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RESOLUCIÓN 0727 DE 2022

(mayo 12)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Por la cual modifica artículo 1o de la Resolución 2423 de 2018, la denominación del programa Tecnología en Sistemas Integrados de Gestión.

LA DIRECTORA DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas mediante Resolución No. 00790 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 249 de 2004 “Por el cual se modifica la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA”, le asigna al director general la función de: Revisar periódicamente y aprobar la oferta de los programas de formación profesional integral, según las necesidades detectadas en el sector externo y aprobar la modificación de los programas en sus contenidos, duración y tipo de certificación, conforme lo señala el artículo 4o numeral 12.

Que el 26 de marzo de 2009 el director general mediante Resolución No. 00790, delega en el Director (a) de Formación Profesional el SENA, “la facultad para expedir los actos administrativos de aprobación de la oferta de programas profesional integral, y revisarlos según las necesidades detectadas en el sector externo y aprobar la modificación de los mismos en sus contenidos, duración y tipo de certificación, conforme lo señala el artículo primero”.

Que conforme al Artículo 11 del Decreto 249 de 2004, son funciones de la Dirección Formación Profesional:

2. Asistir a la Dirección General en el diseño de políticas, planes y programas de carácter general, para la formación profesional integral de los diferentes usuarios y la prestación de los servicios de la entidad en los diferentes sectores económicos y cadenas productivas, promoviendo la gestión de la calidad en los procesos y programas de formación profesional.

8. Impulsar la actualización y ajuste permanente de los diseños curriculares de los programas de formación existentes y la formulación de nuevos programas bajo el enfoque de competencias laborales, estrategias pedagógicas, así como los sistemas de evaluación y certificación del desempeño laboral de los trabajadores, en articulación con la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo.

9. Orientar, asesorar y evaluar los programas de formación profesional integral, así como los programas y servicios de carácter tecnológico que desarrollen los Centros de Formación Profesional, mediante la ejecución de programas de formación profesional integral y asesoría dirigidos al mejoramiento de la competitividad y la gestión de las empresas a través de los Centros de Formación o mediante alianzas y convenios.

17. Establecer mecanismos de interacción directa y permanente con los gremios, las empresas, las instituciones gubernamentales y no gubernamentales y las instituciones educativas del país para la formulación y actualización de los programas de formación..."

Que el SENA debe dar Formación Profesional Integral a los trabajadores de todas las actividades económicas, y a quienes, sin serlo, requieran dicha formación, para aumentar por ese medio la productividad nacional y promover la expansión y el desarrollo económico y social armónico del país.

Que, en el sistema integrado de gestión, se encuentra publicado el Procedimiento de Diseño Curricular, aprobado en la versión 05 de febrero 2020, cuyo objetivo es: “Orientar a los Equipos de Diseño Curricular en la elaboración o actualización de los programas de formación para la estandarización técnica y conceptual de las actividades definidas en el procedimiento de diseño curricular, respondiendo a las necesidades del sector productivo y social del país.".

Que mediante Resolución No. 1-.2198 de 2019 “Por la cual se modifica la clasificación y los niveles de los programas de formación, su denominación y su duración, las modalidades de formación y otras condiciones especiales relacionadas con el acceso a la formación profesional integral, deroga la Resolución 1444 de 2018 y modifica el artículo 2 de la Resolución 2130 de 2013”.

Que las Redes de Conocimiento creadas con la Resolución 335 de 2012, en su artículo 7 Funcionamiento de las redes de conocimiento sectoriales, establece: "Sobre cada uno de estos programas, cada red de conocimiento sectorial debe proyectarse, en el marco del plan estratégico SENA y de los planes estratégicos regionales, identificando los proyectos requeridos para hacer realidad esta proyección, tomando como insumos el conocimiento sectorial, tecnológico, regional y social.”

Que mediante Resolución No. 2423 de 2018, se aprobó el programa Tecnología en Sistemas Integrados Gestión, con una duración de 83 créditos académicos.

Que el Servicio Nacional de Aprendizaje Sena, solicitó al Ministerio de Educación Nacional la solicitud de registro calificado del programa Tecnología en Sistemas Integrados de Gestión, el cual quedo registrado en la Plataforma SACES con el proceso No. 54628.

Que mediante Resolución No 1802 del 21 de febrero de 2022, el Ministerio de Educación Nacional, negó el registro calificado al programa de Tecnología en Sistemas Integrados de Gestión, por las siguientes condiciones; Denominación del Programa, Aspectos Curriculares, Investigación, Innovación y/o creación artística y cultural, Relación con el sector externo; Medios educativos e Infraestructura física y tecnológica.

Que se hace necesario modificar la denominación del programa Tecnología en Sistemas Integrados de Gestión, con el fin de cumplir con lo estipulado en el artículo 6 de la Resolución 021795 de 2020 y el articulo 2.5.3.2.3.2.2 del Decreto 1330 de 2019, el cual establece lo siguiente:. “Los programas técnicos profesionales y tecnológicos deben adoptar denominaciones que correspondan con las competencias propias de su campo de conocimiento.

Que la Red de Conocimiento de Logística y Gestión de la Producción, presentó ante el Comité Nacional de Formación, la solicitud de cambiar la denominación del programa de formación Tecnología En Sistemas Integrados De Gestión aprobado mediante Resolución 2423 de 2018 por Tecnología en Coordinación de Sistemas Integrados de Gestión, la cual fue aprobada por los Centros de Formación de la Red.

Que en el Comité Nacional de Formación Profesional realizado de manera virtual el día 11 de mayo de 2022 mediante Acta 39 de la misma fecha, recomendó a la Directora de Formación Profesional aprobar el cambio de denominación del citado programa de formación:

Red de conocimiento
Nivel
DenominaciónactualResoluciónde
aprobación
DenominaciónrequeridaDuraciónen
créditos


Logística y gestión de la producción


Tecnología

Sistemas
Integrados De Gestión

2423 de 2018
Tecnología En
Coordinación De Sistemas
Integrados De
Gestión


83

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo primero de la Resolución 2423 de 2018, respecto al cambio de denominación del siguiente programa de formación:

Red de conocimiento
Nivel
DenominaciónactualResoluciónde
aprobación
DenominaciónrequeridaDuración en créditos


Logística Y Gestión De Producción


Tecnología


Sistemas Integrados
De Gestión

2423 De 2018
Tecnología En
Coordinación De Sistemas
Integrados De
Gestión


83

ARTÍCULO 2o. El nuevo programa de formación de nivel Tecnología descritos en esta resolución podrán ser puestos bajo el estado “En Ejecución” en el sistema de gestión académico- administrativa de la entidad para ser ofertados una vez cuenten con desarrollo curricular y las resoluciones de otorgamiento del registro calificado por parte del Ministerio de Educación Nacional.

ARTÍCULO 3o. Comunicar y enviar copia de la presente Resolución a la secretaría general, directores de área, jefes de oficina, directores regionales y subdirectores de Centros de Formación Profesional.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C.,

NIDIA GÓMEZ PÉREZ

Directora de Formación Profesional Integral

Vo.Bo.

EMILIA AGUIRRE LEGUIZAMO,

Coordinadora del Grupo de Gestión Curricular,

Profesional G08, DFPI

Revisó

ALEXANDER SEPÚLVEDA PERICO,

Dinamizador sectorial de la Red de Conocimiento de logística

y gestión de la producción, Grupo de Gestión Curricular, DFPI

CESAR AUGUSTO CANO,

Gestor sectorial de la Red de Conocimiento de logística

 y gestión de la producción, Centro de Comercio y Servicios, Regional Risaralda

MARCEL CAMILO CEPEDA JIMÉNEZ,

Apoyo jurídico, Grupo de Gestión Estratégica

 y Administración de la Formación Profesional, DFPI

MARÍA FERNANDA SILVA COLORADO,

Apoyo jurídico, Grupo de Gestión Estratégica y

Administración de la Formación Profesional, DFPI

laboró:

WILLI MOLINA RESTREPO,

Dinamizador sectorial de las Redes de Conocimiento

Ambiental y Química, Grupo de Gestión Curricular, DFPI

MARÍA TERESA MOLINA VILLALOBOS,

Gestor sectorial de la Red de Conocimiento de

artes gráficas, Centro De Gestión De Mercados, Logística Y TIC, Regional Distrito

Capital.

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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