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RESOLUCIÓN 94 DE 2009
(enero 23)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Por la cual se ordena la apertura de un proceso de selección meritocrática, público y abierto
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE “SENA”
en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, y de acuerdo con lo establecido en los artículos 47 y 49 de la Ley 909 de 2004, así como los artículos 4 numeral 3, 23 y 26 del Decreto 249 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que la estructura y la planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA está determinada por los Decretos 249 y 250 del 28 de enero de 2004 y por el Decreto 2989 del 13 de agosto de 2008.
Que según el artículo 47 de la Ley 909 de 2004: “1. Los cargos que conlleven ejercicio de responsabilidad directiva en la administración pública de la Rama Ejecutiva de los órdenes nacional y territorial tendrán, a efectos de la presente ley, el carácter de empleos de gerencia pública” y que en relación con la provisión de tales cargos el artículo 49 de la Ley 909 de 2004 establece: “1. Sin perjuicio de los márgenes de discrecionalidad que caracteriza a estos empleos, la competencia profesional es el criterio que prevalecerá en el nombramiento de los gerentes públicos. // 2. Para la designación del empleado se tendrán en cuenta los criterios de mérito, capacidad y experiencia para el desempeño del empleo, y se podrá utilizar la aplicación de una o varias pruebas dirigidas a evaluarlos conocimientos o aptitudes requeridos para el desempeño del empleo, la práctica de una entrevista y una valoración de antecedentes de estudio y experiencia. // 3. La evaluación del candidato o de los candidatos propuestos por el nominador, podrá ser realizada por un órgano técnico de la entidad conformado por directivos y consultores externos, o, en su caso, podrá ser encomendado a una universidad pública o privada, o a una empresa consultora externa especializada en selección de directivos//... "
Que según el artículo 23 del Decreto 249 de 2004, el SENA tiene además de la Dirección Distrito Capital, 32 Direcciones Regionales, cada una con un cargo en su planta de Director Regional perteneciente al nivel Directivo.
Que el numeral 13 del artículo 305 de la Constitución Política señala que es atribución de los Gobernadores Departamentales, escoger de las temas enviadas por el jefe nacional respectivo a los gerentes o jefes seccionales de los establecimientos públicos del orden nacional que operen en el Departamento, de acuerdo con la ley.
Que de conformidad con el Decreto 1972 de 2002, que reglamenta la designación de los Directores regionales de los establecimiento Públicos de la Rama Ejecutiva del orden nacional, señala en el artículo 2 que la conformación de las temas para la selección de Directores Regionales, se efectuará con las personas que sean escogidas mediante un proceso de selección público y abierto.
Que se encuentran vacantes los siguiente cargos de Director Regional de la planta del SENA, pertenecientes al nivel Directivo, por lo que para su provisión se adelantará el proceso meritocrático para integrar la tema con base en la cual el Gobernador Departamental elegirá a quien ocupe el cargo, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 305 de la Constitución Política.
Cargo | Dependencia | Sede | |
Director Regional Gr. 05 | Dirección Regional Quindío | Armenia | |
Director Regional Gr. 07 | Dirección Regional Bolívar | Cartagena |
Que por lo anterior resulta necesario iniciar los procesos de selección públicos y abiertos para conformar las temas que se enviarán al Gobernador del Departamento de Quindío y al Gobernador del Departamento de Bolívar para la escogencia de los Directores de esas Regionales, los cuales se adelantarán en cumplimiento del inciso 2 del artículo 2 del Decreto 1972 de 2002, según el cual el representante legal efectuará los trámites para la realización del proceso de selección público abierto, que podrá efectuarse directamente por la Entidad o con universidades públicas o privadas o con entidades privadas expertas en selección de personal o a través de convenios de cooperación.
Que por disposición del artículo 26 del Decreto 249 de 2004: “Los Subdirectores de los Centros de Formación Profesional Integral del SENA son funcionarios de libre remoción por parte del Director General del SENA. En todo caso, su nombramiento deberá realizarse mediante un proceso de selección meritocrático, sujeto a veeduría ciudadana. Para tal fin deberá realizarse una selección de por lo menos tres (3) candidatos por cada Centro”.
Que se encuentran vacantes los siguientes cargos de Subdirectores de Centro Grado 02 de la Entidad, pertenecientes al nivel Directivo, y para su provisión debe adelantarse el proceso meritocrático para seleccionar los candidatos que en igualdad de condiciones de elegibilidad opten por ocupar estos empleos:
Cargo | Dependencia | Regional | Sede |
Subdirector de Centro Gr. 02 | Centro de Diseño y Manufactura del Cuero | Antioquia | Itagüí |
Subdirector de Centro Gr. 02 | Centro para la Industria Petroquímica | Bolívar | Cartagena |
Subdirector de Centro Gr. 02 | Centro de Industria y Construcción | Valle | Cali |
Subdirector de Centro Gr. 02 | Centro Industrial del Diseño y la Manufactura | Santander | Floridablanca |
Que de conformidad con el “Manual Específico de Funciones y de Requisitos para las diferentes categorías de los Empleos Públicos del SENA”, adoptado por la Resolución No. 986 de 2007, para desempeñar los cargos de Director Regional Grado 05 y 07 y el de Subdirector de Centro Grado 02, se requiere acreditar los siguientes requisitos de estudios y experiencia, respectivamente:
Directores Regionales Grados 5 y 7
Estudios | Experiencia |
Título Profesional Universitario | Tres (3) años en cargos de nivel directivo, en áreas relacionadas con la gerencia administrativa, educativa, de formación profesional o desarrollo tecnológico y estar vinculado a la región |
Subdirector de Centro Grado 2
Estudios | Experiencia |
Título profesional y título de postgrado en la modalidad de especialización | Cuarenta (40) meses de experiencia profesional relacionada |
Que los requisitos para los cargos de Directores Regionales no admiten la aplicación de equivalencia y que para el cargo de Subdirector de Centro grado 02 las equivalencia aplicables según el Manual de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales del SENA son las que se señalan en el texto de la Convocatoria a que se refiere la parte Resolutiva del presente acto.
Que en mérito de lo expuesto, le corresponde a este Despacho declarar la apertura del correspondiente proceso de selección meritocrático público y abierto para la conformación de las ternas que se enviarán a los respectivos Gobernadores Departamentales, con base en las cuales designarán a quienes ocuparán los cargos de Director Regional antes mencionados, y para la conformación de las listas de candidatos elegibles entre quienes en igualdad de condiciones de elegibilidad se seleccionarán las personas para proveer los cargos de Subdirector de Centro Grado 02 antes mencionados.
Los procesos para la conformación de tales listados se realizarán según las condiciones y términos establecidos en esta Resolución y las convocatorias que se anexan y forma parte integral de la misma.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Declarar abierto el proceso de selección meritocrático para integrar la terna de elegibles que se enviarán a los Gobernadores Departamentales para que ellos en ejercicio de la facultad que les confiere el numeral 13 del artículo 305 de la Constitución Política, seleccionen las personas que esta entidad nombrará para ocupar los siguientes cargos de Director Regional;
Cargo | Dependencia | Sede |
Director Regional Gr. 05 | Dirección Regional Quindío | Armenia |
Director Regional Gr. 07 | Dirección Regional Bolívar | Cartagena |
ARTÍCULO 2o. Declarar abierto el proceso de selección meritocrático para conformar los listados de candidatos elegibles para cada uno de los Centros de Formación Profesional Integral, entre quienes en igualdad de condiciones de elegibilidad se elegirán las personas con las cuales se proveerán los siguientes cargos de Subdirector de Centro de Formación Profesional:
Cargo | Dependencia | Regional | Sede |
Subdirector de Centro Gr. 02 | Centro de Diseño y Manufactura del Cuero | Antioquia | Itagüí |
Subdirector de Centro Gr. 02 | Centro para la Industria Petroquímica | Bolívar | Cartagena |
Subdirector de Centro Gr. 02 | Centro de Industria y Construcción | Valle | Cali |
Subdirector de Centro Gr. 02 | Centro Industrial del Diseño y la Manufactura | Santander | Floridablanca |
ARTÍCULO 3o. Las condiciones generales y particulares y el cronograma con el que se llevará a cabo este proceso meritocrático, están indicados en el texto de las convocatorias anexas a esta Resolución, divididas en anexo 1 para cargos de Subdirector de Centro y anexo 2 para cargos de Director Regional.
ARTÍCULO 4o. Conformar los siguientes comités evaluadores para la realización de este proceso:
Cargo | Comité Evaluador |
Director Regional Gr. 05 Quindío | Juan Bayona Ferreira Mireya López Chaparro María Isabel Carrascal Enríquez |
Director Regional Gr. 07 Bolívar | Camilo Montes Pineda Orbidio Velandia Niño Juana Pérez Martínez |
Subdirector de Centro Gr. 02 Centro de Diseño y Manufactura del Cuero (Reg. Antioquia) | Julia Gutiérrez de Piñenes María Isabel Carrascal Enríquez Camilo Montes Pineda |
Subdirector de Centro Gr. 02 Centro para la Industria Petroquímica (Reg. Bolívar) | Dora Míiena García Orbidio Velandia Niño Juan Bayona Ferreira |
Subdirector de Centro Gr. 02 Centro de Industria y Construcción (Reg. Valle) | Vicky Santamaría Gómez Juana Pérez Martínez Mireya López Chaparro |
Subdirector de Centro Gr. 02 Centro Industrial del Diseño y la Manufactura (Reg. Santander) | Julia Gutiérrez de Piñenes Dora Milena García Moreno José Francilides Garzón |
El comité evaluador participará en las siguiente etapas del proceso: Diseño de la prueba escrita de conocimientos; calificación de las pruebas escritas de conocimientos; diseño, aplicación y calificación de la entrevista; valoración de antecedentes de estudios y experiencia; respuesta a las reclamaciones que se presenten contra los resultados de cada una de las pruebas que se practiquen durante el proceso, según el cronograma y las condiciones generales y particulares contenidos en la convocatoria anexa.
PARAGRAFO. La Secretaría General tendrá a su cargo la coordinación general del proceso meritocrático y el desarrollo de las etapas del proceso que no están asignadas al comité evaluador.
ARTÍCULO 5o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 23 ENE. 2009.
DARÍO MONTOYA MEJÍA
Director General
Servicio Nacional de Aprendizaje
Convocatoria a concurso público
Para conformar los listados de candidatos elegibles para cada uno de los Centros de Formación Profesional Integral, entre quienes en igualdad de condiciones de elegibilidad se elegirán las personas con las cuales se proveerán cargos de Subdirector de Centro de Formación Profesional Integral del SENA
Regional | Cargo | Dependencia | Sede |
Antioquia | Subdirector de Centro Gr. 02 | Centro de Diseño y Manufactura del Cuero | Itagüi |
Bolívar | Subdirector de Centro Gr. 02 | Centro para la Industria Petroquímica | Cartagena |
Valle | Subdirector de Centro Gr. 02 | Centro de Industria y Construcción | Cali |
Santander | Subdirector de Centro Gr. 02 | Centro Industrial del Diseño y la Manufactura | Floridablanca |
IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
Denominación: Subdirector de Centro Grado 02 | Dependencia: Centro de Formación Profesional | Jefe inmediato: Director Regional |
Nivel jerárquico: Directivo | Asignación: $ 3.501.261.oo. Prima técnica hasta del 50%, sujeta a normatividad vigente. | Tipo de vinculación: LIBRE REMOCIÓN. El proceso de selección no conlleva derechos de carrera administrativa ni se enmarca en lo establecido por la Ley 909 de 2004. |
Propósito y funciones
Propósito estratégico:
Dirigir, organizar, formular políticas y adoptar los planes, programas y proyectos, para contribuir con el desarrollo social, económico, educativo y tecnológico del país, en cumplimiento de la Misión, Visión y Objetivos institucionales dentro de la jurisdicción del Centro de Formación Profesional Integral.
Funciones:
Las establecidas en el artículo 27 del Decreto 249 del 28 de enero de 2004 y en el Manual de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales del SENA, que puede ser consultado en la página web www.sena.edu.co. sección Secretaría General, Manual de Funciones 2007.
Requisitos
Estudios: Título profesional y título de postgrado en la modalidad de especialización | Experiencia: Cuarenta (40) meses de experiencia profesional relacionada. |
Equivalencia 1: | Estudios: Título Profesional Universitario. Experiencia: Sesenta y cuatro (64) meses de experiencia profesional relacionada. |
Equivalencia 2: | Estudios: Título Profesional Universitario y título profesional adicional, afín con las funciones del cargo. Experiencia: Cuarenta (40) meses de experiencia profesional relacionada. |
Equivalencia 3: | Estudios: Título Profesional Universitario y Título de Postgrado en Maestría. Experiencia: Veintiocho (28) meses de experiencia profesional relacionada. |
Equivalencia 4: | Estudios: Título Profesional Universitario y Título de Postgrado en Doctorado o Postdoctorado. Experiencia: Dieciséis (16) meses de experiencia profesional relacionada. |
Perfil específico
Profesionales Universitarios que puedan acreditar los requisitos anteriormente indicados, con competencias para el desempeño en labores de dirección, con habilidades de liderazgo, gerencia y administración. Experiencia en relacionamiento y trabajo en conjunto o dedicado con los sectores productivos y/o públicos y capacidades ejecutivas en proyectos educativos de formación profesional y desarrollo tecnológico. Conocimiento en gerencia de proyectos, experiencia y/o formación en gestión tecnológica y del conocimiento y uso de las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones. Conocimiento de la gestión por resultados. Relacionamiento probado con el entorno. Conocimiento sobre las agendas prospectiva e interna de la respectiva región. Competencias en Excel avanzado.
Cronograma proceso de seleción | ||
Divulgación Publicación de la convocatoria en prensa, página web del SENA y carteleras de la Regional y Centros de Formación donde se encuentra la vacante. | Diario de circulación nacional | 1 de febrero de 2009 |
Diario de Circulación Regional | Entre el 2 y el 15 de febrero de 2009 | |
Página web SENA y carteleras | Desde el 1 de febrero de 2009 | |
Inscripciones Cada aspirante podrá inscribirse para un único cargo de Director Regional o de Subdirector de Centro. El formulario de inscripción debe bajarse de la página web www.sena.edu.co (sección Meritocracia SENA) El formulario impreso completamente diligenciado y firmado, con la documentación que se indica más adelante, debe entregarse y radicarse en las Oficinas de Administración de Documentos de la Dirección General o en la Regional donde se encuentra la vacante en concurso, haciéndole colocar el registro correspondiente de número, fecha y hora. | Lugar de inscripción: Oficina de Administración de Documentos de la Dirección General o en la Regional o Centro donde se encuentra la vacante en concurso. | Del 9 al 27 de febrero de 2009 |
Admisión al concurso Serán admitidos quienes realicen la inscripción en los términos, fechas y horas de esta convocatoria siguiendo las instrucciones del formulario, y que acrediten cumplir con los requisitos para el desempeño del cargo al momento de la inscripción. | Publicación listados Los listados de admitidos e inadmitidos se publicarán en la página web www.sena.edu.co (sección Meritocracia SENA) | 9 de marzo de 2009 |
Reclamaciones por inadmisión Los inadmitidos a concursar podrán solicitar por escrito, la revisión de su hoja de vida. En ningún caso se admitirán documentos que no hayan sido aportados al momento de la inscripción. Las respuestas se publicaran mediante aviso en la página web del SENA. Las reclamaciones deben entregarse directamente en las Oficinas de Administración de Documentos de la Dirección General o en la Regional donde se encuentra la vacante en concurso Las reclamaciones deben entregarse directamente en las Oficinas de Administración de Documentos de la Dirección General o en la Regional donde se encuentra la vacante en concurso. | Reclamaciones por inadmisión | 10 de marzo de 2009 entre las 8.00 am y las 4.00 pm |
Respuesta a reclamaciones por inadmisión | 13 de marzo de 2009 | |
Citación a prueba escrita Los admitidos antes y después de reclamaciones serán citados a prueba escrita mediante listado que se fijará en la página web www.sena.edu.co (sección Meritocracia SENA) | Publicación de la citación a prueba escrita | 16 de marzo de 2009 |
Prueba escrita Los admitidos deberán presentar prueba en el lugar y hora que se le haya indicado en la citación. *** | Presentación de prueba escrita | 20 de marzo de 2009 |
Resultados prueba escrita Esta prueba tendrá carácter eliminatorio. Continuarán en el proceso los que obtengan un puntaje igual o superior al 60% del puntaje total de la prueba. Los resultados de la prueba escrita se publicarán en la página web www.sena.edu.co (sección Meritocracia SENA) | Publicación resultados prueba escrita | 30 de marzo de 2009 |
Reclamaciones por resultados de prueba escrita. Las reclamaciones deben entregarse directamente en la Oficina de Administración de Documentos de la Dirección General o de la Regional donde se encuentra la vacante en concurso. Las respuestas se publicarán mediante aviso en la página web del SENA y en las carteleras de las Regionales donde están los cargos en concurso. | Reclamaciones por resultados de prueba escrita | 31 de marzo de 2009 entre las 8.00 am y las 4.00 pm |
Respuesta a reclamaciones | 3 de abril de 2009 | |
Citación a entrevista Quienes superen la prueba escrita serán citados a entrevista mediante listado que se fijará en la página web del SENA | Publicación de citación a entrevista | 13 de abril de 2009 |
Entrevista La presentarán quienes hayan sido citados en el lugar y hora que se indiquen en la citación, en la Dirección General del SENA, en Bogotá. La prueba de entrevista valorará las características personales, profesionales, de preparación y de aptitud de cada uno de los concursantes. | Lugar y fecha de entrevista | Del 16 al 23 de abril de 2009 |
Resultados de entrevista Los resultados de la entrevista serán publicados en la página web www.sena.edu.co (sección Meritocracia SENA) | Publicación de resultados de entrevista | 27 de abril de 2009 |
Reclamaciones por resultados de entrevista Las reclamaciones deben entregarse directamente en la Oficina de Administración de Documentos de la Dirección General o de la Regional donde se encuentra la vacante en concurso. Las respuestas se publicarán mediante aviso en la página web www.sena.edu.co (sección Meritocracia SENA) | Reclamaciones por resultados de entrevista | 28 de abril de 2009 entre las 8.00 am y las 4.00 pm |
Respuesta a reclamaciones | 30 de abril de 2009 | |
Valoración de antecedentes de estudio y experiencia A quienes superen las fases anteriores se les valorarán sus antecedentes de estudio y experiencia, de acuerdo con la documentación aportada por cada aspirante al momento de su inscripción y que reúna las condiciones que se señalan para cada tipo de certificación. | Valoración de antecedentes de estudio y experiencia | Del 4 al 6 de mayo de 2009 |
Resultados de valoración de antecedentes de estudio y experiencia Se fijarán en la página web www.sena.edu.co (sección Meritocracia SENA) | Publicación de resultados | 7 de mayo de 2009 |
Reclamaciones por resultados de valoración de antecedentes de estudio y experiencia Las reclamaciones deben entregarse directamente en la Oficina de Administración de Documentos de la Dirección General o de la Regional donde se encuentra la vacante en concurso. Las respuestas se publicarán mediante aviso en la página web www.sena.edu.co (sección Meritocracia SENA) | Reclamaciones por resultados de valoración | 8 de mayo de 2009 entre las 8.00 am y las 4.00 pm |
Respuesta a reclamaciones | 12 de mayo de 2009 | |
Listados de candidatos elegibles Se conformará y publicará una lista de elegibles con los candidatos que hayan superado con éxito las pruebas y que hayan obtenido un puntaje igual o superior al 70% del total posible, una vez ponderados los resultados de las pruebas. | Publicación de listados | 18 de mayo de 2009 |
Consideraciones adicionales
Carácter de la convocatoria. El texto de la presente convocatoria se constituye en la principal regla para el seguimiento del proceso de selección convocado, las cuales serán oponibles a los aspirantes y a la Entidad. Los aspirantes manifiestan su aceptación de las mismas con el hecho de inscribirse. Ninguna información escrita o verbal adicional que no esté contenida en esta convocatoria podrá tomarse como válida, salvo la que esté contenida en actos debidamente expedidos que modifiquen el contenido de la presente o aquella de naturaleza legal o reglamentaria.
Múltiple inscripción. Cada aspirante elegirá un único cargo al que aspirará, sea de Director Regional o Subdirector de Centro. En caso de que un aspirante se inscriba a más de un cargo, se tomará como inscripción válida únicamente la primera opción.
Motivos de inadmisión. Serán motivos de inadmisión durante el proceso:
- No aportar al momento de la inscripción la totalidad de los documentos requeridos
- Omitir la firma del formulario de inscripción
- Entregar documentos por fuera de la fecha y hora señalados en la convocatoria
- La inexactitud en la información o la imposibilidad de verificación de la información o de los documentos aportados al inscribirse. La Entidad podrá verificar los documentos aportados a los aspirantes que lleguen a esta etapa.
- No acreditar los requisitos para el ejercicio del cargo.
Documentos para la inscripción. El formulario deberá acompañarse de los siguientes documentos, foliados y organizados por documentos personales, documentos de estudio, documentos de experiencia y capacitación. Las copias deberán ser claras y legibles para facilitar su lectura y verificación.
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía
- Fotocopia del título profesional (no se aceptarán actas de grado ni certificaciones ni estudios en curso o que no estén debidamente titulados)
- Fotocopia de la tarjeta o la matrícula profesional si el ejercicio de la profesión lo exige
- Fotocopia de títulos de educación avanzada (especialización, maestría o doctorado; no se aceptarán actas de grado ni certificaciones ni estudios en curso o que no estén debidamente titulados)
- Constancias laborales o contractuales que contengan la siguiente información: Nombre, razón social, NIT, dirección y teléfono del empleador o contratante, fechas de vinculación y desvinculación, cargo, jornada laboral, breve descripción de las funciones desempeñadas y firmas del representante legal o de la unidad o autoridad administrativa competente.
- Otras certificaciones que acrediten logros académicos y laborales.
- Certificaciones que acrediten los conocimientos en gestión de proyectos, Excel avanzado y gestión por resultados.
- Certificado de antecedentes disciplinarios vigente.
Salvo las certificaciones de otros logros académicos y laborales, se considera que los documentos enunciados son necesarios para la verificación del cumplimiento de requisitos para el ejercicio del cargo, por lo que la falta de uno de ellos será motivo de inadmisión.
Condiciones de las certificaciones. Todas las certificaciones laborales o académicas aportadas deben mostrar sin enmendaduras, el nombre o razón social de quien la expide, dirección exacta y teléfono del mismo y firmas del representante legal o de la persona, cargo o autoridad competente. Deben reunir la información necesaria y completa para verificar la información contenida, para establecer el cumplimiento de requisitos para el ejercicio del cargo, así como lo indispensable para la valoración y verificación de los antecedentes académicos y de experiencia.
Reserva de las pruebas. Las pruebas y protocolos aplicados o utilizados en el proceso de selección tienen carácter reservado y sólo serán de conocimiento de los servidores públicos responsables de su elaboración y aplicación.
Reclamaciones. No podrán presentarse reclamaciones sobre el contenido de las pruebas o el proceso de las mismas. Las reclamaciones que se presenten por fuera de la fecha y hora límite indicados en esta convocatoria no serán tenidas en cuenta y se rechazarán de plano.
Ponderación de las pruebas. Las pruebas aplicadas en el concurso tendrán la siguiente ponderación:
Prueba escrita: 40%
Prueba entrevista: 40%
Valoración de antecedentes de estudio y experiencia: 20%
Conformación del listado de candidatos elegibles. Con los mayores puntajes se conformará una lista de candidatos elegibles de entre tres y seis candidatos, entre quienes el Director General de la Entidad escogerá discrecionalmente a la persona que ocupará el cargo de Subdirector del respectivo Centro de Formación Profesional, para lo cual, quienes la integren se consideran en igualdad de condiciones de elegibilidad.
Puntaje mínimo para integrar el listado de candidatos elegibles. En todo caso, el listado de candidatos de elegibles sólo se integrará con quienes estando entre los mayores puntajes, hayan obtenido un puntaje total igual o superior al 70% del total.
Exclusión de derechos de carrera administrativa. El proceso de selección no conlleva derechos de carrera administrativa, ni se enmarca en lo establecido por la Ley 909 de 2004 y sus Decretos Reglamentarios.
Declaratoria desierta. En cualquier etapa del proceso, éste podrá declararse desierto, cuando por razones objetivas se compruebe que no se cumplirá con su objeto principal o que ningún aspirantes <sic> reúne los requisitos o las condiciones de elegibilidad o que no hay un número suficiente de aspirantes para conformar el listado de candidatos elegibles.
Modificación de la lista de candidatos elegibles. Las listas de candidatos elegibles podrán ser modificadas cuando se compruebe que: 1. Se cometió error aritmético en la sumatoria de los puntajes de las distintas pruebas. 2. Se cometió error en la interpretación de la documentación presentada al concurso. 3. Se compruebe que se presentó documentación o información falsa o adulterada o extemporánea. 4. Se evidencie que fue admitido a concurso sin que reuniera los requisitos del empleo. 5. Exista suplantación para la presentación de una o más pruebas del concurso. 6. Se compruebe que hubo conocimiento anticipado de las pruebas aplicadas.
Mediante esta convocatoria se invita a la veeduría ciudadana a participar en el proceso. En caso de detectar eventual falsedad en la documentación aportada, se dará curso a las autoridades competentes. El presente proceso de selección no conlleva derechos de carrera administrativa, no implica el cambio de naturaleza jurídica del empleo ni limita la facultad discrecional del nominador. Este proceso se rige por normas especiales y no se enmarca en lo establecido por la Ley 909 de 2004 para el sistema general de carrera administrativa.
Regional | Cargo | Dependencia | Remuneración | Sede |
Bolívar | Director Regional Grado 7 | Dirección Regional | 4.552.450.00 | Cartagena |
Quindío | Director Regional Grado 5 | Dirección Regional | 4.309.799.00 | Armenia |
Identificación del empleo | ||||
Denominación: Director Regional | Dependencia: Dirección Regional | Jefe inmediato: Director General | ||
Nivel jerárquico: Directivo | Tipo de vinculación: LIBRE REMOCIÓN. El proceso de selección no conlleva derechos de cañera administrativa ni se enmarca en lo establecido por la Ley 909 de 2004. |
Propósito y funciones
Propósito estratégico:
Dirigir, organizar, formular políticas y adoptar los planes, programas y proyectos, para contribuir con el desarrollo social, económico, educativo y tecnológico del país, en cumplimiento de la Misión, Visión y Objetivos institucionales dentro de la jurisdicción de la Reg
Funciones:
Las establecidas en el artículo 24 del Decreto 249 del 28 de enero de 2004 y en el Manual de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales del SENA, que puede ser consultado en la página web www.sena.edu.co, sección Secretarla General. Manual de Funciones 2007.
REQUISITOS | |
Estudios: Título profesional universitario. | Experiencia: El aspirante deberá acreditar experiencia mínima de tres (3) años en cargos del nivel directivo, en áreas relacionadas con la gerencia administrativa, educativa, de formación profesional 0 desarrollo tecnológico y estar vinculado a la región. |
Equivalencias | |
No hay equivalencias para el cargo de Director Regional. |
Perfil específico
Profesionales Universitarios que puedan acreditar los requisitos anteriormente indicados, con competencias para el desempeño en labores de dirección, con habilidades de liderazgo, gerencia y administración. Experiencia en relacionamiento y trabajo en conjunto o dedicado con los sectores productivos y/o públicos y capacidades ejecutivas en proyectos educativos de formación profesional y desarrollo tecnológico. Conocimiento en gerencia de proyectos, experiencia y/o formación en gestión tecnológica y del conocimiento y uso de las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones. Conocimiento de la gestión por resultados. Relacionamiento probado con el entorno. Conocimiento sobre las agendas prospectiva e interna de la respectiva región. Competencias en Word y Excel avanzado.
Cronograma proceso de selección | ||
Divulgación Publicación de la convocatoria en prensa, página web del SENA y carteleras de la Regional y Centros de Formación donde se encuentran las vacantes. | Diario de circulación nacional | 1 de febrero de 2009 |
Diario de Circulación Regional | Entre el 2 y el 15 de febrero de 2009 | |
Página web SENA y carteleras | Desde el 1 de febrero de 2009 | |
Inscripciones Cada aspirante podrá inscribirse para un único cargo de Director Regional 0 de Subdirector de Centro. El formulario de inscripción debe bajarse de la página web www.sena.edu.co (sección Meritocracia SENA) El formulario impreso completamente diligenciado y firmado, con la documentación que se indica más adelante, debe entregarse y radicarse en las Oficinas de Administración de Documentos de la Dirección General 0 en la Regional donde se encuentra la vacante en concurso, haciéndole colocar el registro correspondiente de número, fecha y hora. | Lugar de inscripción: Oficina de Administración de Documentos de la Dirección General 0 en la Regional donde se encuentra la vacante en concurso. | Del 9 al 27 de febrero de 2009 |
Admisión al concurso Serán admitidos quienes realicen la inscripción en los términos, fechas y horas de esta convocatoria siguiendo las instrucciones del formulario, y que acrediten cumplir con los requisitos para el desempeño del cargo al momento de la inscripción. | Publicación listados Los listados de admitidos e inadmitidos se publicarán en la página web www.sena.edu.co (sección Meritocracia SENA) | 9 de marzo de 2009 |
Reclamaciones por inadmisión Los inadmitidos a concursar podrán solicitar por escrito, la revisión de su hoja de vida. En ningún caso se admitirán documentos que no hayan sido aportados al momento de la inscripción. Las respuestas se publicaran mediante aviso en la página web del SENA. Las reclamaciones deben entregarse directamente en las Oficinas de Administración de Documentos de la Dirección General 0 en la Regional de la vacante en concurso. | Reclamaciones por inadmisión | 10 de marzo de 2009 entre tas 8.00 am y las 4.00 pm |
Respuesta a reclamaciones por inadmisión | 13 de marzo de 2009 | |
Citación a prueba escrita Los admitidos antes y después de reclamaciones serán citados a prueba escrita mediante listado que se fijará en la página web www.sena.edu.co (sección Meritocracia SENA) | Publicación de la citación a prueba escrita | 16 de marzo de 2009 |
Prueba escrita Los admitidos deberán presentar prueba en el lugar y hora que se le haya indicado en la citación. | Presentación de prueba escrita | 20 de marzo de 2009 |
Resultados prueba escrita Esta prueba tendrá carácter eliminatorio. Continuarán en el proceso los que obtengan un puntaje igual 0 superior al 60% del puntaje total de la prueba. Los resultados de la prueba escrita se publicarán en la página web www.sena.edu.co (sección Meritocracia SENA) | Publicación resultados prueba escrita | 30 de marzo de 2009 |
Reclamaciones por resultados de prueba escrita Las reclamaciones deben entregarse directamente en la Oficina de Administración de Documentos de la Dirección General o de la Regional donde se encuentra la vacante en concurso. Las respuestas se publicarán mediante aviso en la página web del SENA y en las carteleras de las Regionales donde están los cargos en concurso. | Reclamaciones por resultados de prueba escrita | 31 de marzo de 2009 entre las 8.00 am y las 4.00 pm |
Respuesta a reclamaciones | 3 de abril de 2009 | |
Citación a entrevista Quienes superen la prueba escrita serán citados a entrevista mediante listado que se fijará en la página web del SENA | Publicación de citación a entrevista | 13 de abril de 2009 |
Entrevista La presentarán quienes hayan sido citados en el lugar y hora que se indiquen en la citación, en la Dirección General del SENA, en Bogotá. La prueba de entrevista valorará las características personales, profesionales, de preparación y de aptitud de cada uno de los concursantes. | Lugar y fecha de entrevista Según citación para cada aspirante, en la Dirección General del SENA, en Bogotá | Del 16 al 23 de abril de 2009 |
Resultados de entrevista Los resultados de la entrevista serán publicados en la página web www.sena.edu.co (sección Meritocracia SENA) | Publicación de resultados de entrevista | 27 de abril de 2009 |
Reclamaciones por resultados de entrevista Las reclamaciones deben entregarse directamente en la Oficina de Administración de Documentos de la Dirección General o de la Regional donde se encuentra la vacante en concurso. Las respuestas se publicarán mediante aviso en la página web www.sena.edu.co (sección Meritocracia SENA) | Reclamaciones por resultados de entrevista | 28 de abril de 2009 entre las 8.00 am y las 4.00 pm |
Respesta a reclamaciones | 30 de abril de 2009 | |
Valoración de antecedentes de estudio y experiencia A quienes superen las fases anteriores se les valorarán sus antecedentes de estudio y experiencia, de acuerdo con la documentación aportada por cada aspirante al momento de su inscripción y que reúna las condiciones que se señalan para cada tipo de certificación. | Valoración de antecedentes de estudio y experiencia | Del 4 al 6 de mayo de 2009 |
Resultados de valoración de antecedentes de estudio y experiencia Se fijarán en la página web www.sena.edu.co (sección Meritocracia SENA) | Publicación de resultados | 7 de mayo de 2009 |
Reclamaciones por resultados de valoración de antecedentes de estudio y experiencia Las reclamaciones deben entregarse directamente en la Oficina de Administración de Documentos de la Dirección General o de la Regional donde se encuentra la vacante en concurso. Las respuestas se publicarán mediante aviso en la página web www.sena.edu.co (sección Meritocracia SENA) | Reclamaciones por resultados de valoración | 8 de mayo de 2009 entre las 8.00 am y las 4.00 pm |
Respuesta a reclamaciones | 12 de mayo de 2009 | |
Listados de candidatos elegibles Se conformará y publicará una lista de elegibles con los candidatos que hayan superado con éxito las pruebas y que hayan obtenido un puntaje igual o superior al 70% del total posible, una vez ponderados los resultados de las pruebas. | Publicación de listados | 18 de mayo de 2009 |
Consideraciones adicionales
Carácter de la convocatoria. El texto de la presente convocatoria se constituye en la principal regla para el seguimiento del proceso de selección convocado, las cuales serán oponibles a los aspirantes y a la Entidad. Los aspirantes manifiestan su aceptación de las mismas con el hecho de inscribirse. Ninguna información escrita o verbal adicional que no esté contenida en esta convocatoria podrá tomarse como válida, salvo la que esté contenida en actos debidamente expedidos que modifiquen el contenido de la presente o aquella de naturaleza legal o reglamentaria.
Múltiple Inscripción. Cada aspirante elegirá un único cargo al que aspirará, sea de Director Regional o Subdirector de Centro. En caso de que un aspirante se inscriba a más de un cargo, se tomará como inscripción válida únicamente la primera opción.
Motivos de inadmisión. Serán motivos de inadmisión durante el proceso:
- No aportar al momento de la inscripción la totalidad de los documentos requeridos
- Omitir la firma del formulario de inscripción
- Entregar documentos por fuera de la fecha y hora señalados en la convocatoria
- La inexactitud en la información o la imposibilidad de verificación de la información o de los documentos aportados al inscribirse. La Entidad podrá verificar los documentos aportados a los aspirantes que lleguen a esta etapa.
- No acreditar los requisitos para el ejercicio del cargo.
Documentos para la inscripción. El formulario deberá acompañarse de los siguientes documentos, foliados y organizados por documentos personales, documentos de estudio, documentos de experiencia y capacitación. Las copias deberán ser claras y legibles para facilitar su lectura y verificación.
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía
- Fotocopia del título profesional (no se aceptarán actas de grado ni certificaciones ni estudios en curso o que no estén debidamente titulados)
- Fotocopia de la tarjeta o la matrícula profesional si el ejercicio de la profesión lo exige
- Fotocopia de títulos de educación avanzada (especialización, maestría o doctorado; no se aceptarán actas de grado ni certificaciones ni estudios en curso o que no estén debidamente titulados)
- Constancias laborales o contractuales que contengan la siguiente información; Nombre, razón social, NIT, dirección y teléfono del empleador o contratante, fechas de vinculación y desvinculación, cargo, jornada laboral, breve descripción de las funciones desempeñadas y firmas del representante legal o de la unidad o autoridad administrativa competente.
Otras certificaciones que acrediten logros académicos y laborales.
- Certificaciones que acrediten los conocimientos en gestión de proyectos, Excel avanzado y gestión por resultados.
- Certificado de antecedentes disciplinarios vigente.
Salvo las certificaciones de otros logros académicos y laborales, se considera que los documentos enunciados son necesarios para la verificación del cumplimiento de requisitos para el ejercicio del cargo, por lo que la falta de uno de ellos será motivo de inadmisión.
Condiciones de las certificaciones. Todas las certificaciones laborales o académicas aportadas deben mostrar sin enmendaduras, el nombre o razón social de quien la expide, dirección exacta y teléfono del mismo y firmas del representante legal o de la persona, cargo o autoridad competente. Deben reunir la información necesaria y completa para verificar la información contenida, para establecer el cumplimiento de requisitos para el ejercicio del cargo, así como lo indispensable para la valoración y verificación de los antecedentes académicos y de experiencia.
Reserva de las pruebas. Las pruebas y protocolos aplicados o utilizados en el proceso de selección tienen carácter reservado y sólo serán de conocimiento de los servidores públicos responsables de su elaboración y aplicación.
Reclamaciones. No podrán presentarse reclamaciones sobre el contenido de las pruebas o el proceso de las mismas. Las reclamaciones que se presenten por fuera de la fecha y hora límite indicados en esta convocatoria no serán tenidas en cuenta y se rechazarán de plano.
Ponderación de las pruebas. Las pruebas aplicadas en el concurso tendrán la siguiente ponderación:
Prueba escrita: 40%
Prueba entrevista: 40%
Valoración de antecedentes de estudio y experiencia: 20%
Conformación de la terna. Con los mayores se conformará la terna de elegibles que será enviada al Gobernador Departamental para la selección de quien ocupará el empleo, quedando a cargo de la Entidad su nombramiento y posesión.
La tema sólo podrá estar integrada por aspirantes que hayan obtenido el porcentaje mínimo acumulado de 70%.
Los aspirantes que integren la terna estarán en igualdad de condiciones para ser elegidos por el Gobernador del Departamento.
Exclusión de derechos de carrera administrativa. El proceso de selección no conlleva derechos de carrera administrativa, ni se enmarca en lo establecido por la Ley 909 de 2004 y sus Decretos Reglamentarios. Este proceso se regula por los parámetros señalados en el Decreto 1972 de 2002.
Declaratoria desierta. En cualquier etapa del proceso podrá declararse desierto, cuando por razones objetivas se compruebe que no se cumplirá con su objeto principal o que ningún aspirante reúne los requisitos o las condiciones para integrar la terna o que no hay un número suficiente de aspirantes para conformarla.
Modificación de la lista de candidatos elegibles. Las listas de candidatos elegibles podrán ser modificadas cuando se compruebe que: 1. Se cometió error aritmético en la sumatoria de los puntajes de las distintas pruebas. 2. Se cometió error en la interpretación de la documentación presentada al concurso. 3. Se compruebe que se presentó documentación o información falsa o adulterada o extemporánea. 4. Se evidencie que fue admitido a concurso sin que reuniera los requisitos del empleo. 5. Exista suplantación para la presentación de una o más pruebas del concurso. 6. Se compruebe que hubo conocimiento anticipado de las pruebas aplicadas.
Mediante esta convocatoria se invita a la veeduría ciudadana a participar en el proceso. En caso de detectar eventual falsedad en la documentación aportada, se dará curso a las autoridades competentes. El presente proceso de selección no conlleva derechos de carrera administrativa, no implica el cambio de naturaleza jurídica del empleo ni limita la facultad discrecional del nominador. Este proceso se rige por normas especiales y no se enmarca en lo establecido por la Ley 909 de 2004 para el sistema general de carrera administrativa.