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CONCEPTO 42985 DE 2018

(agosto 2)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

XXXXXXXXXXXXXXX

ASUNTO:  Derogatorias expresas Resolución No. 435 de 2005

En atención a la consulta elevada verbalmente el día 31 de julio de 2018, dentro del asunto de la referencia, me permito manifestarle:

ALCANCE DE LOS CONCEPTOS JURÍDICOS

Los conceptos emitidos por la Dirección Jurídica-Grupo de Conceptos Jurídicos y Producción Normativa del SENA son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos ni el análisis de actuaciones particulares. En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución, ni tienen el carácter de fuente normativa y sólo pueden ser utilizados para facilitar la interpretación y aplicación de las normas jurídicas vigentes.

Teniendo en cuenta que la situación referida en la solicitud de concepto enmarca una situación particular y concreta sobre un caso específico y su situación, esta Coordinación se abstiene de pronunciarse sobre el caso particular. Igualmente, el Grupo de Conceptos Jurídicos y Producción Normativa, no tiene asignadas funciones administrativas, contractuales o disciplinarias, y tomar una decisión en esta vía en un caso particular que no le compete, pues implicaría excederse en sus funciones lo que acarrearía la respectiva responsabilidad disciplinaria. En consecuencia, la temática planteada se abordará en forma general para su análisis jurídico.

Finalmente, es pertinente recordar lo dispuesto en la Circular No. 00006 de 2013, para que a futuro sea tenida en cuenta por el personal de esa dependencia, y cuyo acápite pertinente señala:[…] me permito informar que a partir de la fecha la asesoría y solicitudes de conceptos a la Dirección Jurídica, deberán ser radicados en el aplicativo Onbase y canalizados a través de la Secretaría General, Directores de Área, Jefes de Oficina, Directores Regionales, Subdirectores de Centro y Coordinadores de Grupo.

CONCEPTO

a) ANÁLISIS DEROGATORIAS EXPRESAS/CONSULTA NORMOGRAMA

En atención a la inquietud planteada, se procedió a consultar los actos administrativos que derogaron la Resolución No. 435 de 2015, obteniendo lo siguiente:

SÍNTESIS DEROGATORIAS EXPRESAS

FECHARESOLUCION No.OBJETODEROGATORIA
28/03/2005435
“por la cual se efectúa una delegación para suscribir conjuntamente contratos del Fondo Emprender”Derogada por el artículo 8 de la Resolución No. 1962 de 2005

ARTÍCULO 8.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga en su totalidad las Resoluciones No. 01525 de 2004 y 000435 de 2005.
07/10/20051962
“por la cual se crea el Grupo Interno de Trabajo Integrado de Emprendimiento, Empresarismo y Fondo Emprender”.Derogada por el artículo 7 de la Resolución No. 1612 de 2006.

ARTÍCULO 7. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga en su totalidad la Resolución No. 01962 de 2005.
02/08/20061612
“por la cual se crea en forma permanente el Grupo Interno de
trabajo denominado “Grupo Integrado de Emprendimiento,
Empresarismo y Fondo Emprender” y se deroga la Resolución
1962 de 2005”.
Derogada por el artículo 18 de la Resolución No. 2734 de 2009.

ARTÍCULO 18. La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición y deroga en su totalidad las Resoluciones Nos. 01527 01528, 01529 de 2004, 001612 de 2006, 001042 de 2007 y 00283 de 2008.

28/09/20092734
“por la cual se reorganizan los grupos de trabajo de la Dirección de Formación Profesional, del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, se redefinen sus funciones y su integración”.Derogada por el artículo 22 de la Resolución No. 53 de 2012

ARTICULO 22. La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición y deroga en su totalidad las Resoluciones Nos. 2734 de 2009, 1391 de 2010, 2850 de 2010, 758 de 2010, 843 de 2008, 553 y 1899 de 2011 y demás resoluciones normas o disposiciones que le sean contrarias.

No deroga la Resolución No. 494 de 2011
19/02/2010758
por la cual se modifica una Resolución”Derogada por el artículo 22 de la Resolución No. 53 de 2012

ARTICULO 22. La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición y deroga en su totalidad las Resoluciones Nos. 2734 de 2009, 1391 de 2010, 2850 de 2010, 758 de 2010, 843 de 2008, 553 y 1899 de 2011 y demás resoluciones normas o disposiciones que le sean contrarias.
03/05/20101391
“por la cual se crean los grupos de trabajo de Innovación de la Formación y Gestión para la Adquisición y Optimización Tecnológica y se reorganizan los grupos de trabajo de la Dirección de Formación Profesional del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA”Derogada por el artículo 22 de la Resolución No. 53 de 2012

ARTICULO 22. La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición y deroga en su totalidad las Resoluciones Nos. 2734 de 2009, 1391 de 2010, 2850 de 2010, 758 de 2010, 843 de 2008, 553 y 1899 de 2011 y demás resoluciones normas o disposiciones que le sean contrarias.
29/03/2011494
“por la cual se adscribe el Grupo de Trabajo Integrado de Emprendimiento, Empresarismo y Fondo Emprender, a la Dirección de Empleo y Trabajo del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA y se ordenan unas novedades de personal”.Vigente en sus artículos 1, 3, 10 y 11.

No registra los artículos 6, 7 y 8 derogados.


18/10/20111899
“por la cual se crea el Grupo de trabajo “Bienestar para la Comunidad Educativa” adscrito a la Dirección de Formación Profesional del SENA y Dirección General se dictan otras disposiciones.”Derogada por el artículo 22 de la Resolución No. 53 de 2012

ARTICULO 22. La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición y deroga en su totalidad las Resoluciones Nos. 2734 de 2009, 1391 de 2010, 2850 de 2010, 758 de 2010, 843 de 2008, 553 y 1899 de 2011 y demás resoluciones normas o disposiciones que le sean contrarias.
18/01/201253
“por la cual se reorganizan y crean Grupos de Trabajo en la Dirección de Formación Profesional del SENA y se establece su conformación y funciones”.Derogada por el artículo 24 de la Resolución No. 2406 de 2013:

ARTÍCULO 24. La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición y deroga en su totalidad las Resoluciones No 554 de 2011, No. 53 y 1251 de 2012, el artículo 1 parcialmente y los artículos 2 al 5 de la Resolución 818 de 2012 y 269 de 2013 y demás disposiciones que le sean contrarías en los aspectos expresamente regulados en esta Resolución. De conformidad con el artículo 8 de la Ley 1437 de 2011 publíquese en la página web del SENA.

No deroga la Resolución No. 494 de 2011, y por lo tanto las que la modifiquen, adicionen o complementen, como la Resolución No. 329 de 2016.
27/06/20121251
“por la cual se modifica la Resolución No. 0053 de 2012”
Derogada por el artículo 24 de la Resolución No. 2406 de 2013:

ARTÍCULO 24. La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición y deroga en su totalidad las Resoluciones No 554 de 2011, No. 53 y 1251 de 2012, el artículo 1 parcialmente y los artículos 2 al 5 de la Resolución 818 de 2012 y 269 de 2013 y demás disposiciones que le sean contrarías en los aspectos expresamente regulados en esta Resolución. De conformidad con el artículo 8 de la Ley 1437 de 2011 publíquese en la página web del SENA.
13/02/2013269
“por la cual se crea el Grupo Bienestar e Integralidad de la Formación y servicios pastorales en la Dirección de Formación Profesional de la Dirección General y se dictan otras disposiciones ”
Derogada por el artículo 24 de la Resolución No. 2406 de 2013:

ARTÍCULO 24. La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición y deroga en su totalidad las Resoluciones No 554 de 2011, No. 53 y 1251 de 2012, el artículo 1 parcialmente y los artículos 2 al 5 de la Resolución 818 de 2012 y 269 de 2013 y demás disposiciones que le sean contrarías en los aspectos expresamente regulados en esta Resolución. De conformidad con el artículo 8 de la Ley 1437 de 2011 publíquese en la página web del SENA.
30/12/20132406
"por la cual se reorganizan los Grupos de Trabajo de la Dirección de Formación Profesional del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA - se establece su conformación y funciones y se dictan otras disposiciones”.Derogada por el artículo 31 de la Resolución No. 948 de 2015

ARTÍCULO 31. La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición y deroga los artículos 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 14 15 16 17 18 19 y 20 de la Resolución No. 02406 de 2013 y la Resolución 1804 de 2014, y demás disposiciones que le sean contrarias; de conformidad con el artículo 8 de la Ley 1437 de 2011 publíquese en la página web del SENA.

Vigentes los artículos del 21 al 24.
26/05/2015948
“por la cual se crean y reorganizan los grupos de Trabajo en la Dirección de Formación Profesional del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA - se establece su conformación y funciones".Vigente. No registra derogatorias expresas
01/03/2016329
“por la cual se reorganizan y se crean los Grupos internos de Trabajo Permanente en la Dirección de Empleo y Trabajo del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA – se establece su conformación y funciones y se dictan otras disposiciones"Vigente. No registra derogatorias expresas

Nota:

- El resaltado en amarillo indica la norma derogada expresamente

- El resaltado en verde señala la norma que no fue derogada y en principio se encuentra vigente

Ahora bien en cuanto al contenido de los actos administrativos se puede advertir lo siguiente:

NormaContenido
Resolución No. 435 de 2005ARTÍCULO PRIMERO. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 1962 de 2005> Delegar en la Directora Jurídica del SENA, o quien haga sus veces, la suscripción conjuntamente con FONADE, de los contratos que deben celebrar los beneficiarios de proyectos finandados con cargo a los recursos del Fondo Emprender.

ARTÍCULO SEGUNDO. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 1962 de 2005>
La interventoría de los contratos suscritos con los beneficiarios del Fondo Emprender será realizada por parte de FONADE, de conformidad con lo estipulado en el Parágrafo Primero de la Cláusula Séptima del Convenio No, 193048 del 22 de diciembre de 2003, suscrito con el SENA.

ARTÍCULO TERCERO. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 1962 de 2005>
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y revoca en todas sus partes la Resolución No. 000337 del 14 de marzo de 2005.
Resolución No. 2406 de 2013 Artículos 21 al 24
ARTÍCULO 21. Para efectos de la integración de los grupos mencionados se comisiona a Francisco Luis Bedoya Quintero, Adriana Torres de Bettin Rojas, Doris Galindo Álvarez, Carlos Eusebio Lugo Silva, Martha Luz Gutiérrez, Yolanda Gómez Fresneda, Libia Giovana Jiménez, Eliana Milena Sandoval Velandia, Luz Stella Calderón, Olga Duque Neira, a partir de la fecha, para que presten sus servicios en la Dirección de Formación Profesional de la Dirección General, por el término de (1) un año o antes si el cargo es provisto en periodo de prueba en virtud de lista de elegibles proferida por la Comisión Nacional del Servicio Civil.

ARTÍCULO 22. Delegar en el Director (a) de Formación Profesional de la Dirección General del SENA, la suscripción y ordenación de gasto y/o del pago de los contratos y convenios relacionados con los Programas de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación, Creación y Fortalecimiento de Unidades de Investigación Aplicada y en general los que se desprendan de las funciones a cargo del Grupo de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación de la Dirección de Formación Profesional. Esta delegación incluye:

1. Elaboración y suministro de las especificaciones técnicas necesarias para la preparación de los términos de referencia o convocatorias, cuando a ello haya lugar, con el fin de adelantar el correspondiente proceso de selección, en los procesos contractuales o los convenios relacionados con el programa.

2. Estudiar, evaluar y analizar los componentes técnicos de las propuestas relacionadas con contratos o convenios de los programas señalados.

3. Celebrar los convenios y los contratos que resulten de los programas ejecutados por el Grupo de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación, y que no sean delegados de manera especial a los Directores Regionales o Subdirectores de Centro a nivel regional.

4. Suscribir la suspensión, adición, prórroga, terminación, liquidación, respuesta a los recursos, los actos que adopten soluciones a las controversias contractuales, de los contratos y/o convenios que resulten de los programas y en general suscribir los actos administrativos y los documentos que se requieren.

5. Imponer sanciones, declarar los incumplimientos y hacer efectivas las pólizas cuando a ello haya lugar, de los convenios y los contratos referidos en los numerales anteriores.

PARÁGRAFO. Los contratos y convenios que a la fecha de la suscripción de la presente resolución se encuentran en ejecución, en el Grupo de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación de la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo, serán asumidos por el Director (a) de Formación Profesional, en lo que se refiere a la ordenación del gasto y/o pago.

ARTÍCULO 23. Comunicar la presente resolución a la Secretaría General, Direcciones de área, Jefes de Oficina, Directores Regionales, Subdirectores de Centros de Formación Profesional Integral y los funcionarios mencionados en la presente Resolución.

ARTÍCULO 24. La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición y deroga en su totalidad las Resoluciones No 554 de 2011, No. 53 y 1251 de 2012, el artículo 1 parcialmente y los artículos 2 al 5 de la Resolución 818 de 2012 y 269 de 2013 y demás disposiciones que le sean contrarías en los aspectos expresamente regulados en esta Resolución. De conformidad con el artículo 8 de la Ley 1437 de 2011 publíquese en la página web del SENA.
Resolución No. 948 de 2015
Se adjunta medio magnético.
Crea 9 Grupos de Trabajo de la Dirección de Formación Profesional, e indica sus funciones: Producción Curricular, Investigación, Innovación y Producción Académica, Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz, Formación Virtual y a Distancia, Escuela de Instructores Rodrigo Martínez Tono, Administración Educativa, Gestión Evaluación y Calidad de la Formación, Gestión Administrativa (Artículo 24, numerales 6 y 7), Programas de Fortalecimiento Institucional y Proyección Social.
Resolución No. 329 de 2016Se adjunta medio magnético.
-Fusiona los Grupos Internos de Trabajo Permanente, "Emprendimiento, Empresarismo y Fondo Emprender" y "Generación de Ingresos para Jóvenes del Sector Rural y Población Vulnerable", y crea el Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado "Coordinación Nacional de Emprendimiento."(Artículos 1 y 2). -Fusionar los Grupos Internos de Trabajo Permanente, "Servicio a la Empresa" y "Servicio al Cliente", adscritos a la Dirección de Empleo y Trabajo, y crea el grupo Interno de Trabajo Permanente denominado "Coordinación Nacional de Servicio a la Empresa y Servicio al Cliente". –Grupo "Coordinación Nacional de la Agencia Pública de Empleo". -Cambia el nombre del Grupo Interno de Trabajo permanente denominado Observatorio Laboral y Ocupacional Colombiano de la Dirección de Empleo y Trabajo por "Coordinación Nacional del Observatorio Laboral y Ocupacional Colombiano" e indica funciones.

Sea del caso mencionar que se expidieron las siguientes resoluciones en el área específica del Fondo Emprender:

FECHARESOLUCION No.OBJETOCONTENIDO
08/04/2011564
“por la cual se efectúa una delegación especial y se deroga una Resolución”ARTÍCULO 1o. Delegar en el Director de Empleo y Trabajo del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, la suscripción por parte del SENA, sin consideración a la cuantía, de los contratos que resulten de los procesos de la convocatoria respectiva, con los beneficiarios de proyectos financiados con cargo a los recursos del Fondo Emprender.

ARTÍCULO 2o. Delegar en el mismo funcionario de la Dirección del SENA la suscripción, a nombre de la entidad, de los contratos de prenda que se generen en virtud de la adquisición de bienes de los emprendedores beneficiados con recursos del Fondo Emprender.

ARTÍCULO 3o. Con cargo a los recursos depositados en el Fondo Administrador deberá contratarse la evaluación y seguimiento de los proyectos, el esquema diseñado para los desembolsos de los proyectos beneficiarios, la interventoría de los procesos para la vigilancia y el control de la ejecución de los proyectos que se financien, y el diseño y elaboración del Sistema de información.

De igual manera los recursos depositados en el Fondo Administrador cubrirán los demás gastos necesarios para su ejecución como: publicidad, folletos, publicaciones, participación de eventos, gastos de viaje, tiquetes, etc.

ARTÍCULO 4o. La Dirección de Empleo y Trabajo, deberá presentar un informe trimestral al Director General, sobre el desarrollo de la delegación que se realiza por el presente acto.

[…]
29/03/2011494
“Por la cual se adscribe al Grupo de Trabajo Integrado de Emprendimiento, Empresarismo y fondo Emprender, a la Dirección de Empleo y Trabajo del Servicio Nacional de Aprendizaje-SEN y se ordenan unas novedades de personal”.Se adjunta medio magnético.

b) CONCLUSIONES DEROGATORIAS EXPRESAS

De acuerdo con lo anteriormente expuesto tenemos en principio vigentes:

- La Resolución No. 948 de 2015, “por la cual se crean y reorganizan los grupos de Trabajo en la Dirección de Formación Profesional del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA - se establece su conformación y funciones".

- La Resolución No. 2406 de 2013, "por la cual se reorganizan los Grupos de Trabajo de la Dirección de Formación Profesional del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA - se establece su conformación y funciones y se dictan otras disposiciones”, solamente de los artículos 21 al 24.

- La Resolución 329 del 1 de marzo de 2016, "por la cual se reorganizan y se crean los Grupos internos de Trabajo Permanente en la Dirección de Empleo y Trabajo del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA – se establece su conformación y funciones y se dictan otras disposiciones."

- La Resolución No. 494 de 2011, “por la cual se adscribe el Grupo de Trabajo Integrado de Emprendimiento, Empresarismo y Fondo Emprender, a la Dirección de Empleo y Trabajo del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA y se ordenan unas novedades de personal”, en sus artículos 1, 3, 10 y 11.

Esta resolución no registra los artículos 6, 7 y 8; no están derogados por la Resolución No. 329 que derogó los artículos 2 4 5 y 9 de la Resolución 494 de 2011, ni se encuentran en su contenido.

- La Resolución No. 435 de 2005, “por la cual se efectúa una delegación para suscribir conjuntamente contratos del Fondo Emprender”, se encuentra derogada. Ahora bien si el aspecto que regulaba no se encuentra consagrado en normas posteriores o se llena con dicha normativa existe un vacío al respecto.

-Lo anterior sin haber realizado análisis de derogatorias tácitas, frente a la normatividad señalada vigente.

-En lo que se refiere a la reglamentación especial del Fondo Emprender se debe hacer referencia a las Resoluciones Nos. 494 de 2011 y a la 564 de 2011.

El presente concepto se rinde de conformidad con el alcance dispuesto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, incorporado por la Ley 1755 de 2015. Lo anterior no sin advertir, que el mismo se encuentra sujeto a las modificaciones legales y jurisprudenciales que se expidan y acojan dentro del asunto.

Cordialmente,

Carlos Emilio Burbano Barrera

Coordinador

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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