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RESOLUCIÓN 2093 DE 2009

(Agosto 15)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

“Por la cual se fusionan dos Grupo de Trabajo, se crea un Grupo permanente en la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo y se modifica la Resolución 993 del 21 de abril de 2009.

Resumen de Notas de Vigencia

EL DIRECTOR GENERAL (E) DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA,

En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las contenidas en el artículo 115 de la ley 489 de 1998, el artículo 4o - numerales 4 y 23 del Decreto 249 de 2004, y el artículo 32 del mismo Decreto, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 establece que: “El Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo caso el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas.// Con el fin de atender necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo.// En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento.” (El resaltado es nuestro).

Que mediante el Decreto 249 del 28 de enero de 2004 se modificó la estructura interna del SENA y se reorganizaron las funciones de sus dependencias.

Que mediante el Decreto 250 del 28 de enero de 2004, el Gobierno Nacional adoptó la actual planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.

Que el numeral 4 del artículo 4o del Decreto 249 del 28 de enero de 2004, le atribuyo al Despacho del Director General, la facultad de dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y dictar los actos administrativos con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes.

Que el numeral 23 del artículo 4o y el artículo 32 del Decreto 249 de 2004 señalan como función de la Dirección General del SENA crear Comités, Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y sus funciones.

Que el artículo 10 del Decreto 249 de 2004, señala las funciones de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo.

Que el artículo 4 del Decreto 248 del 28 de enero de 2004, señala: “Reconocimiento por coordinación. Los empleados públicos del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, en donde no exista el empleo de Jefe de División, que tengan a su cargo la coordinación o supervisión de grupos internos de trabajo, creados mediante resolución del Director General del SENA, percibirán mensualmente un veinte por ciento (20%) adicional al valor de la asignación básica mensual del empleo del cual sean titulares, durante el tiempo en que ejerzan tales funciones. Dicho valor no constituye factor salarial para ningún efecto legal. //Este reconocimiento se efectuaré siempre y cuando el empleado no pertenezca a los niveles Directivo, Asesor o Ejecutivo.

Que el Decreto 2489 del 25 de julio de 2006 establece en su artículo 8o que: “Grupos Internos de trabajo. Cuando de conformidad con el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los organismos y entidades a quienes se les aplica el presente Decreto creen grupos internos de trabajo, la integración de los mismos no podrá ser inferior a (4) empleados, destinados a cumplir las funciones que determine el acto de creación, los cuales estarán relacionadas con el área de la cual dependen jerárquicamente.” (Negrilla fuera de texto).

Que el Decreto 717 del 6 de marzo de 2009 señala en el artículo 6o que “Los empleados públicos del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, que tengan a su cargo la coordinación o supervisión de los grupos internos de trabajo, creados mediante resolución del Director General del SENA, percibirán mensualmente un veinte por ciento (20%) adicional al valor de la asignación básica mensual del empleo del cual sean titulares, durante el tiempo en que ejerzan tales funciones. Dicho valor no constituye factor salarial para ningún efecto legal. // Este reconocimiento se efectuaré siempre y cuando el empleado no pertenezca a los niveles directivo, asesor o ejecutivo".

Que en el marco de los principios de la función administrativa contemplados en el artículo 209 de la Constitución Política, especialmente los relacionados con la eficacia, la economía y la celeridad, encaminados a la innovación en la gestión para el mejoramiento de los procesos y resultados, se hace necesario redistribuir las funciones entre los Grupos de Trabajo de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, reorganizar su conformación con el fin de consolidar en un solo equipo de trabajo la realización del seguimiento periódico sobre el impacto de los programas de inversión de la entidad que se concreten en acciones de mejora en los procesos institucionales, la congruencia y coherencia entre el direccionamiento estratégico, la gestión del día a día y la transformación de la cultura organizacional como uno de los factores determinantes para lograr mayor eficiencia y productividad institucional a todos los niveles organizacionales.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Suprimir a partir de la fecha los Grupos internos de trabajo permanente denominados: “Direccionamiento Programático” y “Mejora Continua de la Gestión Institucional” de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo del SENA Dirección General.

ARTÍCULO 2o.<Artículo derogado por el artículo 11 de la Resolución 3778 de 2010>

Notas de Vigencia
Legislación Anterior

ARTÍCULO 3o. <Artículo derogado por el artículo 11 de la Resolución 3778 de 2010> El Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado “Grupo de Gestión Presupuestal y Mejoramiento Continuo” estará conformado por los siguientes servidores públicos que ocupan actualmente los siguientes cargos:

NOMBRECARGO
Rosario del Pilar RamosProfesional Grado 08
Nancy Pérez LizarazoProfesional Grado 13
Marilyn FigueredoProfesional Grado 06
Iveth Alexandra GutiérrezProfesional Grado 06
María Cristina Alvarez J.Profesional Grado 14
María Elena BetancourtProfesional Grado 10 (E)
Rosalba CarilloSecretaria Grado 06
Fabiola Cadena DíazProfesional Grado 13
Notas de Vigencia
Legislación Anterior

ARTÍCULO 4o. FUNCIONES DEL GRUPO PERMANENTE DE “GESTIÓN PRESUPUESTAL Y MEJORAMIENTO CONTINUO”.  <Artículo derogado por el artículo 11 de la Resolución 3778 de 2010>

Notas de Vigencia
Legislación Anterior
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ARTÍCULO 5. FUNCIONES DEL COORDINADOR DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO PERMANENTE “GESTIÓN PRESUPUESTAL Y MEJORAMIENTO CONTINUO”.  <Artículo derogado por el artículo 11 de la Resolución 3778 de 2010>

Notas de Vigencia
Legislación Anterior

ARTÍCULO 6o. Modificar el artículo 1 de la Resolución 00993 del 21 de abril de 2009, el cual queda así:

“Artículo 1: El Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado “Gestión de la información y evaluación de resultados" estará conformado por los siguientes servidores públicos que ocupan actualmente los cargos indicados:

NOMBRECARGO
Néstor E. Guevara CruzAsesor Grado 10
Nohora I. Peña ClavijoProfesional 18 (E)
Sonia Moyano EscobarProfesional Grado 13
Martha Inés RodríguezTécnico Grado 07
Cesar Alejandro TriviñoTécnico Grado 07 (E)
Zulma Esther Chicuasuqueprofesional grado 06
Jorge E. Lara PalaciosProfesional Grado 10.

ARTÍCULO 7o. Modificar el artículo 2 de la Resolución 993 de 2009, el cual queda así:

"ARTÍCULO 2o. Funciones del Grupo Permanente "Gestión de la información y evaluación de resultados”: Son funciones del Grupo de Gestión de la Información y Evaluación de Resultados de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, las siguientes:

1. Establecer; desarrollar; controlar y evaluar en coordinación con la Oficina de Control Interno, las políticas, procesos y procedimientos que con respecto a la consecución de los resultados institucionales, garanticen la fidelidad, pertinencia, oportunidad y validez de la información originada y procesada en las distintas dependencias y niveles organizacionales, que permita hacer seguimiento a los procesos, rendir cuentas a los entes de control y a los demás grupos de interés y ciudadanía en general, para ejercer control social;

2. Propiciar el aprendizaje institucional con personal del equipo interdisciplinario en temas relacionados con el impacto de las metas e indicadores institucionales, derivados de políticas nacionales, estudios prospectivos y análisis socio-estadísticos sobre los avances intermedios y finales de los resultados institucionales;

3. Establecer el sistema de indicadores institucionales que permita evaluar los avances de gestión en todos los niveles organizacionales y retroalimentario periódicamente; que permitan identificar en cualquier momento los avances y logros obtenidos en las distintas líneas de gestión, para visualizar el cumplimiento esperado del direccionamiento estratégico definido; así como anticipar y controlar las desviaciones que puedan presentarse en el desarrollo de los planes;

4. En coordinación y colaboración con la Oficina de Sistemas y con las personas del equipo interdisciplinario, definir el diseño y desarrollo de las estrategias que permitan optimizar la producción y distribución de la información institucional, capacitando en generación y consolidación de bases de datos, gestión y análisis de la información a todos los participantes institucionales;

5. Definir, promover; liderar y coordinar con la Oficina de Sistemas, las estrategias y los proyectos que propendan por la integración de estándares para el registro, gestión y mejoramiento de la información, generación y gestión de estadísticas, generación y mejoramiento del flujo de información de la entidad;

6. Definir y mantener actualizado el sistema de estadísticas de la entidad;

7. Participar coordinadamente con las áreas involucradas, en la definición de los modelos y las características de los diversos sistemas de información en asocio con la Oficina de Sistemas.

8. Definir, en coordinación con las Oficina de Control Interno y Sistemas, los parámetros de la auditoria de la información, como método de diagnóstico de la calidad y uso de los recursos de la información dentro de la organización;

9. Presentar nuevos proyectos, productos o servicios relacionados con la gestión de la información, ante las instancias competentes, así como la mejora de los sistemas, plataformas tecnológicas o servicios de información de la entidad que converjan y se integren a los objetivos y planes estratégicos de la entidad;

10. Coordinarla información hacia entes internos y externos.

11. Realizar seguimiento mensual a la información de los indicadores de los proyectos del BPIN que se registra en el aplicativo Seguimiento a Proyectos de Inversión SPI.

12. Preparar la programación semestral izada del Plan Indicativo y remitirlo al Ministerio de la Protección Social.

13. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a su naturaleza.”

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ARTÍCULO 8o. Designar a la Doctora Rosario del Pilar Ramos Díaz, quien ocupa actualmente el cargo de Profesional grado 08 de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo del SENA Dirección General, para que ejerza las funciones de Coordinadora del Grupo Interno de Trabajo “Gestión Presupuestal y Mejoramiento Continuo”, quien recibirá el pago por coordinación a que se refiere los artículos 4o del Decreto 248 de 2004 y 6o del Decreto 717 de 2009, durante el tiempo que ejerza esas funciones.

ARTÍCULO 9o. Comunicar la presente Resolución a: Secretaría General, Direcciones de Área, Jefes de Oficina, Directores Regionales, Subdirectores de Centro y a las doctoras Sonia Moyano Escobar, Rosario del Pilar Ramos Díaz, María Cristina Alvarez, para su conocimiento y fines pertinentes.

ARTÍCULO 10. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición, modifica los artículos 1 y 2 de la Resolución 933 de 2009 y deroga los artículos 3, 4, 5, 6, 11 y 12 de la Resolución 933 de 2009 y demás disposiciones que le sean contrarias.

COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los

ORBIDIO VELANDIA NIÑO

Director General (E)

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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