiendo a un cronograma aprobado por el ICBF y donde las estrategias y actividades propuestas permitan evidenciar el abordaje de las problemáticas identificadas en el territorio y el logro de los objetivos del programa.

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ARTÍCULO 7o. <Entiéndase que modifica la Resolución 9222 de 2013> Modificar el numeral 2.5 “Recursos Requeridos para la Operación del Programa” del Lineamiento Técnico del Programa Generaciones con Bienestar lo correspondiente a los Materiales requeridos y el cuadro número 6 sobre los Perfiles requeridos para la prestación del servicio, el cual quedará de la siguiente manera:

Materiales. El operador debe suministrar mensualmente a cada grupo de niños, niñas y adolescentes conformado para el Programa, una bolsa de materiales que permita la óptima implementación de las herramientas metodológicas/pedagógicas en los encuentros vivenciales, como por ejemplo: vinilos, temperas, cuadernos, pinceles, cartulina de colores, lápices, borradores, tajalápiz, colores, papel, tijeras, crayones, plastilina, pegante, rompecabezas y balones, entre otros, de acuerdo a las actividades programadas en los encuentros vivenciales y a la vocación que se identifique en los grupos conformados.

Cuadro 6. Perfiles requeridos para la prestación del servicio

CargoEstudios realizadosTiempo de experienciaExperiencia RequeridaActividades
COORDINADOR METODOLÓGICOProfesional en Ciencias Sociales y/o humanas 2 añosExperiencia general en Programas sociales, o experiencia específica en procesos de capacitación y/o educación para Niños, Niñas y Adolescentes o formación de formadores.1. Brindar línea técnica para el desarrollo de los módulos a los promotores de derechos.

2. Coordinar la implementación de los módulos de la modalidad, según los lineamientos técnico-administrativos e instrucciones impartidas por la coordinación general de la modalidad en el ICBF.

3. Liderar, supervisar, hacer seguimiento y evaluación al proceso de formación impartida a los participantes.

4. Participar en la elaboración de informes y entrega de productos requeridos de acuerdo a las obligaciones contractuales.

5. Apoyar la creación, dinamización y promoción de redes virtuales y físicas.

6. Contar con disponibilidad de permanencia en las zonas priorizadas para la ejecución de la modalidad.

7. Contar con disponibilidad de viajar a las diferentes zonas donde se ejecuta la modalidad.

8. Atender las necesidades y eventualidades reportadas por los promotores de derechos de manera oportuna. 9. Generar los reportes que permitan observar la dinámica de las actividades y tomar las medidas de mejoramiento para el cumplimiento del objetivo de la modalidad.
10. Coordinar, supervisar y activar las rutas de gestión interinstitucional y social para la garantía y el restablecimiento de derechos de los niños, niñas y adolescentes.

11. Asistir a todas las instancias convocadas por el ICBF.

12. Supervisar y garantizar que los promotores de derechos y los niños, niñas y adolescentes cuenten con todos los recursos establecidos en el lineamiento para la adecuada implementación de los encuentros vivenciales (chalecos, materiales, refrigerios, transporte, plan de comunicaciones, internet, etc.).
 Capacidades y conocimientos en lúdica y/o, arte y/o deporte y/o recreación.
PROMOTOR DE DERECHOSProfesional universitario 3 meses* Experiencia como educadores, formadores y/o agentes educativos, o experiencia en actividades culturales, lúdicas, deportivas, musicales y/o aquellas relacionadas con programas sociales, principalmente la experiencia debe estar relacionada a trabajo con niños, niñas y adolescentes. 1. Desarrollar los encuentros vivenciales.

2. Realizar la búsqueda activa de los potenciales participantes de la modalidad.

3. Registrar la información de los participantes en cada uno de los formatos establecidos en los lineamientos técnico-administrativos, y actualizar permanente esta información.

4. Contar con disponibilidad de permanencia en la zona donde opera la modalidad. 5. Gestionar, articular y activar la oferta interinstitucional del territorio, para la garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

6. Diligenciar los diferentes anexos establecidos en la modalidad.

7. Activar las rutas de gestión interinstitucional y social para la garantía y el restablecimiento de derechos de los niños, niñas y adolescentes.

8. Dinamizar las redes físicas y virtuales.

9. Asistir a todas las instancias convocadas por el ICBF.

10. Hacer la entrega de refrigerios a cada uno de los participantes de la modalidad en cada uno de los encuentros vivenciales.

11. Realizar la visita de seguimiento a los hogares de los niños, niñas y adolescentes que dejen de asistir a más de 4 encuentros vivenciales, antes de egresarlos de la modalidad.
Estudiantes de las áreas sociales, con mínimo 6 semestres aprobados.1 añoLa experiencia debe estar enfocada a un área o áreas que le permita al promotor de derechos orientar las actividades vocacionales y formativas en los encuentros vocaciones para cada grupo.
Educación no formal enfocada en recreación, deporte, música, danza, teatro etc.1 añoExperiencia en trabajo con niños, niñas y/o adolescentes en el área de su especialidad.
 La experiencia debe estar enfocada a un área o áreas que le permita al promotor de derechos orientar las actividades vocacionales y formativas en los encuentros vocaciones para cada grupo.
Técnico de las áreas sociales y humanas1.5 años*Experiencia como educadores, formadores y/o agentes educativos, o experiencia en actividades culturales, lúdicas, deportivas, musicales y/o aquellas relacionadas con programas sociales, principalmente la experiencia debe estar relacionada a trabajo con niños, niñas y adolescentes.
Técnico de las áreas artísticas y gestión culturalLa experiencia debe estar enfocada a un área o áreas que le permita al promotor de derechos orientar las actividades vocacionales y formativas en los encuentros vocaciones para cada grupo.
Tecnólogo de las áreas sociales y humanas.

Tecnólogo de las áreas artísticas y gestión cultural
1 año  
Tecnólogo y técnico en cualquier área2 años  
Estudiante de Tecnología 2 años  
Bachiller normalista3 añosEste perfil aplica principalmente para comunidades étnicas o ubicadas en zonas de dispersión geográfica, por esta razón la experiencia de trabajo con comunidades. Preferiblemente beneficiario de modalidades de atención de la Dirección de Familia y Comunidades del Bienestar Familiar.
 * Experiencia como educadores, formadores y/o agentes educativos, o experiencia en actividades culturales, lúdicas, deportivas, musicales y/o aquellas relacionadas con programas sociales, principalmente la experiencia debe estar relacionada a trabajo con niños, niñas y adolescentes.
Bachiller3 añosLa experiencia debe estar enfocada a un área o áreas que le permita al promotor de derechos orientar las actividades vocacionales y formativas en los encuentros vocaciones para cada grupo.
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ARTÍCULO 8o. <Entiéndase que modifica la Resolución 9222 de 2013> Modificar el numeral 2.8.8 “Comité técnico-operativo para el monitoreo, seguimiento y control del Programa” del Lineamiento Técnico del Programa Generaciones con Bienestar, correspondiente a la conformación del comité técnico operativo, que quedará como se describe a continuación:

Para el seguimiento de cada uno de los contratos, se conformará un comité técnico-operativo en cada Regional con el fin de analizar la ejecución del Programa y brindar asesoría para su implementación, con el fin de tomar decisiones ante los retos específicos de la ejecución a nivel regional. Este comité estará integrado por:

- El (la) coordinador(a) de asistencia técnica de la Dirección Regional.

- El (los) referentes de Niñez y Adolescencia en la Dirección Regional.

- El (la) representante legal del operador.

Los Coordinadores de Centros Zonales serán invitados del Comité Técnico Operativo, cuando se considere necesaria su participación según los temas a revisar sobre la operación del programa que correspondan a su zona.

El (la) supervisor(a) del contrato podrá participar en el comité con voz pero sin voto.

Podrán participar en este Comité en calidad de invitados otros colaboradores del ICBF o del operador, cuando de común acuerdo así se considere necesario.

El Comité se podrá reunir a sesionar cuando se cuente con la presencia de la mitad más uno de sus miembros con derecho a voto.

La secretaría técnica del comité estará a cargo del referente del Programa Generaciones con Bienestar en la Dirección Regional del ICBF. El Comité Operativo desarrollará las siguientes funciones:

a) Asesorar y conceptuar para la toma de decisiones de carácter técnico-operativo que permitan la prestación del servicio cumpliendo la cobertura, los estándares de calidad y lineamientos técnico-administrativos del ICBF.

b) Servir como instancia para resolver las inquietudes y dificultades que surjan en desarrollo del Programa emitiendo recomendaciones al supervisor del contrato.

c) Evaluar continuamente el desarrollo del Programa y proponer al supervisor del contrato los ajustes técnico-operativos que se estimen convenientes.

d) Hacer seguimiento al contrato y la implementación del Programa mediante la revisión de los informes y reportes presentados por el operador para aprobación del (los) supervisor(es) del (los) contrato(s).

e) Presentar a la Subdirección de Operación de la Dirección de Niñez y Adolescencia del ICBF, informes y/o reportes de ejecución del Programa, en el cual se señalen los avances alcanzados, las dificultades presentadas, los correctivos adoptados y las recomendaciones que se consideren pertinentes para garantizar el normal desarrollo del mismo.

f) Realizar reuniones mensuales para analizar el avance y ejecución del Programa y extraordinariamente cuando lo requiera.

g) Formular al supervisor del contrato, recomendaciones para el mejoramiento de la ejecución y cumplimiento de las obligaciones contractuales.

h) Llevar un registro de las decisiones en cada una de las reuniones del Comité Operativo, mediante actas.

i) Asesorar y presentar al supervisor del contrato, concepto sobre la calidad del servicio prestado por el operador.

j) Las demás que sean necesarias para la adecuada ejecución del contrato, el funcionamiento del Programa y que sean aprobadas en sus sesiones.

En el caso de que se genere un empate frente al acuerdo de un concepto para la toma de decisiones por parte del supervisor, el Director Regional contará con voz y voto para dirimirlo. En ausencia del Director Regional, este podrá designar a un colaborador.

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ARTÍCULO 9o. <Entiéndase que modifica la Resolución 9222 de 2013> Modificar el numeral 2.10.1 “Soportes requeridos para el certificado de cumplimiento” del Capítulo 2 “Esquema de Atención”, del Lineamiento Técnico del Programa Generaciones con Bienestar, el cual quedará de la siguiente manera:

2.10.1. Soportes requeridos para el certificado de cumplimiento.

El operador del servicio debe presentar los siguientes documentos para que el supervisor del contrato proceda a expedir el certificado de cumplimiento y expedición del certificado de pago.

a) Reporte de asistencia de los niños, niñas y adolescentes a los encuentros vivenciales realizados, tanto en medio físico como en los mecanismos de reporte establecidos por el ICBF.

b) Factura de venta o cuenta de cobro de acuerdo con el régimen tributario al que pertenece. Su valor debe ser coherente con la liquidación del pago correspondiente tanto en letras como en números.

c) Certificado de cumplimiento de pago al Sistema de Seguridad Social en Salud, Pensiones, Riesgos Laborales y Aportes Parafiscales, expedida por el representante legal y/o el Revisor Fiscal del operador, cuando a ellos haya lugar.

d) Certificado de cumplimiento de pago oportuno a proveedores y al talento humano contrato para la ejecución del contrato e implementación del Programa, expedida por el Representante Legal, o Revisor Fiscal del operador.

e) Planilla de pago de retención en la fuente, correspondiente al formato establecido por la DIAN para este efecto. Debe venir firmado por el representante legal de la entidad contratista y con constancia de pago en la Entidad Bancaria.

f) Informe mensual de gestión para aprobación del Supervisor del Contrato, el cual da cuenta de la prestación del servicio que brindó el operador del Programa, por tal motivo debe ser elaborado, revisado y firmado por el representante legal del operador, de acuerdo con el Formato de informe Mensual provisto por el ICBF.

g) En aquellos lugares ubicados en zona rural, corregimientos o resguardos indígenas de difícil acceso, los desembolsos podrán realizarse por trimestre anticipado, para estos casos, se requerirá del informe del trimestre desembolsado”.

PARÁGRAFO 1o. Periodos de corte en la Operación de Encuentros Vivenciales. Los periodos de corte serán mes calendario (día 1 de cada mes hasta día 30 de cada mes). En el caso de meses de operación parcial de los encuentros vivenciales, se pagará por niño, niña o adolescente asistente a los encuentros vivenciales realizados en ese periodo de mes. Los pagos se realizarán previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el numeral “2.10.1. Soportes requeridos para el certificado de cumplimiento” de los Lineamientos Técnicos Administrativos vigentes del Programa de Generaciones con Bienestar vigentes aprobados mediante la Resolución número 9222 de 2013, demás actos administrativos vigentes o que los modifiquen y relacionados con este tema, dentro de los 30 días calendario siguientes a la radicación de la factura y la certificación de cumplimiento. Todos los pagos (periodo de alistamiento, operación de encuentros vivenciales y actividades de cierre) se realizarán conforme al PAC del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

PARÁGRAFO 2o. Procedimiento para certificar el cumplimiento de los contratos.

a) El Operador radicará la cuenta de cobro o factura con los respectivos soportes para certificar el cumplimiento en la sede del supervisor del contrato en el ICBF. Esta documentación debe radicarse dentro de los diez (10) primeros días hábiles del mes siguiente al periodo atendido y a legalizar. Cabe aclarar que el periodo se da por mensualidades del primero al último día de cada mes. Si el operador radica soportes por fuera de los diez (10) días hábiles iniciales definidos, la verificación y certificación de estos iniciará a partir del primer día hábil del mes siguiente.

b) Radicada la cuenta de cobro o factura con los soportes por parte del operador, el supervisor del contrato y su equipo de apoyo contarán con siete (7) días hábiles contados desde el día siguiente a la radicación de los documentos para realizar la verificación y expedir la correspondiente certificación. Si una vez revisada la documentación requerida para la certificación de cumplimiento, se evidencia la falta de algún documento o la necesidad de subsanar alguno(s) de ellos, el supervisor comunicará al operador y establecerá con este el plazo para la subsanación. Una vez recibida nuevamente la documentación contará con tres (3) días hábiles contados desde el día siguiente a la radicación de los mismos para su verificación y la emisión de la certificación correspondiente. Con la certificación expedida por el supervisor del contrato, se debe dar inicio al trámite de pago al operador”.

El ICBF se reserva el derecho de realizar auditorías, inspecciones, verificaciones y requerimientos de información o soportes técnicos, financieros, administrativos y legales, cuando lo considere pertinente.

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ARTÍCULO 10. <Entiéndase que modifica la Resolución 9222 de 2013> Modificar el Capítulo 3 “Componente alimentario del programa” del Lineamiento Técnico del Programa Generaciones con Bienestar, el cual quedará así:

3. Componente alimentario del programa

3.1. Componente de alimentación y nutrición

3.1.1 Dadas las características socioeconómicas de las familias vinculadas a la Modalidad Promoción de Derechos y Prevención de Vulnerabilidades para la Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia “Generaciones con Bienestar”, los niños, niñas y adolescentes deben recibir un (1) refrigerio en cada uno de los encuentros vivenciales a los que asistan, el cual debe cumplir con los parámetros establecidos en la propuesta de refrigerio entregada por el operador al supervisor del ICBF-Regional. Esta propuesta se debe presentar para aprobación del supervisor del contrato y realizarse con base en la minuta patrón establecida por la Dirección de Nutrición del ICBF y las siguientes condiciones:

3.2 Complementación alimentaria

Servicio de alimentos. El lugar de producción de alimentos deberá dar cumplimiento a los requisitos mínimos de infraestructura (áreas, instalaciones sanitarias), equipo y menaje, recurso humano, transporte de alimentos, plan de saneamiento y conceptos sanitarios, definidos en la “Línea Técnica del Componente de Alimentación y Nutrición para las modalidades ICBF”, disponible en la página web:

http://www.icbf.gov.co/portal/page/portal/PortalICBF/procesos/misionales/promocion-prevencion/nutricion/G6.PP%20Guia%20Tecnica%20Del%20Componente%20De%20Alimentacion%20y%20Nutricion%20v1.pdf.

Suministro de alimentos. Los complementos alimentarios deben ser entregados en el lugar donde se desarrolla el encuentro o en un lugar cercano dispuesto para tal fin, para consumo inmediato, garantizando la existencia de condiciones de infraestructura y calidad en los procesos de compra, almacenamiento, producción y distribución de los alimentos.

La especificación del desarrollo de estas actividades está contenida en la “Línea Técnica del Componente de Alimentación y Nutrición para las modalidades ICBF”.

Complemento a entregar por tipo de preparación. El tipo de preparación se refiere al procesamiento que tienen los alimentos a suministrar.

Ración preparada: son aquellas preparaciones de alimentos que se elaboran y se sirven en el menor tiempo posible luego de preparados, en espacios adecuados (propios del operador/contratista o concertados) que cuenten con las condiciones locativas y de dotación requeridos para el almacenamiento, preparación y distribución de la alimentación. Este tipo de preparación se caracteriza por contribuir con los buenos hábitos alimentarios, el fomento al consumo de alimentos autóctonos y la conservación del medio ambiente.

Se debe seleccionar esta opción si existe:

- Disponibilidad de agua potable.

- Disponibilidad de espacios para almacenamiento, preparación y distribución higiénica de alimentos.

- Disponibilidad de equipo y menaje.

- Disponibilidad de recurso humano capacitado para la manipulación de alimentos.

Para la implementación de la Ración Preparada se debe:

- Cumplir con lo dispuesto en la Resolución 2674 expedida el veintidós (22) de julio de 2013 por el Ministerio de Salud y Protección Social, demás actos administrativos vigentes o que los modifiquen y relacionados con este tema.

- Cumplir con el ciclo de menús aprobado por el supervisor del contrato, porciones, variedad de alimentos y aporte nutricional.

Ración industrializada: son aquellos alimentos procesados por empresas productoras de alimentos, dotadas de medios de producción técnicos y tecnológicos adecuados, los cuales se entregan listos para ser consumidos por los beneficiarios. En estas empresas, los productos se fabrican bajo formulaciones normalizadas (fichas técnicas de productos estandarizados) y se ponen en práctica estrictas normas y controles de calidad que garantizan el suministro de un producto homogéneo, inocuo y acorde a las necesidades de la población beneficiaria.

Se debe seleccionar esta opción cuando no existe:

- Disponibilidad de agua potable.

- Disponibilidad de espacios para almacenamiento, preparación y distribución higiénica de alimentos.

- Disponibilidad de equipo y menaje.

- Disponibilidad de recurso humano capacitado para la manipulación de alimentos.

Para la implementación de la Ración Industrializada se debe:

- Cumplir con la Resolución 2674 de 2013 del Ministerio de Salud y Protección Social.

- Cumplir con el ciclo de menús aprobado por el Supervisor del Contrato, porciones, variedad de alimentos y aporte nutricional.

- Cumplir con las fichas técnicas de alimentos y normas vigentes de etiquetado y rotulado.

- Empaques individuales para la entrega de los alimentos a los beneficiarios.

El tipo de ración suministrada dependerá de la disponibilidad de infraestructura, servicios públicos, equipo y menaje y recurso humano para la manipulación y preparación de los alimentos con los que cuente el operador/contratista, así como de la ubicación del lugar de atención y las dificultades que presente para el acceso de la población beneficiaria.

Aporte nutricional. Las recomendaciones de energía y nutrientes para la población beneficiaria fueron definidas de acuerdo con las Recomendaciones Diarias de Calorías y Nutrientes para la Población Colombiana, elaboradas por el ICBF[2], así:

Tabla número 1. Necesidades de energía y nutrientes para los grupos poblacionales beneficiados

RECOMENDACIONES PROMEDIOKcalProteínaLípidosCHOCalcioHierroZinc
 gggmgmgmg
6 - 12 años 11 meses19345864,5278115013,55
13 - 17 años 11 meses 28008493,3402,513001713

Fuente: Dirección de Nutrición. Recomendaciones Calculadas con base en las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes (RIEN) para la población colombiana - 2016.

Para el caso del refrigerio se debe cubrir mínimo el 10% de las recomendaciones diarias de energía y nutrientes según grupo de edad. Independiente del tipo de preparación seleccionado para el suministro del complemento alimentario, se debe cumplir con el cubrimiento de las necesidades de energía y nutrientes establecido para cada tiempo de consumo de alimentos.

Ciclos de menús o minutas[3].Teniendo en cuenta la disponibilidad de alimentos regionales, los alimentos de cosecha, los hábitos y costumbres alimentarias y los costos establecidos para la alimentación, el operador/contratista de acuerdo con el tipo de ración seleccionada, deberá elaborar un ciclo de menú mensual –en los formatos establecidos por el ICBF–, con el fin de asegurar variedad en la oferta, dando cumplimiento a los tamaños de porción y frecuencias definidas en la minuta patrón.

La conformación del ciclo de menú se define de acuerdo con la modalidad a atender y el número de encuentros vivenciales, así:

Tabla No. 2 Conformación del Ciclo de Menús

MODALIDADENCUENTROS VIVENCIALESNÚMERO DE MENÚS QUE CONFORMAN EL CICLO
Generaciones Tradicionales con Bienestar2 encuentros vivenciales a la semana8 Menús mensuales (dos menús por semana)
Generaciones Rurales con Bienestar 3 encuentros vivenciales a la semana12 Menús mensuales (tres menús por semana)
Generaciones

Étnicas con Bienestar
3 encuentros vivenciales a la semana12 Menús mensuales (tres menús por semana)

Fuente: Dirección de Niñez y Adolescencia.

Los Nutricionistas de la Regional o Centro Zonal ICBF, según sea el caso, deben revisar y validar el ciclo de menús para la Modalidad Promoción de Derechos y Prevención de Vulnerabilidades para la Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia “Generaciones con Bienestar” para posterior aprobación por parte del supervisor. Se debe presentar un ciclo de menús departamental cuando las características o disponibilidad de alimentos, hábitos y costumbres alimentarias de la población permiten el diseño de un único ciclo de refrigerios. De lo contrario, se debe presentar un ciclo de menús por Centro Zonal cuando las características de disponibilidad de alimentos, hábitos y costumbres alimentarias de la población obligan al diseño de varios. El ciclo de menús es de estricto cumplimiento y solo podrá ser modificado previo concepto del área de nutrición que corresponda y aprobación del supervisor. Se debe desarrollar en los formatos definidos para tal fin por la Dirección de Nutrición y deben reposar, debidamente diligenciados y aprobados, en la Regional, los Centros Zonales y el lugar de suministro.

En el caso de atención a grupos étnicos[4] se deberán realizar los procesos de concertación y ajuste de la alimentación ofrecida, acorde con los hábitos y costumbres alimentarias del beneficiario, la alimentación a suministrar se debe basar en el documento “Minutas con Enfoque Diferencial”, ubicado en la página web del ICBF[5], el cual orienta el proceso de investigación, diseño y concertación de los ciclos con las autoridades étnicas. En los servicios en los cuales toda la población de beneficiarios pertenecen a comunidades de grupos étnicos, el horario de comida se definirá de acuerdo a las particularidades culturales y hábitos de subsistencia de los beneficiarios de la forma de atención, teniendo en cuenta un proceso previo de concertación con las autoridades tradicionales de los pueblos indígenas y la Subcomisión de Salud y Protección Social de la Consultiva Nacional para las comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras.

Para la elaboración de los ciclos de menús, deben tenerse en cuenta las siguientes consideraciones:

- Garantizar la variedad del ciclo de menús.

- Conocer las características de la producción y comercialización de los alimentos (sus ciclos de producción, las épocas de cosecha y su precio en el mercado), ya que permiten identificar la mejor época para la utilización de los diferentes productos en el menú. Es importante establecer aquellos con mayor disponibilidad y mejores costos a lo largo del año, con el fin de incluirlos.

Características de calidad y compra de los alimentos. Los alimentos que integran las raciones, tanto preparadas en sitio como industrializadas deben cumplir con condiciones de calidad e inocuidad para lograr el aporte de energía y nutrientes definidos y prevenir las enfermedades transmitidas por ellos. Estas condiciones deben acompañar a los alimentos hasta su consumo final, para lo cual es necesario acompañar el ciclo de menús con las fichas técnicas de los alimentos a suministrar, los cuales deben cumplir con la normatividad vigente[6].

Adicional a las minutas patrón y ciclos de menús, como ejercicio interno del operador/contratista, se debe elaborar la programación de alimentos que es la determinación de las necesidades de alimentos para un periodo de tiempo, con el objetivo de cumplir con la alimentación planeada.

La programación debe estar basada en la minuta patrón y ciclo de menús, en el número de beneficiarios de la modalidad, la disponibilidad de productos de cosecha y en las mejores condiciones de negociación por compra mayorista o de volúmenes de alimentos, luego de la verificación de existencias en el área de almacenamiento y fechas de vencimiento. Sumado a esto, la compra de alimentos debe estar dirigida a potencializar la producción de alimentos a nivel local.

Todo lugar o establecimiento en el que se almacenen, preparen o distribuyan alimentos para el consumo humano debe dar cumplimiento a lo establecido en la Resolución 2674 de 2013 del Ministerio de Salud y Protección Social.

La especificación de requisitos de mínimo cumplimiento de la Modalidad Promoción de Derechos y Prevención de Vulnerabilidades para la Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia “Generaciones con Bienestar” se encuentra contenida en la “Línea Técnica del Componente de Alimentación y Nutrición para las modalidades ICBF”.

Programa de Selección y Evaluación de Proveedores. Para la adecuada definición, seguimiento, control de calidad o modificación de los alimentos para el suministro de alimentación, la Entidad Administradora de Servicios deberá diseñar e implementar un Programa de Selección y Evaluación estableciendo criterios estratégicos, técnicos y comerciales claros. El operador/contratista deberá estimular y reforzar los mercados locales promoviendo la compra de los alimentos a productores de la región. De esta manera puede mejorar la nutrición, la salud y las relaciones sociales de la población local y regional, a la vez que estimula las economías locales. La especificación del desarrollo de estas actividades está contenida en la “Línea Técnica del Componente de Alimentación y Nutrición para las modalidades ICBF”.

Aporte de micronutrientes. Con el fin de contribuir a la reducción del déficit de vitaminas y minerales en la población beneficiaria de la modalidad

Promoción y Prevención para la Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia “Generaciones con Bienestar”, el operador/contratista operador/contratista debe tener en cuenta en la planeación de los ciclos de menús, lo siguiente:

- Variedad en los alimentos y preparaciones que conforman la ración a entregar, lo que permite el adecuado aporte de micronutrientes a partir de la alimentación.

- Inclusión de alimentos fuente de Vitamina A, Hierro (Hem), Calcio, Zinc, Ácido Fólico, Fibra y Vitamina B12 diariamente, como es el caso de frutas, verduras, leche y productos lácteos, huevos y carnes.

- Inclusión de alimentos fortificados, lo que permite mejorar el aporte de micronutrientes. Es importante recordar que en el mercado se encuentran productos fortificados por norma (Harina de trigo y sal) y productos fortificados voluntariamente por la industria. Es necesario que los operadores, en la planificación de la compra de alimentos, incluyan estos alimentos fortificados.

Adicionalmente, se debe promover el consumo de alimentos fuentes de vitaminas y minerales en la dieta diaria del beneficiario, al interior del hogar.

Apoyo a las acciones en salud. El operador/contratista debe cumplir con lo establecido en la Ley 1098 de 2006 respecto a la verificación de afiliación y acceso de los beneficiarios al Sistema General de Seguridad Social en Salud. La atención en salud se refiere a la promoción de la vinculación de la población al Sistema de seguridad social en salud.

El sector salud tiene la función de proveer de manera integral las acciones de salud, individuales y colectivas, con la participación responsable de todos los sectores de la sociedad a fin de mejorar las condiciones de salud de la población[7]. Lo anterior, de acuerdo a lo definido por el Código de la Infancia y la Adolescencia respecto de la corresponsabilidad de la familia, la sociedad y el Estado es esencial para garantizar el ejercicio de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes. Por ende, se debe realizar la verificación a los niños, niñas y adolescentes respecto al acceso al Sistema General de Seguridad Social y Salud, por lo cual el operador/contratista debe solicitar el documento de acceso al SGSSS, así como promover su asistencia al control médico y odontológico. En el caso de las adolescentes gestantes se requiere su asistencia al programa de atención prenatal, lo que permite el seguimiento a la condición de salud y el aporte de micronutrientes, el cuidado y atención durante el parto así como la consejería en lactancia materna y educación en alimentación y nutrición adecuados entre otros por parte de los organismos de salud. De la misma manera debe promover en los beneficiarios la asistencia a los controles de crecimiento y desarrollo, vacunación, control prenatal, desparasitación, micronutrientes (cuando aplica por el sector salud) y controles médico-odontológicos, entre otros.

Hábitos y estilos de vida saludable. La educación en este aspecto está orientada a promover y establecer estilos de vida saludables. Debe abordar los condicionantes, considerar la cultura y los aspectos de desarrollo social y económico de un territorio como elementos esenciales para organizar las estrategias de educación que logren impacto en la población. El operador/contratista debe incluir en la propuesta metodológica las actividades de educación alimentaria y nutricional a los niños, niñas y sus familias, específicamente las relacionadas con el tema hábitos y estilos de vida saludable, para lo cual tiene a su disposición la información institucional y el material educativo diseñado por los Ministerios o las Entidades Territoriales que le permiten diseñar actividades relacionadas con los temas de alimentación, nutrición, salud y actividad física, dirigidas al beneficiario y sus familias, así:

- Educación en alimentación y nutrición. Encaminada a lograr que los niños, niñas y adolescentes incorporen a su vida hábitos de alimentación equilibrada y saludable, que contribuyan al mantenimiento y mejoramiento de la salud, para lo cual se deben desarrollar temas como el conocimiento y aplicación de las guías alimentarias para la población colombiana, la selección de alimentos y hábitos alimentarios saludables, las prácticas higiénicas (haciendo énfasis en el lavado de manos), mantenimiento del peso corporal, adecuado consumo de frutas y verduras y otros contenidos que se considere necesario abordar dependiendo de las necesidades específicas de la comunidad. La Ley 1355[8] de 2009, en su primer artículo declara la obesidad como “una enfermedad crónica de Salud Pública, la cual es causa directa de enfermedades cardiacas, circulatorias, colesterol alto, estrés, depresión, hipertensión, cáncer, diabetes, artritis, colon, entre otras; todos ellos aumentando considerablemente la tasa de mortalidad de los colombianos”. Por esta razón, se deben implementar estrategias en los programas de atención a población vulnerable, para promover una alimentación saludable, dentro de las cuales están: disponer de frutas y verduras, ofrecer diversidad de alimentos que cubran las necesidades nutricionales de la comunidad, velando por la calidad de los alimentos que se ofrecen; adoptar un programa de educación alimentaria para promover una alimentación balanceada y saludable, de acuerdo con las características culturales de las diferentes regiones de Colombia, con el fin de permitir a los beneficiarios y a sus familias adoptar decisiones adecuadas en sus hábitos de vida, en los cuales se resalte la actividad física, la recreación y el deporte y se adviertan los riesgos del sedentarismo y las adicciones.

- Educación en actividad física. La participación en diversos deportes y actividades físicas a edad temprana es importante para fomentar la adopción de un estilo de vida activa y mantenerlo en la vida posterior, desarrollar músculos y huesos fuertes, un peso corporal normal y un funcionamiento eficiente del corazón y los pulmones, así como la perfección en las aptitudes de movimiento. La práctica del juego y de los deportes brinda oportunidades a los niños, niñas y adolescentes para la autoexpresión natural, el alivio de la tensión, el éxito, la interacción, la integración social, así como para aprender el espíritu y las reglas del juego limpio en las relaciones humanas.

- Prácticas de la Unicef para la Atención Primaria en Salud.

- Enfermedades asociadas al agua y al saneamiento básico y agua potable, prevención de enfermedades propias de los escolares y adolescentes, vivienda saludable, control de plagas y vectores y lavado adecuado de manos.

- Educación para la promoción de la agricultura familiar y compras locales. El operador/contratista debe promover la seguridad alimentaria y nutricional mediante acciones de articulación intersectorial, específicamente con la entidad territorial y el sector agropecuario a fin de coordinar el apoyo técnico y financiero requerido para el desarrollo de capacitación a los niños, niñas y adolescentes en las distintas alternativas de agricultura familiar para autoconsumo (huertas familiares, comunitarias). De esta manera se pretende promover el autoconsumo de frutas y/o verduras y otros proyectos que mejoren la seguridad alimentaria y nutricional de los niños, niñas y adolescentes beneficiarios de la modalidad y sus familias.

3.3 Minuta patrón

OPCIÓN RACIÓN PREPARADA.

MINUTA PATRÓN PARA NIÑOS Y NIÑAS DE 6 A 12 AÑOS 11 MESES

Grupo AlimentoFrecuenciaCantidadUnidad Casera de Servido (aprox.)
Lácteos P. BrutoP. Servido
Leche en polvo o2 veces/ semana13 gr100 cc4 1/2 onzas de leche

(para preparaciones ½ agua ½ leche)
Leche entera pasteurizada150 cc 

Cereal - Acompañante

Producto tipo galletasTodos los días30 gr30 gr1 paquete comercial o 1 unidad mediana
Producto tipo pan relleno de dulce (ej. roscón con bocadillo)50 g50 g1 unidad mediana
Producto tipo torta (ej. mantecada)50 g50 g1 unidad mediana
Producto tipo torta de dulce con cobertura (ej. brownie cubierto con chocolate)50 g50 g1 unidad mediana
Producto tipo hojaldre relleno de dulce (ej. pasabocas)50 g50 g1 unidad mediana
Producto tipo pan (ej. mogolla, calentano)50 g50 g1 unidad mediana

Fruta

En jugo1 vez/semana48 - 89 gr200 cc6 ½ onzas

Azúcares

Azúcar oTodos los días12 gr12 gr1 cuchara
Panela o13 gr13 gr1 cuchara
Chocolate12 gr12 gr1 cuchara

APORTE NUTRICIONAL PROMEDIO SEMANAL MINUTA PATRÓN

Kcal.ProteínaLípidosCHOCalcioHierro
gggmgmg
TOTAL PROMEDIO MINUTA PATRÓN300,17,257,353,2118,22
RECOMENDACIONES DIARIAS

(6 - 12 AÑOS 11 MESES)
19345864,5278115013,5
% ADECUACIÓN15,52%12,5%11,32%19,14%10,28%14,81%

MINUTA PATRÓN PARA JÓVENES DE 12 A 17 AÑOS 11 MESES

Grupo AlimentoFrecuenciaCantidadUnidad Casera de Servido (aprox.)
 P. BrutoP. Servido

Lácteos

Leche en polvo o2 veces/semana13 gr100 cc3 ½ onzas de leche (para preparaciones ½ agua -½ leche)
Leche entera pasteurizada100 cc 

Cereal - Acompañante

Grupo AlimentoFrecuenciaCantidadUnidad Casera de Servido (aprox.)
 P. BrutoP. Servido
Producto tipo galletasTodos los días60 gr60 gr2 paquetes comerciales o 2 unidades medianas
Producto tipo pan relleno de dulce (ej. roscón con bocadillo)70 g70 g1 unidad grande
Producto tipo torta (ej. mantecada)70 g70 g1 unidad grande
Producto tipo torta de dulce con cobertura (ej. brownie cubierto con chocolate)70 g70 g1 unidad grande
Producto tipo hojaldre relleno de dulce (ej. pasabocas)70 g70 g1 unidad grande
Producto tipo pan (ej. mogolla, calentano)70 g70 g1 unidad grande

Fruta

En jugo1 vez/semana48 - 89 gr200 cc6 ½ onzas

Azúcares

Azúcar oTodos los días12 gr12 gr1 cuchara
Panela o13 gr13 gr1 cuchara
Chocolate12 gr12 gr1 cuchara

APORTE NUTRICIONAL PROMEDIO SEMANAL MINUTA PATRÓN

Kcal.ProteínaLípidosCHOCalcioHierro
gggmgmg
TOTAL PROMEDIO MINUTA PATRÓN394,38,69,670,4130,12,6
RECOMENDACIONES DIARIAS (13 - 17 AÑOS 11 MESES)28008493,3402,5130017
% ADECUACIÓN14,08%10,24%10,29%17,49%10,01%15,29%

OPCIÓN RACIÓN INDUSTRIALIZADA.

MINUTA PATRÓN PARA NIÑOS Y NIÑAS DE 6 A 11 AÑOS 11 MESES

Grupo AlimentoFrecuenciaCantidadUnidad Casera de Servido (aprox.)
 P. BrutoP. Servido

Lácteos

Leche entera pasteurizada de vacaTodos los días200 cc200 cc1 caja UHT o 1 bolsa porción individual (en caso de contar con cadena de frío)
Avena preparada200 cc200 cc
Kumis200 cc200 cc
Yogurt200 cc200 cc

Cereal -Acompañante

Producto tipo galletasTodos los días30 gr30 gr1 paquete comercial o 1 unidad mediana
Producto tipo pan relleno de dulce (ej. roscón con bocadillo)50 g50 g1 unidad mediana
Producto tipo torta (ej. mantecada)50 g50 g1 unidad mediana
Producto tipo torta de dulce con cobertura (ej. brownie cubierto con chocolate)50 g50 g1 unidad mediana
Producto tipo hojaldre relleno de dulce (ej. pasabocas)50 g50 g1 unidad mediana
Producto tipo pan (ej. mogolla, calentano)50 g50 g1 unidad mediana

Fruta

Entera1 vez/semana100 gr100 gr1 unidad mediana

APORTE NUTRICIONAL PROMEDIO SEMANAL MINUTA PATRÓN

Kcal.ProteínaLípidosCHOCalcioHierro
gggmgmg
TOTAL PROMEDIO MINUTA PATRÓN337,78,68,857,8202,32,1
RECOMENDACIONES DIARIAS (6 - 12 AÑOS 11 MESES)19345864,5278115013,5
% ADECUACIÓN17,46%14,83%13,64%20,79%17,59%15,56%

MINUTA PATRÓN PARA ADOLESCENTES DE 12 A 17 AÑOS 11 MESES

Grupo AlimentoFrecuenciaCantidadUnidad Casera de Servido (aprox.)
 P. BrutoP. Servido

Lácteos

Leche entera pasteurizada de vacaTodos los días200 cc200 cc1 caja UHT o 1 bolsa porción individual (en caso de contar con cadena de frío)
Avena preparada200 cc200 cc
Kumis200 cc200 cc
Yogurt200 cc200 cc

Cereal - Acompañante

Producto tipo galletasTodos los días60 gr60 gr2 paquetes comerciales o 2 unidades medianas
Producto tipo pan relleno de dulce (ej. roscón con bocadillo)70 g70 g1 unidad grande
Producto tipo torta (ej. mantecada)70 g70 g1 unidad grande
Producto tipo torta de dulce con cobertura (ej. brownie cubierto con chocolate)70 g70 g1 unidad grande
Producto tipo hojaldre relleno de dulce (ej. pasabocas)70 g70 g1 unidad grande
Producto tipo pan (ej. Mogolla, calentano)70 g70 g1 unidad grande
Grupo AlimentoFrecuenciaCantidadUnidad Casera de Servido (aprox.)
 P. BrutoP. Servido

Fruta

Entera1 vez/semana100 gr100 gr1 unidad mediana

APORTE NUTRICIONAL PROMEDIO SEMANAL MINUTA PATRÓN

Kcal.ProteínaLípidosCHOCalcioHierro
ggg 
TOTAL PROMEDIO MINUTA PATRÓN431,99,91175,1214,12,7
RECOMENDACIONES DIARIAS (13 - 17 AÑOS 11 MESES)28008493,3402,5130017
% ADECUACIÓN15,43%11,79%11,79%18,66%16,47%15,88%
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ARTÍCULO 11. <Entiéndase que modifica la Resolución 9222 de 2013> La presente resolución rige a partir de su publicación y modifica en lo pertinente el Lineamiento Técnico del Programa de Promoción y Prevención para la Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes “Generaciones con Bienestar”, aprobado mediante Resolución número 9222 de 2013 y deroga las Resoluciones números 1090 y 8000 de 2015.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 30 de mayo de 2017.

La Directora General,

CRISTINA PLAZAS MICHELSEN.

* * *

1. La perspectiva de derechos es un marco ético para orientar los programas y políticas públicas y sociales en favor de la niñez y la juventud, asumiendo una posición proactiva que supere la simple referencia a un consenso universal de carácter normativo. Trabajar con un enfoque de derechos significa reconocer y aumentar las capacidades de las personas, fortalecerlos para potenciar su ciudadanía, abrir oportunidades sin ningún tipo de discriminación. La formación ética de los niños y las niñas, desde la perspectiva de derechos implica una comprensión de doble vía: los derechos y deberes correlativos, planeación con perspectiva de derechos: Un Derecho de la Infancia y de la Juventud. Ortiz, P. Unicef-Colombia.

2. Estos valores son susceptibles de modificaciones de acuerdo con actualización en curso de las recomendaciones diarias de energía y nutrientes, documento de referencia esencial para la planificación de la alimentación.

3. Ciclo de Menús o Minutas: conjunto de menús diarios, derivados de una minuta patrón, que se establece para un número determinado de días y que se repite a lo largo de un periodo.

4. Son grupos étnicos los indígenas, afrodescendientes, raizales y ROM (Gitanos).

5. Documento ubicado en http://www.icbf.gov.co/portal/page/portal/PortalICBF/bienestar/nutricion/pnsan/MINUTASCONENFOQUEDIFERENCIAL-ICBFetnicos.pdf.

6. La ficha técnica de alimentos comerciales debe incluir copia del Registro Sanitario. El Registro sanitario es el documento expedido por el Invima mediante el cual se autoriza a una persona natural o jurídica para fabricar, envasar e importar un alimento con destino al consumo humano. Todo alimento que se expenda directamente al consumidor bajo marca de fábrica y con nombres determinados, deberá obtener registro sanitario.

7. Ministerio de la Protección Social, Plan Nacional de Salud Pública, 2007-2010.

8. “Por medio de la cual se define la obesidad y las enfermedades crónicas no transmisibles asociadas a esta como una prioridad de salud pública y se adoptan medidas para su control, atención y prevención”.

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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