Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCION 1417 DE 2018

(agosto 22)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Por la cual se reorganiza la integración de los Grupos internos de trabajo adscritos a la Secretaría General del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA

En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las contenidas en los artículos 115 de la Ley 489 de 1998, el artículo 4o - numerales 4 y 23 y el artículo 32 del Decreto 249 de 2004 del mismo Decreto, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 establece que "El Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo caso el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas.// Con el fin de atender necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. // En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento. ”

Que mediante el Decreto 249 del 28 de enero de 2004 se modificó la estructura interna del SENA y se reorganizaron las funciones de sus dependencias.

Que mediante el Decreto 250 del 28 de enero de 2004, el Gobierno Nacional adoptó la actual planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.

Que el numeral 4 del artículo 4o del Decreto 249 del 28 de enero de 2004, le atribuyo al Despacho del Director General, la facultad de dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y dictar los actos administrativos con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes.

Que el numeral 23 del artículo 4o y el artículo 32 del Decreto 249 de 2004 señalan como función de la Dirección General del SENA crear Comités, Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y sus funciones.

Que el Decreto 2489 del 25 de julio de 2006, “Por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos públicos de las instituciones pertenecientes a la, Rama Ejecutiva y demás organismos y entidades públicas del orden nacional y se dictan otras disposiciones”, en su artículo 8 establece que: “Grupos Internos de trabajo. Cuando de conformidad con el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los organismos y entidades a quienes se les aplica el presente Decreto creen grupos internos de trabajo, la integración de los mismos no podrá ser inferior a (4) empleados, destinados a cumplirlas funciones que determine el acto de creación, los cuales estarán relacionadas con el área de la cual dependen jerárquicamente. ”

Que el Decreto 345 de 2018 “Por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, y se dictan otras disposiciones en materia salarial” consagra en el artículo 6 que "Los empleados públicos del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, que tengan a su cargo la coordinación o supervisión de grupos internos de trabajo creados mediante resolución del Director General del SENA, percibirán mensualmente un veinte por ciento (20%) adicional al valor de la asignación básica mensual del empleo del cual sean titulares, durante el tiempo que ejerzan tales funciones. Dicho valor no constituye factor salarial para ningún efecto legal. Este reconocimiento sé efectuará siempre y cuando el empleado no pertenezca a los niveles directivo o asesor. ”

Que mediante la Resolución No. 001863 del 13 de Agosto de 2004, se creó el Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado “Administración de documentos”, adscrito a la Secretaría General del SENA.

Que a través de la Resolución No.002510 del 27 de Noviembre de 2006, se creó el Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado “Pensiones", adscrito a la Secretaría General del SENA.

Que mediante la Resolución No. 2511 del 27 de noviembre de 2006, se creó el Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado “Relaciones Laborales", adscrito a la Secretaría General del SENA.

Que a través de la Resolución No. 1305 del 9 de julio de 2007, se creó el Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado “Vivienda”, adscrito a la Secretaria General, modificada por la Resolución 969 de 12 de marzo de 2010.

Que mediante la Resolución No. 000351 de 2007, se creó el Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado “Formación y desarrollo del Talento Humano”, adscrito a la Secretaría General del SENA.

Que a través de la Resolución No. 0910 del 4 de marzo de 2010, se creó el Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado “Gestión del Servicio Médico Asistencial del SENA y Salud Ocupacional".

Que la Resolución No 2172 del 16 de julio de 2010, modificada por la Resolución No. 2373 de 2010, se estableció la Integración de los Grupos Internos de Trabajo Permanentes de la Secretaría General.

Que mediante Resolución No. 1683 de 2012, se creó el Grupo Interno de Trabajo "Administración de Salarios”, se modificó las funciones del Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado "Relaciones Laborales” y en el Artículo 9. Se hace la escisión del Grupo denominado “Gestión del Servicio Médico Asistencial del SENA y Salud Ocupacional", en dos grupos “Grupo de Gestión del Servicio Médico Asistencial del SENA" y “Grupo de Seguridad y Salud en el Trabajo; se establecen sus funciones, integración y coordinación.

Que a través del Decreto 1433 del 29 de agosto de 2017, se modifica el sistema de nomenclatura y clasificación de empleos públicos del Servicio Nacional de Aprendizaje Sena y se dictan otras disposiciones.

Que a través de la Resolución No. 01390 del 17 de julio de 2012, se concedió comisión de servicios a la Dra. Victoria Consuelo Ramírez González, profesional G07 (E) de la Dirección de Empleo y Trabajo en la Secretaria General por el término de seis (06) meses o hasta la fecha que el cargo se provea definitivamente.

Que mediante Resolución No. 170 del 05 de febrero de 2018 se concedió comisión de servicios hasta por el término de un (1) año al Dr. Rodolfo Martínez Perez, Profesional G02 de la Dirección Jurídica a la Secretaria General de la Dirección General.

Que mediante Resolución No. 1201 del 18 de Julio de 2018, se concedió la comisión de servicios hasta por el término de un (1) año al Dr. Edder Harvey Rodríguez Laiton, Profesional G 03 del Centro de Gestión de Mercados, Logística y tecnologías de la Información de la Regional Distrito Capital a la Secretaria General de la Dirección General del SENA.

Que mediante Resolución No. 1760 del 10 de Octubre de 2017, se reubica el cargo de Asesor G04 de la planta de personal de la Dirección Jurídica, a la Secretaria General de la Dirección General; cargo ocupado por la funcionada Delka Patricia Ortiz Cortazar.

Que a través de la Resolución No. 1163 del 11 de julio de 2018, se concedió comisión de servicios hasta por el término de un (1) año a la funcionaría Rosaura Carrillo Perez, Técnico G1 (E) del Centro de Actividad Física y Cultura de la Regional Distrito Capital a la Secretaria General de la Dirección General.

Que mediante Resolución No. 1321 del 3 de agosto de 2018, se concedió comisión de servicios hasta por el término de un (1) año a la funcionaría Claudia Yazmin Cañas Beltran, Asesor G03 (E) dé la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo a la Secretaria General de la Dirección General.

Que mediante Resolución No. 1202 del 18 de Julio de 2018, se concedió comisión de servicios lasta por el término de un (1) año a la funcionarla Yeimy Natalia Peraza Moreno, Técnico G02 del Centro para la Industria de la comunicación Gráfica de la Regional Distrito Capital, en la Secretaria General de la Dirección General del SENA

Que debido a los movimientos de la planta global de personal, se hace necesario modificar la conformación de los Grupos pertenecientes a la Secretaría General del SENA, para garantizar el adecuado logro de sus funciones en el marco de los principios contemplados en el artículo 209 de la Constitución Política, especialmente los relacionados con la eficacia, la economía y la celeridad, encaminados a la innovación en la gestión para el mejoramiento de os procesos y resultados.

Que existe el certificado de disponibilidad presupuestal No. 6518 del 10 de Enero de 2018 para el pago del reconocimiento económico por Coordinación de los Grupo Interno de Trabajo de la Secretaría General.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. El Grupo interno de Trabajo denominado "Administración de Salarios" adscrito a la Secretaría General del SENA”, estará conformado por los siguientes empleos y servidores públicos:

FUNCIONARIOCARGO
Motta Castro Martha LuciaProfesional Grado 9
Páez Galindo OrlandoProfesional Grado 7 (E)
VacanteProfesional Grado 6
Roncando Ruíz MarielaProfesional Grado 2
Oviedo Sabogal Milbian YuliTécnico Grado 1
Galeano Alvarado Olga MarcelaTécnico Grado 1
Rodríguez Benavides Jeimy AndreaTécnico Grado 1

ARTÍCULO 2o. La coordinación del Grupo de Grupo Interno de Trabajo denominado "Administración de Salarios”, estará a cargo del funcionarlo Orlando Páez Galindo, Profesional Grado 07 (E), quien recibirá mientras ejerza esta función el reconocimiento económico por coordinación establecido en el artículo 6 del Decreto 345 de 2018 y demás disposiciones vigentes que regulen la materia.

ARTÍCULO 3o. El Grupo Interno de Trabajo denominado "Relaciones Laborales”, adscrito a la Secretaría General del SENA", estará conformado por los siguientes empleos y servidores públicos:

FUNCIONARIOCARGO
Silva Páez FloricenyProfesionalGrado 8 (E)
VacanteProfesionalGrado 7
Domínguez Martínez IvonneProfesionalGrado 3
Rodríguez Laiton Edder HarveyProfesionalGrado 3
Joya Acosta Lilia EstherProfesionalGrado 2
Rodolfo Martínez PérezProfesionalGrado 2
VacanteProfesionalGrado 1
Peraza Moreno Yeimy NataliaTécnicoGrado 2
Vacante.TécnicoGrado 2
VacanteTécnicoGrado 2
Pineda Orozco Alba IsabelTécnicoGrado 1
Blanco Núñez RaimundoTécnicoGrado 1 (E)
Cruz Cruz Julio CesarTécnicoGrado 1
VacanteSecretarlaGrado 3
Hernández Zambrano Bleidy YolimaSecretariaGrado 2

ARTÍCULO 4. La coordinación del Grupo de Grupo Interno de Trabajo denominado "Relaciones _aborales”, estará a cargo del funcionario Edder Harvey Rodríguez Laíton, Profesional Grado 03, quien recibirá mientras ejerza esta función el reconocimiento económico por coordinación establecido en el artículo 6 del Decreto 345 de 2018 y demás disposiciones vigentes que regulen la materia.

ARTÍCULO 5o. El Grupo Interno de Trabajo denominado “Grupo Gestión del Servicio Médico Asistencial del SENA", adscrito a la Secretaría General del SENA”, estará conformado por los siguientes empleos y servidores públicos:

FUNCIONARIOCARGO
Ramírez Medina AlexanderAsesorGrado 1 (E)
García Valencia EnriqueProfesionalGrado 3 (E)
VacanteProfesionalGrado 1
Rosaura Carrillo PerezTécnicoGrado 1 (E)
VacanteOficinistaGrado 3
Oviedo Polo Luz AmaliaAuxiliarGrado 1

ARTÍCULO 6o. La coordinación del Grupo de Grupo interno de Trabajo denominado" Grupo Gestión del Servicio Médico Asistencial del SENA", estará a cargo del funcionario Alexander Ramírez Medina, Asesor Grado 01 (E), quien no recibirá prima de coordinación en virtud a lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 345 de 2018 y demás disposiciones vigentes qué regulen la materia.

ARTÍCULO 7o. El Grupo Interno de Trabajo denominado “Administración de Documentos", adscrito a la Secretaría General del SENA”, estará conformado por los siguientes empleos y servidores públicos:

FUNCIONARIOCARGO
Claros Rodríguez Magda BibianaProfesional Grado 2 (E)
Sarmiento Soto Diana EugeniaTécnico Grado 3 (E)
Duque Camelo Alba NellyTécnico Grado 3
Rodríguez Rodríguez Ornar AlbeiroOficinista Grado 3
Chala Díaz Héctor ÁngelOficinista Grado 3
VacanteOficinista Grado 3
Veloza Mónica AndreaAuxiliar Grado 1

ARTÍCULO 8o. La coordinación del Grupo de Grupo interno de Trabajo denominado “Administración de Documentos", estará a cargo de la funcionaría Diana Eugenia Sarmiento Soto, Técnico Grado 03 (E), quien recibirá mientras ejerza esta función el reconocimiento económico por coordinación establecido en el artículo 6 del Decreto 345 de 2018 y demás disposiciones vigentes que regulen la materia.

ARTÍCULO 9o. El Grupo Interno de Trabajo denominado "Formación y Desarrollo Talento humano", adscrito a la Secretaría General del SENA, estará conformado por los siguientes empleos y servidores públicos:

FUNCIONARIOCARGO
Cañas Yazmín ClaudiaAsesor Grado 3 (E)
Ramírez Rodríguez Gilma Patricia del CarmenProfesional Grado 3 (É)
Reyes Farak José JoaquínProfesional Grado 3
.Sepúlveda Benítez HernandoProfesional Grado 3 (E)
Zorro Martínez Nidia YudidProfesional Grado 3
Osorio Nemocon Sandro AlbertoProfesional Grado 2
VacanteTécnico Grado 2

ARTÍCULO 10. La coordinación del Grupo de Grupo interno de Trabajo denominado" Formación y Desarrollo Talento Humano”, estará a cargo de la funcionaría Claudia Yazmin Cañas, Asesor Grado 03 (E), quien no recibirá prima de coordinación en virtud a lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 345 de 2018 y demás disposiciones vigentes que regulen la materia.

ARTÍCULO 11o. El Grupo Interno de Trabajo denominado “Grupo de Seguridad y Salud en el Trabajo, adscrito a la Secretaría General del SENA, estará conformado por los siguientes empleos y servidores públicos:

FUNCIONARIOCARGO
Ortiz Cortázar Delka PatriciaAsesorGrado 4
Herrera Almario Martha JannethProfesionalGrado 1 (E)
López Barrera Leidy JohannaTécnicoGrado 1
Castillo Torres Yudy LorenaTécnicoGrado 1
Ospino Márquez Alexandra MarinaSecretariaGrado 2

ARTÍCULO 12o. La coordinación del Grupo de Grupo interno de Trabajo denominado "Grupo de Seguridad y Salud en el Trabajo”, estará a cargo de la funcionaría Leidy Johanna López Barrera, Técnico Grado 01, quien recibirá mientras ejerza esta función el reconocimiento económico por coordinación establecido en el artículo 6 del Decreto 345 de 2018 y demás disposiciones vigentes que regulen la materia.

ARTÍCULO 13o. El Grupo Interno de Trabajo denominado “Pensiones", adscrito a la Secretaría General del SENA”, estará conformado por los siguientes empleos y servidores públicos.

FUNCIONARIOCARGO
Carrol Iregui WalterAsesorGrado 4
Realpe Gaviria Andrea LorenaProfesionalGrado 6 (E)
VacanteProfesionalGrado 3
Escorcia Bolaño María VictoriaTécnicoGrado 2

ARTÍCULO 14o. La coordinación del Grupo de Grupo interno de Trabajo denominado "Pensiones, estará a cargo de la funcionaría Andrea Lorena Realpe Gaviria, Profesional Grado 06 (E) quien recibirá mientras ejerza esta función el reconocimiento económico por coordinación establecido en el artículo 6 del Decreto 345 de 2018 y demás disposiciones vigentes que regulen la materia

Ir al inicio

ARTÍCULO 15o. El Grupo Interno de Trabajo denominado “Vivienda ”, adscrito a la Secretaría General del SENA, estará conformado por los siguientes empleos y servidores públicos:

FUNCIONARIOCARGO
Ramírez González Victoria ConsueloProfesional Grado 7 ( E )
Zamora Vasco Cesar AugustoProfesional Grado 2 ( E )
García Trujilio Magda YulisaSecretaria Grado 2 ( E )
Delgado Sandra MercedesSecretaria Grado 3

ARTÍCULO 16o. La coordinación del Grupo de Grupo interno de Trabajo denominado “Vivienda”, estará a cargo de la funcionaría Victoria Consuelo Ramírez González, Profesional Grado 07 (E), quien recibirá mientras ejerza esta función el reconocimiento económico por coordinación establecido en el artículo 6 del Decreto 345 de 2018 y demás disposiciones vigentes que regulen la materia.

ARTÍCULO 17o. La comunicación de la presente resolución estará a cargo de la Secretaria General y se comunicará a los Directores de área, Jefes de Oficina, Directores Regionales, Subdirectores de Centros de Formación Profesional, Coordinadores de Grupo y funcionarios designados.

ARTÍCULO 18o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias; de conformidad con el artículo 8 de la Ley 1437 de 2011 publiquese en la página web del SENA.

PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los

JOSE ANTONIO LIZARAZO SARMIENTO

Director General

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la
compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores
jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones
similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación,
reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por
la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la
competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de
los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono
617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas
de uso de la información aquí contenida.