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RESOLUCIÓN 1982 DE 2021

(noviembre 9)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024>

Por la cual se establece la conformación de los Grupos Internos de Trabajo de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo de la Dirección General del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA

Resumen de Notas de Vigencia

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE – SENA

En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas en el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, numerales 4 y 23 del artículo 4 del Decreto 249 de 2004 y el artículo 32 del mismo Decreto, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia en el artículo 209 consagra:

“La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley”.

Que la Ley 489 de 1998 en el artículo 115 establece:

“Planta global y grupos internos de trabajo. El Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo caso el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas. Con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. // En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento”.

Que mediante el Decreto 249 de 2004 se modificó la estructura interna del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, y se reorganizaron las funciones de sus dependencias, además, en su artículo 10 se establecieron las funciones de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo– SENA.

Que dicho Decreto, en el artículo 4 numeral 4, le atribuyó al Director General, la facultad de dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y dictar los actos administrativos con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes y, el numeral 23 del mismo artículo y el artículo 32, señala como función de la Dirección General del SENA crear Comités, Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y sus funciones.

Que por medio del Decreto 250 de 2004 y sus modificaciones, el Gobierno Nacional adoptó la actual planta global de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.

Que el Decreto 2489 de 2006, “Por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos públicos de las instituciones pertenecientes a la Rama Ejecutiva y demás organismos y entidades públicas del orden nacional y se dictan otras disposiciones”, en su artículo 8 establece:

“Grupos Internos de trabajo. Cuando de conformidad con el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los organismos y entidades a quienes se les aplica el presente Decreto creen grupos internos de trabajo, la integración de los mismos no podrá ser inferior a (4) empleados, destinados a cumplir las funciones que determine el acto de creación, los cuales estarán relacionadas con el área de la cual dependen jerárquicamente”.

Que las funciones de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo fueron establecidas en el artículo 10 del Decreto 249 de 2004 y para su desarrollo dicha Dirección se encuentra organizada en (4) grupos de trabajo así;

1. Grupo de Gestión de la Información y Evaluación de resultados, creado a través de la Resolución No 2711 de 2005 y reorganizado mediante el artículo 7 de la Resolución No 1589 de 2019.

2. Grupo de Planeación Operativa, creado a través de la Resolución No 00121 de 2012 y reorganizado mediante el artículo 10 de la Resolución No 1589 de 2019.

3. Grupo Gestión de Costos, creado a través de la Resolución No 1239 de 2013 y reorganizado mediante el artículo 13 de la Resolución 1589 de 2019.

4. Grupo Planeación Estratégica y Mejoramiento organizacional, creado y conformado por los artículos 2 y 3 de la Resolución 1589 de 2019, respectivamente.

Que, el numeral 1 del precitado artículo establece “Asesorar y asistir a todas las dependencias de la entidad, en la formulación, diseño y determinación de las políticas, orientaciones estratégicas, planes, programas y proyectos de la entidad, promoviendo y apoyando la implementación en el SENA de una cultura de la gestión orientada por resultados”.

Que, el numeral 5 del precitado artículo establece: “5. Dirigir y gestionar el Banco de Proyectos de la entidad.” Con base en esto la Dirección de Planeación Direccionamiento Corporativo sustenta la creación del nuevo grupo “Gestión de Proyectos”

Que, para el adecuado desempeño de las funciones asignadas a la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, además del constante movimiento de la planta global de personas y el diario devenir administrativo se hace necesario actualizar la conformación de los grupos de trabajo, como se establece en la parte resolutiva de este acto administrativo.

Que, según las facultades atribuidas a la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo se hace necesaria la creación del Grupo Interno denominado “GESTION DE PROYECTOS” que estará conformado según la parte resolutiva del presente acto administrativo atendiendo los lineamientos del artículo 115 de la Ley 489 de 1998 y teniendo en cuenta los numerales 1 y 5 del artículo 10 del Decreto 249 del 2004.

Que dadas las condiciones actuales donde se ha fortalecido la gestión del cambio y generado el incremento en el número de proyectos a todo nivel y con el propósito de generar gobernanza integral de los mismos a través de su ciclo de vida, se requiere un equipo especializado que se articule en la entidad, garantizando que los estos se armonicen con los planes, programas y compromisos gubernamentales e institucionales, a través de la evaluación, el seguimiento y control para garantizar generación de valor público.

Que, en virtud de lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. CREACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> Crear el grupo interno de trabajo denominado “GESTIÓN DE PROYECTOS” adscrito a la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo del SENA.

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> El grupo interno de trabajo permanente denominado GESTIÓN DE PROYECTOS” quedará conformado por los siguientes cargos:

CARGOIDPNombre del Servidor Público que le ocupa
Profesional G065993Yaquelin Rojas Olivero
Profesional G047663Rosana Villanueva
Asesor G042Gilberto Eduardo Agudelo Arévalo
Profesional G033477Carlos Ernesto Gómez Gonzalez

ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> Designar a la funcionaria Yaquelin Rojas Olivero; como Coordinador del Grupo Interno de Trabajo denominado GESTIÓN DE PROYECTOS quien ocupa actualmente el Cargo de profesional G06 de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo y quien recibirá el reconocimiento por coordinación en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 1024 de 2019, durante el tiempo que ejerza esas funciones.

ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> Funciones del grupo permanente denominado “GESTIÓN DE PROYECTOS” tendrá las siguientes funciones:

1. Establecer las herramientas, procedimientos y metodologías que permitan la formulación adecuada de los proyectos del plan de acción institucional.

2. Asesorar y acompañar metodológicamente la formulación de los proyectos que se requieran desde las áreas de la Dirección General, regionales y/o centros de formación.

3. Definir criterios de viabilidad, elegibilidad y priorización de los proyectos en la herramienta dispuesta por la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo.

4. Priorizar y/o evaluar la pertinencia de las iniciativas estratégicas que deben ser inscritas en el Banco de Proyectos y presentarlos ante las instancias competentes.

5. Realizar acompañamiento y seguimiento junto con las áreas responsables de la Dirección General a los proyectos presentados y aprobados en los bancos de proyectos institucionales a nivel presupuestal y técnico.

6. Acompañar y gestionar con las dependencias correspondientes el diligenciamiento de informes de ejecución de los proyectos durante todo el ciclo de vida.

7. Consolidar información y elaborar los reportes sobre los planes y proyectos en ejecución de conformidad con los requerimientos de la Dirección General.

8. Preparar propuestas de desarrollo, modificación y actualización de los lineamientos y procedimientos en materia de proyectos y su relación con los planes institucionales.

9. Suministrar periódicamente la información de los recursos requeridos por las áreas para financiar los proyectos registrados en el Banco de Proyectos institucional.

10. Apoyar la articulación de los proyectos de gestión institucional con los planes, programas y compromisos gubernamentales e institucionales, presentados al anteproyecto de presupuesto en coordinación con el Grupo de Planeación Operativa.

11. Participar en la creación e implementación de los sistemas de información de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo que permitan la gestión integral de proyectos.

12. Aportar los insumos requeridos por el Grupo Planeación Operativa para la actualización de los proyectos de inversión institucional y para fortalecer la política de gestión presupuestal y eficiencia del gasto público.

13. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a su naturaleza.

ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024. Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 1384 de 2022. El nuevo texto es el siguiente:> El Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado "Planeación Estratégica y Mejoramiento Organizacional”, quedará conformado por los siguientes cargos:

Notas de Vigencia
Legislación Anterior

ARTÍCULO 6o. COORDINACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> Reafirmar al funcionario Alberto Serrano Suarez; como Coordinador del Grupo Interno de Trabajo denominado “Planeación Estratégica y Mejoramiento Organizacional” quien ocupa actualmente el Cargo de profesional G02 de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo y quien recibirá el reconocimiento por coordinación en virtud de lo dispuesto en el artículo 6o del Decreto 1024 de 2019, durante el tiempo que ejerza esas funciones.

ARTÍCULO 7o. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> Funciones del grupo permanente denominado “Planeación Estratégica y Mejoramiento Organizacional”, tendrá las siguientes funciones:

1. Recomendar e implantar metodologías de Planeación Estratégica que permitan formular, ejecutar y articular la planeación institucional.

2. Liderar la construcción y seguimiento del Plan Estratégico Institucional, en correspondencia con el Plan Nacional de Desarrollo, el Plan Sectorial y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión.

3. Implementar el modelo de inteligencia corporativa del SENA.

4. Gestionar el desarrollo de capacidades y la implementación del Sistema de Prospectiva, Vigilancia e Inteligencia Organizacional, para mejorar la toma de decisiones estratégicas en el SENA.

5. Asistir y asesorar a todas las áreas para que a partir de la información de inteligencia corporativa y de mercado se garantice la pertinencia de la oferta de los servicios institucionales.

6. Estudiar y conceptuar sobre las materias de competencia de la Dirección de Planeación y Direccionamiento  Corporativo, y  absolver  consultas de acuerdo con las políticas institucionales.

7. Gestionar el desarrollo de evaluaciones de proceso, resultados e impacto de las políticas, programas y /o proyectos del SENA, para obtener información que permita tomar decisiones al interior de la entidad.

8. Coordinar con las dependencias de la entidad las actividades necesarias para la implementación y mantenimiento del Modelo Integrado de Planeación y Gestión.

9. Apoyar al Director de Planeación y Direccionamiento Corporativo en la secretaría técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.

10. Cumplir las funciones asignadas a la Secretaría Técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.

11. Coordinar y orientar a las dependencias de la entidad en la construcción del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano.

12. Orientar a las dependencias de la entidad en la gestión de los riesgos de corrupción y realizar el seguimiento de las acciones tomadas para su mitigación.

13. Elaborar junto con las dependencias de la entidad la estrategia de participación ciudadana.

14. Elaborar y liderar la implementación de la estrategia de rendición de cuentas.

15. Realizar seguimiento a los proyectos que están establecidos en el Plan de Desarrollo Administrativo Sectorial relacionados con la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo.

16. Proponer al Representante de la Alta Dirección y al Comité Nacional del SIGA, y a los Coordinadores de Subsistema, políticas, planes, programas y lineamientos generales para mejorar continuamente la conveniencia, adecuación y eficacia del Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol.

17. Coordinar los subsistemas de Gestión de la Calidad y Gestión Ambiental en la formulación y ejecución del Plan Anual de Mantenimiento y Mejora del SIGA - PAM - de carácter nacional.

18. Concertar con los demás líderes nacionales de los Subsistemas que conforman el SIGA las actividades que requieren articulación.

19. Apoyar la determinación de la metodología, factores y condiciones necesarios para abordar y gestionar el contexto interno y externo de la Entidad y que son base para mantener y mejorar continuamente el SIGA, incluyendo los riesgos y oportunidades.

20. Actualizar y verificar el cumplimiento de la política de Gestión de la Calidad y Gestión Ambiental.

21. Proponer esquemas de mejoramiento en los procesos con base en la información que se provea desde las áreas y los canales de atención y respuesta al ciudadano.

22. Brindar asesoría técnica y acompañamiento al Equipo SIGA Nacional en la estructuración e implementación de todos los elementos relacionados con el Subsistema de Gestión de la Calidad y Gestión Ambiental, de manera articulada con los demás Subsistemas que conforman el Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol - SIGA.

23. Gestionar la implementación de las decisiones y acciones resultantes de la Revisión por la Dirección y demás mecanismos de seguimiento relacionados con el Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol.

24. Estructurar y coordinar el plan de auditorías internas del Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol calidad a nivel nacional.

25. Coordinar con la Oficina de Control Interno, la revisión de los planes de mejoramiento institucional en respuesta a las auditorías internas y externas.

26. Asesorar a las dependencias de la entidad en la formulación, actualización, ejecución y seguimiento de los Planes de Gestión Ambiental.

27. Coordinar con los directivos de las áreas, las actividades que se requieren para el mantenimiento del Modelo Estándar de Control Interno - MECI

28. Participar en la implementación institucional de la estrategia de Gobierno en Línea.

29. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a su naturaleza.

ARTÍCULO 8o. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024. Artículo modificado por el artículo 2 de la Resolución 1384 de 2022. El nuevo texto es el siguiente:> El Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado "Gestión de la Información y Evaluación de Resultados”, quedará conformado por los siguientes cargos:

Notas de Vigencia
Legislación Anterior

ARTÍCULO 9o. COORDINACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> Reafirmar al funcionario Nohora Inés Peña Clavijo; como Coordinador del Grupo Interno de Trabajo denominado "Gestión de la Información y Evaluación de Resultados” quien ocupa actualmente el Cargo de profesional G09 de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo y quien recibirá el reconocimiento por coordinación en virtud de lo dispuesto en el artículo 6o del Decreto 1024 de 2019, durante el tiempo que ejerza esas funciones.

ARTÍCULO 10. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> Funciones del grupo permanente denominado "Gestión de la Información y Evaluación de Resultados” tendrá las siguientes funciones:

1. Establecer, desarrollar, controlar y evaluar en coordinación con la Oficina de Control Interno, las políticas procesos y procedimientos que con respecto a la consecución de los resultados institucionales, garanticen la fidelidad, pertinencia, oportunidad y validez de la información originada y procesada en las distintas dependencias y niveles organizacionales, que permita hacer seguimiento a los procesos, rendir cuentas a los entes de control, a los demás grupos de interés y a la ciudadanía en general para ejercer control social.

2. Propiciar el aprendizaje institucional con personal del equipo interdisciplinario en temas relacionados con el impacto de las políticas e indicadores institucionales, sobre los avances intermedios y finales de los resultados institucionales.

3. Definir y administrar el sistema de estadísticas de la entidad y el sistema de indicadores degestión.

4. Establecer el sistema de indicadores institucionales que permita identificar evaluar en cualquier momento los avances de la gestión en todos los niveles organizacionales y logros obtenidos en las distintas líneas de gestión y retroalimentarlo periódicamente, con el propósito de visualizar el cumplimiento esperado del direccionamiento estratégico definido, así como prever y controlar las desviaciones que puedan presentarse en el desarrollo de los planes.

5. En coordinación y colaboración con la Oficina de Sistemas, definir el diseño y desarrollo de las estrategias que permitan optimizar la producción y distribución de la información institucional e ilustrarlo a todos los participantes institucionales en temas relacionados con laorganización, gestión y análisis de la información.

6. Liderar, coordinar, definir y promover junto con la Oficina de Sistemas, las estrategias y los proyectos que propendan por la integración de estándares para el registro, gestión y mejoramiento de la información; generación y gestión de estadísticas; generación y mejoramiento del flujo de información de la entidad.

7. Participar coordinadamente con las áreas involucradas, en la definición de los modelos y las características de los diversos sistemas de información, en asocio con la Oficina de Sistemas.

8. Definir, en coordinación con la Oficina de Control Interno y la Oficina de Sistemas, los parámetros de la auditoria de la información, como método de diagnóstico de la calidad y usode los recursos de la información dentro de la organización.

9. Presentar nuevos proyectos, productos o servicios relacionados con la gestión de la información ante las instancias competentes, así como propender por la mejora de los sistemas o servicios de información de la entidad que converjan y se integren a los objetivos y planes estratégicos de la entidad.

10. Coordinar la información hacia entes internos y externos.

11. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a su naturaleza.

ARTÍCULO 11. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> El Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado "Planeación Operativa”, quedará conformado por los siguientes cargos:

CARGOIDPNombre del Servidor Público que le ocupa
Profesional G08351Claudia Liliana Blanco Santillana
Profesional G07125Alba Yadira Gomez Aroca
Profesional G07364Luz Esperanza Mendoza Cerquera
Técnico G03137Luis Fernando Osorio Noriega

ARTÍCULO 12. COORDINACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> Reafirmar al funcionario Claudia Liliana Blanco Santillana; como coordinador del Grupo Interno de Trabajo denominado "Planeación Operativa” quien ocupa actualmente el Cargo de profesional G08 de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo y quien recibirá el reconocimiento por coordinación en virtud de lo dispuesto en el artículo 6o del Decreto 1024 de 2019, durante el tiempo que ejerza esas funciones.

ARTÍCULO 13. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> Funciones del grupo permanente denominado "Planeación Operativa” tendrá las siguientes funciones:

1. Coordinar la formulación del plan operativo anual con la participación de los grupos de trabajo que conforman la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo; y posteriormente consolidar el Plan Operativo para presentarlo al Consejo Directivo Nacional para su aprobación.

2. Elaborar y gestionar anualmente el Anteproyecto de Presupuesto de acuerdo con las disposiciones emanadas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Departamento Nacional de Planeación (DNP), y el Ministerio de Trabajo; proyectar el Marco de Gastos de Mediano Plazo de acuerdo con las políticas de los entes mencionados; y realizar seguimiento y ajustes acordados hasta su aprobación.

3. Proyectar y gestionar ante el Consejo Directivo Nacional los acuerdos de modificaciones presupuéstales de ley que requiera la entidad.

4. Coordinar la apertura del presupuesto con la colaboración de los grupos de trabajo que conforman la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo.

5. Coordinar y asesorar la formulación de los proyectos de ley de la entidad con los responsables de las áreas de la Dirección General, evaluarlos y gestionar ante el Ministerio de Trabajo para que dichos proyectos sean registrados o actualizados en el Banco de Programas y Proyectos de Inversión Nacional BPIN.

6. Gestionar las vigencias futuras, la liberación de excedentes financieros o incorporaciones de recursos al presupuesto y el pago de vigencias expiradas ante las entidades respectivas cuando se requiera.

7. Analizar y recomendar, con la Oficina de Sistemas, las propuestas de inversión de recursos destinados a sistemas de información, equipos, programas informáticos y comunicaciones en cumplimiento de los lineamientos que expide el Departamento Nacional de Planeación; y la Agenda de Conectividad, o quien haga sus veces.

8. Coordinar con la Dirección de Formación Profesional, Dirección Administrativa y Financiera, Dirección Jurídica, Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas, la Secretaría General, y la Oficina de Sistemas, la emisión y evaluación de conceptos de viabilidad para los proyectos de creación o traslado de centros, fortalecimiento de centros, y otros relacionados con la ejecución de proyectos de inversión que puedan requerir financiación.

9. Mantener actualizado el Modelo de Presupuesto del SENA en el marco de las políticas de vigilancia de la gestión fiscal.

10. Elaborar informes presupuéstales mensuales sobre la ejecución de ingresos y gastos a nivel de proyectos ley, Regionales, Centros de Formación y dependencias, con el fin de generar alertas que conlleven a una eficiente ejecución de los recursos presupuéstales y a la detección y adopción de mejores prácticas, la estandarización y simplificación de los procesos y procedimientos institucionales, tanto en lo misional como en lo administrativo.

11. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a su naturaleza.

ARTÍCULO 14. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024. Artículo modificado por el artículo 3 de la Resolución 1384 de 2022. El nuevo texto es el siguiente:> El Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado "Gestión de Costos", quedará conformado por los siguientes cargos:

Notas de Vigencia
Legislación Anterior

ARTÍCULO 15. COORDINACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> Designar al funcionario Hernando Rojas Martínez; como Coordinador del Grupo Interno de Trabajo denominado "Gestión de Costos” quien ocupa actualmente el Cargo de profesional G07 de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo y quien recibirá el reconocimiento por coordinación en virtud de lo dispuesto en el artículo 6o del Decreto 1024 de 2019, durante el tiempo que ejerza esas funciones.

ARTÍCULO 16. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> Funciones del grupo permanente denominado "Gestión de Costos” tendrá las siguientes funciones:

1. Evaluar periódicamente la estabilidad de la estructura del Sistema de Información Nacional de Costos de Gestión del SENA, proponer las actualizaciones que sean necesarias, de conformidad con las políticas y directrices de la Dirección General del SENA.

2. Planear, organizar y asesorar la estructura de costos inherente a los Programas de Formación Profesional de la entidad y de los servicios misionales que desarrollan las Direcciones y Oficinas de la Dirección General, las Direcciones Regionales y los Centros de Formación.

3. Dirigir el diseño y desarrollo del sistema de información para el registro y procesamiento permanente de los datos establecidos en la estructura del Sistema de Información Nacional de Costos de Gestión del SENA y su interface con aplicativos institucionales que generan información al sistema.

4. Establecer los procedimientos y recursos necesarios para la recolección y consolidación de información del Sistema de Información Nacional de Costos, en coordinación con la Dirección Administrativa y Financiera de la Dirección general.

5. Coordinar con las Direcciones y Oficinas de la Dirección General, las Direcciones Regionales y los Centros de Formación, la estructura y clasificación de los costos que les correspondan.

6. Verificar la consistencia de la información procesada en el Sistema de Información y mantener registros actualizados, oportunos y confiables de la información que soporta los costos de los servicios misionales las dependencias del SENA, en coordinación con el Grupode Planeación Operativa.

7. Elaborar informes periódicos de costos a nivel de Direcciones y Oficinas de la Dirección General, Direcciones Regionales y Centros de Formación Profesional, presentando estadísticas y análisis de su comportamiento.

8. Proponer a la Dirección General del SENA sistemas, métodos, procedimientos y acciones orientadas a racionalizar los costos de operación en las distintas dependencias de la entidad.

9. Brindar asesoría y asistencia metodológica y técnica a todas las dependencias de la entidad en el análisis de los informes de costos, orientada a la toma de decisiones tendientes a racionalizar el uso de los recursos a su cargo, alcanzando niveles óptimos de utilización y contribuir a la mejora continua de sus procesos y procedimientos.

10. Diseñar y Establecer el cuadro de mando integral como sistema de control de los resultados en la gestión de costos de las Direcciones y Oficinas de la Dirección General, Direcciones Regionales y Centros de Formación.

11. Coordinar con el Sistema Integrado de Gestión de Calidad los procesos, procedimientos y actividades a cargo del Grupo de Gestión de Costos, para garantizar su inclusión en el sistema.

12. Estudiar y proyectar conceptos y consultas de carácter técnico u operativo sobre asuntos relacionados con las funciones asignadas al grupo.

13. Responder oportunamente las comunicaciones, peticiones, y demás actuaciones administrativas que le correspondan, así como preparar o enviar los informes relacionados con las funciones asignadas al grupo de trabajo, a solicitud del Director General, la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo y demás áreas o entidades.

14. Mantener actualizado el Modelo de Costos del SENA en el marco de las políticas de vigilancia de la gestión fiscal.

15. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a su naturaleza.

ARTÍCULO 17. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> Comunicar el contenido de la presente resolución al Director de Planeación y Direccionamiento Corporativo y a los empleados públicos que desempeñen los cargos aquí mencionados.

ARTÍCULO 18. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> Los cargos vacantes relacionados en este acto administrativo continuarán en proceso de provisión definitiva o temporal mediante encargo o nombramiento provisional.

ARTÍCULO 19. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> Las funciones de Coordinación de los Grupos de Trabajo continuarán siendo desempeñadas por quienes fueron designados mediante acto administrativo y las funciones de los grupos de trabajo, deben ser cumplidas de conformidad con lo establecido en los actos administrativos señalados en la parte motiva.

ARTÍCULO 20. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga los artículos y demás actos administrativos que le sean contrarios, de conformidad con el artículo 8 de la ley 1437 de 2011 publíquese en la página web del SENA.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., el 09 NOV 2021

CARLOS MARIO ESTRADA MOLINA

Director General

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/R_SENA_1982_2021.pdf>

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