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RESOLUCION 707 DE 2017

(mayo 2)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Por el cual se hace una delegación

LA DIRECTORA GENERAL (E) DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias y especialmente las conferidas por el artículo 9 y siguientes de la Ley 489 de 1998, y el numeral 1 del artículo 4 del Decreto 249 del 28 de enero de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que la función administrativa es concebida a favor de los intereses de la sociedad en general, y se ejecuta y desarrolla con observancia de los principios de igualdad, eficacia, moralidad, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante actos que conlleven la descentralización, delegación y la desconcentración de funciones asignadas a los diferentes entes públicos.

Que en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política de Colombia, y de conformidad con los preceptos enunciados en la ley 489 de 1998, las autoridades administrativas podrán mediante acto de delegación transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias, o en los empleados públicos del nivel directivo vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa.

Que mediante la Resolución No 2529 de 2004, en su artículo 1o, se efectuaron delegaciones en materia de talento humano en la Secretaría General de la entidad.

Que se hace necesario adicionar una delegación respecto de la función de aceptar las renuncias de los directivos del SENA, en los casos en los cuales el Director General de la entidad no pueda hacerlo por encontrarse inhabilitado, impedido o incurso en conflictos de intereses, o por cualquier otra causa.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Delegar en la Secretaría General del SENA la siguiente función:

Aceptar la renuncia que de su cargo presenten los empleados del nivel directivo, en los casos en los cuales el Director General de la entidad no pueda hacerlo por encontrarse inhabilitado, impedido, incurso en conflictos de intereses o por cualquier otra causa.

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ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y adiciona la Resolución No. 2529 de 2004, en su artículo 1o.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

MARÍA ANDREA NIETO

Directora General (E)

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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