Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCIÓN 2620 DE 2007

(9 noviembre)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

"Por la cual se crea el Grupo Interno de Trabajo de Inteligencia Organizacional"

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA,

en ejercicio de sus facultades legales, en especial las contempladas numerales 4 y 23 del Articulo 4° y el Artículo 32 del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 249 del 28 de enero de 2004 se modificó la estructura del SENA y se reorganizaron las funciones de sus dependencias;

Que el numeral 23 deI artículo 4° del Decreto 249 de 2004, determina comofunción del Director General del SENA: "Crear Comités, Grupos Internos deTrabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y funciones";

Que mediante Decreto 250 de 2004, se modificó la planta de personal de la entidad;

Que el Artículo 115 de la Ley 489 de 1998 determinó que: "El Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo caso el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas. // Con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. // En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento." (Negrilla fuera del texto original)

Que mediante la Resolución 2711 de 2005 se reorganizaron los grupos internosde trabajo en la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, se adoptaron otras disposiciones y  derogaron las Resoluciones 02256 y 02325 de 2004, y 0296, 01139, 01105 y 01140 de 2005;

Que posteriormente mediante la Resolución 753 de 2006 se modificó parcialmente la Resolución 2711 de 2005;

Que mediante Resolución 024 de 2007, en el marco de los principios contemplados en el artículo 209 de la norma superior, especialmente los relacionados con la eficacia, la economía y la celeridad, encaminados a la innovación en la gestión para el mejoramiento de los procesos y resultados, se reorganizaron los grupos de trabajo de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo.

Que en el Plan Estratégico 2007- 2010, en el vector 1 "Gestión de la Formación para el Aprendizaje Permanente", se plantean como acciones estratégicas, las siguientes: "Desarrollar y apropiar instrumentos de prospectiva tecnológica que permitan observar los cambios y tendencias en la aplicación de nuevos conocimientos en las actividades económicas", "Mejorar las técnicas para la identificación de los cambios en el mapa estratégico y de necesidades de desarrollo del país", "Hacer de la trilogía: calidad, pertinencia y equidad un factor decisivo en el cumplimiento efectivo de las acciones misionales de la Formación Profesional, sintonizando su acción institucional con las demandas y expectativas de los destinatarios, y la aplicación del mejoramiento continuo y de las herramientas transparentes en su gestión" y "Divulgar sistémicamente la información que genere el SNFT y promover su consolidación". Así mismo, en el vector 2 "Gestión para el Apoyo a las Políticas Nacionales y Regionales de Empleo y Empleabilidad", se plantean como acciones: "Incorporar una visión prospectiva y estratégica en el marco del desarrollo humano, económico y social del país, a los estudios y al procesamiento de información sobre la dinámica del mercado laboral, potenciando la capacidad del Observatorio Laboral y Ocupacional" y "Contribuir activamente en la generación y procesamiento de información especializada sobre el mercado laboral dirigida especialmente a la actualización y al diseño de los nuevos programas de aprendizaje del SENA".

Que tal y como se plantea en el Plan Estratégico, para desarrollar estas acciones es preciso trabajar bajo el sentido de la corresponsabilidad (matrices de corresponsabilidad), de manera que se integre y articule el quehacer institucional, de acuerdo con un enfoque de trabajo por procesos, para responder efectivamente a los retos misionales expuestos en dicho Plan.

Que la inteligencia organizacional del SENA es el proceso de la Entidad que comprende los procedimientos de identificación de necesidades de formación, seguimiento a egresados, evaluación de eficacia, vigilancia tecnológica y prospectiva.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. CREACION DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE INTELIGENCIA ORGANIZACIONAL. Crear en forma permanente el Grupo Interno de Trabajo de Inteligencia Organizacional en la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, independiente de los demás Grupos ya constituidos en esa Dirección.

Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. FUNCIONES DEL GRUPO INTERNO DSE TRABJO DE INTELIGENCIA ORGANIZACIONAL. De conformidad con lo establecido en el Artículo 10 deI Decreto 249 de 2004, en desarrollo de sus numerales 2, 3, 17, Artículo 11, en su numeral 16, el artículo 13, en desarrollo de sus numerales 5 y 6 y en el artículo 14, en desarrollo de sus numerales 11, 12, 14 y 16, serán funciones del Grupo Interno de Trabajo de Inteligencia Organizacional:

1. Gestionar información estratégica interna y externa y generar valor agregado a la misma, para que la respuesta institucional ante las demandas y cambios del entorno social, económico y tecnológico sea oportuna, eficiente y eficaz.

2. Disponer de información apropiada y oportuna sobre los cambios tecnológicos, las tecnologías emergentes, los avances científicos y técnicos que son fuente o soportan nuevos procesos de producción de productos o servicios y que tienen o pueden tener impactos significativos sobre la productividad y competitividad sectorial o nacional.

3. Monitorear, capturar, analizar, difundir, en forma sistemática y permanente, información necesaria para el desarrollo de nuevos programas de formación, la actualización de la oferta formativa, la realización de proyectos innovadores y la toma de decisiones sobre las plataformas tecnológicas de la entidad, los procesos de transferencia de conocimientos e innovaciones.

4. Realizar el seguimiento a los egresados del SENA, para obtener información que permita estudiar la eficacia de las acciones institucionales.

5. Realizar ejercicios prospectivos, estudios e investigaciones relacionados con el impacto de la ciencia y la tecnología sobre el mercado laboral con el fin de generar: actualización y nuevas especialidades en la oferta de formación profesional, orientaciones para el perfilamiento y actualización de instructores y eficiencia en la inversión en equipos y nuevas tecnologías, tomando como referencia las Líneas Tecnológicas para la Productividad y Competitividad y las agrupaciones de Centros de Formación en redes colaborativas.

6. Gestionar información alrededor de la prospectiva regional, el conocimiento sectorial y tecnológico, con el propósito de mejorar los niveles de pertinencia de la oferta de formación, en coordinación con las Direcciones de Empleo y Trabajo, Formación Profesional, Promoción y Relaciones Corporativas y el Sistema Nacional de Formación para el Trabajo.

7. Gestionar el proyecto de Business Intelligence (Data Warehouse) para el SENA, en coordinación con la Oficina de Sistemas y la Dirección de Empleo y Trabajo.

8. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a su naturaleza.

Ir al inicio

ARTÍCULO 3o. DE LA CONFORMACIÓN DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE INTELIGENCIA ORGANIZACIONAL. El Grupo Interno de Trabajo de Inteligencia Organizacional, estará a cargo de un Coordinador cuya designación y funciones se asignarán por la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo; y lo conformarán los siguientes funcionarios de planta de personal, de las distintas áreas de la Dirección General del SENA, quienes continuarán desempeñando sus funciones en el área correspondiente, y participarán a su vez activamente en las actividades relacionadas con las funciones del Grupo:

NOMBRECARGODEPENDENCIA
Luisa Alejandra ParraProfesional Grado
01
Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas
Maria Verónica GómezProfesional Grado Dirección de Formación Profesional
Nubia Stella Marroquín del RíoTécnico Grado 07Dirección de Formación Profesional
José Ignacio OrozcoProfesional Grado 14Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo
Gloria Esperanza
Robles
Asesor Grado 07Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo
Gustavo VargasAsesor Grado 10Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo
Sandra Patricia CorreaProfesional Grado 06Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo
Elsa Aurora BohórquezProfesional Grado 14Dirección de Empleo y Trabajo
Dora María OcampoProfesional Grado 10Dirección de Empleo y Trabajo
Ir al inicio

ARTÍCULO 4o. Comunicar Secretaría General la presente Dirección General, Directores conocimiento y fines pertinentes

Ir al inicio

ARTÍCULO 5o. La presente Resolución rige apartir de la fecha de su expedición y deroga todos los actos administrativos que le sean contrarios

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C.

DARIO MONTOYA MEJIA

Director General

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la
compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores
jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones
similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación,
reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por
la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la
competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de
los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono
617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas
de uso de la información aquí contenida.