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RESOLUCION 402 DE 2020

(abril 1)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Por la cual se modifica el numeral 7 del artículo 4 de la Resolución No. 2529 de 2004 a través de la cual se efectuaron unas delegaciones en materia de Gestión del Talento Humano

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el artículo 211 de la Constitución Política, el artículo 9 y siguientes de la Ley 489 de 1998, el artículo 4 numerales 1,3 y 4 del Decreto 249 de 2004, el artículo 2.2.5.1.1 del Decreto 1083 de 2015 (en la parte modificada y adicionada por el Decreto 648 de 2017), y

CONSIDERANDO

Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que: “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones".

Que el artículo 211 de la Constitución Política dispone que:

“La ley señalará las funciones que el Presidente de la República podrá delegaren los ministros, directores de departamentos administrativos, representantes legales de entidades descentralizadas, superintendentes, gobernadores, alcaldes y agencias del Estado que la misma ley determine. Igualmente, fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades. La delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, cuyos actos o resoluciones podrá siempre reformar o revocar- aquel, reasumiendo la responsabilidad consiguiente”.

Que la Ley 489 de 1998 consagra en su artículo 9o. y siguientes la figura de la delegación, señalando que:

“Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias. Sin perjuicio de las delegaciones previstas en leyes orgánicas, en todo caso, los ministros, directores de departamento administrativo, superintendentes, representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa podrán delegar la atención y decisión de /os asuntos a elfos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en /os empleados públicos de /os niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la presente ley".

Que el Decreto 249 de 2004, por el cual se modifica la estructura del SENA, le atribuyó en su artículo 4, las siguientes funciones, entre otras, al Despacho de la Dirección General:

“1. Dirigir, coordinar, vigilar y controlar la ejecución de las funciones o programas de la entidad y de su personal (3. Dirigir, coordinar y controlar la política de administración del personal (...); y 4. Dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y técnicas de los proyectos operativos, dictar los actos administrativos (...) con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes".

Que con base a lo expuesto, el Director General a través de la Resolución No. 2529 del 26 de noviembre de 2004, delegó en la Secretaría General, en el Coordinador del Grupo de Gestión Humana (hoy correspondientes a los Grupos Internos de la Secretaría General), en los Directores Regionales y en los Subdirectores de Centro, algunas funciones en materia de Gestión del Talento Humano.

Que en el artículo 4o. de la Resolución en mención, se delegó en los Subdirectores de Centro, entre otras, la siguiente función:

"7. Ordenar los traslados de los servidores públicos dentro del mismo Centro de Formación Profesional, cuando tengan diferentes sedes de trabajo”.

Que teniendo en cuenta que la Resolución No. 2529 de 2004 fue expedida hace más de 15 años y desde entonces la planta de personal del SENA ha incrementado su tamaño en casi un cincuenta por ciento (50%), es pertinente modificar el numeral 7 del artículo 4o. en el sentido de suprimir la condición “cuando tengan diferentes sedes de trabajo", con el fin que los Subdirectores de Centros de Formación, puedan efectuar traslados al interior de su propio centro, aún cuando sean realizados en la misma sede de trabajo, comoquiera que la necesidad del servicio justifica en varias ocasiones efectuar este tipo de movimientos de personal, motivo por el cual resulta pertinente efectuar la delegación de dicha competencia, atendiendo de esta manera al cumplimiento de los principios de eficacia, economía y celeridad que rigen el desarrollo de la función pública.

En mérito de lo expuesto;

RESUELVE:

ARTÍCULO 1 o. Modificar el numeral 7 del artículo 4 de la Resolución No. 2529 del 26 de noviembre de 2004, el cual quedará así:

''ARTÍCULO 4o. Delegar en los Subdirectores de Centro, las siguientes funciones:

(...)

7. Ordenar los traslados de los servidores públicos dentro del mismo Centro de Formación Profesional.

(…)”.

ARTÍCULO 2o. Comuníquese la presente Resolución a los Directores Regionales y Subdirectores de Centros de Formación.

ARTÍCULO 3o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C.,

Carlos Mario Estrada Molina

Director General

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/R_SENA_0402_2020.pdf>

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Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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