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RESOLUCION 2136 DE 2019
(Diciembre 2)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
Por la cual se aprueba el programa de formación profesional integral Técnico en Mecánica de la Bicicleta y Promoción de la Seguridad vial
EL DIRECTOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA
En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas mediante Resolución No. 00790 de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 249 de 2004 "Por el cual se modifica la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA", le asigna al Director General la función de: Revisar periódicamente y aprobar la oferta de los programas de formación profesional integral, según las necesidades detectadas en el sector externo y aprobar la modificación de los programas en sus contenidos, duración y tipo de certificación, conforme lo señala el artículo 4o numeral 12.
Que el 26 de marzo de 2009 el Director General mediante resolución No. 00790, delega en el Director de Formación Profesional el SENA, "la facultad para expedir los actos administrativos de aprobación de la oferta de programas profesional integral, y revisarlos según las necesidades detectadas en el sector externo y aprobar la modificación de los mismos en sus contenidos, duración y tipo de certificación, conforme lo señala el artículo primero".
Que conforme al Artículo 11 del Decreto 249 de 2004, son funciones de la Dirección Formación Profesional:
“…
2. Asistir a la Dirección General en el diseño de políticas, planes y programas de carácter general, para la formación profesional integral de los diferentes usuarios y la prestación de los servicios de la entidad en los diferentes sectores económicos y cadenas productivas, promoviendo la gestión de la calidad en los procesos y programas de formación profesional.
…
8. Impulsar la actualización y ajuste permanente de los diseños curriculares de los programas de formación existentes y la formulación de nuevos programas bajo el enfoque de competencias laborales, estrategias pedagógicas, así como los sistemas de evaluación y certificación del desempeño laboral de los trabajadores, en articulación con la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo.
9. Orientar, asesorar y evaluar los programas de formación profesional integral, así como los programas y servicios de carácter tecnológico que desarrollen los Centros de Formación Profesional, mediante la ejecución de programas de formación profesional integral y asesoría dirigidos al mejoramiento de la competitividad y la gestión de las empresas a través de los Centros de Formación o mediante alianzas y convenios.
…
17. Establecer mecanismos de interacción directa y permanente con los gremios, las empresas, las instituciones gubernamentales y no gubernamentales y las instituciones educativas del país para la formulación y actualización de los programas de formación..."
Que el SENA debe dar formación profesional integral a los trabajadores de todas las actividades económicas, y a quienes sin serlo, requieran dicha formación, para aumentar por ese medio la productividad nacional y promover la expansión y el desarrollo económico y social armónico del país.
Que las Redes de Conocimiento creadas con la resolución 335 de 2012, en su artículo 7 Funcionamiento de las redes de conocimiento sectoriales, establece: "... Sobre cada uno de estos programas, cada red de conocimiento sectorial debe proyectarse, en el marco del plan estratégico SENA y de los planes estratégicos regionales, identificando los proyectos requeridos para hacer realidad esta proyección, tomando como insumos el conocimiento sectorial, tecnológico, regional y social.
Que en el sistema integrado de gestión, se encuentra publicado el Procedimiento de Diseño Curricular, aprobado en la versión 04 del 3 de septiembre de 2016, cuyo objetivo es: "Orientar la elaboración o actualización de los programas de formación profesional integral para desarrollar en el talento humano competencias que den respuesta a la demanda actual y prospectiva del sector social y productivo del país".
Que en el Comité Nacional de Formación Profesional realizado el 25 de Noviembre de 2019 se sometió a consideración la aprobación del programa "Técnico en Mecánica de la Bicicleta y Promoción de la Seguridad vial" remitido por el Grupo de Gestión Curricular.
Que el programa "Técnico en Mecánica de la Bicicleta y Promoción de la Seguridad vial" fue aprobado mediante acta No. 027_1 del 29 de Noviembre de 2019.
Que dicho programa se requiere para atender la demanda del personal requerido en los diferentes sectores productivos.
Que de acuerdo con los procedimientos establecidos en el Sistema Integrado de Gestión y que componen el proceso de la Gestión de Formación Profesional Integral, se elaboraron los diseños curriculares del programa de formación asegurando el cumplimiento de los criterios de calidad y pertinencia de la Formación Profesional Integral, con el fin de dar respuesta adecuada a las necesidades de formación del sector productivo y social.
Que el 12 de marzo de 2014 se expidió la resolución 0472, el 9 de mayo de 2014; se expidió la resolución 0871, el 30 de julio de 2014; se expidió la resolución 01603, el 4 de agosto de 2014; se expidió la resolución 01648; el 28 de Julio de 2015; se expidió la resolución 1439, el 08 de Octubre de 2015; se expidió la resolución 2024, en noviembre de 2017; se expidió la resolución 2103 y la 1445 de 2018, el 27 de Diciembre de 2018; se expidió la resolución 2423, el 20 de Junio de 2019; se expidió la resolución 1071, el 11 de Julio de 2019; se expidió la resolución 1239 de 2019 y por último el 26 de julio de 2019; se expidió la resolución 1355 de 2019 por las cuales se aprueban y modifican programas de formación profesional integral, teniendo en cuenta las necesidades detectadas a través del análisis realizado por las redes de conocimiento para dar respuesta al sector productivo.
Que en mérito de lo anteriormente expuesto, este despacho.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Aprobar el programa de formación profesional integral que aparece relacionado en el cuadro del presente artículo de acuerdo con las necesidades manifestadas en el Comité Nacional de Formación.
PARÁGRAFO PRIMERO: El siguiente programa de formación podrá ser puesto en estado "en ejecución" en el aplicativo Sofiaplus, para ser ofertado por los centros de formación de acuerdo con las necesidades que las redes de conocimiento sectoriales presentan.
Red de conocimiento | Denominación del Programa | Nivel | Duración horas |
TRANSPORTE | MECÁNICA DE LA BICICLETA Y PROMOCIÓN DE LA SEGURIDAD VIAL | TECNICO | 2208 |
ARTÍCULO 2o - Comunicar y enviar copia de la presente resolución a la Secretaría General, Directores de Área, Jefes de Oficina, Directores Regionales y Subdirectores de Centros de Formación Profesional.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C. a los
FARID DE JESUS FIGUEROA TORRES
Director de Formación Profesional
<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/RESOLUCION_SENA_2136_2019.pdf>