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RESOLUCIÓN 511 DE 2006
(marzo 8)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Por la cual se modifica la conformación de la Junta Administradora del Servicio Médico Asistencial de la Regional Atlántico del SENA
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE "SENA"
En uso de sus facultades legales y reglamentarias, y
CONSIDERANDO:
Que por disposición del artículo 5o del Acuerdo 24 de 1978 "El Servicio Médico Asistencial del SENA está organizado en la Dirección General y en cada Regional de la Entidad, donde funcionan Juntas Administrativas Nacional y Regionales respectivamente, quienes tienen la responsabilidad del adecuado manejo del servicio en todos sus aspectos. De igual manera tanto en Dirección General como en cada unidad regional se designan un funcionario directivo y un coordinador, quienes hacen parte de las respectivas Juntas Administrativas.”
Que mediante la Resolución No. 0312 del 27 de marzo de 1987 la Dirección General actualizó las normas que rigen el Servicio Médico Asistencial establecido para los familiares que dependen económicamente del Empleado Público, Trabajador Oficial o Pensionado y señaló la integración de la Junta Administradora Nacional del Servicio Médico Asistencial, así como de las Juntas Administradoras Regionales.
Que el 28 de enero de 2004 el Gobierno Nacional expidió los Decretos de rediseño institucional números: 248 "Por el cual se modifica el Decreto 1426 de 1998 y el Decreto 3539 de 2003", 249 "Por el cual se modifica la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA", y 250 “Por el cual se adopta la planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA".
Que con el fin de ampliar la participación en la junta del servicio médico asistencial de la Regional Atlántico del Sindicato de Empleados y Trabajadores del SENA "SETRASENA", resulta necesario modificar la conformación de la Junta, manteniendo la representación paritaria de la administración.
En mérito de lo anterior, este Despacho,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Ver modificaciones a este artículo directamente en la Resolución 312 de 1987> Modificar el artículo 5o de la Resolución No. 0312 del 27 de marzo de 1987, así:
“CONFORMACIÓN DE LAS JUNTAS ADMINISTRADORAS REGIONALES: Las Juntas Administradoras Regionales del servicio médico asistencial estarán conformadas así:
- El Director Regional, o su delegado, quien la preside.
- El servidor público que ejecute para el despacho de la Dirección Regional los procesos de gestión humana.
- Un secretario técnico de la junta, designado por el Director Regional, quien actuará sin voto y dentro de sus funciones elaborará las actas de las sesiones.
- Un representante del Sindicato de Empleados Públicos, y
- Un representante del Sindicato de Trabajadores Oficiales.
PARAGRAFO PRIMERO: En la Regional Atlántico los servidores públicos afiliados a SETRASENA tendrán un representante en la Junta Administradora del servicio médico asistencial, con voto; para mantener la paridad de la Junta en esta Regional, su Director Regional designará un representante más de la administración, que también tendrá voto. ”
ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga o modifica las disposiciones que le sean contrarias.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 08 Mar. 2006.
DARÍO MONTOYA MEJÍA
Director General