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RESOLUCIÓN 2050 DE 2010

(julio 8)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 18 de la Resolución  329 de 2016>

Por la cual se define la integración de los grupos de trabajo de la Dirección de Empleo y Trabajo del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA.

Resumen de Notas de Vigencia

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA,

En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las contenidas en los artículos 115 de la ley 489 de 1998, el artículo 4o - numerales 4 y 23 del Decreto 249 de 2004 y el artículo 32 del mismo Decreto, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 establece que: “El Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo caso el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas.// Con el fin de atender necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. // En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento.” (El resaltado es nuestro).

Que mediante el Decreto 249 del 28 de enero de 2004 se modificó la estructura interna del SENA y se reorganizaron las funciones de sus dependencias.

Que mediante el Decreto 250 del 28 de enero de 2004, el Gobierno Nacional adoptó la actual planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.

Que el numeral 23 del artículo 4o y el artículo 32 del Decreto 249 de 2004 señalan como función de la Dirección General del SENA crear Comités, Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y sus funciones.

Que el numeral 4 del artículo 4o del Decreto 249 del 28 de enero de 2004, le atribuyo al Despacho del Director General, la facultad de dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y dictar los actos administrativos con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes.

Que el artículo 14 del Decreto 249 de 2004, señala las funciones de la Dirección de Empleo y Trabajo de la Dirección General.

Que el artículo 8o del Decreto 2489 del 25 de julio de 2006 señala que: “Cuando de conformidad con el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los organismos y entidades a quienes se les aplica el presente Decreto creen grupos internos de trabajo, la integración de los mismos no podrá ser inferior a (4) empleados, destinados a cumplir las funciones que determine el acto de creación, las cuales estarán relacionadas con el área de la cual dependen jerárquicamente”. (Negrilla fuera de texto).

Que mediante la Resolución No. 1938 del 25 de agosto de 2004, modificada mediante la Resolución No. 0404 del 19 de febrero de 2009 y 0668 del 12 de febrero de 2010, se crearon en la Dirección de Empleo y Trabajo de la Dirección General los Grupos Internos de Trabajo “Observatorio Laboral y Ocupacional Colombiano”, ''Servicio Nacional de Empleo” y “Servicios de Empleabilidad”.

Que mediante la Resolución No. 2604 del 16 de septiembre de 2009, se creó en la Dirección de Empleo y Trabajo de la Dirección General el Grupo Interno de Trabajo “Generación de Ingresos para Jóvenes del Sector Rural y Población Vulnerable”.

Que debido al constante movimiento de la planta global de personal, se hace necesario modificar la conformación de estos Grupos, para garantizar el adecuado logro de sus funciones.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o.  <Resolución derogada por el artículo 18 de la Resolución  329 de 2016>  El Grupo Interno de Trabajo denominado “Servicio Nacional de Empleo”, estará conformado por los siguientes servidores públicos que ocupan actualmente los cargos indicados de la Dirección de Empleo y Trabajo:

DenominaciónGradoFuncionario
Profesional14Elsa Aurora Bohórquez Vargas
Profesional1Sandra Carolina Leguizamón Cruz
Técnico7Luz Marina Pedraza León
Técnico7Lina Andrea Lozano Madero
Notas de Vigencia
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ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 18 de la Resolución  329 de 2016>  El Grupo Interno de Trabajo denominado “Servicios de Empleabilidad”, estará conformado por los siguientes servidores públicos que ocupan actualmente los cargos indicados de la Dirección de Empleo y Trabajo:

Denominación
GradoFuncionario
Asesor7
Jaime Emilio Vence Ariza
Asesor10
Gina Ximena Vela Rodríguez
Técnico3
Luz Stella Calderón España
Secretaria6
Iris Ivette Valencia Holguín
Notas de Vigencia
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ARTÍCULO 3o.  <Resolución derogada por el artículo 18 de la Resolución  329 de 2016> El Grupo Interno de Trabajo denominado “Observatorio Laboral y Ocupacional Colombiano”, estará conformado por los siguientes servidores públicos que ocupan actualmente los cargos indicados de la Dirección de Empleo y Trabajo:

DenominaciónGradoFuncionario
Profesional14Pedro Moisés Monroy Becerra
Profesional6Dora María Ocampo Castaño
Profesional10Nayda Lucy Vásquez Vanegas
Profesional6Eishnover Sánchez
Notas de Vigencia
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ARTÍCULO 4o.  <Resolución derogada por el artículo 18 de la Resolución  329 de 2016> El Grupo Interno de Trabajo denominado “Generación de Ingresos Para Jóvenes del Sector Rural y Población Vulnerable”, estará conformado por los siguientes servidores públicos que ocupan actualmente los cargos indicados de la Dirección de Empleo y Trabajo:

DenominaciónGradoFuncionario
Asesor7Emperatriz Talero de Trujillo
Profesional13María Eugenia Cárdenas Sánchez
Técnico1Marco Antonio Figueroa Pardo
Técnico7Lizeth Rocío Cortes Núñez
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ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 18 de la Resolución  329 de 2016>  La coordinación de los Grupos de la Dirección de Empleo y Trabajo continuará siendo ejercida, por quienes hasta la fecha han sido designados mediante Resolución.

Notas de Vigencia
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ARTÍCULO 6o. <Resolución derogada por el artículo 18 de la Resolución  329 de 2016> La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición y modifica los actos administrativos que le sean contrarios.

Notas de Vigencia

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 08 JUL. 2010

DARíO MONTOYA MEJÍA

Director General

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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