RESOLUCIÓN 3344 DE 2025
(octubre 31)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
Por la cual se modifica el artículo 3 de la Resolución 1- 03258 de 2025 la cual estableció la quinta convocatoria de formación abierta Presencial y Distancia de formación tecnológica para el año 2025, conforme al artículo 4o de la Resolución 1- 3000 de 2024.
LA DIRECTORA DE FORMACIÓN PROFESIONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA
En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas mediante artículo 4o de la Resolución 1-03000 de 2024.
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 249 de 2004, en su artículo 27, numerales 1 y 2, establece lo siguiente: "Artículo 27. Funciones de las Subdirecciones de los Centros de Formación Profesional Integral. Son funciones de las Subdirecciones de los Centros de Formación Profesional Integral:
1. Planear, programar, ejecutar, controlar y evaluar los procesos de Formación Profesional Integral para atender las demandas de los sectores productivos y sociales, directamente o mediante alianzas o convenios con otros agentes públicos o privados.
2. Ejecutar, coordinar y administrar la labor operativa en lo relacionado con las políticas de Formación Profesional Integral y las actividades de naturaleza tecnológica. Para el efecto, el Centro desarrollará estrategias y programas de acuerdo con la información recibida de quienes utilizan el portafolio de servicios del centro."
Que el Decreto 1330 de 2019, por el cual se establecen las condiciones de calidad para los programas de Educación Superior, dispone que las instituciones que ofrezcan programas de nivel tecnológico deben cumplir con los requisitos exigidos para oferta de estos programas.
Que la Resolución 201 de 2024 derogó la Resolución 790 de 2009 y delegó en la directora de Formación Profesional y en los directores regionales la responsabilidad de aprobar la oferta de los programas de formación profesional integral.
Que la Resolución 1-03000 de 2024 "Establece el calendario académico y de labores de los centros de formación profesional del SENA para el año 2025, se efectúa una delegación y se dictan otras disposiciones".
Que, de conformidad con el artículo 4o de la Resolución 1-03000 de 2024, el director general del SENA delegó en la directora de Formación Profesional la función de establecer o modificar, mediante resolución, las fechas de inicio de la formación, así como los cronogramas de ingreso y actividades.
Que la Resolución 1- 03368 de 2024, modificó los artículos 1 y 2 de la Resolución Nro. 1-3000 de 2024, estableciendo las nuevas fechas del calendario académico y de labores de los centros de formación profesional del SENA para el año 2025.
Que la Resolución 1- 02074 de 2025, modificó los artículos 1 y 2 de la Resolución 1- 03368 de 2024, estableciendo las nuevas fechas del calendario académico, correspondientes al cuarto trimestre 2025.
En el marco del Plan Nacional de Desarrollo y con el objetivo de garantizar el acceso, cobertura y cumplimiento de las metas de "primer curso", se hace necesario realizar la quinta convocatoria para ofertar programas tecnológicos en la modalidad presencial y a distancia para la vigencia 2025.
Que en el artículo 3 de la Resolución 1- 03258 de 2025 estableció el Cronograma para el desarrollo de la convocatoria, el cual se hace necesario modificarlo, en virtud de la comunicación recibida por el Grupo de Gestión Pedagógica y Curricular de la Dirección de Formación, donde comunican el vencimiento de registros calificados de varios programas de formación.
Que, en consideración de lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. MODIFICAR EL ARTICULO 3 DE LA RESOLUCIÓN 1 -03258 DE 2025. El cual estableció el cronograma para el desarrollo de la quinta convocatoria y quedará así:
"ARTÍCULO 3. CRONOGRAMA PARA EL DESARROLLO DE LA CONVOCATORIA. Los Centros de Formación Profesional Integral deberán cumplir el cronograma de la quinta convocatoria de formación abierta presencial y a distancia para programas tecnológicos de la vigencia 2025 en especial lo establecido en las fechas de las matrículas para garantizar que estas se realicen durante la vigencia del registro calificado de los programas de formación. Lo anterior está definido en el Anexo 2 denominado "Cronograma de Ingreso quinta Convocatoria Abierta Presencial y a Distancia programas tecnológicos 2025", los cuales hacen parte integral de la presente Resolución".
ARTÍCULO 2. VIGENCIA, Y DIVULGACIÓN. La presente resolución modifica el artículo 3 de la resolución 1 - 03258 de 2025 y el anexo 2 denominado Cronograma de Ingreso quinta Convocatoria Abierta Presencial y a Distancia programas tecnológicos 2025". rige a partir de la fecha de su comunicación y deberá ser comunicada a las direcciones regionales, centros de formación y demás instancias competentes para su implementación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 31 OCT 2025.
CLAUDIA PATRICIA FORERO LONDOÑO
Directora de Formación Profesional
CRONOGRAMA DE INGRESO QUINTA CONVOCATORIA ABIERTA PRESENCIAL Y A DISTANCIA 2025




